Versión estenográfica preliminar de la Sesión Extraordinaria Urgente del Consejo General del INE, 12 de marzo de 2019

Escrito por: INE
Tema: Consejo General

12 de marzo de 2019

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA PRELIMINAR DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA URGENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, REALIZADA EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA INSTITUCIÓN

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Buenos días tengan todas y todos ustedes.

 

Les ruego ocupar sus lugares para dar inicio a la sesión del Consejo General que ha sido convocada para el día de hoy.

 

Para dar inicio a la misma, le pido al Secretario verifique si tenemos quórum.

 

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Señor Consejero Presidente, para efectos de la Sesión Extraordinaria del Consejo General de esta fecha hay una asistencia inicial de 15 Consejeros y representantes, por lo que existe quórum para su realización.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias señor Secretario.

 

Le ruego que continúe con la sesión.

 

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Señor Consejero Presidente, me permito solicitar su autorización para que esta Secretaría consulte si se dispensa la lectura del documento que se hizo circular previamente, con el propósito de evitar la votación de permiso correspondiente, y así entrar directamente a la consideración del asunto.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Por favor señor Secretario, proceda a formular la consulta sobre la dispensa que propone.

 

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Señoras y señores Consejeros Electorales, está a su consideración la propuesta para que se dispense la lectura del documento que contiene el asunto previamente circulado, y así entrar directamente a la consideración del mismo, en su caso.

 

Los que estén por la afirmativa sírvanse levantar la mano, por favor.

 

Es aprobado, señor Presidente.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias señor Secretario.

 

Continúe con la sesión.

 

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: El siguiente asunto se refiere al orden del día.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias señor Secretario.

 

Permítanme comunicarles, perdón colegas, omití hacer este planteamiento que me solicitó hacer el Consejero Nacif.

 

Por cuestiones institucionales en la lógica de un encargo institucional, de una comisión institucional, el Consejero Nacif no está presente en la sesión el día de hoy.

 

Me comprometí con él de hacerlo del conocimiento de esta mesa.

 

Señor Secretario, señores miembros e integrantes de este Consejo, está a su consideración el orden del día.

 

Si no hay intervenciones, por favor, en votación económica, señor Secretario, consulte si se aprueba el mismo.

 

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Señoras y señores Consejeros Electorales, en votación económica se consulta si se aprueba el orden del día.

 

Quienes estén por la afirmativa sírvanse a levantar la mano.

 

Es aprobado Presidente.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias Secretario.

 

Dé cuenta del punto único del orden del día.

 

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: El punto único es el relativo al Proyecto de Resolución de Consejo General del Instituto Nacional Electoral, respecto de la solicitud de registro del convenio de la Coalición parcial denominada: “Juntos Haremos Historia en Puebla”, presentado por los partidos políticos nacionales del Trabajo, Verde Ecologista de México y MORENA, así como por el otrora Partido Encuentro Social, para postular la candidatura a la Gubernatura en los casos de los partidos políticos nacionales, y éstos y el otrora Encuentro Social para los integrantes de los ayuntamientos de Ahuazotepec, Cañada de Morelos, Ocoyucan, para contender en el Proceso Electoral Extraordinario en el Estado de Puebla 2019.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias señor Secretario.

 

Colegas, está a su consideración el punto.

 

Bien, con gusto, tiene la palabra el señor representante del PAN, el maestro Víctor Hugo Sondón.

 

Representante del PAN, Víctor Hugo Sondón Saavedra: Gracias señor Presidente.

 

Únicamente para hacer una observación en el transitorio de este convenio de coalición que presenta el PT, Verde, MORENA, y que de alguna manera siguen mencionando al Partido Encuentro Social, en donde nos parece que ni siquiera debería de estar la posibilidad descrita en el convenio de coalición, de formar parte de la misma en dado caso de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolviera reintegrarles el registro a este Partido Político.

 

Me parece que, bueno, será una posibilidad que pueda tener el Partido Encuentro Social, posterior a una fecha determinada, de posterior a que se pronuncie el Tribunal, pues de solicitar que se integre a esta coalición de “Juntos Haremos Historia por Puebla”, de este partido político.

 

Me parece que no debe de contener ni siquiera la mención en este convenio de coalición, la posibilidad que, pues ellos pueden tener un derecho de solicitarle a la autoridad administrativa, como el propio Tribunal en sus debidas instancias y en sus debidos momentos, pronunciarse en torno de este tema.

 

Me parece que es muy importante que este Consejo General pueda pronunciarse en torno de este transitorio, si bien dice que únicamente serán esos tres partidos políticos los que formalmente a partir de este momento formarían parte de esta coalición de partidos políticos, también lo es que deja abierta ahí una ventana que me parece que no es motivo de este convenio de coalición, ni siquiera el mencionar la posibilidad, que en su momento indicado pues ellos están en libertad de poderlo recurrir, de poderlo pedir, pero me parece que no debe, no es posible que se incluya dentro del convenio de coalición, toda vez que es un partido político que no tiene registro.

 

Entonces, la solicitud expresa es que la parte, exactamente, en donde dice que Encuentro Social, una vez que determine la Sala Superior, regresarle el registro, en dado caso de que sea así, pueda solicitar su integración a la coalición. Yo creo que eso está de más, no puede formar parte de la coalición.

 

Es cuanto señor, Presidente.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor representante.

 

Permítame hacer una intervención solamente de contexto, a reserva de analizar antes de la aprobación por parte de este Consejo de la solicitud del convenio de coalición, para poder entender y clarificar, además, pues la peculiar circunstancia jurídica en la que nos encontramos en el caso del Estado de Puebla, a propósito del otrora Partido Político Encuentro Social que, como ustedes saben, perdió el registro por decisión de este Consejo hace varios meses.

 

En Puebla están concurriendo dos tipos de elecciones extraordinarias: una, que podríamos definir para efectos de claridad, para efectos explicativos como una elección extraordinaria especial, para llamarlo de alguna manera, que es la elección que, de acuerdo con la Constitución del Estado de Puebla extraordinaria, tiene que ocurrir para designar mediante el voto popular a quien sustituirá a la Gobernadora en funciones, fallecida el 24 de diciembre pasado.

 

Y otras elecciones que se desarrollan concomitantemente, conjuntamente, son las elecciones en cinco municipios que son extraordinarias en los términos, déjame decirlo así, de la Ley Electoral Local y Federal, más bien Local, o en los términos, digamos, de lo que coloquialmente se conoce como elecciones extraordinarias, es decir, son elecciones que no fueron validadas, lo de los procesos impugnativos el año pasado, sino que, por lo contrario, fueron anuladas.

 

El 2 de junio en Puebla, se realizarán de manera concurrente una elección que se tiene que repetir, a pesar de que fue validada, en virtud del fallecimiento de la Gobernadora y otras cinco elecciones que se tienen que repetir porque fueron anuladas, es decir, para efectos prácticos, ahí no ha habido poderes electos como consecuencia de las elecciones del año pasado.

 

De acuerdo con las reglas electorales, en las elecciones extraordinarias como estas últimas, las de municipios, los partidos que hubieran perdido el registro como ocurrió con Encuentro Social tienen la posibilidad legal de volver a competir, porque se trata de elecciones que repiten las que ocurrieron hace un año. Y por ello, existe la posibilidad de que estos partidos, aun sin registro, puedan contender postulando candidatos y por ende formando coaliciones.

 

En la otra elección, en la que no es una repetición de la del año pasado, sino una nueva elección que tiene que realizarse por una circunstancia ajena a los órganos electorales, es decir, a la validación o eventualmente nulidad de las elecciones decretadas por los órganos electorales, como es el fallecimiento de la gobernadora. Al tratarse de la una nueva elección, solamente pueden participar en ella los partidos políticos que tienen registro vigente, cosa que no ocurre con el Partido de Encuentro Social.

