La afiliación partidista no impide el desempeño imparcial en órganos electorales
El Consejero Electoral Uuc-kib Espadas afirmó que la militancia o afiliación a un partido político no constituye un impedimento legal para integrar los consejos electorales. Precisó que el diseño del sistema electoral mexicano es plural, y que la legislación vigente únicamente inhabilita a quienes hayan ocupado candidaturas o dirigencias partidistas en los tres años previos para el caso de los consejos locales.
«La idea es que haya una distancia entre ser militante o ser dirigente, y que ser miembro de un partido político no significa de ninguna manera que una persona vaya a actuar con parcialidad o, peor aún, al margen de la ley», sostuvo.
Espadas calificó como injusta e ilegal la sustitución de cuatro aspirantes a consejeros locales que contaban con el aval técnico para su ratificación y que habían ejercido el cargo durante los procesos de 2021, 2024 y 2025 sin registrar acusaciones en su contra.
Argumentó que los actos de la autoridad electoral son públicos y sujetos al escrutinio ciudadano y de las representaciones partidistas, por lo que desestimó las remociones fundamentadas en el prejuicio sobre su filiación. «Con esas cuatro personas nadie, nunca, ningún partido político, ninguna persona los acusó de ningún tipo de falta. ¿Es correcto que la autoridad electoral, después de la evidencia material de que son personas que no hacen trampa, decida que ahora sí van a hacer trampa y contra la ley los saquen de la competencia?», cuestionó.
Por otra parte, descartó categóricamente que la autoridad electoral atraviese por un proceso de «morenización», al destacar que la institución posee mecanismos de control y de equilibrio “incluso en las designaciones de los consejeros que impiden que funcione por los intereses de un partido político”.