Declara Comisión de Quejas y Denuncias improcedente medida cautelar contra promocional del partido Encuentro Social en Edomex

Escrito por: INE
Tema: Comunicados de Prensa

Número: 147

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente -por mayoría de votos- la medida cautelar solicitada por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del promocional de radio “La familia se construye”, pautado por el Partido Encuentro Social (ES) para la etapa de campaña que se desarrolla en el Estado de México, porque a juicio del quejoso el spot podría confundir al electorado ya que el mensaje se emite en voz del comunicador Mariano Osorio, sin que dicho sujeto sea un contendiente en el proceso electoral de la Entidad, además que el contenido corresponde a propaganda genérica.

En sesión extraordinaria urgente, con la mayoría de votos de la Consejera Adriana Favela y del Consejero José Roberto Ruiz, y el voto en contra de la Consejera Claudia Zavala, la Comisión determinó que la participación del periodista y el contenido del spot, en apariencia del buen derecho, no contravienen la norma legal ni implicaría una confusión para el electorado, como lo plantea el PAN.

Se precisó que el partido político responsable del promocional, en uso de su libertad de estrategia política y confección de su propaganda, optó por un comunicador que se identifica al inicio del audio para emitir un mensaje a la ciudadanía en nombre de ese instituto político, cuestión que no está prohibida constitucional o legalmente.

Además, el promocional se ajusta a los mensajes permitidos para el periodo de campaña electoral, al hacer un llamado al voto en favor del Partido Encuentro Social, como integrante de la Coalición conformada por los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza.

La Consejera Electoral Claudia Zavala votó en contra y anunció la emisión de un voto particular, al estimar que el contenido del promocional denunciado no cumple los parámetros para la propaganda que se difunde durante el período de campaña, pues del mismo no se observa que promueva al candidato registrado por el partido emisor del mensaje o la coalición de la que forma parte.