¿Sabías que los artículos utilitarios de propaganda electoral sólo pueden ser de materiales textiles?
La ley establece que los artículos promocionales utilitarios que distribuyen partidos políticos, coaliciones, precandidatas/os o candidatas/os sólo pueden ser de materiales textiles: ¿Quieres saber más de propaganda electoral? Da click aquí. También puedes consultar los artículos 209, 211 y 227 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.