La Asamblea Nacional Constitutiva: otro requisito para convertirse en partido político nacional
La Asamblea Nacional Constitutiva es un requisito para convertirse en partido político nacional, ya que verifica que las organizaciones cuenten con las raíces ciudadanas necesarias para competir por cargos de representación. | Norma de la Cruz
La Asamblea Nacional Constitutiva es otro requisito que debe cumplir una organización que busca convertirse en partido político nacional. La asamblea nacional debe contar con la presencia del funcionariado del Instituto Nacional Electoral; ello de acuerdo con el inciso b) del artículo 12 de la Ley General de Partidos Políticos. Esta reunión nacional debe cumplir, por ejemplo, la asistencia de las personas delegadas propietarias o suplentes electas en las asambleas estatales o distritales.
Cabe recordar, que primero es la celebración de reuniones estatales o distritales electorales donde se aprueban documentos básicos (declaración de principios, programa de acción y estatutos), y presentar las listas de personas afiliadas correspondientes mínimamente al 0.26% de la lista nominal.
Es importante precisar que, la Ley General de Partidos Políticos señala que durante ésta se debe acreditar que las sesiones estatales y distritales antes referidas se hayan celebrado conforme a la normativa de manera previa al evento y, además, que se comprobará la residencia de las y los delegados.
Para llevarse a cabo, la organización debió informar al Instituto la fecha, hora y lugar con mínimo 10 días de antelación con fecha límite del 25 de febrero de 2026.
Ahora bien, uno de los elementos centrales es la verificación del quórum, el cual debe cumplir con la presencia de al menos el 50% más una de las personas delegadas propietarias, así como la misma proporción de las entidades o distritos electorales donde se realizaron asambleas.
Finalmente, para que un estado o distrito se considere representado, deben acudir el 50% más una de la ciudadanía electa como delegada en éstos. Precisando que en el caso de números inferiores a 10 e impares, la fracción se considerará a la baja, y en alta cuando el número sea superior a 10 e impar. Por ejemplo, si fueron electas 15 delegaciones tienen que estar presentes nueve y si son siete deben asistir cuatro.
Dentro de los dos días hábiles siguientes, la persona funcionaria entregará a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE el acta de certificación, la cual contendrá la lista de asistencia de las personas delegadas y un ejemplar de los documentos básicos aprobados.
Durante el actual proceso constitutivo 2025-2026, de acuerdo con la información vertida en el Informe que rinde la Secretaría Ejecutiva del INE relativo a las organizaciones de la ciudadanía que presentaron solicitud de registro para constituirse como partidos políticos nacionales en el período 2025-2026, tan solo cuatro organizaciones celebraron su Asamblea Nacional Constitutiva.
Esta es solo una parte del trabajo que el órgano electoral realiza para asegurar que las organizaciones tienen las raíces ciudadanas suficientes para fungir como una de las vías de acceso a los cargos de representación política o de gobierno.
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