Aprueba INE sanciones contra seis aspirantes a puestos de elección popular en el estado de Guerrero

Escrito por: INE
Tema: Comunicados de Prensa

Número: 140

  • Los implicados incumplieron el procedimiento de fiscalización

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por mayoría ordenar la cancelación del registro como candidatos en el estado de Guerrero a los ciudadanos Yair García Delgado, José Fernando Lacunza Sotelo, Félix Salgado Macedonio, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros, Luis Walton Aburto, así como a la candidata Adela Román Ocampo, por omitir presentar informes de ingresos y gastos de precampaña, a pesar de que la Unidad Técnica de Fiscalización detectó diversos actos y mensajes que debieron ser reportados.

El proyecto impone al partido Morena, por la omisión en la presentación de los informes de ingresos y gastos de sus precandidatos, una multa por 6 millones 573 mil 391.97 pesos.

La Consejera Adriana Favela Herrera, presidenta de la Comisión de Fiscalización, indicó que, derivado del criterio que ha sostenido la mayoría del Consejo General, la sanción por no haber presentado su informe de gastos de precampaña es la pérdida o cancelación de su registro como candidatos en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021 en el estado de Guerrero.

Favela Herrera explicó que a pesar de que Morena rechazó tener precandidatos y periodo de precampañas, la autoridad electoral determinó lo contrario, por lo que en el caso de los ciudadanos sancionados se actualiza el precepto previsto en la norma que los obliga a la presentación de los informes correspondientes. 

“Cualquier persona que aspira a una candidatura tiene que presentar un informe de precampaña, obviamente también tiene una circunstancia complicada porque tendría que tener los accesos a los distintos sistemas para el reporte es el partido político, pero si el partido político asume que no tenían precampaña y no da acceso a esos sistemas, pues entonces las personas no logran rendir el informe”, sostuvo al expresar su desacuerdo con la sanción de pérdida de registro.

Si hay precampaña y hay precandidatos, se debe cumplir con lo que dice la ley

El Consejero Jaime Rivera Velázquez explicó que la convocatoria de Morena en el estado de Guerrero determina la calidad de precandidatos para quienes participan en el proceso de selección, por lo que en ese documento emitido por el propio partido se establece el carácter de las precandidaturas, a pesar de que el instituto político señale que no hubo precampañas.

Para el Consejero Rivera “los elementos son bastante claros” y para la Comisión de Fiscalización quedó demostrado tanto documentalmente, como con múltiples pruebas técnicas y de hechos, así como declaraciones de los involucrados, que diversos actores políticos y militantes de Morena se asumieron como precandidatos a la gubernatura de Guerrero y actuaron como tales.

“Sí hubo precampaña, sí hubo precandidatos y si hay precampañas y hay precandidatos se da el supuesto de obligación de cumplir conforme a la ley con los informes de ingresos y gastos de precampaña y también se da el supuesto de la sanción que corresponde conforme a la ley”, subrayó.

El Consejero Uuc-kib Espadas Ancona refirió que el problema surge de una verbalización engañosa, sin embargo, la sanción de la cancelación de un registro podría ser desproporcionada, aunque es legal.

“El hecho de que la sanción se establezca en la ley, no elimina el deber del INE de considerar los derechos constitucionales. La sanción de cancelar las candidaturas afecta el derecho de los votados, de los partidos y de los votantes a elegir a su gobernador”.

No podemos dejar de aplicar la ley

“Nosotros no somos jueces constitucionales para dejar de aplicar la ley, dejar de aplicar la sanción o la consecuencia jurídica que está establecida claramente en la ley”, dejó en claro la Consejera Carla Humphrey Jordan. 

Mencionó que el Tribunal Electoral del Poder judicial de la Federación estableció que todo acto orientado a la obtención de alguna candidatura debe ser considerado como precampaña, independientemente de la denominación que se le dé.

Además “la sanción puede sonar, ser o parecer desproporcionada”, pero la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que si un precandidato incumple la obligación de entregar su informe de ingreso y gastos de precampaña dentro de los plazos establecidos pierde el derecho y no podrá ser registrado formalmente como candidato.

La Consejera Claudia Zavala Pérez destacó que el sistema de fiscalización electoral se ha reforzado con cada reforma, por lo que en la actualidad se cuenta con un modelo que permite identificar los gastos en cada momento, con base en reglas muy precisas que deben ser cumplidas por los aspirantes a puestos de elección popular y por los partidos políticos.

Afirmó que las personas que participan en un proceso de selección interna tienen la obligación de presentar informes sobre sus gastos, aunque éstos se lleven en ceros por no haber realizado erogaciones.

Adicionalmente, dijo, los partidos políticos están obligados a registrar a todas las personas aspirantes en sus procesos para que pueda llevarse, en su caso, el modelo de contabilidad necesario en el sistema.

“Debemos ser muy precisos en que la responsabilidad de los partidos políticos es la original, porque ellos propician para dar de alta en el sistema, pero todas las personas aspirantes son corresponsables”, ratificó.

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