Inicia INE recepción de solicitudes de constancias digitales

Escrito por: INE
Tema: Comunicados de Prensa

Número: 105

  • INE dará respuesta a las solicitudes en un periodo que va de 3 a 5 días
  • La autoridad electoral realiza las gestiones pertinentes para que la constancia pueda ser aceptada por las instituciones públicas y privadas con quienes ha celebrado convenios de colaboración

 

El Instituto Nacional Electoral (INE) inició a partir de hoy la recepción de solicitudes de constancias digitales, las cuales podrán tramitar las y los ciudadanos que extraviaron su mica o realizaron algún trámite de actualización o inscripción al Padrón Electoral y que por la emergencia sanitaria no pudieron recoger su Credencial para Votar debido al cierre de los Módulos de Atención Ciudadana.

La Constancia Digital podrá tramitarse durante el periodo comprendido entre el 25 de mayo y el 1 de septiembre de 2020, y se expedirá a favor de todas y todos aquellos ciudadanos que cuenten con un registro vigente en el Padrón Electoral; es decir, este documento que tendrá carácter temporal, no está dirigido a quienes se les venció su credencial en 2018 o previo a este año.

De esta manera, se brindará a la ciudadanía un mecanismo de identificación adecuado, a falta de la posesión de la Credencia para Votar, que le permita la realización de trámites y el acceso a otros derechos.

La Constancia Digital contará con una vigencia de tres meses a partir de su emisión y la fecha de su expiración se incorporará en el propio texto de la constancia.

Dicho formato puede descargarse en la siguiente liga: https://www.ine.mx/wp-content/uploads/2020/05/formato-solicitud-constancia-digital.pdf

El formato de solicitud deberá contener al menos, lo siguiente: nombre de la o el ciudadano titular; documento o medio de identificación que acrediten la identidad de la o el titular; domicilio y/o correo electrónico para recibir notificaciones; los datos personales que forman parte del Padrón Electoral a los que solicita acceder; fecha; firma y, en su caso, los documentos que acrediten la personalidad e identidad del representante.

Una vez llenado y firmado el formato con la información de la o el ciudadano, se deberá escanear o tomar una fotografía y enviarla al correo electrónico constancia.digital@ine.mx

El INE recibirá la solicitud, verificará que esté completa y que corresponda a un registro vigente en el Padrón Electoral y la Lista Nomina y, de ser procedente, emitirá la Constancia Digital y la enviará al correo electrónico registrado en la solicitud. Este proceso de verificación podrá tardar entre 3 y 5 días, dependiendo del volumen de solicitudes que se presenten.

Las y los ciudadanos podrán imprimir su Constancia Digital y presentarla ante las instituciones públicas o privadas como medio de identificación.

El diseño de la Constancia Digital contempla la generación de un documento en formato PDF (Portable Document Format, por sus siglas en inglés), con los siguientes datos: nombre(s), apellido paterno, apellido materno; clave de elector; número de emisión; dato OCR (Reconocimiento Óptico de Caracteres); Código de Identificación de Credencial (CIC); año de registro; fecha de emisión, mes y año de fin de vigencia de la Constancia Digital.

Además, el Instituto inició la disposición del aplicativo para la lectura de las constancias digitales a las instituciones públicas y privadas a partir de este día; el cual permitirá mostrar los datos contenidos en los códigos QR de la Constancia Digital, para poder verificar que los datos ahí contenidos coincidan con los datos impresos en el documento y con la o el portador de la Credencial para Votar, evitando así su alteración indebida.

Para mayor información las y los interesados podrán consultar el sitio que el INE ha dispuesto para este fin: https://www.ine.mx/constancias-digitales-ante-emergencia-covid19/.

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