Resuelve INE improcedente medida cautelar contra un partido político 

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Comunicados 2026

Número: 152 

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió dos medidas cautelares, una solicitada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Presidente Municipal de Monterrey, en contra de Movimiento Ciudadano por calumnia y presunto uso indebido de la pauta, así como otra relacionada con el proceso de reclutamiento, selección y contratación de las figuras de Supervisor o Supervisora Electoral (SE) y Capacitador o Capacitadora Asistente Electoral (CAE) en el marco del Proceso Electoral Local 2025-2026 en Coahuila. 

En el primer asunto, el PRI y el Presidente Municipal de Monterrey presentaron queja en contra de Movimiento Ciudadano, por la difusión de dos promocionales denominados como “MICHELLE NEXT ENERGY” y “ENERGÍA”, pues consideran que transmiten propaganda política con contenido calumnioso. 

Al respecto, la Comisión de Quejas y Denuncias, por unanimidad de votos, declaró improcedente el dictado de medidas cautelares, pues bajo la apariencia del buen derecho, se determinó que no constituye un mensaje calumnioso en contra del PRI o del Presidente Municipal, pues de la revisión a su contenido, no se advierte la imputación de un hecho o delito falso, sino cuestionamientos o críticas respecto a las actividades de una empresa y la gestión de este último, lo cual está amparado por la libertad de expresión. 

En cuanto al uso indebido de la pauta, el colegiado determinó que es improcedente ordenar la suspensión de los promocionales, pues su contenido es de índole genérico, al abordar temas de interés público en el contexto del debate nacional. 

Una persona no podrá continuar como funcionaria dentro del Proceso Electoral Local 2025-2026 en Coahuila 

Finalmente, la Comisión resolvió una medida cautelar derivada de un Procedimiento Ordinario Sancionador (POS) relacionada con el proceso de reclutamiento, selección y contratación de las figuras de Supervisor o Supervisora Electoral y Capacitador o Capacitadora Asistente Electoral para el Proceso Electoral Local 2025-2026 en Coahuila de Zaragoza, al advertirse de manera preliminar que una persona aspirante era, presumiblemente, militante del partido político Morena. 

En el contexto de las investigaciones preliminares, se desprende que la afiliación se habría realizado de forma voluntaria, lo que podría comprometer los principios de imparcialidad e independencia en su actuación ante el desarrollo y preparación del Proceso Electoral Local en cita, por lo que se ordenó impedir su contratación, y en caso de haberse celebrado el contrato correspondiente, realizar las acciones conducentes para evitar que continúe ejerciendo el cargo. 

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