Intervención de Lorenzo Córdova, en Sesión Extraordinaria, en que se declara el Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores que serán utilizados en el proceso de Revocación de Mandato 2022

Escrito por: INE
Tema: Discursos

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DEL CONSEJERO PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE), LORENZO CÓRDOVA VIANELLO, EN EL PUNTO 7 DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA, POR EL QUE SE DECLARA QUE EL PADRÓN ELECTORAL Y LA LISTA NOMINAL DE ELECTORES QUE SERÁN UTILIZADOS PARA EL PROCESO DE REVOCACIÓN DE MANDATO DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ELECTO PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2018-2024, SON VÁLIDOS Y DEFINITIVOS

Hoy, por primera vez en nuestra historia electoral está a consideración de esta mesas la aprobación de la validez y definitividad del Padrón Electoral y la Lista Nominal que serán utilizados en el primer ejercicio de participación ciudadana de Revocación de Mandato del Presidente de la República.

Esto implica que el aprendizaje institucional acumulado en más de 30 años en materia de procedimientos e innovaciones tecnológicas aplicadas para el registro, actualización, depuración y verificación de la información proporcionada por cada ciudadana y ciudadano inscrito en el Padrón Electoral y la Lista Nominal contribuirán a la certeza de este inédito ejercicio de participación ciudadana.

Los avances que hemos logrado en materia registral permiten constatar la diametral diferencia entre el registro de electores que hoy tenemos y el que se usaba en la época del México predemocrático.

Mientras hace poco más de 30 años saber cuántos electores podían emitir su voto en cada casilla era motivo de debates ríspidos y de especulaciones por parte de los partidos, candidatos y medios de comunicación, incluso, por las y los ciudadanos, ahora la validez y definitividad del Padrón Electoral y la Lista Nominal es prácticamente un tema que no genera discusión.

Las historias sobre personas que votaban más de una vez, de personas que eran excluidas, “rasurados” como se les conocían, del Padrón para impedir que votaran, o de fallecidos que ejercían el sufragio son fenómenos que gracias al robusto sistema electoral que hace del Padrón Electoral y de la Lista Nominal su eje articulador, son fenómenos, decía, que han quedado en el pasado y han sido erradicados de la organización de las elecciones en México.

Sin embargo, la huella que dejaron en la memoria colectiva en nuestro país explica la minuciosidad con las que las y los legisladores y las autoridades electorales diseñaron nuestras normas y procedimientos para impedir que trampas y tramposos contaminen la organización de los comicios e impedir que puedan alterar la voluntad popular emitida en las urnas.

De ahí que le andamiaje institucional que aceleró el tránsito de nuestro país hacia un sistema democrático haya dispuesto un robusto conjunto de procedimientos para la conformación de un nuevo Padrón Electoral y que este se convirtiera en la plataforma de confianza de nuestras elecciones, hoy ese Padrón se ha perfeccionado paulatinamente a lo largo de más de 30 años.

Las adecuaciones legales, la mejora continua de los procedimientos y las innovaciones tecnológicas que en tres décadas se han incorporado a los procedimientos de actualización, depuración y supervisión del Padrón Electoral y la Lista Nominal, con la corresponsabilidad de las y los representantes técnicos de los partidos políticos, de especialistas y de la misma ciudadanos, no sólo han contribuido a que el Padrón Electoral en poder del INE sea la base de datos más actualizada del Estado mexicano, de las y los ciudadanos de 18 años y más, sino que, además, sea la más confiable. 

Es importante subrayar que, el Padrón Electoral y la Lista Nominal son registros dinámicos y exigen un permanente trabajo de actualización, depuración y verificación, ya que constantemente se modifican como consecuencia de la evolución demográfica, del desarrollo urbano y de los flujos migratorios que se experimentan entre distritos y entidades.

De ahí que aun de un mes a otro los datos naturalmente cambien.

