Número: 248
- Se trata de dos ordenamientos encaminados a regular la difusión de propaganda que promueva a una persona que aspire a ser candidato con el objetivo de generar condiciones de equidad en la contienda
- El primero se refiere a los dirigentes y líderes de partido y el segundo a cualquier persona que busque contender, incluyendo funcionarios públicos
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por amplia mayoría (10-1) dos lineamientos para garantizar que, entre el inicio del Proceso Electoral 2017-2018 -el 8 de septiembre y el inicio de precampañas-, se limite la adquisición de propaganda que implique la promoción personalizada de quienes aspiren a un cargo de elección popular a través de la radio, la televisión, medios impresos, publicidad fija, electrónicos, internet o redes sociales.
Estas regulaciones no implican limitación a la libertad de expresión, reiteraron los Consejeros Electorales durante la sesión. Pueden dar entrevistas, enviar mensajes en redes sociales y acudir a actos públicos, pero lo que no podrán hacer es pagar para promover su imagen.
El propósito, explicó el Consejero Presidente, Lorenzo Córdova Vianello, es que aspirantes y candidatos cuenten con un “piso o cancha pareja” en la búsqueda del voto del electorado en el país.
Se trata de reglamentos neutros que no buscan favorecer ni perjudicar a nadie, dijo. “No se está regulando internet ni redes sociales, sólo la compra y la promoción pagada en esos medios. Lo que se busca regular es el dinero, la adquisición, el pago, no la libertad de expresión”.
“No cumplir con estos lineamientos implicará que todos los recursos que gasten en propaganda quienes aspiren a un cargo de representación serán sumados a los gastos de éstas, y en caso de rebasar los topes, conforme lo establece la ley, podría ser causal para negar el registro de una candidatura”, explicó Córdova Vianello.
Con ello se pretende que la publicidad en radio y televisión sea una herramienta de equidad para las precampañas y que posteriormente contribuya a “la cancha pareja de todas las contiendas y de todos los cargos de elección que se disputen en las urnas (no sólo para la Presidencia de la República)”, agregó.
Córdova Vianello dijo que con estos documentos se establece una reglamentación para garantizar la equidad en la contienda, no sólo en las elecciones federales sino también en las 30 concurrentes locales, por efecto de la facultad de atracción ejercida por el Instituto al aprobar los lineamientos.
En un primer momento, el Comité de Radio y Televisión elaboró los Lineamientos que regulan los criterios respecto de la aparición de dirigentes y voceros partidistas en tiempos de Radio y Televisión, los cuales serían votados en la sesión del Consejo General el pasado 29 de junio. Sin embargo, se decidió ampliar el alcance y elaborar también los Lineamientos para Garantizar la Equidad entre los Participantes en la Contienda Electoral 2017-2018, los cuales contemplan a cualquier persona que aspire a un cargo de elección popular, incluyendo servidores públicos.
El Consejero Marco Antonio Baños, Presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, así como del Comité de Radio y Televisión, precisó que el INE emite estas reglas en acatamiento a las sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), orientadas a revisar si la aparición de los dirigentes y voceros partidistas podía o no incurrir en el uso indebido de la pauta.
Los lineamientos para dirigentes de partidos políticos, informó, determinan que si éstos quieren ser candidatos en las elecciones del 2018 y participan en el proceso de selección interna de su partidos, no deberán aparecer en la pauta hasta que empiecen las precampañas.
“Si un dirigente o un vocero de partido político va a ser un candidato y no participa en un proceso interno de selección de su partido, la propuesta de los lineamientos en acatamiento a la sentencia del Tribunal indica con claridad que tendría que hacerlo hasta el momento en que empiecen las campañas electorales”, señaló.
El Consejero Baños anunció que se realizarán ajustes al Reglamento de Fiscalización para modificar los costos de publicidad cuando un aspirante o candidato ostente su figura e imagen en publicidad, informes de labores, libros, espectaculares o promoción pagada en redes sociales.
“También estamos estableciendo que si un servidor público es aspirante, no puede acudir a ningún tipo de evento en el que se haga entrega de beneficios de programas sociales”, resaltó al decir que toda la publicidad que actualmente está en la vía pública, cualquiera que sea su modalidad, deberá ser retirada antes de que arranque formalmente el Proceso Electoral, el 8 de septiembre próximo.
El Consejero Ciro Murayama definió cinco etapas a partir de la aprobación de los lineamientos de dirigentes y voceros partidistas:
- A partir de hoy y hasta el 7 de septiembre, los dirigentes de los partidos políticos podrán seguir apareciendo en los spots de radio y televisión.
- Inicia con el arranque del Proceso Electoral, a partir del 8 de septiembre, cuando no podrán aparecer en ninguna propaganda, líderes, voceros o militantes partidistas con intención de postularse a algún cargo de elección popular.
- Al inicio de las precampañas -que a nivel federal duran 60 días- pueden aparecer los precandidatos y los dirigentes que no piensen postularse a ningún cargo.
- En intercampañas; es decir, entre precampaña y campaña, hay una veda para evitar actos anticipados de campaña. Los partidos pueden pautar anuncios genéricos donde aparecerán sólo personas, dirigentes o voceros que no serán postulados a ningún cargo.
- Durante las campañas y antes de la veda electoral, pueden promoverse con toda libertad los ciudadanos que solicitarán el voto ciudadano.
En los transitorios del acuerdo sobre los Lineamientos para Garantizar la Equidad entre los Participantes en la Contienda Electoral 2017-2018, se obliga al Instituto para que a más tardar en el mes de agosto, emita las normas relativas al uso indebido de programas sociales y la violación a los principios de equidad e imparcialidad previstos en el artículo 134 constitucional.
Remoción de Consejeros del OPLE
Durante la sesión, las y los Consejeros Electorales aprobaron tres procesos de remoción de Consejeros Electorales de Organismos Públicos Locales (OPLE) de los cuales dos resultaron fundados y uno infundado.
En el primer caso fundado, se determinó la remoción de Jesús Uribe Cabrera, Consejero Electoral del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, toda vez que el denunciado admitió realizar actividades docentes con remuneración económica, aspecto que contraviene la ley electoral.
El segundo caso se procedió a la remoción de Jorge Alberto Hernández y Hernández, Consejero Electoral del OPLE en Veracruz, porque participó indebidamente en la designación de familiares como funcionarios en el Distrito Electoral de Huatusco, en la misma entidad, en contravención a lo establecido en la norma electoral.
El Consejo General también validó el acuerdo por el que se reforma el Reglamento Interior del INE, con la finalidad de que las atribuciones y facultades de su Órgano Interno de Control –antes Contraloría del Instituto- sean acordes a las nuevas obligaciones, funciones y facultades del Sistema Nacional Anticorrupción.