Número: 210
- El Instituto está comprometido con el principio de austeridad: Lorenzo Córdova
- Aprueban criterio para la reposición de pauta no transmitida por los concesionarios de radio y televisión
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el Reglamento para el uso y operación de la Firma Electrónica avanzada en el Instituto.
El objetivo de esta norma es establecer las bases que regulan la Firma Electrónica Avanzada en los actos, actuaciones electrónicas, mensajes de datos o documentos dentro de los procesos y procedimientos que consideren su uso conforme a las disposiciones aplicables, la expedición y revocación de certificados digitales, así como los servicios relacionados con la Firma Electrónica Avanzada.
Al respecto, el Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova, señaló que el Reglamento aprobado sienta las bases normativas para modernizar al Instituto. “Se trata de una prueba palpable de que esta institución está claramente comprometida con el principio de austeridad, entendida como el buen uso de los recursos y la ausencia de lujos, que eso es lo que dice el diccionario de la Real Academia, significa la austeridad”.
Lorenzo Córdova informó que la implementación de la Firma Electrónica Avanzada por parte de la autoridad electoral podría generar ahorros por varias decenas de millones, lo cual implica avanzar en la lógica de generar el mayor número de economías en la gestión administrativa posible, a través de comunicaciones electrónicas válidas.
“Son ahorros muy importantes del orden de varias decenas de millones de pesos en término de estimación al día de hoy, porque no es solamente el ahorro del papel y el ahorro de todos los insumos consumibles como impresoras, tóner, etcétera, que suponen, sino además es, por el carácter nacional de esta institución, los ahorros en términos de paquetería que hoy implican la remisión de todas las comunicaciones entre las distintas oficinas a nivel central y entre éstas y los órganos delegacionales de los estados”, relató.
Concesionarios de radio y televisión deberán reponer promocionales no transmitidos durante 2017 y 2018
Posteriormente, las consejeras y consejeros emitieron un criterio general para la reposición de omisiones en las transmisiones de concesionarios de mensajes pautados por la autoridad electoral durante 2017 y 2018, derivado de diversas resoluciones emitidas por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
La Consejera Adriana Favela, Presidenta del Comité de Radio y Televisión, explicó que el criterio aprobado por el Consejo General consiste en que dichos spots sean retransmitidos de forma equivalente en tres franjas horarias (6:00-12:00, 12:00 a 18:00 y 18:00-24:00 horas); dos spots por cada franja horaria o los que se requieran, en su caso, hasta resarcir el incumplimiento durante los próximos 6 meses, a partir del 16 de agosto.
El criterio aprobado por mayoría de las y los consejeros, establece que se repondrán a cada partido político los mensajes que se hayan dejado de transmitir; y en el caso de los partidos que hayan perdido su registro, los tiempos correspondientes serán trasladados a la autoridad electoral.
La Consejera Favela explicó que si el incumplimiento “deriva de la falta de transmisión de diversos promocionales que implicaba o afectaba de manera directa a distintos partidos políticos, entonces, la reposición tiene que ser equivalente a la afectación que tuvieron los partidos políticos en cada una de las concesionarias”.
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