Número: 479
Se aplica el criterio de “afiliación efectiva” para evitar la distorsión de la voluntad popular para efecto de determinar la representación efectiva de cada fuerza política como posible consecuencia de un convenio de coalición
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), aprobó el mecanismo para la aplicación de la fórmula de asignación de las curules y los escaños por el principio de representación proporcional en el Congreso de la Unión, que correspondan a los partidos políticos nacionales con base en los resultados que obtengan en la Jornada Electoral a celebrarse el 2 de junio de 2024.
Dicho mecanismo busca evitar la sobrerrepresentación de fuerzas políticas, en apego al artículo 54 de la Constitución, a fin de hacer valer la voluntad de la ciudadanía expresada en las urnas a través del voto.
Para ello, el Instituto verificará si las candidatas y candidatos de alguna coalición, ganadores por el principio de mayoría relativa, son militantes del partido por el que fueron postulados. En caso de que la o el candidato esté afiliado a alguno de los partidos de la coalición, su triunfo se contabilizará a favor del partido respecto del cual tenga una “afiliación efectiva”, únicamente para efectos de la asignación de representación proporcional.
Así, la ciudadanía puede tener la seguridad de que su voto será contado y considerado para la integración proporcional del Congreso de la Unión, conforme lo establecieron las Consejeras y Consejeros en sesión extraordinaria de Consejo General.
Con esta medida se busca que la integración del Congreso de la Unión responda a la representación de las distintas voces partidistas elegidas por la ciudadanía, y que ésta no sea distorsionada por una asignación de curules y escaños que sobrerrepresente a mayorías en detrimento de minorías.
El acuerdo aprobado establece que, en caso de que la candidatura triunfadora no tenga una “afiliación efectiva” a alguno de los partidos que la postularon, el triunfo será contabilizado en los términos de lo expresado por el convenio de coalición aprobado.
Asimismo, el acuerdo busca impulsar los esfuerzos para garantizar la paridad en ambas cámaras del Congreso de la Unión y se realicen los ajustes en favor de dicho principio constitucional.
Se acatan sentencias del TEPJF
En otro punto de la sesión, en acatamiento a una sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), las Consejeras y Consejeros aprobaron modificaciones a los Lineamientos para verificar el cumplimiento de la autoadscripción calificada de las personas que se postulen en observancia a la acción afirmativa indígena para las candidaturas a cargos federales de elección popular.
Estas modificaciones establecen que previo al inicio del periodo para el registro de candidaturas, y una vez que haya quedado firme el acuerdo del Consejo General en el que se establezcan las acciones afirmativas que aplicarán para el Proceso Electoral Federal, el INE, por medio de los Consejos Locales y Distritales, llevará a cabo la difusión sobre las acciones afirmativas para personas indígenas, para que estos grupos conozcan el mecanismo de implementación de las mismas.
Para este fin, se determinó retomar las vías de comunicación implementadas para la realización de la consulta previa, libre e informada a personas, pueblos y comunidades indígenas realizada por el INE en 2022. Asimismo, se estableció comunicar a los partidos políticos elementos para comprender la cultura indígena, sus formas internas de gobierno y su autoorganización.
Se avala procedencia legal y constitucional de modificaciones a documentos básicos de APN
Durante la sesión, el pleno declaró la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a la Declaración de Principios, el Programa de Acción y los Estatutos de las Agrupaciones Políticas Nacionales denominadas “Movimiento Arcoíris Por México” y “Alianza Patriótica Nacional”.
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