El pasado jueves 26 de septiembre, en sesión del Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobamos la designación de las Consejerías Electorales de los Organismos Públicos Locales (OPL) de las entidades de Baja California Sur, Ciudad de México, Colima, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
A 10 años de la implementación del nuevo modelo para la designación de Consejerías Electorales en las entidades federativas, el Instituto Nacional Electoral sigue innovando y modificando este método de selección, buscando instrumentar las adecuaciones que mejoren el procedimiento que se ha establecido para ello a fin de afrontar de mejor manera las exigencias constitucionales, legales y reglamentarias. Pues la integración de los órganos electorales locales es una garantía más de la integridad en las elecciones.
Con esta resolución concluimos un largo proceso, en el que contamos con una alta participación de ciudadanas y ciudadanos, recibimos un total de 1,999 solicitudes de registro para los 57 cargos que habríamos de designar, de estos registros, 1,153 correspondieron a hombres, 833 a mujeres y 13 a personas de género no binario.
Las 1,999 personas que manifestaron su interés en participar en estas convocatorias para integrar los órganos de dirección de los OPL, participaron en una serie de etapas, iniciando por la verificación de los requisitos legales establecidos en las convocatorias, un examen de conocimientos en línea por medio de un programa dispuesto por el CENEVAL, la presentación de un ensayo, mismo que fue calificado por el COLMEX.
Y finalmente después de estos filtros, 445 personas aspirantes accedieron a la etapa de valoración curricular y entrevista, etapa en la que participamos las Consejeras y Consejeros del INE, y en la que contamos con las observaciones respecto de las personas participantes por parte de las representaciones del poder legislativo y de los partidos políticos y de actores de la sociedad civil.
En la resolución aprobamos la designación de diversas Consejerías, pero también declaramos desiertas las Presidencias de los OPLs de Campeche y Chiapas, y si bien no acompañé todas las propuestas que estaban a nuestra consideración, voté a favor del acuerdo en sus términos, en beneficio del consenso con el resto de Consejeras y Consejeros y en respaldo a los fundamentos de sus propuestas, así como un voto de confianza en la integración final de cada órgano de dirección, en el que la norma mandata mayoría calificada para su designación.
En relación con la presidencia de Chiapas, voté en contra de declararla desierta, ya que a mi parecer sí se contaba con perfiles adecuados para ocupar dicho puesto. Además, al declarar desierta por tercera vez una convocatoria que por mandato jurisdiccional era exclusiva para mujeres enviábamos un mal mensaje a las mujeres chiapanecas, ya que la falta de designación no obedece a no contar con los perfiles idóneos, sino porque no se lograron los consensos necesarios al interior del Consejo General, que requiere ocho votos para el nombramiento de una consejería local. Quizá sea este el momento de replantear algunas partes del procedimiento de designación.
Una cosa relevante es que, por primera ocasión un OPL quedó integrado totalmente por tres mujeres en el Estado de México, que por sus propios méritos y trayectoria fueron designadas por unanimidad del Consejo General y se unirán a las otras cuatro consejeras que integran ese Instituto.
A través de esta determinación del Consejo General del Instituto Nacional Electoral dotamos a los Organismos Públicos Electorales de un órgano profesional que dirija sus actuaciones libres de toda probable intromisión de los Poderes Ejecutivos y Legislaturas estatales, a efecto de lograr una auténtica autonomía e independencia.
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