“Revocación de mandato” artículo del Consejero Marco Baños, publicado en El Economista

Escrito por: INE
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Parto de una afirmación inicial: bien aplicada, la revocación de mandato no es un ejercicio antidemocrático y tampoco es, necesariamente, algún tipo de puerta para la reelección indefinida de los gobernantes. Se trata de una figura reconocida en el mundo y, si no se distorsiona su esencia, representa lisa y llanamente un recurso para que, si la ciudadanía se siente decepcionada o traicionada por un mandatario electo en las urnas, pueda retirarle su confianza, también en las urnas, y dar por concluido de forma anticipada su mandato antes de que se colme el periodo para el que fue electo el cargo en cuestión.

La revocación no es un instrumento para alargar mandatos o propiciar reelección, sino uno para de forma excepcional acortar malos mandatos, siempre y cuando haya garantías o condiciones mínimo que impidan la sinrazón de que unos pocos puedan cancelar en cualquier momento periodos de gobierno elegidos por las mayorías.

Por eso es correcto que existan umbrales mínimos para que sean millones de ciudadanas y ciudadanos quienes activen un proceso excepcional, donde se vote por revocar o no algún mandato y por eso es deseable también acreditar que acuda a votar a favor o en contra de esa revocación al menos 40% o más del universo total de electores.

La minuta para reformar la Constitución en materia de consultas populares y revocación de mandato se definió en el Senado el pasado 15 de octubre. La discutirán nuevamente diputadas y diputados y es muy probable que den su visto bueno.

Esta versión de reforma constitucional tiene algunas mejoras respecto al planteamiento original, por ejemplo, ahora debe ser un grupo de ciudadanas y ciudadanos quienes soliciten llevar a cabo la revocación y no discrecionalmente el propio presidente de la República. Prevalecen de todas formas elementos poco afortunados y hasta contradictorios en la redacción, en donde se ignora que la revocación de mandato es una forma de consulta, y entonces prohíbe que se realice “consulta popular” sobre temas relacionados con la permanencia en cargos de elección, pero eso sí es posible cuando la palabra que se use no sea consulta sino revocación de mandato presidencial. Entiendo que el tema de fondo es evitar que se promuevan revocaciones de gobiernos locales o municipales, alejar la tentación de activar desde el poder presidencial destituciones de gobernadores, pero eso en todo caso luce contradictorio en su redacción porque asume la revocación como algo ajeno a consultar a la población y en realidad es eso: una modalidad de consulta popular con un propósito específico.

Un reto de fondo para evitar distorsiones es no darle a esa figura un tratamiento de fiesta propagandística para refrendar popularidad que miden las encuestas. Es un gasto considerable poner urnas y empatar el ejercicio con calendarios electorales (etapas de proceso inician meses antes de las jornadas de votación o de las campañas). Quienes deben promover la revocación son los inconformes o desencantados y no los simpatizantes que ya votaron y siguen convencidos, y una de las fallas en el diseño es no disponer espacios para que en caso de que se active un proceso revocatorio, se puedan exponer equitativamente los argumentos de por qué debería de cancelarse el mandato de un presidente o por qué debe continuar.

Es absurdo instalar urnas sin información clara de lo que ahí se disputa y sin oportunidad para que se despliegue una deliberación colectiva. Si la consulta de revocación se impulsa por capricho y no como un llamado de atención de inconformidad, se vuelve derecho del gobernante a regodearse en su popularidad y no derecho del ciudadano para destituir a quien traiciona su confianza y en esas, lejos de servir a la población, la revocación puede afectarla, anidar incompatibilidad con procesos electorales ordinarios, distorsionar el terreno de competencia y convertirse en una fiesta del poder para el poder.

Sería una burla que fueran simpatizantes de un presidente quienes recaben firmas para destituirlo, a menos que se tratara sólo de cumplir el requisito para justificar un ejercicio de campaña con victoria segura y no el de un recurso excepcional para que inconformes con uno u otro gobierno (incluyendo los locales) puedan cancelarlo de manera pacífica y con legitimidad democrática. Todos estamos obligados a que, de ser el caso, este ejercicio funcione de la mejor manera posible y como un auténtico mecanismo de evaluación de los gobernantes que sean sometidos a la revocatoria.

 

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