ACLARACIÓN. Talleres Gráficos de México no ha subcontratado la impresión de boletas electorales para las elecciones federales

Escrito por: INE
Tema: Certeza Electoral

Resumen

La impresión de boletas que se realiza en colaboración con Talleres Gráficos de México cuenta con características que las hacen infalsificables y toda su producción está sujeta a protocolos de verificación por parte del INE, lo cual, garantiza su autenticidad.

Para el caso de las elecciones federales Talleres Gráficos de México no ha subcontratado la impresión de boletas. Su proceso de producción se lleva a cabo en tiempo y forma.

El pasado 1 de marzo de 2024 el INE y Talleres Gráficos de México (TGM) dieron inicio al ciclo de la producción de boletas electorales para el Proceso Electoral Federal (PEF) 2023-2024, donde se imprimirá un total de 317 millones 324 mil 493 boletas para el voto en territorio nacional referente a las elecciones federales, así como para las diversas modalidades como el voto en el extranjero, sufragio anticipado y voto en prisión preventiva.

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Fecha: 28 de marzo de 2024

Fuente: Redes sociales, X (antes Twitter)

Tipo de acción: Aclaración

Categoría de la desinformación: Contenido impreciso por falso contexto.

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Las boletas se producen en un papel seguridad infalsificable

A partir del 1 de marzo, Talleres Gráficos de México inició la producción de más de 317 millones de boletas electorales que serán utilizadas en las más de 170 mil casillas a instalarse para la Jornada Electoral. Este organismo público colabora con el INE desde hace más de 30 años en la creación de materiales electorales con los máximos estándares de calidad.

Dichas boletas contarán con las siguientes características que las hacen únicas e infalsificables:

  • Papel seguridad de 90 gramos, producido con rodillos diseñados exclusivamente para el INE
  • Fibras ópticas visibles y otras sólo apreciables con luz ultravioleta
  • Marcas de agua bitonales con el logotipo “INE”

El INE define procedimientos para la impresión y resguardo de materiales electorales

Se encuentra previsto en la LGIPE y en las leyes electorales locales determinar las características de la documentación y materiales electorales, estableciendo que: los documentos y materiales electorales deberán elaborarse utilizando mecanismos de seguridad aprobados por el Instituto, según lo apruebe el Consejo General o local respectivo. (Capítulo VI. Artículo 216 de la LGIPE)

Para efecto de la distribución de la documentación y materiales electorales, se deberá diseñar una estrategia, considerando factores de tiempo, distancia, recursos humanos y recursos materiales.

Talleres Gráficos de México cuenta con autonomía y capacidad estratégica para la vigilancia en la producción de las boletas electorales, además de que certifica la calidad en la elaboración del papel seguridad; procesa los materiales con estándares de calidad, seguridad, logística y entrega en tiempo y forma. Con el acompañamiento de la SEDENA, cuenta con capacidad estratégica de traslado y resguardo.

TGM debe cumplir con los tiempos establecidos para la producción y entrega de documentos

El 8 de octubre de 2023, el Instituto Nacional Electoral y Talleres Gráficos de México, firmaron un convenio específico de colaboración con el objeto de establecer las bases para que el segundo realice el suministro, producción y entrega de boletas y demás documentos electorales con emblemas que serán utilizados en el Proceso Electoral Federal (PEF) 2023-2024.

Talleres Gráficos de México deberá cumplir con los tiempos establecidos para la producción y entrega de documentos y boletas al Instituto, garantizar la producción de esta documentación con posibles variaciones (más/menos entre 5%).

Adicionalmente, deberá permitir la supervisión del proceso de impresión por parte del personal del INE, debidamente acreditado, para verificar que el proveedor del papel seguridad cuente con el espacio y equipamiento necesarios dentro de sus instalaciones.

En suma, el proceso de producción de las boletas electorales se supervisa y avala en todo momento por personal del INE.

Salvaguarda de las boletas electorales, asunto de seguridad nacional

Derivado de la impresión de materiales, se desprende que es potestad superior la salvaguarda como el cuidado de las boletas electorales, ya que son considerados asuntos de seguridad nacional. (Artículo 216, Inciso d) de la LGIPE).

En ese sentido, la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y la Secretaría de Marina son las instituciones que colaboran con el INE en cada proceso electoral para garantizar el traslado y protección del material electoral en todo momento.

La producción de las boletas electorales inició el pasado 1 de marzo y concluirá el 30 de abril del 2024, con la entrega de éstas en la planta de Talleres Gráficos de México, ubicada en la capital del país. Ahí se mantendrán a resguardo.

Posteriormente, serán entregadas a los Consejos Distritales, 15 días antes de la elección para ser resguardas en las bodegas electorales definidas previamente. (Art. 268, Núm. 1 de la LGIPE).

Para un debido control de las boletas, se llevarán a cabo las siguientes acciones (Art. 268, Núm. 2 de la LGIPE):

a) Las juntas distritales del Instituto deberán designar con la oportunidad debida, el lugar que ocupará la bodega electoral para el resguardo de la documentación electoral de las elecciones;

b) El personal autorizado del Instituto entregará las boletas en el día, hora y lugar preestablecidos al presidente del consejo distrital, quien estará acompañado de los demás integrantes del propio consejo;

c) El secretario del consejo distrital levantará acta pormenorizada de la entrega y recepción de las boletas, asentando en ella los datos relativos al número de boletas, las características del embalaje que las contiene, y los nombres y cargos de los funcionarios presentes;

d) A continuación, los miembros presentes del consejo distrital acompañarán al presidente para depositar la documentación recibida, en el lugar previamente asignado dentro de su local, debiendo asegurar su integridad mediante fajillas selladas y firmadas por los concurrentes. Estos pormenores se asentarán en el acta respectiva;

e) El mismo día o a más tardar el siguiente, el presidente del consejo distrital, el secretario y los Consejeros Electorales procederán a contar las boletas para precisar la cantidad recibida, consignando el número de los folios, sellarlas al dorso y agruparlas en razón del número de electores que corresponda a cada una de las casillas a instalar, incluyendo las de las casillas especiales según el número que acuerde el Consejo General para ellas. El secretario registrará los datos de esta distribución, y

f) Estas operaciones se realizarán con la presencia de los representantes de los partidos políticos que decidan asistir.

Finalmente, las boletas electorales se entregarán a cada presidente de Mesa Directiva de Casilla dentro de los cinco días previos a la elección. (Art. 269, Núm. 1 de la LGIPE).

Durante la producción, traslado y resguardo de las boletas y demás documentación electoral, se cuenta con la custodia de personal de la Secretaría de la Defensa Nacional y de la Secretaría de Marina, Armada de México, así como del acompañamiento de la Guardia Nacional.

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Justificación de criterio

Información imprecisa que afecta el principio de certeza y legalidad de la autoridad electoral en el contexto del proceso electoral 2024.