Así, por ejemplo, y permítanme referirme específicamente a la Lista Nominal, es decir, al listado de los potenciales electores, en 1991 éste era de 36.6 millones; en 2015 ascendió a 83.5 millones; en 2021 llegó a 93.56 millones y, para el proceso de Revocación de Mandato la Lista Nominal, luego de la depuración de las credenciales que fueron dadas de baja por haber perdido su vigencia, asciende a 92 millones 823 mil 216 ciudadanas y ciudadanos que somos quienes podremos sufragar el próximo 10 de abril, y la base para calcular el 40 por ciento que el artículo 35 Constitucional establece como porcentaje para que los resultados de dicho ejercicio sean vinculantes.


Vale la pena señalar que, el 15 de febrero pasado fue, como se establece legalmente, la fecha límite para hacer movimientos y nuevos registros en El Padrón Electoral y en el Listado Nominal de aquellas ciudadanas y ciudadanos que podrán votar el 10 de abril.

Todo mundo sabe, y lo sabe porque así se ha construido el Padrón Electoral y el Listado Nominal desde hace mucho tiempo, que hay una fecha límite para inyectar certeza a los listados nominales que se utilizarán en los procesos electorales, y en este caso en la Revocación de Mandato. Esa fecha límite es conocida por todas y todos los que integran la autoridad electoral, por todos los partidos políticos, fue el 15 de febrero.

Todos los movimientos de ingreso al Listado Nominal de inscripción o de cambio de situación registral posteriores al 15 de febrero, pues implicarán que no se pueda ejercer el voto el 10 de abril, y eso no significa ninguna irregularidad, es parte de la normalidad democrática.

Y de nueva cuenta invito a la ciudadanía a informarse, en no caer en las falacias que sobre al respecto se han venido sembrando con el ánimo de generar desinformación.

Por otra parte, dichos datos reflejan el constante perfeccionamiento experimentado en nuestros procedimientos para atender el dinamismo demográfico y mantener permanentemente actualizadas las bases de datos del Padrón Electoral.

En síntesis, el proyecto de acuerdo que está a nuestra consideración sintetiza los esfuerzos realizados mediante las campañas de actualización, la cancelación de trámites no concluidos, la baja de registros por fallecimientos, duplicados, detección de datos y domicilios irregulares o falsos, así como las 54 observaciones que resultaron procedentes de las 24 mil 422 que presentaron los partidos políticos ante la Comisión Nacional de Vigilancia y las respectivas comisiones de Vigilancia conforme a los plazos y disposiciones normativas y que pasaron análisis y dictamen de procedencia.


Cabe señalar, que estos significa que únicamente de esas más de 24 mil 400 observaciones presentadas únicamente fueron procedentes el 0.22 por ciento de dichas observaciones, lo cual habla del empaque y la calidad del Listado Nominal que utilizaremos en la Revocación de Mandato.

Por lo anterior, colegas del Consejo, declarar la validez y definitividad del Padrón Electoral de 94 millones 093 mil 814 ciudadanas y ciudadanos, así como de la correspondiente Lista Nominal de Electores que cuenta con 92 millones 823 mil 216 ciudadanas y ciudadanos, incluyendo aquí los 17 mil 792 registros de mexicanas y mexicanos residentes en el extranjero, significa dar un paso determinante en la construcción de la plataforma de confianza que apuntalará el Proceso de Revocación de Mandato que celebraremos el 10 de abril.

En ese sentido, declarar válido y definitivo el Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores, significa, ratifica, que el INE está garantizando la universalidad del sufragio, que cada ciudadana y ciudadano inscrito en la Lista Nominal y que cuente con su credencial vigente, tendrán la certeza de que podrán participar el próximo 10 de abril para emitir libremente su opinión sobre la Revocación de Mandato del Presidente de la República, y que tendrá una boleta esperándola y esperándolo en el centro de votación que le corresponda.

Me importa mencionar que, para facilitar la participación de la ciudadanía en el Proceso de Revocación, el Consejo aprobó que las credenciales que perdieron vigencia el 1° de enero de 2022, sí podrán ser utilizadas en dichos procesos, igual que los comicios de este año.

Termino agradeciendo la dedicación y contribuciones de quienes integran la Comisión de Registro Federal de Electores, de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores y de las instancias de vigilancia de este Instituto.

Está a su consideración el proyecto de acuerdo.

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