 

Y dado que no hay efectos, sabemos todos que ha habido una impugnación y que el asunto está sub júdice, pero en materia electoral también todos sabemos que no hay suspensiones, digámoslo así, de los efectos jurídicos; y, por lo tanto, hoy la realidad jurídica que impera en torno al Partido de Encuentro Social es que no tiene registro, es un partido que no existe en el plano nacional.

 

Por lo tanto, en el convenio de coalición que se nos está sometiendo a su consideración, en consecuencia de lo anterior, el Partido de Encuentro Social tienen el derecho como otrora partido que participó en las elecciones de 2018, de participar solo o coaligado en las elecciones de municipios, de alcaldes, en las elecciones municipales, pero tiene el derecho porque no existe para efectos jurídicos de formar una coalición o incluso de participar, si fuera el caso, solo en la nueva elección de gobernador o de la gubernatura.

 

Eso es lo que tiene que quedar plasmado con toda claridad de manera enfática en el propio convenio de coalición que aprobará este Consejo General, me parece que esa la lógica y las modificaciones que la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos pidió a los partidos coaligados, que pretenden coaligarse, atienden este sentido.

 

Cuál es la redacción pues, con independencia de entrar en los detalles específicos a solicitud de la representación del PAN, la redacción que tiene que estar contenida o el sentido que tiene estar contenido en el acuerdo, que el PES no existe para efectos jurídicos por todo lo que tiene ver con la coalición que los partidos están planteando para la elección de gobernador o la gubernatura, la nueva elección de gubernatura. Y sí existe, entiendo que el caso es en tres municipios, en donde se decide estos partidos también participar coligada, de manera coaligada con el PES.

 

Son dos cosas distintas, son dos universos distintos, y me parece que eso tiene que quedar claro.

 

Me parece que también es pertinente porque al final la palabra, la última palabra por lo que hace a la elección de gubernatura la tomará el Tribunal Electoral, si el Tribunal Electoral decide, interpreta, asume, que no es suficiente el texto constitucional, sino que hay otras causas además de las que dice la Constitución y la ley para mantener el registro, encontrándose francamente como lo decidió este Consejo General en la causa de pérdida de registro, de una lectura estricta y puntual de lo que la Constitución establece, si eso lo decide el Tribunal Electoral, pues estaremos en una condición, una nueva condición hoy no existente que puede suponer una modificación, me parece, por una casusa superviviente jurídicamente que hoy no existe, una decisión, una creación jurídica, tal vez sería conveniente llamarlo, una nueva hipótesis jurídica normativa, pues para revisar este convenio, por lo que hace a la elección de gubernatura.

 

Pero hoy, para efectos de la elección de gubernatura, el Partido Encuentro Social no existe, y creo que eso tiene que ser consistente con el contenido del propio acuerdo que registra el Convenio de Coalición, salvaguardando, eso sí, el derecho que tiene el otrora partido Encuentro Social de participar y coaligar, si así lo desea, en las elecciones municipales, porque esas no son nuevas elecciones, sino una repetición de las que ya ocurrieron, en razón de lo que he mencionado.

 

Me parece que ese es el sentido que tendría, digamos, que inspira el acuerdo y que tendría que estar claramente plasmado en el texto del mismo.

 

La Consejera Adriana Favela.

 

Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: Gracias Presidente.

 

Buenos días a todas y a todos.

 

Yo también estoy de acuerdo con el sentido del proyecto, y creo que sí se tiene que hacer algún tipo de aclaración, por ejemplo, aquí en el punto primero de la resolución, sí tenemos que decir que procede el registro del convenio integrado de la Coalición Parcial “Juntos Haremos Historia en Puebla”, presentado por los partidos Políticos Nacionales del Trabajo, Verde Ecologista de México y MORENA, y quitar la referencia, así como por el otrora Partido Encuentro Social, porque, y luego tendría que decir: “para postular la candidatura a la gubernatura”, porque precisamente en lo que usted acaba de explicar, para la candidatura a la gubernatura Encuentro Social, precisamente, no puede tomarse en cuenta porque se trata de una nueva elección que se tiene que realizar por la falta definitiva de la gobernadora.

 

Y en relación con los ayuntamientos de Ahuazotepec, Cañada Morelos y Ocuyucan, ahí sí puede participar el Partido Encuentro Social, porque es una repetición de las elecciones que se llevaron a cabo en 2018, y que fueron anuladas por los Tribunales Electorales. Entonces, creo que hay que hacer aquí nada más la precisión en este punto primero de la resolución.

 

Y en relación con lo que tiene que ver con el artículo transitorio 1, donde se prevé que en caso de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordene la conservación del registro de Encuentro Social como partido político nacional, dice: “los partidos acuerdan que podrán solicitar a la autoridad electoral la incorporación del partido a la coalición de gobernador, para que la autoridad electoral administrativa determine lo que en derecho proceda”.

 

Pues yo creo que es una previsión que es, pues, más o menos acorde con lo que nosotros hemos hecho como INE en otros acuerdos, por ejemplo, en el de financiamiento público, donde nosotros dijimos: “bueno, con los partidos políticos que actualmente tienen su registro, el financiamiento público se determina de esta forma, pero en caso de que la Sala Superior le conceda su registro a Encuentro Social, entonces ese financiamiento público se va a distribuir de esta manera”.

 

Entonces, nosotros hemos previsto como Instituto estas dos posibilidades, y creo que, en este caso, en este convenio de coalición, esta posibilidad que se está aquí previendo, bueno, pues puede estar, además están utilizando la palabra “podrán”, no es algo que realmente tengan que hacer, es una cuestión potestativa, y me imagino que los partidos políticos, si es que se da esa circunstancia, van a tener que valorar si de verdad integran a Encuentro Social o no a su coalición.

 

Entonces, yo estaría por eso de acuerdo con el sentido del proyecto, pero sí haciendo esta mención de que hay que omitir a Encuentro Social en relación con la candidatura a la gubernatura, y también pues corregir el título del propio acuerdo.

 

Entonces, sería el título del acuerdo y este punto primero de la resolución.

 

Gracias.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias Consejera Favela.

 

Con mucho gusto, tiene la palabra el Diputado Silvano Garay, representante del Partido del Trabajo.

 

Representante del Partido del Trabajo, Silvano Garay Ulloa: Gracias Presidente.

 

Creo que el PES existe jurídicamente, ¿por qué existe? Porque no ha habido una resolución, una sentencia de la última instancia, artículo 99 de la Constitución, la última instancia es la Sala Superior.

 

O sea, hubo una resolución de este órgano electoral, pero recurrió el PES a esa resolución.

 

Si no tuviera vida jurídica el PES, se hubiera desechado el recurso, pero todavía está pendiente, está…, a ver qué resuelve la Sala Superior. Todavía no es última instancia, todavía no es última instancia.

 

Creo que falta legislar en el tema de que la última instancia, cosa juzgada, es la Sala Superior y no es este órgano electoral. Pues este órgano electoral, bueno, porque en el caso del Partido del Trabajo vivimos todo ese proceso, ¿no?, y siempre alegamos que la última instancia es la Sala Superior y la Sala Superior nos dijo que, efectivamente, la última instancia es la Sala Superior. No es lo que aquí se resuelva.

 

Entonces, hay que esperar, a ver qué resuelve la Sala Superior respecto al Partido Encuentro Social.

 

Y bueno, creo que hay recursos por resolver, pues hay que esperar nada más, para no entrar aquí en el debate de que…, sería un debate muy académico, pero sí hay que legislar sobre ese tema para que no quede ninguna duda de interpretación en este órgano electoral.

 

La última instancia en materia electoral es, en este momento, la Sala Superior, en este momento.

 

A lo mejor va a ser otra, pero en este momento es ésa, no hay otra.

 

Gracias señor Presidente.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias a usted señor Diputado.

 

Tiene la palabra el Consejero Murayama.

 

Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: Gracias.

 

Buenos días.

