Promueve INE controversia constitucional en contra del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022

Escrito por: INE
Tema: Comunicados de Prensa

Número: 564

  • Se pide a la Corte que ordene a la Cámara de Diputados otorgar los recursos presupuestales suficientes para llevar a cabo un eventual ejercicio de Revocación de Mandato
  • El INE con total disposición y experiencia para organizarlo, siempre y cuando tenga suficiencia presupuestal

El Instituto Nacional Electoral (INE) promovió este martes una demanda de controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022 (PEF 2022), publicado el 29 de noviembre pasado en el Diario Oficial de la Federación. En dicho decreto, la Cámara de Diputados resolvió, entre otros aspectos, aplicar un recorte por 4,913 millones de pesos al presupuesto originalmente solicitado por el INE.

El recorte determinado por el Legislativo, que careció de motivación o justificación alguna en el decreto presupuestal, impide el ejercicio pleno de las atribuciones constitucionales a las que está obligada la autoridad electoral, en particular, la realización de un eventual proceso de Revocación de Mandato que, en caso de ser solicitado por la ciudadanía, requiere de 3,830 millones de pesos para llevarse a cabo, mismos que fueron solicitados presupuestalmente a la Cámara de Diputados. 

Así, con el recorte, la Cámara de Diputados dejó sin fondos al INE para cumplir a cabalidad con esa obligación expresamente señalada en la Carta Magna.

El Instituto, en la elaboración de su presupuesto para 2022, incluyó un monto como presupuesto precautorio, tanto para la realización de una eventual Revocación de Mandato como de una nueva Consulta Popular, atendiendo a lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió respecto de otra controversia constitucional que el INE promovió sobre la convocatoria a la Consulta Popular que se realizó este 2021, en el sentido de que la autoridad electoral tenía la “obligación de prever” los recursos suficientes para este tipo de ejercicios de participación ciudadana contemplados en el artículo 35 de la Constitución. 

Al no haber sido otorgados por el Legislativo los mencionados recursos y al haberse aplicado un recorte que excede en mucho la solicitud presupuestal formulada, el INE consideró procedente someter a consideración de la SCJN que ordene a la Cámara de Diputados proveer al Instituto de los recursos necesarios para organizar, eventualmente, la Revocación de Mandato, cumpliendo todos los principios y reglas a que está obligado. Al no contar con dicho presupuesto, el Instituto no está en condiciones de cumplir sus funciones tal y como lo mandata la Constitución y la ley, además de que se violan sus garantías institucionales otorgadas por la Constitución y, con ello, el ejercicio de los derechos humanos político-electorales de la ciudadanía.

El INE reitera que tiene toda la disposición y cuenta con toda la experiencia necesaria para llevar a cabo, como es debido, este ejercicio de participación ciudadana. Asimismo, manifiesta su confianza en las instituciones de justicia de este país y subraya que, para el cabal cumplimiento de sus obligaciones constitucionales, el INE debe contar con suficiencia presupuestaria que garantice los principios constitucionales de legalidad y certeza.


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