Aprueba INE novedosa valoración curricular de aspirantes a integrar los OPL

Escrito por: INE
Tema: Comunicados de Prensa

Número: 427

  • Se incluye una prueba de competencias gerenciales, en la que participará la UNAM
  • El INE no cuenta con atribuciones para pronunciarse respecto a la ocupación o continuidad de cargos públicos de ningún nivel

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los criterios para realizar las valoraciones curriculares y las entrevistas de las personas aspirantes en el proceso de selección y designación de los cargos de Consejera Presidenta del Organismo Público Local (OPL) de Chiapas, así como de una Consejera o Consejero del OPL de Nuevo León.

La Consejera Dania Ravel Cuevas, presidenta de la Comisión de Vinculación con Organismos Públicos Locales, destacó la innovación de incluir una prueba de competencias gerenciales, cuyo propósito es proporcionar información objetiva sobre el grado de compatibilidad entre el perfil de las personas aspirantes y las competencias requeridas para el desempeño de cada cargo.

Durante la sesión extraordinaria del Consejo General, especificó que en las entrevistas y su evaluación, participará la Facultad de Estudios Superiores Iztacala, de la UNAM.

En tanto, la valoración curricular permitirá constatar la idoneidad de las personas aspirantes, mediante la revisión de sus historias profesionales y laborales, su participación en actividades cívicas y sociales, sus experiencias en materia electoral, en desempeños profesionales, además de analizarse cinco competencias: liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación y profesionalismo e integridad.

Define INE paridad de género en diputaciones de representación proporcional

Por otra parte, en acatamiento a una sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el INE aprobó la respuesta a una consulta formulada por el Partido Acción Nacional (PAN), relativa al cumplimiento del principio de paridad de género en el registro de candidaturas por el principio de representación proporcional.

En este sentido, se estableció que en el caso de diputaciones las listas que fueron encabezadas por fórmulas de hombres en el Proceso Electoral Federal (PEF) 2020-2021, deberán encabezarse por mujeres, mientras que las precedidas por éstas podrán encabezarse por hombres, mujeres o de manera mixta.

Respecto de las listas por circunscripción electoral, el Consejo General determinó que al menos dos deberán estar encabezadas por fórmulas de un mismo género, alternándose en cada periodo electivo.

Habrá acciones de atención a personas hablantes de lenguas indígenas

De igual manera y en cumplimiento a otra sentencia del TEPJF, a una consulta formulada por Morena sobre si en los distritos electorales considerados como indígenas debe haber personal presente que hable y haga uso de la lengua materna, a fin de dar certeza a los procedimientos de capacitación e integración de mesas directivas de casilla, actualización del Padrón Electoral y Lista Nominal, la máxima autoridad electoral señaló que la integración de las Juntas Distritales Ejecutivas no se refiere a una atribución del Instituto ni a realizar una reforma al Estatuto del Servicio Profesional Electoral.

Sin embargo, la Consejera Rita Bell López Vences, presidenta de la Comisión del Servicio Profesional Electoral Nacional, propuso que se instruya a la Secretaría Ejecutiva para analizar la viabilidad de una armonización de la normativa interna, a fin de tomar acciones necesarias para la atención de personas hablantes de lenguas originarias, así como contar con información de personas trabajadoras del Instituto que hablen alguna lengua indígena variante, puedan, eventualmente, participar en la traducción o ser intérpretes en algún servicio.

La solicitud del Gobernador de Nuevo León escapa a la competencia del INE

Finalmente, en respuesta a una consulta del Gobernador de Nuevo León, Samuel García Sepúlveda, respecto de si debe solicitar licencia temporal o de separarse del cargo para participar en el PEF 2023-2024, la autoridad electoral aclaró que esta determinación escapa de la competencia del INE, porque sus facultades se constriñen a la organización de elecciones del ámbito federal y no cuenta con atribuciones para pronunciarse respecto de la ocupación o continuidad de cargos públicos de ningún nivel.

En el proyecto de acuerdo se estableció que en lo relativo al otorgamiento de su licencia temporal, se trata de un asunto de competencia exclusiva del Congreso del Estado de Nuevo León; por lo que, sin prejuzgarse la solicitud, “emitir cualquier pronunciamiento al respecto constituiría la invasión de la competencia” de la autoridad legislativa local.

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