Intervención de Lorenzo Córdova en la Inauguración del “IX Encuentro Nacional de Magistradas y Magistrados Electorales 2017

Escrito por: INE
Tema: Consejero Presidente

Muchas gracias, muy buenos días a todas y todos ustedes.

Magistrada Presidenta Janine Otálora Malassis, muchísimas gracias por la oportunidad de poder, aunque no soy Magistrado, el dirigirme en este evento que reúne a los jueces electorales del país.

Señora y señores Magistrados de la Sala Superior, estimados amigos, muchas gracias por la invitación.Señor Magistrado Wong, felicidades

por la designación y suerte en el encargo presidiendo la asociación de Tribunales y Salas Electorales de la República.

Estimadas y estimados amigos.

Agradezco muchísimo la oportunidad de participar en la inauguración de este encuentro entre Magistradas y Magistrados Electorales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con todas las Magistradas y Magistrados de los órganos electorales jurisdiccionales del país, esto a unos días, por cierto, de que se cumplan tres años de que se aprobó la reforma constitucional que dio lugar al nuevo modelo de la democracia mexicana.

Esa reforma que transformó profundamente la estructura de la administración electoral, propició, y también de ustedes, también de la jurisdicción.

Propició la construcción de un nuevo circuito de colaboración, no que antes no existiera, no que antes no fuera necesario, pero ahora es absoluta y totalmente indispensable entre autoridades electorales administrativas, y estableció la importancia de incentivar un diálogo tan respetuoso como constructivo entre el Instituto Nacional Electoral y el Tribunal Electoral ante la complejidad del nuevo sistema electoral y los objetivos que se persiguen con este.

A tres años de instrumentar el sistema nacional de elecciones, es evidente que hemos llevado a la práctica muchas de las innovaciones que la reforma plantea y, que en su momento, todavía hoy, pero particularmente en los años transcurridos ha sido especialmente complejas, esto nos ha llevado a avanzar en el propósito, entiendo fundamental de la reforma de 2014, que es la apuesta por la estandarización de los procedimientos, de los criterios, en general de la institucionalidad electoral para contribuir a la equidad de las contiendas y que las actividades que de manera centralizada en muchos sentidos a partir de la potestad regulatoria, de la potestad, incluso, normativa que se deriva de la posibilidad de emitir criterios generales a partir de su facultad de atracción, creo, ha venido fortaleciendo con la finalidad de elevar la calidad de la democracia mexicana.

Los procedimientos que se han normado, que se han innovado, y que en gran medida están concentrados en un ordenamiento normativo inédito pero indispensable para poder concretar esa lógica de estandarización y homogenización que es la columna vertebral, entiendo yo, de la reforma de 2014.

Se han condensado en el Reglamento de Elecciones que el INE confeccionó, diseñó, aprobó y fue sancionado por el Tribunal Electoral en la segunda mitad del año pasado, con base en la experiencia de dos años de darle viabilidad al nuevo modelo electoral y que hoy, después de las impugnaciones presentadas, y de las reuniones sostenidas para clarificar algunos de sus procedimientos, es un documento normativo firme con el que avanzamos claramente en la organización y realización de las cuatro elecciones en curso y que regularán y normarán la convergencia más grande de procesos electorales de la historia democrática del país que en algunos meses, a partir de septiembre iniciará con el proceso electoral 2017-2018.

Una elección regida bajo las normas establecidas en la reforma de 2014 y las derivadas, entre ellas, el reglamento que he mencionado, y que regularán no sólo las tres elecciones federales, sino los procesos electorales que de manera concurrente se realizarán en 30 entidades del país.

En ese sentido, si consideramos a la instrumentación de las disipaciones innovadoras de la reforma, la estandarización de las condiciones de las contiendas a partir de los múltiples procedimientos y criterios contenidos en el Reglamento de Elecciones, por no hablar de la vasta producción jurisprudencial que a la luz de la reforma y de las normas con que se ha instrumentado, ha emitidos el Tribunal Electoral, así como la consolidación de una serie de actividades centralizadas por mandato constitucional, nos guste o no, creo que los tiempos de la discusión sobre si la reforma afecta o fortalece el federalismo electoral, son tiempos que han quedado atrás, y lo que hoy tenemos como autoridades  electorales administrativas y jurisdiccionales es aterrizar y darle viabilidad como lo hemos venido realizando a las normas de la reforma de 2014, finalmente esas son las reglas del juego democrático que nos hemos dado y con la que estamos normando nuestras elecciones.