 

A ver, yo creo que no hay duda alguna en que la máxima instancia en materia electoral es la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, nadie lo ha puesto en duda y aquí se han acatado siempre las determinaciones.

 

No hace falta legislar eso porque ya está legislado, pues ahí está la Constitución.

 

Ahora, ¿qué pasa en tanto el Tribunal no se ha pronunciado? Pues hay un librito que nos puede dar una salida, se llama la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dice claramente que en materia electoral la interposición de los medios de impugnación, constitucionales o legales, no producirá efectos suspensivos sobre la resolución o el acto impugnado.

 

¿Qué quiere decir esto? Que la determinación de pérdida de registro del Partido Encuentro Social, que adoptó este Consejo General en septiembre de 2018, no se suspende por la interposición de la impugnación, dice la Constitución.

 

Entonces, ¿cómo tenemos que proceder nosotros? Con base en la Constitución. Y dado que la Constitución dice que para preservar el registro hay que tener al menos el tres por ciento de los votos en alguna de las elecciones federales y el Partido Encuentro Social en la elección que más cerca estuvo, obtuvo 2.7, es decir, le faltaron más de 168 mil votos, pues este Consejo General para llegar al 3 por ciento, este Consejo General pues no le dio a ese partido lo que la ciudadanía no le otorgó por la vía del sufragio. Y lo que hoy tenemos son versiones de la prensa, de que hay quien pretende crear reglas distintas a las marcadas en la Constitución, pero no es información confirmada desde el Tribunal, tampoco desmentida, hay que decirlo; y, por tanto, pues partido político nacional que perdió su registro no puede participar en una nueva elección, que es lo que se convocó en Puebla.

 

No estamos reponiendo la elección anterior, la elección anterior fue calificada por el Tribunal, por la Sala Superior, la declaró válida y tan la declaró válida que la gobernadora estaba en funciones cuando falleció.

 

Ahora, sobre el transitorio, yo creo que sí había una, hay elementos o existieron elementos para tener la preocupación que señala el representante de Acción Nacional, porque el 24 de febrero se presentó un convenio con un transitorio que decía: “…en el supuesto de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirme la pérdida de registro como partido político nacional de Encuentro Social, dicha declaratoria únicamente tendrá efecto respecto a la participación de dicho partido en la coalición para postular a la candidatura, a la gubernatura del estado”. O sea, se le estaba dando vuelta a la Constitución.

 

Si confirma que perdemos registro, entonces ya no participamos, pero los propios partidos políticos nacionales vigentes: MORENA, el PT y el Verde; al ser requeridos por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, enviaron el 9 de marzo una propuesta de convenio, en donde dice: “los partidos políticos coaligados; MORENA, del Trabajo y Verde Ecologista de México, ratifican la coalición para participar en la elección de gobernador en los términos suscritos en este convenio, por tanto, todas las clausulas deberán entenderse, referidas a la participación de esos tres partidos políticos”.

 

En caso de que la Sala Superior del Tribunal ordene la conservación del registro de Encuentro Social como partido político nacional, los partidos acuerdan que podrán solicitar a la autoridad la incorporación del partido a la coalición de Gobernador, para que la autoridad electoral administrativa determine lo que en su derecho proceda; es  más, ni siquiera se está aceptando que en la eventualidad de que más adelante se le dé el registro ya queda siendo parte de la coalición, habría todavía un procedimiento.

 

Entonces, yo creo que, pues, simplemente se está reconociendo lo que la Constitución dice, que: no está suspendido el acto de autoridad, es decir, Encuentro Social no tiene registro como partido político nacional, punto. Eso lo está, lo dice la autoridad, lo están reconociendo los otros tres partidos políticos nacionales y me parece que lo que dice la Consejera Favela es del todo pertinente, para qué si Encuentro Social no es partido lo mencionamos en lo que se refiere a la postulación a la candidatura a la gubernatura y, además, diciendo: “el otrora Partido Encuentro Social”, pues eso sí está como muy rato que nosotros reconozcamos que un otrora partido forma parte de una coalición.

 

Entonces, yo estoy de acuerdo con ella en que se quite toda esa referencia y quede claro que hay tres partidos políticos nacionales que participan en la coalición en la gubernatura y esos partidos políticos nacionales, además, en las otras elecciones que sí son una reposición de las que ocurrieron el 1º de julio y que por tanto ahí estaba vivo el Partido Encuentro Social, pues en esas, Encuentro Social de alguna manera nos estamos retrayendo a aquel momento, pues podrá participar, pero creo que no hay mayor confusión y que con esta propuesta de precisión que hace la Consejera Favela, pues nos quedamos todos con la certeza de que es una coalición de tres.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias Consejero Murayama.

 

El Diputado Garay desea, el señor representante del PT desea hacerle una pregunta, Consejero, ¿la acepta?

 

Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: Adelante.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Diputado, por favor.

 

Representante del Partido del Trabajo, Silvano Garay Ulloa: Gracias señor Presidente.

 

Estamos de acuerdo con el Consejero Ciro parcialmente, pero el tema a discusión es el siguiente: ¿es si el Partido Encuentro Social tiene vida o está muerto?

 

No se puede aceptar, usted como Consejero no puede aceptar usted un recurso de un partido que está muerto, pues se desecha y está muerto, pero Encuentro Social recurrió ante la Sala Superior y está en varios recursos en trámite, o sea, está vivo jurídicamente hablando.

 

Por eso yo digo: falta legislar, falta legislar y decir que la última instancia es la Sala Superior para recalcar y repetir, porque está vivo tanto así que puede obtener su registro o no lo puede obtener. Ese es un tema ya de la Sala Superior, pero la pregunta sería para usted: ¿usted aceptaría un recurso, darle trámite a un partido que está muerto? Yo le preguntaría.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Para responder el Consejero Murayama.

 

Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: A ver, no nos volvamos peritos forenses de partidos.

 

Para todo fin práctico, Encuentro Social perdió su registro como partido político nacional y esa determinación fue impugnada por ciudadanos que pertenecieron a ese partido y que todos sabemos que están activos, y vivos, y presentes, ¿sí?, está en etapa de liquidación ese partido, incluso hay activos que están pues bajo control de un liquidador, estamos en una fase legal prevista.

 

Ahora, para fines de las elecciones que se están convocando ese partido que está en fase de liquidación ¿puede postular candidatos?, la respuesta es clara, no. Ahora, qué pasa si el Tribunal dice otra cosa, pues esperemos a que diga, mientras la certeza nos obliga a que no pueda postular.

 

Gracias.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias.

 

Tiene la palabra el Consejero Jaime Rivera, bueno, perdóneme.

 

Consejero Jaime Rivera.

 

Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: Gracias.

 

Buenos días.

 

Creo que está muy clara la posición, el sentido de esta resolución, respecto al estatus que hoy tienen los partidos políticos nacionales y el de un partido que jurídicamente ha perdido su registro como Partido Político Nacional.

 

Sin embargo, sí tenemos este primer punto de resolución con una redacción que se presta a confusiones, ya lo señalaron mis colegas Adriana Favela, Ciro Murayama que el sentido está muy claro de que el PES no puede participar en la coalición para la Elección de Gobernador. Y que sí tiene derecho a participar en las elecciones extraordinarias de reposición municipales que se realizaron en el 2018.

 

Como la redacción sí es un… da lugar a estas confusiones, pues lo mejor es corregir la redacción. Y sugiero lo siguiente: que el primer punto se refiera exclusivamente a la Elección de Gobernador o de Gubernatura. Y, en los términos que ya se ha dicho, es decir, procede el registro del convenio integrado por la colación “Juntos Haremos Historia en Puebla”, aquí no hay que decir parcial porque la gubernatura es simplemente una coalición, presentada por los partidos políticos nacionales del Trabajo, Verde Ecologista de México y MORENA. Hasta ahí, para la gubernatura.

