Llevar a la realidad el mandato constitucional de elegir por voto popular la integración del Poder Judicial de la Federación representa múltiples retos operativos entre ellos el armonizar la actual distribución geográfica de los órganos jurisdiccionales con la geografía electoral de nuestro país. Para esta primera elección del Poder Judicial de la Federación, fue necesario delimitar un marco geográfico electoral-judicial, para atender la distribución actual de los órganos jurisdiccionales y el marco electoral vigente y así brindar certeza a la ciudadanía respecto de las autoridades que podrá elegir, delimitar las áreas en que las candidaturas dirigirán y sienta las bases para que las autoridades electorales puedan distribuir los materiales necesarios para la emisión del voto. En el 2025 elegiremos a nivel nacional: Suprema Corte de Justicia de la Nación, Tribunal de Disciplina Judicial y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Mientras que las cinco Salas Regionales del TEPJF se elegirían por circunscripción plurinominal y finalmente las Magistraturas de Circuito y Juzgados de Distrito por circuito judicial. Definiendo así en qué territorio y qué ciudadanos podrán elegir a cada una de las personas juzgadoras.
La distribución territorial de los cargos a elegirse a nivel nacional y regional no representaban mayor complejidad, el desafío se presentó en las Magistraturas de Circuito y Juzgados de Distrito; órganos cuya adscripción territorial se circunscribe a un circuito judicial que en la mayoría de los casos se delimita a una entidad federativa y que son los más cercanos a las necesidades de la sociedad.
A nivel nacional, existen 772 Juzgados de Distrito y 309 Tribunales Colegiados de Circuito y de Apelación; integrados los primeros por una sola persona, mientras que los segundos por tres cada uno. Sin embargo, de acuerdo con la reforma constitucional, la renovación de estos cargos se hará de manera escalonada: una primera parte en 2025 y la otra en 2027. De tal forma que para este proceso electoral se elegirán a 464 magistraturas de circuito y 386 personas juzgadoras de Distrito.
La distribución de las magistraturas de circuito y juzgados de distrito no es uniforme entre cada entidad federativa. Para ilustrar, el primer circuito judicial correspondiente a la Ciudad de México cuenta con 104 magistraturas de circuito y 64 jueces de distrito, mientras que el trigésimo segundo circuito judicial correspondiente a Colima cuenta con 2 en el primer caso y 4 para el segundo. De ahí la necesidad de simplificar, en los casos requeridos, el ejercicio del voto.
Con esto en mente, el INE, a través de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (DERFE), elaboró propuestas de marco geográfico electoral, considerando aspectos normativos, técnicos, operativos y logísticos. Logrando así, un consenso respecto del modelo más viable que protegiera los derechos de la ciudadanía, el cual se reflejó en el acuerdo INE/CG62/2025 que determinó el Marco Geográfico Judicial Electoral.
De esta forma, para la elección del Poder Judicial Federal se crearon 60 distritos judiciales electorales distribuidos entre los 32 circuitos judiciales existentes. Tomando en cuenta que la cantidad de Magistraturas de Circuito y Juzgados de Distrito no es la misma en todas las entidades, 17 circuitos judiciales se integran por un solo distrito judicial electoral dado que contienen una menor cantidad de cargos (San Luis Potosí, Michoacán, Oaxaca, Yucatán, Chiapas, Guerrero, Querétaro, Zacatecas, Nayarit, Durango, Baja California Sur, Quintana Roo, Tlaxcala, Hidalgo, Aguascalientes, Campeche y Colima) mientras que 15 se integran por dos o más ante una mayor cantidad de cargos (Ciudad de México, Estado de México, Jalisco, Nuevo León, Sonora, Puebla, Veracruz, Coahuila, Tabasco, Sinaloa, Baja California, Guanajuato, Chihuahua, Morelos y Tamaulipas).
De esta forma, por ejemplo, la Ciudad de México –entidad con la mayor cantidad de Magistraturas de Circuito y Juzgados de Distrito a nivel nacional– cuenta con 11 distritos judiciales electorales mientras que Colima solo cuenta con uno.
Estos distritos judiciales electorales se elaboraron bajo los siguientes criterios:
A. Universalidad: Este criterio prevé que toda la ciudadanía participe en la integración de los órganos del PJF.
B. Equilibrio poblacional: Este criterio busca garantizar una distribución equitativa de la población dentro de cada unidad del Marco Geográfico Electoral.
C. Equilibrio en la elección de cargos: El objetivo de este criterio es garantizar una distribución equitativa de los órganos a integrar por la ciudadanía en cada entidad federativa.
D. Continuidad geográfica: El objetivo es que las unidades del Marco Geográfico Electoral para el PEEPJF tengan continuidad geográfica con respecto a los distritos electorales federales aprobados por el INE para los procesos electorales ordinarios.
F. Integridad distrital: El criterio establece que las unidades del Marco Geográfico Electoral para el PEEPJF se deberán construir con los distritos electorales federales completos, salvo en los circuitos judiciales en donde se contienen territorios de otras entidades.
G. En cada distrito judicial electoral la ciudadanía podrá votar por el mayor número de especialidades posible, es decir, los circuitos judiciales se deben dividir entre el menor número posible de fracciones.
Se da prioridad para que toda la ciudadanía elija al menos un cargo en materia penal. De esta manera, se evita configurar distritos o subcircuitos que concentren a toda o gran parte de las personas juzgadoras de una misma especialidad.
Directrices cuyo objetivo es distribuir de manera equitativa la población entre cada distrito judicial electoral, procurando que cada persona vote por la misma cantidad de cargos y especialidades en la medida de lo posible. Es decir, el objetivo del INE fue hacer operativamente viable la elección, asegurando que el voto de la ciudadanía fuera lo más igualitario posible.
La distribución de los cargos entre los distritos judiciales electorales fue la mejor forma encontrada para evitar que, por ejemplo, la toda la ciudadanía de la Ciudad de México tuviera que elegir a más de 160 personas juzgadoras de entre más de mil candidaturas, lo que hubiera afectado el ejercicio del voto razonado y provocado dificultades para la elaboración de los modelos de boletas, su manejo y traslado, así como de los diseños y producción de urnas y mamparas, entre otros materiales electorales.
Ante lo inédito del proceso electoral del Poder Judicial de la Federación, el INE ha hecho uso de sus más altas capacidades para enfrentar y resolver los retos presentados. El marco geográfico creado especialmente para estos comicios fue realizado con especial atención al detalle de cada entidad, pero también conscientes de las necesidades y realidades del ejercicio de la función jurisdiccional.
Empatar el ejercicio de los derechos políticos-electorales con la integración de los órganos impartidores de justicia no ha sido fácil, pues muy pocas opciones lograban compaginar el ejercicio de la función jurisdiccional y su elección por voto popular bajo los principios establecidos por la Constitución. Este proceso electoral permitirá identificar las áreas de oportunidad en la organización de los comicios específicos para este poder —que se repetirán en 2027—, aunque, también nos da una importante ventana para que juntos como sociedad conozcamos y analicemos la estructura del Poder Judicial Federal.
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