Número: 489
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió en sesión virtual la improcedencia de dos solicitudes de medidas cautelares formuladas por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en las que denunciaron la difusión de propaganda relacionada con la Revocación de Mandato que podría llevarse a cabo el próximo año si se reúnen los requisitos necesarios.
En la primera denuncia el PRD aduce la presunta utilización indebida de recursos públicos para la producción de dos promocionales relacionados con la Revocación de Mandato que podría celebrarse el próximo año, atribuibles a dos funcionarios de la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura; materiales que se difundieron en YouTube, así como en radio y televisión.
Del análisis integral de los promocionales denunciados y, en apariencia del buen derecho, se considera que éstos hacen referencia al trabajo legislativo que realiza la Cámara de Diputados y no a la promoción o difusión de la Revocación de Mandato, situación que, en sede cautelar, no amerita el retiro de los promocionales denunciados, con independencia de la decisión que en el fondo adopte la Sala Regional Especializada.
La segunda denuncia es atribuible a Mario Martín Delgado Carrillo, Presidente Nacional del partido Morena y a dicho instituto político, ante diversas publicaciones realizadas por el dirigente partidista en su cuenta de Twitter y en la página electrónica mariocd.mx, así como en el perfil de Facebook “Morena Sí”, en los que se hace mención al proceso de Revocación de Mandato, de una Jornada Nacional de Formación de Comités de Defensa de la #4T y de la Alianza Popular de la formación de los comités de defensa de revocación de mandato, para promover la continuidad de la denominada Cuarta Transformación y apoyar la ratificación de mandato del Presidente de la República, requiriendo medidas cautelares y tutela preventiva.
La Comisión declaró improcedentes las medidas cautelares en su modalidad de tutela preventiva, al considerar que en los hechos denunciados no se actualizan los elementos de urgencia, peligro en la demora o imperiosa necesidad, pues no se tienen elementos en el expediente que sirvan de base objetiva para determinar que las conductas denunciadas son evidentemente ilícitas y que continuarán o se repetirán en el futuro.
Además, consideró que las manifestaciones realizadas por los denunciados constituyen opiniones sobre las labores que, en su caso, están realizando o realizarán, respecto de la probable Revocación de Mandato, situación que, en sede cautelar, no constituye una evidente ilegalidad que justifique el dictado de las medidas.
Las resoluciones fueron aprobadas por unanimidad de votos de la Consejera Claudia Zavala y del Consejero Ciro Murayama, así como de la Consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias.
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