 

Y en un punto segundo decir: “procede el registro de la coalición parcial”, porque son unos cuantos municipios con el mismo nombre, “presentada por los partidos políticos nacionales del Trabajo, Verde Ecologista de México y MORENA, así como el PES con otrora o sin él…”, sospecho que otrora no es un concepto jurídico, pero bueno, pero aquí se entiende, si está claramente separado del primer punto relativo a la gubernatura decir que por el partido de Encuentro Social para las elecciones de los ayuntamientos de Ahuazotepec, etcétera.

 

Creo que de esa forma queda muy claro que son dos ámbitos diferentes y para el cual este partido tiene un estatus completamente distinto, sugiero entonces esos dos puntos.

 

Gracias.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias Consejero Rivera.

 

Tiene la palabra la Consejera San Martín.

 

Consejera Electoral del INE, Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles: Muchas gracias Consejero Presidente.

 

A ver, creo que en el fondo el problema es un problema de redacción, creo que la solución que se está dando es una buena solución, me parece que lo que trataba de decir el punto de acuerdo era: digamos, primera idea: hay un convenio de coalición que involucra a cuatro partidos; segunda idea: a la gubernatura participan tres; tercera idea: a los ayuntamientos participan cuatro.

 

Creo que está generando confusión, me parece que si solamente dejamos claro dónde participa cada uno, queda más que clara la situación, porque aquí lo que tenemos de fondo es una cuestión muy extraordinaria, que es una elección en un mismo ámbito geográfico, en un mismo ámbito de elección, que no tiene a los mismos contendientes en todo el ámbito de elección.

 

Esto ha sido impugnado por Encuentro Social en distintos momentos, no solamente impugnó la pérdida del registro, sino impugnó el plan y calendario, bueno, no impugnó el plan y calendario, impugnó los acuerdos de la Junta Local que no le daban, no le permitían participar en una elección de gubernatura, y precisamente la Sala Superior no analizó el fondo, porque no había impugnado el plan y calendario donde se puso, con toda claridad, para qué elecciones podría participar.

 

Más allá de la impugnación que haya ante el Tribunal en ese momento de la pérdida del registro, hoy, hoy, hoy, el Partido Político no tiene registro. Eso no significa que no participe en elecciones extraordinarias, entendiendo por extraordinarias las que derivan de una nulidad, porque expresamente la ley establece que se le tienen que garantizar los derechos, aunque haya perdido el registro un partido político para participar en la reposición de una elección cuando se repone por nulidad.

 

Eso es una disposición legal, expresa, ahí no hay discusión, solamente que para efectos de la elección de la gubernatura, y esto, insisto, fue materia de discusión en su caso, en el plan y calendario, donde se pusieron las reglas, se estableció que no puede participar porque hoy no tiene el registro, más allá de si el Tribunal determina otra cuestión que, lo digo con toda claridad, me parece que es absolutamente inconstitucional, y yo esperaría de un Tribunal Constitucional que no se aparte de la Constitución.

 

Pero más allá de la diferencia que se pueda tener con una decisión que, eventualmente, tome el Tribunal, la realidad es que hoy no tiene el registro, por lo que tenemos esta situación muy particular: una elección en un ámbito de elección, que tiene contendientes distintos según el cargo.

 

Ante esa peculiaridad, me parece que lo que se nos propone la Comisión de Prerrogativas, a prepuesta a su vez de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas, es correcto, démosle el tratamiento distinto a cada una de las elecciones, y eso no tiene, no se contrapone con una decisión que tomaron los partidos en su convenio de coalición.

 

De decir, nosotros nos ponemos de acuerdo que en caso de que el Tribunal cambie de opinión, entonces nuestro acuerdo como partidos que vamos a participar conjuntamente es que también podemos pedir participar conjuntamente en la gubernatura.

 

Eso es un acuerdo de voluntades entre los partidos, y es un acuerdo de voluntad, es que es absolutamente válido entre los partidos, pero no merece un pronunciamiento ahorita la autoridad, porque está estableciendo un hecho futuro de realización incierta; cuando ese hecho futuro de realización incierta se dé en un sentido o en otro, pues ya decidirán si le piden a la autoridad que se le incluya en la coalición para la gubernatura o no.

 

Y cuando llegue este Consejo, ya se pronunciará este Consejo, pero en este momento nos estamos pronunciando sobre la realidad que tenemos vigente al día de hoy, y en esa realidad hemos visto que era, digamos, mejorable la redacción del primer punto de acuerdo, yo comparto en que se aclare esa redacción de punto de acuerdo, porque en el fondo de todas las intervenciones, algo que me queda claro es que no hay una diferencia entre nosotros sobre el alcance que tiene ese punto de acuerdo primero.

 

Solo era un problema de redacción, ajustamos la redacción, y creo que todos podemos estar con tranquilidad en este punto.

 

Es cuanto.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias Consejera.

 

La Consejera Claudia Zavala.

 

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Muchas gracias Presidente.

 

Muy buenos días a todas y a todos.

 

Yo creo que hay que analizar también parte del problema que plantea el representante del PT, desde cuándo nace el partido político, y es que como es una ficción en el derecho, precisamente el tema que tenemos que ver es respecto de cómo se forma esa persona jurídica y los atributos que tiene, cómo nace a través del registro que se le da en esta autoridad, y cómo muere a través de la pérdida de registro para el ejercicio de sus derechos, no el cumplimiento de sus obligaciones.

 

Y una cosa es distinta y es muy distinta es, cuándo se extingue, se va a extinguir hasta el momento en que se liquiden sus atributos, pero como todavía está en una fase de decisión la parte relativa a la pérdida de registro, él formalmente ya se le quitó por esta autoridad el registro. Y formalmente ya no puede ejercer los derechos que le concede el registro como partido político, esto es participar en elecciones nuevas, puede participar en las otras porque la ley le concede ese derecho, pero no por decisión.

 

Como ya no tiene el registro, entonces no puede participar.

 

Hacen bien los partidos en señalar en la modificación, que podrá solicitar a la autoridad electoral la incorporación del partido, porque si la Sala llega a determinar que la pérdida de registro no es viable y no es óptima, entonces, el partido retoma sus derechos, la persona es centro imputable de derechos y obligaciones, retoma sus derechos y ejerce los derechos que le son propios como persona jurídica.

 

Pero creo que, a partir de esa lectura, el derecho nos da una respuesta y la respuesta que nos da es que hoy MORENA no puede participar en una elección, perdón, hoy PES no puede participar en una elección coaligado con MORENA y coaligado con los otros partidos, porque no tiene su registro y no puede ejercer sus derechos.

 

Yo creo que sí, con el matiz que comenta la Consejera Adriana que se quedó aquí pendiente, el punto de acuerdo es correcto porque será otro momento y no nos adelantemos, está sub júdice, está en espera de que la Sala Superior resuelva lo correspondiente.

 

Sería cuanto Presidente.

 

Gracias.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias Consejera Zavala.

 

¿Alguna otra intervención?

 

Bien, en segunda ronda tiene la palabra el maestro Víctor Hugo Sondón, representante del PAN.

 

Representante del PAN, Víctor Hugo Sondón Saavedra: Gracias señor Presidente.

 

Estoy confundido, pero tengo que alegrarme por la unanimidad que muestra hoy el Consejo.

 

En primer lugar, porque es un acuerdo emanado de este Consejo el quitar el registro a un partido político, que su máximo de votación fue del 2.7 por ciento y de ahí hacia abajo, y es muy clara la Constitución y la ley secundaria que establece que un partido político que no alcance el tres por ciento de la votación no puede participar.

 

Sin embargo, al aprobar este convenio de coalición, advierto que este Consejo General está abriendo la puerta a esa posibilidad, cuando el día de hoy tiene suspendidos, no existe, no crea una moción suspensiva compañero, simplemente no tiene sus derechos porque como muy bien lo dijo el Consejero Murayama, tan es así que está en proceso de liquidación.

