La reforma electoral del 2007 incorporó un mandato general en el artículo 134 constitucional para que la publicidad oficial, de cualquier institución pública, no sea personalizada ni orientada a fines electorales de titulares u otros funcionarios. La redacción de esa base alude desde entonces a que sólo son válidos mensajes que tengan fines informativos, que
Leer mas...