Es claro que en estos tres años hemos delineado de manera muy precisa las características procedimentales que le han dado viabilidad y que articulan el sistema nacional de elecciones.

Ciertamente en estos tres años de instrumentación de la reforma ha sido indispensable el diálogo entre las y los integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral, así como de sus Salas Regionales, con las Consejeras y Consejeros Electorales del INE. Ese diálogo ha permitido diseñar un sistema, entre muchos otros, informático conjunto en el que desarrollamos y procesamos los procedimientos especiales sancionadores y ha facilitado la comprensión de las complejidades técnicas de la fiscalización.

De hecho, este experimento exitoso es el que está nutriendo la base de un sistema informático compartido que permita a las salas del Tribunal Electoral conocer en tiempo real este procedimiento, hoy nacionalizado con independencia de que se trate del ámbito local o del ámbito federal que es la fiscalización que tiene encomendada el Instituto Nacional Electoral.

Desde mi perspectiva, es claro que conforme ha avanzado la instrumentación de la reforma es cada vez más evidente que el éxito del sistema nacional de elecciones, es posible sólo gracias a la corresponsabilidad entre las diferentes autoridades que intervienen en este sistema: las administrativas y las jurisdiccionales; las nacionales y las locales.

Si las autoridades que intervienen en el mismo no asumimos, todos, ustedes y nosotros, la interrelación constructiva que exige un sistema entreverado y complejo como el que tenemos y cada uno de nosotros entiende y asume el delicadísimo papel que nos ha tocado jugar como engranajes que cumplen funciones específicas de un complicado y muy sofisticado mecanismo electoral. Si no hacemos ello, los actores políticos podrían, podrán lograr intersticios legales para ser omisos ante la ley.

Permítanme decirlo de esta manera, el sistema nacional de elecciones tiene dos dimensiones centrales desde un enfoque institucional: En la primera dimensión está el fortalecimiento de la autonomía de los Organismos Públicos Locales, muchas veces puesta en entredicho por actores políticos, sociales y económicos locales, frente a las presiones que los mismos ejercen sobre ellos.

En la segunda dimensión tenemos a la justicia local como un ámbito subsidiario del sistema nacional, que debe darle congruencia a las resoluciones locales con las emitidas en el ámbito nacional.

De no hacerlo así, provocaríamos un contrasentido judicial que puede llegar a entorpecer el funcionamiento armónico de las decisiones emitidas por las autoridades nacionales, y no estoy hablando solamente de la obligatoriedad que por mandato constitucional tiene la jurisprudencia para todos los órganos administrativos y jurisdiccionales del país que emite el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Estoy hablando también de las normas que a la luz de las nuevas atribuciones constitucionales en el ámbito nacional se emiten para  regular y fijar los criterios procedimentales y de actuación de la construcción de los procesos electorales locales. Lo diré con toda franqueza confiando en la apertura que este espacio, que agradezco mucho, me brinda, para retroalimentarlo con todos ustedes.

Hay cosas en el ámbito jurisdiccional local que en ocasiones esporádicas, afortunadamente, pero graves y preocupantes pueden no llegar, y en ocasiones no han ayudado a la consolidación del sistema nacional de elecciones.

Las decisiones firmes de las autoridades nacionales deben ser orientadoras tanto para las autoridades administrativas como para las autoridades jurisdiccionales, y el rol de instancias ante las cuales pueden impugnarse los actos de aplicación de decisiones tomadas en el ámbito de la competencia por las autoridades nacionales no puede ser un pretexto para vulnerar el empaque y sistematicidad normativo del sistema nacional de elecciones.

Y ha habido ocasiones en las que los actores políticos en el ámbito local han impugnado actos de aplicación de decisiones que le corresponden por mandato constitucional a las instancias nacionales. Como por ejemplo, las decisiones que tienen que ver con la fiscalización. Decisiones que han sido sancionadas por los órganos competentes del Instituto Nacional Electoral, que han sido convalidadas por las Salas del Tribunal Electoral, y que han llevado a que en ocasiones en su acto de aplicación en la ejecución de las sentencias sean impugnadas ante instancias jurisdiccionales locales que contravienen la lógica de rectoría que las instancias nacionales, vuelvo a decirlo, no por voluntad nuestra sino por mandato constitucional, ha depositado en el ámbito nacional.