 

Desafortunadamente creo que hoy se alerta el tema por un proyecto que circuló de manera indebida y que hoy es del dominio público, prácticamente, de un proyecto del Magistrado oponente, en donde aparentemente en ese proyecto le restituía el registro al Partido de Encuentro Social, yo creo que no debemos de basarnos a él, toda vez, de que, si bien es cierto, se perdió la secrecía de un documento que únicamente debía haberse circulado entre los Magistrados y los Magistrados tomar conocimiento de él y de alguna forma, por fines administrativos o alguien con un descontrol, se ventiló en la vía pública.

 

Tan es así que le faltaron 168 mil votos que casi se acerca a las firmas que requiere un proyecto de partido político para poderse constituir, es abismal.

 

La verdad quiero decir, me hubiera gustado escuchar algunos Consejeros que siempre son muy puntuales en este tipo de cosas y que no las dejan pasar jamás.

 

Sin embargo, entiendo, que bueno pues hay un acuerdo prácticamente entre los Consejeros, pero sí quiero advertir que en todo el convenio de coalición es mencionado al Partido de Encuentro Social ¿eh?, en todo, el que está aquí, que me lo pasaron del Área Técnica de aquí del Instituto Nacional Electoral de este Consejo General, en todos los apartados mencionan al Partido Encuentro Social. Ni siquiera debiera existir ese transitorio que está mencionado en este convenio de coalición, ni siquiera debiera de existir porque este documento, precisamente, este documento ya establece la voluntad de los partidos políticos, de los tres partidos políticos, de ir en coalición en esta próxima elección, por supuesto que hago la diferenciación entre lo que sí tienen derecho en un efecto retroactivo, por haber participado en el Proceso Electoral para municipios y toda vez que es una elección que se restituye, porque se anuló, tiene derecho el Partido de Encuentro Social por ese motivo de participar en una elección en la que participó.

 

No así en la de Gobernador, este transitorio, quiero enunciarlo, quiero advertirlo, es precisamente por eso que no debe de existir, porque este partido político no existe el día de hoy y prácticamente este Consejo General del Instituto Nacional Electoral estaría abriendo una puerta que le cerró de una manera adecuada, que yo estoy de acuerdo con la determinación del Instituto Nacional Electoral, de haberle retirado el registro a este partido por no haber alcanzado el porcentaje que maneja la ley.

 

Es cuanto señor Presidente, ojalá se pueda valorar de mejor manera este transitorio que no debiera de existir en este convenio de coalición.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchísimas gracias, señor representante.

 

¿Alguna otra intervención en segunda ronda?

 

El Diputado Silvano Garay, representante del Partido del Trabajo, por favor.

 

Representante del Partido del Trabajo, Silvano Garay Ulloa: Gracias, señor Presidente.

 

Creo que a la mejor no entendí o no me entendieron a la mejor, pero mire, o sea, ante este órgano electoral el PES ya está muerto y este Consejo ya inició un procedimiento de liquidación, ya está el procedimiento para, ya aquí el PES ya no tiene aquí ninguna oficina, ya está aquí desalojado.

 

Yo me refiero, compañero Ciro, que hay que legislar, porque todavía no se muere el PES y ya lo estamos sepultando, todavía se le mueve una patita.

 

El PES adquiere su registro en Sala Superior y tenemos que regresarle aquí la oficina y todo.

 

Cuando se le debe empezar la liquidación cuando ya esté totalmente muerto, cuando ya resolvió la instancia, la última instancia, la última instancia aquí en México es la Sala Superior. A eso yo me refiero.

 

O sea, que hay un procedimiento que sí que eso, pues sí, así lo marca la ley, que hay que nombrar a un interventor, que la liquidación, todo eso, eso hay que legislarlo porque no está correcto. No está correcto porque el PES puede vivir o puede morir dentro de unos días. No sé cuánto tiempo, pero tenemos que aceptar que el PES está en la Sala Superior en este momento y que, a lo mejor, a lo mejor le dan pan o a la mejor obtiene su registro, es una cosa u otra, pero ya aquí, aquí ya lo juzgamos aquí al PES, porque aquí en este órgano electoral ya dice que no tiene registro, o sea, a eso yo me refiero, a eso me referí.

 

Por eso dije estoy de acuerdo parcialmente y también con la compañera Consejera Zavala, o sea, todo lo que está pues es cierto, se está cumpliendo con la ley, pero aún todavía el PES no está muerto, todavía queda una instancia en la Sala Superior.

 

Es cuanto señor Presidente.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias señor representante.

 

¿Alguna otra?

 

La Consejera Dania Ravel.

 

Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Gracias Presidente, buenas tardes ya a todos y a todas.

 

Bueno, primero quiero agradecer la intervención que hizo el representante del Partido Acción Nacional, porque nos alertó de una imprecisión en la redacción del punto resolutivo primero.

 

Entiendo cuál era la lógica de ponerlo de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos y, de hecho, por eso habla en un inicio cuando señala la coalición a la Gubernatura “del otrora Partido Encuentro Social” y cuando habla de la coalición en los tres ayuntamientos no mencione “otrora”, porque quería hacer esa diferenciación pero se presta a la confusión, parecía que nosotros estábamos validando que también en la coalición para la candidatura a la gubernatura iba a participar el Partido Encuentro Social cosa que no puede ocurrir, porque efectivamente no tiene ya un registro nacional y nada más va a participar en tres municipios considerando que es una elección extraordinaria derivado de una nulidad que determinó la autoridad jurisdiccional.

 

Entonces, creo que eso nos ayudó mucho para darle claridad a la resolución que estamos emitiendo el día de hoy.

 

Con relación al transitorio que refiere el representante del Partido Acción Nacional, efectivamente, se menciona que: “en caso de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordene la conservación del registro de Encuentro Social como partido político nacional, los partidos acuerden que podrán solicitar a la autoridad electoral la incorporación del partido o coalición de gobernador para que la autoridad electoral administrativa determine lo que en su derecho proceda.

 

Yo tengo la impresión que, aunque nosotros no pusiéramos esto, si se actualiza la hipótesis ellos podrían venir a hacernos esta petición y nosotros la tendríamos que analizar.

 

A mayor abundamiento, no es la primera vez que nosotros tomamos previsiones en ese sentido. Cuando se emitió el acuerdo para determinar cómo íbamos a asignar los recursos públicos a los partidos políticos también se tomó una previsión para decir qué ocurriría en caso de que el Partido Encuentro Social conservara su registro.

 

Creo que es lo que nos toca hacer como autoridades electorales, tenemos que prever lo que pueda ocurrir, ciertamente es una cuestión incierta, de realización incierta pero probable.

 

Y a mí me parece que como autoridades y sobre todo como autoridades electorales, nos toca dar certeza decir a todos los actores políticos qué va a ocurrir en caso de que se actualice alguna hipótesis normativa o fáctica.

 

Eso es lo que estamos haciendo en esta ocasión, dando exactamente los mismos elementos que hemos dado en otros tipos de acuerdos en donde decimos: qué va a ocurrir en que caso de que conservara su registro este partido político, ¿cómo vamos a actuar? Pues cómo vamos a actuar, analizando la petición que en su momento nos hagan los partidos políticos con relación a integrarlo a esta coalición.

 

Nosotros, reitero desde mi perspectiva, tendríamos que hacer este estudio aun y cuando no estuviera tomada esta previsión, pero es mejor que esté expresa para que nadie se llame a la sorpresa y sepa cómo vamos a actuar en caso de que se actualice esta hipótesis.

 

Gracias Presidente.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias Consejera.

 

¿Alguien más?

 

El señor representante del Partido de la Revolución Democrática, el maestro Camerino Eleazar Márquez Madrid.

 

Representante del PRD, Camerino Eleazar Márquez Madrid: Gracias Consejero Presidente.

