Aprueba Comisión Temporal de Transparencia del INE resoluciones sobre obligaciones del PAN y del PVEM 

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Comunicados 2026

Número: 251 

  • Se ordena modificar una respuesta y se instruye la emisión de un nuevo pronunciamiento, y se declara fundada una denuncia por incumplimiento de obligaciones de transparencia 

Sesión de la Comisión Temporal de transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

La Comisión Temporal de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, del Instituto Nacional Electoral (INE), emitió resoluciones sobre obligaciones de los partidos Acción Nacional (PAN) y Verde Ecologista de México (PVEM) en materia de acceso a la información. 

Integrada por las consejeras Norma De La Cruz Magaña, Blanca Cruz García y Rita Bell López Vences, así como por los consejeros Arturo Castillo Loza —como presidente— y Martín Faz Mora, la Comisión resolvió dos recursos de revisión en asuntos relacionados con el cumplimiento de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. 

En un primer asunto, determinó que el PAN no justificó debidamente la entrega de información en una modalidad distinta a la solicitada, y le ordenó modificar la respuesta para que la información se entregue en formato electrónico, previa elaboración de la versión pública correspondiente. 

Asimismo, respecto de la información vinculada con los órganos de dirección estatales y municipales en Tamaulipas, la Comisión resolvió revocar la declaratoria de incompetencia emitida por el partido y se instruyó la emisión de un nuevo pronunciamiento conforme a derecho. 

Respecto del caso del PVEM, al analizarse una denuncia por incumplimiento de obligaciones de transparencia, se concluyó que el instituto político omitió publicar de manera completa la integración de uno de sus órganos de dirección, al no incluir a las ex presidencias nacionales que forman parte de su Consejo Político Nacional. Por ello, se declaró fundada en este aspecto. 

En cuanto a la obligación relativa al tabulador de remuneraciones, la segunda parte de la denuncia interpuesta, se aprobó que no era exigible todavía, dado que el plazo de actualización semestral no había vencido. En este rubro, fue declarada infundada. 

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