• Se aprueban lineamientos para realizar encuestas y sondeos de opinión en el marco del PEEPJF y Concurrentes
El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los criterios relativos a la distribución del tiempo del Estado en radio y televisión para el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025, la elección extraordinaria de los Poderes Judiciales Locales, los Procesos Electorales Locales en los estados de Durango y Veracruz 2024-2025, así como el periodo ordinario durante 2025.
Mediante estos criterios, se dotará de certeza y seguridad jurídica a los concesionarios de radio y televisión radiodifundida y restringida, a las autoridades que participarán en los procesos electorales, a las candidaturas y a los partidos políticos.
Lo anterior, para garantizar las pautas del PEEPJF 2024-2025 y el acceso a la prerrogativa de las personas candidatas en los procesos electorales relativos a elección de diversos cargos de los poderes judiciales de las entidades federativas.
De igual manera, se instruyó a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, en colaboración con la Coordinación Nacional de Comunicación Social, a elaborar promocionales con contenido genérico por tipo de cargo que se elegirán en el PEEPJF 2024-2025 para su difusión en radio y televisión durante la etapa de campaña.
El contenido de los mensajes deberá promover entre la ciudadanía la consulta de los perfiles de las candidaturas que se postulen para dicho proceso, por medio de las plataformas que se habilitarán para tal efecto.
Se aprueban criterios para realizar encuestas o sondeos de opinión sobre el PEEPJF
Por otra parte, el Consejo General del Instituto avaló los Lineamientos que establecen las reglas y criterios que las personas físicas o morales deberán adoptar para realizar encuestas o sondeos de opinión en el marco del PEEPJF 2024-2025 y Concurrentes.
Dichos Lineamientos permiten establecer reglas claras sobre cómo deben realizarse y difundirse las encuestas y sondeos, con la finalidad de asegurar que la información que llegue a la ciudadanía sea imparcial, veraz y abone a la decisión que las y los ciudadanos deben tomar el próximo 1 de junio, día de la Jornada Electoral.
En este sentido, se avalaron las obligaciones de las personas físicas o morales, así como los Criterios Generales de carácter científico para encuestas por muestreo o de salida.
Asimismo, los criterios generales de carácter científico que deben adoptar las personas físicas o morales que pretendan llevar a cabo encuestas por muestreo para dar a conocer las preferencias electorales o tendencias de la votación.
Además, en los citados Lineamientos se establece la prohibición de difundir resultados de encuestas en los días previos a las elecciones y la obligación de presentar informes sobre los recursos utilizados.
Finalmente, el INE dio por recibido el Estudio de factibilidad de modificación a la reglamentación interna para el PEEPJF 2024-2025, con el fin de que el Instituto cuente con la regulación que incluya los mecanismos y procedimientos necesarios para preparar, desarrollar y concluir la elección bajo los mismos estándares de calidad.