 

Solo para manifestar nuestra opinión sobre este tema relevante, que sin duda alguna está a debate y que ha transcendido a la opinión pública a través de las filtraciones del proyecto de resolución de la Sala Superior, sobre el registro del Partido Encuentro Social.

 

Es claro que a más de ocho meses que concluyó la Jornada Electoral, quedó demostrado que el Partido Encuentro Social no obtuvo el tres por ciento de los votos válidos emitidos, faltándole 168 mil votos y que no hay manera de poder establecer un criterio o un argumento jurídico que se apegue a la constitucionalidad para determinar que puede lograr dicho registro.

 

Si la Sala Superior determinara en próximas horas o días y fuera el sentido de este proyecto que se ha filtrado a los medios de comunicación, será un precedente negativo para la vida constitucional y legal en el sistema de partidos políticos.

 

Decíamos que el órgano jurisdiccional de este país sea garante, sea autónomo y se apegue a la legalidad y a la constitucionalidad.

 

El día de hoy nos ha notificado a la representación del PRD una resolución del RAP-383/18, donde se determina y se resuelve que se confirma la resolución impugnada en los términos precisados en el último considerando de este fallo, esto es: se le niega el financiamiento al Partido Encuentro Social y se confirma lo dispuesto por el SUB-RAP-25/2019.

 

Por lo tanto, no le mueve ninguna patita, no hay ningún reconocimiento jurídico constitucional y lo que hay que establecer es que haya una redacción adecuada para que proceda la aprobación de este convenio, toda vez que le asiste el derecho a participar en las elecciones extraordinarias de los cinco ayuntamientos, pero no así en la Elección de la Gubernatura del Estado de Puebla.

 

Me parece que actuar con congruencia y dar el debate de cara a la nación, con argumentos jurídicos, pues hay mucha experiencia y datos de antecedentes como el caso del Partido del Trabajo que logró su registro en las urnas, con los votos y no con una interpretación de la Sala Superior.

 

Es cuanto.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Okey.

 

Gracias señor representante.

 

Con gusto, tiene la palabra el licenciado Juan Miguel Castro Rendón, representante de Movimiento Ciudadano.

 

Representante del Partido Movimiento Ciudadano, Juan Miguel Castro Rendón: Gracias Consejero Presidente.

 

Buenos días a todas y a todos.

 

Es, considero que es muy grave que se defienda a Encuentro Social, porque se trata de una situación jurídica incomprensible, lo que se ha construido en la opinión pública a favor de darle el registro, muy distinta a la situación que le tocó al Partido del Trabajo, al que acompañamos en todo momento para que lograra su cometido.

 

Y si recuerdan ustedes, al alcanzar el tres por cierto, el Partido del Trabajo pretendía que se le dieran diputados de representación, y no fue así.

 

Ahora, a contrario sensu se pretende que porque se tienen diputados de representación se dé el registro, es una barbaridad jurídica, así lo considero.

 

Quiero mencionar que hace unos días se entregó en la Sala Superior al magistrado oponente y a cada uno de los magistrados un escrito de amigos de la corte, amicus curiae, firmado por los presidentes del Partido Acción Nacional, la Presidenta del Partido Revolucionario Institucional, y el Presidente de Movimiento Ciudadano.

 

Ese mismo día se entregó un escrito al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, haciéndole ver la preocupación de la gravedad que esto acarrearía en dado caso que se viera favorable el proyecto que se ha circulado.

 

Los partidos que suscribimos este documento, y también el Partido de la Revolución Democrática estamos atentos a que no se vulnere el estado de derecho, a que no se viole la Constitución, y a que se cumpla con la ley.

 

Es cuanto Consejero Presidente.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias señor representante.

 

Tiene la palabra el Consejero Jaime Rivera.

 

Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: Gracias.

 

A ver, retomo una consideración que hizo recientemente el representante del Partido Acción Nacional, que me parece muy razonable en cuanto a que en el proyecto no se dé de ninguna forma, como una forma de reconocimiento de un partido político al que le fue cancelado su registro para efectos de la elección de la gubernatura, porque ciertamente ahí no puede participar.

 

No existe para fin, jurídicamente, para estos fines, me parece razonable, no he encontrado en los considerandos ni en las resoluciones, salvo en ese punto primero de resoluciones que hemos ya propuesto que se modifique, para que no quede duda, no he encontrado menciones en las que se le vincule al Partido Encuentro Social en la elección de gobernador.

 

Si la hubiera, creo que deberíamos corregir, digamos, esa sería, yo no lo he encontrado, pero si hubiera una mención en la que pudiera vincularse a este partido, otrora partido como se le ha llamado, con la elección de gubernatura, debería omitirse.

 

Y creo que esa preocupación razonable del representante de Acción Nacional, de cierto modo está tendida en el Convenio de Coalición de los partidos que solicitan la aprobación de esta coalición. En el primer artículo transitorio que dice: “los partidos políticos coaligados MORENA, del Trabajo y Verde Ecologista de México –no mencionan a otros– ratifican la coalición para participar en la Elección de Gobernador en los términos suscritos en este convenio, por tanto, todas las cláusulas deberán entenderse referidas a la participación de esos tres partidos políticos…”.

 

Creo que este transitorio del convenio deja claramente los términos de, digamos, en correspondencia con la vigencia jurídica del momento, y solo después dice en el caso de que el Tribunal tal, bueno, pero eso lo están diciendo los partidos coaligados, no le está diciendo el INE como tal.

 

Entonces, me parece que con esa salvedad creo que puede pasar esto, con la salvedad de que, en ninguno de los considerandos, como ya hemos corregido en los puntos de resolución, no haya ninguna mención al que se pueda vincular hoy a este partido al que le fue cancelado su registro, digamos, como participante en una coalición para la gubernatura.

 

Gracias.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias Consejero.

 

Tiene la palabra el Consejero Enrique Andrade.

 

Consejero Electoral del INE, Enrique Andrade González: Muchas gracias Consejero Presidente.

 

Pues ya se ha alargado un poquito el debate más de lo esperado, pero pues no me puedo abstener de dar mi comentario.

 

Yo también tenía, cuando leí el acuerdo en principio, la duda por el primer resolutivo del acuerdo, que es finalmente lo que vale del acuerdo en sí, y ahí estaba la duda de que el Partido Encuentro Social, aunque se dijera otrora, pudiera pensarse que tenía derecho a participar en la coalición para la elección a la gubernatura.

 

Creo que ya haciendo la corrección que se ha propuesto de este resolutivo primero, queda claro que el Partido Encuentro Social no puede participar en una coalición en la Elección para la Gubernatura, que creo que esto es lo que le corresponde a la autoridad electoral nuestro acuerdo y los resolutivos que ponemos en el acuerdo.

 

En el tema del artículo transitorio del convenio, creo que ahí es un acuerdo de voluntades, finalmente el convenio de partidos políticos, y lo que está diciendo en el transitorio es un supuesto que no se ha dado, es una condición que no existe, que si llegara a existir entonces los partidos acuerdan que solicitarán la incorporación del Partido Encuentro Social, en caso de que la Sala Superior le regrese el registro.

 

Pero, sin embargo, si no sucede esto y la Sala Superior no le regresa el registro a Encuentro Social, pues estos partidos, aunque se hayan puesto de acuerdo, pues no podrán solicitar el convenio ni la incorporación de Encuentro Social a la Coalición.

 

¿Qué va a pasar? Pues la verdad es que nadie lo sabe, yo no creo que sea que este transitorio lo hayan puesto porque se hizo público un proyecto de resolución de un magistrado; yo creo que lo pusieron porque, como se ha dicho, finalmente sí es algo que está pendiente de resolverse en la Sala Superior y eso lo sabemos todos los que nos dedicamos un poco a este tema, sabemos que está pendiente esa resolución y hay dos posibilidades: le regresan el registro o no le regresan el registro, y creo que esto es lo que dice el convenio, si le regresaran el registro procede a, y si no le regresan el registro pues este transitorio queda como no puesto.

