Número: 231
- Consejo General sanciona la participación de sindicatos en algunas organizaciones durante el proceso de constitución de partidos políticos
- Determina multas globales por 2.9 millones de pesos por violaciones a la libertad de afiliación y entrega de dádivas resueltos
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió 12 Procedimientos Ordinarios Sancionadores (POS) iniciados en contra de cuatro organizaciones ciudadanas, por diversas irregularidades en el registro de afiliaciones durante el proceso de conformación como partidos políticos nacionales.
Los procedimientos derivan de vistas formuladas por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos (DEPPP) del INE, de quejas presentadas por ciudadanas y ciudadanos, así como por partidos políticos, en contra de las agrupaciones denominadas Redes Sociales Progresistas, Grupo Social Promotor por México, Encuentro Solidario y Ciudadanos Fuerza Social por México, con una multa que asciende a $2,968,349.75.
Las inconsistencias presentadas están relacionadas con el mal uso de la aplicación móvil, el ofrecimiento y/o entrega de dádivas, así como violaciones a la libertad de afiliación como parte del proceso de conformación de partidos políticos en distintas entidades de la República.
Las afiliaciones no pueden ser corporativas: Lorenzo Córdova
Lorenzo Córdova, Consejero Presidente del INE, expresó que no es una casualidad que, a diferencia de otros países, en México la legislación electoral señale, expresamente, que la afiliación no puede ser corporativa.
“Cuando se incorporó esto en la legislación electoral había un claro, evidente, destinatario: el sindicalismo corporativista sobre el que se fundó el sistema autoritario en México”, dijo.
No obstante, lamentó que hoy todavía muchas de las afiliaciones sindicales que tenemos vienen de esa afiliación corporativa.
“Si querías entrar a un trabajo por fuerza tenías que formar parte de un sindicato y por fuerza tenías que formar parte de la estructura corporativa del Estado mexicano que, en automático, te convertía en militante de un partido político”, añadió.
“Éste es un buen ejemplo del déficit y de la imposibilidad de hacer valer esa prohibición de afiliación corporativa, producto de una debilidad estructural del Estado mexicano en el ámbito sindical y una deuda ancestral con las trabajadoras y los trabajadores de nuestro país”.
Destacó que en México todavía no tenemos plenas garantías de libertad sindical, ni de que la afiliación de los propios sindicatos es el ejercicio de un derecho libre.
Autoridades y sindicatos no proporcionaron información sobre agremiados
El Consejero Ciro Murayama, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias, subrayó la falta de respuesta exhaustiva por parte de distintas autoridades y sindicatos, que, por ejemplo, no proporcionaron información sobre agremiados, lo cual dificultó hacer cruces en computadora para que, de manera ágil, se pudiera saber cuáles eran las coincidencias entre todos los afiliados a una organización que quiere ser partido y los sindicatos existentes en distintos gremios.
Sin embargo, dijo, en la Comisión de Quejas y Denuncias no se encontraron afiliaciones de los individuos contra su voluntad o por indicación gremial, es decir, colectivas y gremiales.
Recordó que, en una etapa de la formación del poder político en México, los trabajadores carecían de derechos políticos y también de derechos sindicales.
“La vida democrática en los sindicatos está llegando tarde y, a veces, por presiones externas más que como fruto de la lucha de los trabajadores, los derechos siguen siendo muy precarios en nuestro país, lamentablemente”.
Esta situación responde, en buena medida, a una realidad del pasado mexicano en donde uno sabía que una persona para llegar a ocupar un empleo, tenía que pertenecer al sindicato oficial, destacó.
El modelo: no deja pendiente ninguna irregularidad presentada durante el proceso
En su participación, la Consejera Claudia Zavala enfatizó que las y los ciudadanos tienen derecho a afiliarse a cualquier cuestión o postura política que tengan desde diferentes vertientes en partidos políticos y sindicatos.
En cuanto a la metodología para la conformación de partidos políticos, la Consejera Zavala señaló que el modelo elegido para definir las solicitudes de propuestas de asociaciones que buscan el registro como partidos políticos, fue seleccionado pensando en no dejar pendiente ninguna irregularidad presentada durante el proceso.
“Debemos de reflexionar sobre el modelo integral de la constitución de partidos políticos y me parece que no pueden quedar piezas sueltas de resolver sobre irregularidades que atañen a la constitución de partidos políticos, debe revisarse desde el legislativo”, propuso.
Por su parte, la Consejera Adriana Favela consideró que no se acreditó la participación del SNTE en la conformación del partido Redes Sociales Progresistas.
“Si bien es cierto que hay agremiados de este sindicato, este hecho por sí mismo no es suficiente para anular una asamblea ni para poder sostener que está o que se hizo una intervención de ese sindicato en la conformación del partido político”.
Para la Consejera Favela ser agremiado sindical no restringe los derechos político- electorales, ya que “el hecho de ser parte de un sindicato, esta situación no te está restringiendo tus derechos político-electoral de afiliación y de asociación”, reiteró.
En cuanto a las asambleas celebradas en Sonora donde se acreditó entrega de dádivas, la Consejera Favela no compartió el sentido de la resolución, ya que consideró que no hay elementos de pruebas contundentes para la aplicación de la sanción.
Aprueba Consejo General del INE multas por de 2.9 millones
Como resultado de los proyectos, el Consejo General aprobó una multa de $1,194,202.39 a Redes Sociales Progresistas, al comprobarse que afilió de forma indebida a 3,956 personas, cuyos registros son inconsistentes por simulación y/o por la presentación de copias de la credencial para votar.
En otro procedimiento, se acreditó la promesa o entrega de dádivas a las personas que asistieron a la asamblea estatal constitutiva celebrada en Ciudad Obregón, Sonora, a cambio de afiliarse a la organización y la violación al derecho de asociación en materia política, al haber afiliado a personas que afirmaron no haber asistido al evento o no haber dado su consentimiento para ser afiliadas.
A la agrupación Encuentro Solidario se le impuso multa por $470,947.36 en razón del registro afiliaciones soportadas en información falsa y/o deficiente, transgrediendo el derecho de libre afiliación y el abuso de captar afiliaciones mediante la aplicación móvil, usando la cuenta y contraseña correspondiente a una persona no autorizada por el INE.
Finalmente, se aprobó multar con $868,800.00 a la agrupación Fuerza Social por México, al incorporar a diversas personas en su padrón que no cumplían con los requisitos establecidos por el INE, pretendiendo con ello engañar a la autoridad electoral.
Además, se acreditó la supuesta participación de la Confederación Autónoma de Trabajadores y Empleados de México (CATEM).
Igualmente, a Grupo Social Promotor por México se le impuso una sanción por $434,400.00, ya que se determinó que realizó la indebida participación del SNTE y el Partido Nueva Alianza (Panal) con registro ante los Organismos Públicos Locales Electorales en diversas entidades del país.
La autoridad electoral negó en votación por mayoría multar al SNTE.
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