Número:075
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró la improcedencia de la medida cautelar solicitada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra del promocional denominado “Adultos mayores, jóvenes” -en su versión de radio y de televisión-, pautado por MORENA en el Estado de México, por un supuesto uso indebido de la pauta en período de intercampaña, así como un posicionamiento indebido de su dirigente nacional, Andrés Manuel López Obrador, y aparentes actos anticipados de campaña.
En sesión extraordinaria urgente, por unanimidad de las Consejeras Adriana Favela y Beatriz Galindo, así como del Consejero José Roberto Ruiz, la Comisión determinó que la aparición del líder nacional de MORENA no generaría una violación a lo establecido en la normatividad constitucional o legal en materia electoral, ni afecta alguno de los principios que rigen los procesos electorales, que ameritara la suspensión de su difusión, pues se trata de mensajes genéricos con el fin de posicionar la ideología del partido.
Sobre los supuestos actos anticipados de campaña, planteados por el PRI respecto al contenido del spot denunciado, se determinó –con base en un reciente pronunciamiento de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el que se analizó el mismo promocional, motivado por una queja distinta- que la difusión de las frases como: “aumentar la pensión a los adultos mayores” y “también nos va a alcanzar para que todos los jóvenes… tengan garantizado el derecho al estudio y el derecho al trabajo”, no implican una propuesta de gobierno o promesa de campaña, pues su mensaje no está supeditado al triunfo electoral de ese instituto político, al ser una consecuencia de “acabar con la corrupción, y con los privilegios en el gobierno”, como lo señala el promocional.
Improcedente queja contra promocionales del PAN en Coahuila
En la misma sesión, la Comisión declaró la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas por el PRI en contra de la difusión de los promocionales “Periódico”, “Novios Coahuila” y “Orgullo Coahuila”, en sus versiones de televisión y de radio, difundidos por el Partido Acción Nacional (PAN) en el Estado de Coahuila, por un supuesto uso indebido de la pauta.
Por unanimidad de las Consejeras y el Consejero que integran la Comisión, se determinó que el material titulado “Periódico”, constituía actos consumados ya que su transmisión concluyó el pasado 1 de marzo; mientras que, en el caso del video denominado “Orgullo Coahuila”, existe constancia de las autorizaciones de los tutores y la opinión de los menores de edad para aparecer el spot, contrario a lo señalado por el quejoso.
Respecto al promocional “Novios Coahuila”, en el que se hace referencia a las frases “con el PAN, el cambio sí es posible” y “Coahuila es de todos los que sí queremos el cambio…atrévete a cambiar, Partido Acción Nacional”, se consideró que el contenido del mismo se ajusta a la propaganda genérica permitida en el actual periodo de intercampaña y no representa propaganda de campaña como denunció el PRI.