 

Yo por eso creo que no es un problema el transitorio del convenio, sino era un problema el resolutivo del acuerdo.

 

Gracias.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias Consejero.

 

Tiene la palabra el Consejero Baños.

 

Consejero Electoral del INE, Marco Antonio Baños Martínez: Gracias señor Presidente.

 

Se manera muy breve, para fijar mi postura en este tema.

 

Yo apoyaré la propuesta de la Presidenta de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, me parece correcto porque además es un punto intermedio en el diferendo, es decir, se está dejando a salvo la posibilidad de la aprobación del convenio por los partidos que están formalmente constituidos en este momento, es decir, que tienen los requisitos para tener el registro correspondiente, pero al mismo tiempo se está dejando a salvo la parte final en el convenio que se suscribe para que en caso de que el Tribunal resolviera favorable al Partido de Encuentro Social, éste pudiera ser traído de nueva cuenta a la mesa y se hiciera esa adición en el convenio de coalición, eso va a depender, hay que decirlo también con mucha claridad, del momento en que en su caso el Tribunal resolviera esta situación.

 

Ahora, respecto del diferendo de nuestro amigo, el señor representante del Partido del Trabajo, Silvano Garay, pues ya sabemos que en las deliberaciones con relación a los registros de los partidos, pues de repente ocurren milagros, hay uno muy reciente que fue justamente el del Partido del Trabajo donde el Tribunal Electoral decidió unos días, casi diría yo una horas antes de la Jornada Electoral Extraordinaria de Aguascalientes, decir que ese registro dependería del resultado de Aguascalientes, fue un hecho inédito, ya no me voy a pronunciar si estuvo bien o si estuvo mal, fue un hecho inédito, eso sí queda claramente registrado así en la historia del sistema de partidos de este país.

 

¿Por qué digo que es un hecho inédito? Porque en ese momento nosotros nunca habíamos tomado en consideración votaciones de elecciones extraordinarias, este Instituto Federal Electoral, hoy Nacional Electoral, nunca había tomado en consideración votos de elecciones extraordinarias para establecer el porcentaje de votación que se requería para conservar el registro, el uno y medio en su momento, el 2 por ciento en otro, el 3 por ciento en otro momento.

 

¡Ah! Pero el Tribunal de repente dijo que los votos nulos ya no eran nulos, sino que había que esperar a que se volvieran válidos en la elección extraordinaria, esa es la traducción al español de ese diferendo que ocurrió en aquel momento.

 

Ahora, si el Tribunal tiene buenas razones o no para el tema concreto del Partido Encuentro Social, eso lo vamos a ver en el momento que se emita la resolución correspondiente, pero lo ha dicho con precisión el Consejero Murayama, no hay suspensión de los efectos que tiene la negativa del, más bien, la pérdida del registro respecto de esta elección, ¿por qué? Porque está claramente señalado así en la Constitución, y vuelvo insistir, el modelo que está planteando la Comisión de Prerrogativas que preside la Consejera Adriana Favela, es un modelo intermedio, que está dejando a salvo, por un lado, esa posibilidad.

 

Pero vuelvo a insistir, sí es pertinente aclarar que eso va a depender del momento procesal en el cual se resuelva, porque si lo resuelven un día antes de la Jornada Electoral, ni modo que montemos en esas condiciones a un partido, a una contienda electoral de la magnitud y de la importancia que tiene una Elección de Gobernador en una entidad clave para la República, como es concretamente el caso del Estado de Puebla.

 

Entonces, yo diría, a ver, vámonos con calma, vámonos tranquilos, no es un hecho que para el INE, el INE qué interés político podría tener en el tema, ninguno, el INE resuelve técnicamente los temas, no políticamente los temas. Y el INE resolvió de acuerdo a los números que teníamos en ese momento con la votación válida que el Partido de Nueva Alianza y el Partido Encuentro Social no lograron el tres por ciento en ninguna de las tres elecciones organizadas por el Instituto el año pasado.

 

Entonces, yo apoyo la propuesta de la Consejera Adriana Favela en sus términos.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, Consejero.

 

¿Alguna otra intervención en segunda ronda?

 

En tercer…

 

En segunda ronda la Consejera Favela.

 

Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: Gracias Presidente.

 

Solamente para dejar claro que en el propio proyecto sí viene esto que hemos estado aquí platicando en la mesa en relación con Encuentro Social.

 

Si ustedes ven el antecedente número 2, ahí, precisamente, estamos haciendo referencia que como ya se había establecido en la parte considerativa del acuerdo 50/2019 de fecha 6 de febrero de este año se determinó que Encuentro Social sí podía estar participando en la elección de los ayuntamientos pero no así para la elección de la gubernatura, inclusive, aquí mismo se hace referencia al artículo 41 Constitucional que ya ha referido el Consejero Ciro Murayama, en el sentido de que si bien es cierto está impugnada la determinación del INE por la cual se canceló el registro al Partido Encuentro Social y que está, obviamente, esa impugnación todavía sin resolverse, lo cierto es que conforme a este artículo 41, pues no tiene efectos suspensivos los medios de impugnación y aquí se dice por qué razones no puede participar en la elección de gobernador pero sí en la de ayuntamientos.

 

También resaltar que en la página 42 ahí cuando se está hablando ya del convenio de la coalición se está diciendo que, en relación con el Partido del Trabajo, Partido Verde Ecologista y Morena, está el convenio para gubernatura en Estado de Puebla, y en el caso del Partido del Trabajo, Partido Verde, Morena y el otrora Partido Encuentro Social, pues van a poder competir para los ayuntamientos de Ahuazotepec, Caña de Morelos y Ocoyucan.

 

Entonces, creo que aquí ya está muy claro, o sea, de qué estamos hablando y haciendo esta diferenciación y solamente faltaría, pues, que esto se refleje, precisamente, en los puntos resolutivos y yo creo que la manera en que lo plantea el Consejero Jaime Rivera es muchísimo más clara, un resolutivo para la coalición para gubernatura y ya otro resolutivo para la coalición para ayuntamientos. Gracias.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias Consejera.

 

¿Alguna otra intervención en segunda ronda?

 

En tercera ronda tiene la palabra el Consejero Rivera y lo anoto.

 

Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: Bueno, tal vez ya no sea necesario insistir mucho, parece más pertinente ponerlo en dos puntos separados y evita las confusiones.

 

No me quedó muy claro por la ahorita la intervención del Consejero Baños, pero en todo caso lo planteo como duda.

 

En mi opinión, no es necesario poner en los resolutivos del Consejo una alusión a la posibilidad de que el Tribunal. Ok.

 

En el convenio eso lo está haciendo, lo están haciendo los propios partidos coaligados, damos por buena esa prevención en los dos sentidos, como decía yo: una, que con relación a la gubernatura dice aquí todas las clausulas deberán entenderse referidas a la participación de esos tres partidos políticos, tres: Morena, del Trabajo y Verde, que se refieren a eso.

 

Y la prevención que estos partidos hacen sobre la posibilidad de que el Tribunal resuelva en un sentido, bueno, es una prevención que ellos hacen sobre la cual nosotros por ahora no nos pronunciamos, aunque damos por válida esa prevención.

 

En ese sentido, creo que queda suficientemente claro los, digamos, el alcance de estas resoluciones. Gracias.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias Consejero Rivera.

 

Tiene la palabra el Diputado Silvano Garay.

 

Representante del Partido del Trabajo, Silvano Garay Ulloa: Gracias Presidente.

 

Bueno, ya como el Consejero Baños ya dijo que es católico, ¿verdad?, cree en los milagros, yo no creo en los milagros.

 

El tema, el tema del Partido del Trabajo fue algo muy sencillo, la elección es de 300 distritos no de 299, o sea, es muy sencillo, una elección concluye con la elección de 300 distritos, no de 299, falta uno, faltaba el de Aguascalientes, no fue el milagro, era una interpretación de este órgano y vino una interpretación correcta de la Sala Superior.

