Intervención de Lorenzo Córdova, en Sesión Extraordinaria, relativo al punto de acuerdo por el que modifican los modelos de distribución y pautas para transmisión de radio y tv de mensajes de partidos políticos

Escrito por: INE
Tema: Consejero Presidente

 

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DEL CONSEJERO PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, LORENZO CÓRDOVA VIANELLO, EN EL PUNTO 1 DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA, RELATIVO AL PROYECTO DE ACUERDO POR EL QUE, AD CAUTELAM, SE MODIFICAN LOS MODELOS DE DISTRIBUCIÓN Y LAS PAUTAS PARA LA TRANSMISIÓN EN RADIO Y TELEVISIÓN DE LOS MENSAJES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES Y LOCALES, DURANTE EL PERIODO ORDINARIO CORRESPONDIENTE AL PRIMER SEMESTRE DE 2020, EL CRITERIO DE ASIGNACIÓN DE TIEMPO EN RADIO Y TELEVISIÓN A LAS AUTORIDADES ELECTORALES PARA EL SEGUNDO TRIMESTRE DE 2020, MEDIANTE LA APLICACIÓN DE CRITERIOS ESPECÍFICOS DE DISTRIBUCIÓN, CON MOTIVO DEL DECRETO POR EL QUE SE AUTORIZA A LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO A RECIBIR DE LOS CONCESIONARIOS DE USO COMERCIAL DE ESTACIONES DE RADIO Y TELEVISIÓN EL PAGO DEL IMPUESTO QUE SE INDICA

 

El proyecto que está a nuestra consideración es un acuerdo que nos vemos forzados a plantear debido a una decisión discrecional del Ejecutivo Federal que trastoca, desde mi punto de vista, los principios constitucionales del modelo de comunicación política.

En consecuencia, este acuerdo que se plantea ad cautelam, con la confianza de que en un futuro la Suprema Corte de Justicia nos abra la puerta para revocarlo, en su momento, en su caso, y restablecer la vigencia de un orden constitucional que desde mi punto de vista, desde mi perspectiva, hoy se ha trastocado en lo que hace al modelo de comunicación política que permitió, desde hace 12 años, la instauración de un sistema electoral más equitativo y dio paso a, junto con otras medidas, al periodo de mayor competitividad electoral y a una alternancia en los cargos públicos sin precedentes.

El pasado 22 de abril, el Titular del Poder Ejecutivo Federal emitió un decreto mediante el cual devuelve a los concesionarios de la radio y la televisión un porcentaje de los tiempos fiscales que le corresponden al Estado en periodo no electoral y que ejerce el gobierno federal.

Concretamente, dicho decreto disminuye en 40 por ciento los tiempos fiscales que como pago en especie deben pagar al Estado, los concesionarios de radio y televisión por el usufructo del espacio radioeléctrico.

Ello implica una disminución, en total, de más de 6 mil 34 promocionales al día, sólo de aquellos que constitucionalmente le corresponde administrar al Instituto Nacional Electoral. No hablamos, por supuesto, del resto de los tiempos del Estado que ejercen otras autoridades.

De estos, más de 6 mil promocionales, 3 mil le correspondían hasta ahora a las autoridades electorales del país y 3 mil más a los diversos partidos políticos para que pudieran presentar ante la ciudadanía sus puntos de vista, análisis de la realidad y propuestas.

Es cierto, que el decreto de Ejecutivo no altera los tiempos que le corresponde administrar al INE durante los procesos electorales, es decir, desde el arranque de las precampañas y hasta la Jornada Electoral de que se trate. Esto implica los 48 minutos diarios que establece específicamente la Constitución para cada canal de radio y televisión del país.

Si lo hubiera hecho, claramente habría implicado, además de una violación flagrante y directa a la Carta Magna, una gravísima vulneración en las garantías de equidad que hoy rigen las campañas electorales.

Sin embargo, al reducir los tiempos que le corresponden al Estado durante periodos ordinarios, se reduce el monto que, de acuerdo a la Constitución, le corresponde administrar al INE, es decir, el 12 por ciento del total de tiempos que dispone el Estado nacional.

No es lo mismo, pues, por ejemplo, el 12 por ciento de 48 minutos en televisión como hasta ahora ocurría que, de 41 minutos, como ocurrirá a partir de hoy.

Lo mismo pasa en el caso de los tiempos de la radio, no es lo mismo 12 por ciento de 65 minutos como venía ocurriendo, que de 51 minutos diarios.

