Número: 163
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró la improcedencia de una medida cautelar y la tutela preventiva solicitada por MORENA en contra del promocional de radio y de televisión denominado “INOCENTE CON”, pautado por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en estados del país sin proceso electoral local, que a juicio del quejoso contiene probables elementos calumniosos en contra de ese instituto político y su dirigente nacional, Andrés Manuel López Obrador.
En sesión extraordinaria urgente, por unanimidad de las Consejeras Adriana Favela, Claudia Zavala, y del Consejero José Roberto Ruiz, la Comisión determinó -bajo la apariencia del buen derecho- que si bien el spot denunciado hace una crítica a López Obrador –en voz de Enrique Ochoa, Presidente Nacional del PRI- con frases como “¿no te has dado cuenta de la corrupción de tus colaboradores, que se llenan los bolsillos de dinero en efectivo en tu nombre? ¿Eres tan inocente o cínico?”, no contiene elementos que constituyan una imputación directa de delitos o hechos falsos en contra de MORENA o de su dirigente nacional.
La Consejera Pamela San Martín –quien acudió a la sesión-, se pronunció también por la improcedencia de las medidas cautelares en los términos planteados por la Comisión.
Respecto a la tutela preventiva solicitada por el quejoso, la Comisión declaró que no existe base para el dictado de la misma, al haber resultado improcedente la medida cautelar en lo general, además de considerar que no es posible pronunciarse sobre hechos futuros de realización incierta.
Caso Edomex
En otro asunto, la Comisión también declaró la improcedencia de la medida cautelar solicitada por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del promocional “Creo en lo que veo salud”, pautado por el PRI en el Estado de México, cuya difusión, a juicio del denunciante, podría repercutir en una eventual influencia en el electorado.
Por unanimidad, se determinó que el spot denunciado fue difundido durante el periodo ordinario e intercampaña en esa Entidad y, a la fecha ya no se transmite, por lo que se trata de hechos consumados de manera irreparable.