 

Lo que hay que evitar es que la Sala Superior siempre corrija la plana de este Consejo General, o sea, es lo que hay que evitar.

 

El tema no es defender al Partido Encuentro Social, el tema es si está vivo o si está muerto, participa a nivel municipal, pero no participa a nivel de gubernatura, o sea, si ya está muerto para qué le dan vida en municipios, que es una continuación de una elección, bueno, eso es una cosa.

 

Yo no estoy de acuerdo con la interpretación que se le da al Partido Humanista, a Encuentro Social, todo eso. Eso me referí en un principio que hay que legislar, no es lo más correcto, no es lo correcto, no es lo correcto que todavía esté pendiente una instancia y ya estén aquí desalojando al partido, no es correcto que ya esté un interventor, eso no está bien. Y ya que el partido pierde su registro, hay que iniciar el procedimiento de liquidación, todo lo que sigue, o sea, no estoy en contra de que si el partido va a tener registro o no va a registro es un tema, no es un tema de nosotros, es un tema de la Sala Superior.

 

Pero, hay que liquidar el momento procesal oportuno que debe de iniciar el tema de la pérdida de un registro, porque aquí, o sea, todavía no, es última instancia y ya Encuentro Social ya está fuera de aquí, o sea, por una interpretación de este Consejo, que a lo mejor haz de ver, corrige la plana, o sea, eso puede ser.

 

Pero, bueno, gracias.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias señor representante.

 

Tiene la palabra el maestro Víctor Sondón.

 

Representante del PAN, Víctor Hugo Sondón Saavedra: Gracias señor Presidente.

 

Está sub júdice, sub júdice, el Partido de Encuentro Social no está en una moción suspensiva, técnicamente, técnicamente el PES no existe. Yo no estoy totalmente en contra si se insiste en dejar el transitorio, pero a partir del punto de la redacción hacia adelante quitarlo, se le está dejando abierta una puerta, una ventana, previsiones, espero algún día recordar esta etapa y algún día me sirva estas previsiones a mí, ojalá, ¿no?

 

Sin embargo, dice, ¡ah!, lo digo a partir, en caso de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordene la conservación del registro de Encuentro Social como partido político nacional, en los partidos se acuerdan.

 

Éste es un acuerdo de voluntad, es bien cierto, pero que no tiene que ir en un convenio de coalición, ese es de la vida interna de los partidos políticos, esta advertencia de los partidos políticos coaligados, debió haberse hecho en otro documento por separado, no en el convenio de coalición, advertir que en dado caso de que la Sala Superior determine reintegrar los derechos otorgándole nuevamente el registro al Partido de Encuentro Social, pues que entonces van a solicitar ante esta autoridad electoral que se le incluya en la coalición, pero esto no es motivo de este documento.

 

Creo tener la razón jurídica, creo tener la razón legal, pero bueno, sé que no me va a ir bien en la votación, pues ojalá quede de la mejor manera con la propuesta que se acaba de hacer por parte del Consejero Jaime, y bueno, ya lo estaremos viendo.

 

Es cuando.

 

Gracias señor Presidente.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias señor representante.

 

Tiene la palabra el Consejero Marco Antonio Baños.

 

Consejero Electoral del INE, Marco Antonio Baños Martínez: Gracias señor Presidente.

 

De manera muy breve, no, yo en las condiciones actuales de la República sigo siendo laico, como dijo y lo escribió don Jesús Silva que era en su autobiografía una vida en la vida de México, puso textualmente “Dios protege a sus herejes”.

 

Así que no se angustie señor representante, y el milagro no fue conmigo, fue con ustedes, y el detalle fue que puedo entender el cambio de los criterios, si problema, y hemos acatado puntualmente todas las sentencias del Tribunal Electoral, pero en este caso aún no se resuelve, y por consecuencia la fórmula que se ha establecido con la propuesta de la Consejera Adriana Favela, y la propuesta del Consejero Jaime Rivera, pues me parece que es la que soluciona correctamente esta aprobación del convenio.

 

No me referí a que eso estuviese en el acuerdo la eventualidad de que el Partido Encuentro Social se obtiene una decisión favorable del Tribunal quede a salvo en el acuerdo nuestro, sino dije está previsto en la formulación del convenio, que establecieron los partidos que tienen derecho a ello. Entonces, con eso vamos sin mayores complicaciones.

 

Pero sí fueron votos nulos que se volvieron válidos, ése es el milagro, fue un esquema de interpretación, y usted sabe muy bien que la ley dice con toda claridad que para calcular el porcentaje de votación válida de los partidos no se toman en cuenta los votos nulos. Al anularse una elección, son votos nulos, no le demos vuelta al asunto.

 

Lo otro ya fue una interpretación jurisdiccional, que respetamos y se otorgó finalmente el registro del Partido del Trabajo, y bienvenidos al Sistema de Partidos de nuestro país, así que no hay ningún problema.

 

Lo otro, pues está pendiente.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: ¿Alguna otra intervención?

 

El Consejero Murayama.

 

Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: A ver, me parece que no es válido dejar pasar aseveraciones acerca de, que cuestionan la legalidad, principio constitucional a lo estamos obligados de acciones como, por ejemplo, la designación del interventor, en el caso de Encuentro Social.

 

Usted lo está cuestionando, perdóneme, pero toda la fase de liquidación de un partido está en la norma, e incluso en el caso que ahora están refiriendo del PT, se confirmó la designación del primer interventor, y después del liquidador, y por consideración, por cambio de criterio de la Sala Superior, en una elección extraordinaria sumaron votos a una elección ordinaria, de tal manera que tuvimos dos resultados de la misma elección.

 

El resultado que se produjo a nivel nacional para la integración proporcional de la Cámara de Diputados en la anterior legislatura, que se nos confirmó, y después otra votación para confirmar la vida del Partido del Trabajo.

 

Hubo dos votaciones, la misma votación, eso es algo inédito, pero el Tribunal lo hizo, como ha hecho otras cosas que hemos discutido aquí mucho, candidaturas independientes, pero quería precisa eso.

 

Y referirle al representante de Acción Nacional, desde el antecedente segundo del proyecto de acuerdo, se dice: “Encuentro Social no participará en la Elección Extraordinaria para la Gubernatura de dicha entidad, de Puebla”, una y otra vez lo decimos, eso está claro, nosotros no estamos abriendo puerta a que participe Encuentro Social, de ninguna manera porque hoy no tiene registro.

 

Gracias.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias Consejero Murayama.

 

Si les parece bien, podemos pasar a la votación.

 

Secretario.

 

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Con gusto Presidente.

 

Señoras y señores Consejeros Electorales, se consulta si se aprueba el Proyecto de Resolución de Consejo General del Instituto Nacional Electoral identificado en el orden del día como punto único, tomando en consideración la propuesta del Consejero Jaime Rivera, a fin de que el resolutivo primero se divida en dos: el primer para hacer referencia a la coalición que tiene que ver con la Elección de Gobernador o Gobernadora; y el segundo, para hacer referencia a la coalición parcial para los tres municipios a los que se hace referencia en los términos que él lo presentó, y que entiendo, recoge la opinión del resto de las Consejeras y los Consejeros.

 

Quienes estén a favor de aprobarlo en estos términos sírvanse manifestarlo.

 

Es aprobado por unanimidad de los presentes señor Consejero Presidente.

 

Y tal y como lo establece el Reglamento de Sesiones, procederé a realizar el engrose, se conformidad con los argumentos expuestos.

 

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias señor Secretario.

 

Le pido que realice las gestiones necesarias para publicar la resolución aprobada en el Diario Oficial de la Federación.

 

Y estimados colegas, siendo una sesión con un único punto del orden del día que ya concluyó, se agotó el mismo y, por lo tanto, se levanta la sesión.

 

Buen día a todas y todos.

 

-o0o-