La idea de que los partidos y las autoridades electorales tuvieran, tengan acceso a esos espacios, que no son, hay que enfatizarlo, de un poder del Estado, como lo es el Ejecutivo, sino que son tiempos de la nación y que son administrados, eso sí, por los diversos órganos del Estado, fuera de los tiempos electorales y que estableció la reforma de 2007, era, el propósito era,  maximizar el derecho a la información de la ciudadanía, que es permanente y no solo tiene vigencia durante las campañas electorales.

Permitir que la pluralidad política que caracteriza a la sociedad mexicana pudiera tener espacios para expresarse, que todos los puntos de vista puedan ser escuchados, y que no sólo una voz, negando la diversidad que caracteriza a la sociedad mexicana, pueda verse y pueda escucharse.

Se trató de una decisión que fortaleció a la democracia y, con el decreto hoy emitido, se ve claramente mermada.

Evidentemente, el nivel de detalle con el que el constituyente de nuestro país concibió dicho modelo de comunicación política desde hace más de 12 años, busca contribuir al derecho de la información, a que la información política que transcurre en los medios de comunicación contribuya a la equidad de las contiendas, y en particular, a evitar el uso arbitrario de dichos medios por actores políticos, partidos e incluso autoridades.

En pocas palabras, el propósito es que fuera, digámoslo así, un acceso justo, omnicomprensivo y no el poder del dinero el que determinara la posibilidad de ser vistos y ser escuchados.

Por esas razones, es que acudimos a la Suprema Corte de Justicia, y por esas razones es que hoy aprobamos estos ajustes ad cautelam.

El decreto del 22 de abril no sólo devuelve de manera unilateral el pago de un impuesto en especie que le corresponde, enfatizo el punto, a la nación, sino que afecta el mandato constitucional en al menos en cuatro aspectos: Uno, afecta la integralidad del modelo de comunicación, ya que este modelo se conforma por un conjunto de disposiciones para partidos, concesionarios, autoridades y entes gubernamentales.

Dos, invade las competencias exclusivas del INE como administrador único de los tiempos del Estado en radio y televisión, que, como decía, se ven reducidos incluso durante los tiempos ordinarios y que componen, de manera integral, el modelo de comunicación político hasta ahora vigente.

Tres, provoca la alteración de los tiempos que en periodo no electoral el INE pauta para partidos, concesionarios y autoridades, ya que con la reducción de los tiempos fiscales que el Ejecutivo ha decidido no utilizar y conceder regresar, devolver, una cosa sería no haberlo utilizado y tiene el derecho a no utilizarlo, con lo cual la norma establece que lo pueden utilizar los concesionarios de radio y televisión, pero aquí se devolvió, se eliminó, “como una ayuda”- se dijo- “para que mejoren su situación económica”, provoca la eliminación, como decía, de alrededor de 6 mil spots.

Y, cuatro, afecta el derecho a la información de las y los mexicanos, al dejar para uso del mercado tiempos constitucionalizados para informar a la sociedad sobre temas de interés público, reconociendo, insisto, la pluralidad política y el derecho de todas y todos los miembros de los partidos políticos que así pueden hacerlo, poder expresarse de cara a la sociedad.

Justo por esas razones presentamos una controversia constitucional.

A lo largo de 11 años el modelo de comunicación política el modelo de comunicación ha contribuido significativamente a la vida democrática.

En ese lapso los permisionarios y concesionarios han, a la postre, cumplido con la pauta aprobada en porcentajes que rondan desde hace varios años más del 99 por ciento; los partidos políticos se apegan cada vez más a las premisas de ley para evitar que su propaganda sea objeto de sanciones, y la pluralidad de medios y la pluralidad en los medios ha favorecido el derecho a la información, tanto en procesos electorales, como en periodos no electorales.

La democracia se fortalece con acuerdos, con la inclusión de mayorías y minorías y con el respeto de sus derechos, este modelo de comunicación constituía, constituye un derecho que permite, insisto, a la pluralidad política expresarse y a la ciudadanía es informarse debidamente.

Sin la división de poderes o los derechos, están a debate, lo que está en entredicho es la democracia, y aquí hablamos justamente de derechos, si no lo hacemos así, si no respetamos el orden constitucional, si no incluimos a mayorías y minorías en la toma de las decisiones, entonces habremos perdido la posibilidad de construir un futuro sustentable en clave democrática y habrán triunfado expresiones antidemocráticas sobre nuestra anhelada nación de libertades, pluralista e incluyente.

El proyecto, por supuesto, que acata la norma vigente está a su consideración.

 

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