- Las medidas procuran que los niños no aparezcan en escenas de violencia: Marco Baños
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), aprobó por unanimidad los “Lineamientos para la protección de niñas, niños y adolescentes en materia de propaganda y mensajes electorales”, los cuales tienen como objetivo garantizar los derechos, integridad e imagen de los menores.
El proyecto, aprobado por unanimidad, establece los requisitos para mostrar a niñas, niños o adolescentes en la propaganda político-electoral ya sea de manera directa -cuando son exhibidos con el propósito de que formen parte central de la propaganda, mensajes, o del contexto de éstos-, o de forma incidental, cuando sean exhibidos de manera referencial sin el propósito de que sean parte del mensaje y contexto de la propaganda.
El Consejero Marco Antonio Baños, Presidente del Comité de Radio y Televisión, señaló que con las disposiciones aprobadas, la autoridad electoral da un paso importante en la protección de niños y adolescentes.
Explicó que entre las condiciones contenidas en los lineamientos para permitir la aparición de la imagen, voz o cualquier otro dato que haga identificable a los menores en materiales de propaganda, se encuentran el consentimiento de los padres, de quien ejerza la patria potestad o de los tutores, así como la opinión informada de la niña, del niño o de la o el adolescente. Ambos elementos deberán ser presentados ante el INE.
El Consejero precisó que los lineamientos contienen “las disposiciones generales para la protección de los derechos de los menores de edad en los promocionales, a fin de que los contenidos de los spots no atenten contra sus derechos ni se sacrifique la posibilidad de que aparezcan en los spots”.
Marco Antonio Baños adelantó que éstas medidas, que procuran evitar que los niños aparezcan en escenas de violencia, comenzarán aplicarse a partir del próximo periodo de campañas de los procesos electorales de 2017.
La Consejera Electoral Adriana Favela detalló que si bien el incumplimiento a los lineamientos por parte de los partidos políticos no impedirá el pautado de los mensajes, sí implicará una vista a la Secretaría Ejecutiva para que se sancione esa omisión.
Afirmó que estos lineamientos además de proteger a los menores, benefician a los propios partidos políticos, ya que recabar el consentimiento de los padres y de los menores involucrados, constituirá un elemento probatorio en caso de que sea presentada una queja o denuncia.
Por su parte, el Consejero Benito Nacif aclaró que con la adopción de estos lineamientos el Instituto trata de cuidar un interés primordial, que es el de la niñez, y a la vez “respeta la libertad de los partidos establecida en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales de definir los contenidos de sus promocionales”.
El acuerdo aprobado establece que los mensajes deberán evitar cualquier conducta que induzca o incite a la violencia, al conflicto, al odio, a las adicciones, a la vulneración física o mental, a la discriminación, a la humillación, a la intolerancia, al acoso escolar o bullying, al uso de la sexualidad como una herramienta de persuasión para atraer el interés del receptor, o cualquier otra forma de afectación a la intimidad, la honra y la reputación de los menores de edad.
Argumenta que la exposición inadecuada en los medios de comunicación puede generar consecuencias negativas a niñas, niños y adolescentes, como la revictimización o su representación estereotipada. Incluso, aun cuando el material informativo esté relacionado con el interés público y tenga un rol central en la exposición de los problemas sociales. Por ello, es necesario que la protección de niñas, niños y adolescentes se realice en los procesos de obtención de información, de redacción y de edición.
Con la aprobación de este acuerdo, el Instituto Nacional Electora refrenda su compromiso para garantizar los derechos de protección de la niñez de México.
En otro punto del orden del día, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral atendió la solicitud de Cadena Tres I, S.A. de C.V., relacionada con la incapacidad de bloqueo para garantizar el acceso de los partidos políticos y candidatos a las prerrogativas constitucionales.
Finalmente, el Consejo General determinó la procedencia constitucional y legal de la modificación a los estatutos del Partido Movimiento Ciudadano y a los documentos básicos de la Agrupación Política Nacional denominada “Convicción Mexicana por la Democracia”.