El Consejero Electoral Uuc-kib Espadas aseguró que el INE no ha incurrido en desacato, pues la Constitución es explícita en cuanto a que los medios de impugnación no surten efectos suspensivos y del mismo modo la Ley de Amparo, al establecer que el amparo es improcedente en materia electoral. Por lo tanto, sostuvo que los jueces que han dictado suspensiones para el proceso electoral judicial actúan más allá de aquello para lo que la ley los faculta.
Recordó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que el INE no puede suspender la organización de los procesos electorales, por lo tanto, observó que los consejeros están en la obligación de acatar la ley, la Constitución y el mandato del Tribunal Electoral, que es la instancia que tiene jurisdicción sobre las acciones electorales, no así los jueces de Distrito.