El INE tiene que jugar, y lo digo aquí como constitucionalista no tanto, no me puedo desprender de mi rol de funcionario público, que ha abierto la reforma del 14. Una discusión en el plano constitucional que va a ser objeto de mucha discusión académica sin lugar a dudas, dónde colocamos una norma administrativa emitida por el Instituto Nacional Electoral en el ejercicio de su facultad de atracción para fijar criterios generales en la lógica tradicional de la jerarquía normativa.

Está por arriba o por debajo de una Constitución local, está por arriba o por debajo de un ordenamiento legal emitido en el ámbito local.

Que conste que he estudiado a Kelsen mucho tiempo de mi vida, pero me temo decirles que hoy esas normas están por encima de leyes y eventualmente de constituciones locales.

El INE ha emitido lineamientos para blindar la autonomía de los OPLES que han entrado en colisión, y no digo que esto sea pertinente desde  un punto de vista jurídico, pero esa es la realidad con la que tenemos que actuar, que han entrado en colisión, que queridamente han entrado en colisión con decisiones de algunas constituciones y de algunas leyes locales, que como una reacción a la hoy designación de los consejeros locales por el Consejo General del INE se han tomado como una especie de revancha desde lo local frente a lo que la Constitución federal establece.

Ha habido decisiones queridamente, intencionalmente contrarias a esas regulaciones contenidas en los espacios normativos locales. Y estas han sido validadas por las instancias de constitucionalidad del Tribunal Electoral, y eventualmente hasta  la Suprema Corte de Justicia.

No puede ser que en el ejercicio de estas regulaciones emitidas en esta atribución constitucional del INE, por parte de los órganos locales haya una vulneración a las mismas a partir de resoluciones de la justicia electoral local que conoce de impugnaciones del acto de aplicación que contra vengan y minen el empaque normativo del sistema nacional de elecciones.

Lo digo con mucho respeto y deferencia frente a la labor jurisdiccional, pero lo digo precisamente para tratar de hacer un énfasis de cara a la gran cita electoral, al gran desafío electoral que enfrentaremos el próximo año, de que las autoridades electorales administrativas y jurisdiccionales, nacionales y locales tenemos como rol que jugar de manera coordinada, entendida y, sobre todo, responsable en esta historia.

Yo no soy profeta ni pretendo hacer futurismos. Yo no sé cuál va hacer el sentido de la siguiente reforma electoral, en el entendido de que, supongo, habrá en algún momento una reforma electoral. Pero sí me queda claro que la subsistencia del sistema hoy vigente depende de su viabilidad y prácticabilidad. Apostarle a que el mismo no funcione es apostarle a desatar a los aprendices de brujo en la próxima reforma electoral.

Y creo que con responsabilidad, pero sobre todo, con algo que creo que es la base para hacer funcionar una construcción tan compleja como la que hoy vivimos en términos de la institucionalidad electoral puede lograrse solamente a partir de detonar un serio, responsable, abierto diálogo entre Cortes, o si se me permite, entre autoridades jurisdiccionales y autoridades administrativas.

Sino, lo digo con toda franqueza, estaremos construyéndonos nosotros mismos, si no asumimos con responsabilidad esas tarea, un futuro que lejos de convertir a las elecciones en lo que están llamadas a hacer en democracia, es decir, el ancla de estabilidad política, un momento de certeza en tiempos de tantas incertidumbres, un espacio en el cual la sociedad institucionalmente se ha creado las vías para procesar la pluralidad y la conflictividad política que nos caracteriza, estaremos abriendo la puerta, precisamente, para que las elecciones no cumplan con ese rol fundamental.

Son tiempos de una enorme responsabilidad, cada quien en lo que le toca, pero sobre todo entendiendo que no somos piezas aisladas, sino más bien engranajes que deben coordinarse y aceitarse muy bien de una única entreverada institucionalidad electoral.

Muchísimas gracias.

Versión Estenográfica de la Inauguración del “IX Encuentro Nacional de Magistradas y Magistrados Electorales 2017, Tres Décadas de Justicia Electoral en México: Retos y Perspectivas”

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