Número 299
- También ordenó a medio digital eliminar publicaciones e impedir a 49 personas continuar en el cargo de SE y CAE
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió tres medidas cautelares. Una por posible adquisición de tiempo en radio y dos por presunta Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG). Asimismo, conoció de una medida cautelar propuesta por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) relacionada con los principios de imparcialidad e independencia en la integración de los órganos electorales en el marco del Proceso Electoral 2023-2024.
Participación de candidatos en programa de radio, bajo la apariencia del buen derecho, sobreexpone su imagen
MORENA denunció a Jorge Luis García de León Morales y Adán Froylan Pacheco Mendívil, candidatos a presidente municipal y regidor suplente de Navojoa, Sonora, respectivamente, a los partidos integrantes de la coalición “Fuerza y Corazón por Sonora” y a la concesionaria “Radio Grupo García de León, la Mejor FM 103.3”, por la probable adquisición de tiempo en radio, derivado de la participación de ambos denunciados en el programa de noticias “Dígalo Sin Miedo”, su difusión en Facebook y la colocación de espectaculares en lugares prohibidos.
La Comisión de Quejas resolvió, por unanimidad de votos, que es procedente la adopción de la medida cautelar, para que los denunciados suspendan sus intervenciones en el programa de radio mientras se desarrolla la etapa de campaña hasta la Jornada Electoral del Proceso Electoral Local de Sonora, pues de un análisis preliminar, podría advertirse una posible sobreexposición por su intervención en el programa, lo cual, podría contravenir el principio de equidad en la contienda electoral por una posible adquisición de tiempo en radio.
Respecto al retiro de los programas en las plataformas digitales de la emisora y de las redes de los candidatos, por mayoría de votos, se consideró improcedente la adopción de la medida cautelarporque en principio, se trata de un ejercicio periodístico y, para su consulta, se requiere de un acto de voluntad por parte de la ciudadanía. En el mismo sentido, por mayoría de votos, se resolvió improcedente la medida cautelar para el retiro de la propaganda en espectaculares, pues del contenido no es posible visualizar el nombre de alguno de ellos, o referencia a sus candidaturas que genere una sobreexposición derivada de su participación en el programa.
Sobre el supuesto fraude a la ley y la culpa in vigilando en este caso, la Comisión precisó que será tema que analizará la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al resolver el fondo del asunto.
Respecto a la solicitud de espacio radiofónico para refutar lo manifestado en el programa, se dejó a salvo sus derechos para que lo haga valer en la vía que lo estimen pertinente.
Publicaciones en medio de comunicación y en la red social X podrían constituir VPMRG
Cecilia Guadalupe Guadiana Mandujano, candidata a Senadora de la República por el estado de Coahuila postulada por la coalición “Sigamos Haciendo Historia”, denunció a Luis Carlos Plata, por publicaciones realizadas en su red social X, así como por diversas columnas realizadas en el periódico “Zócalo”, en las que, a su consideración, se afecta su imagen con base en estereotipos de género y podrían constituir VPMRG en su contra.
La Comisión determinó que es improcedente la adopción de medidas cautelares, respecto de nueve publicaciones ya que, de un análisis al contenido, no se advierte que las mismas se encuentren dirigidas a la denunciante por su calidad de mujer, ni tampoco que estén sustentadas en elementos de género dirigidos a menoscabar sus derechos político-electorales como mujer.
Por lo que respecta al resto de las publicaciones denunciadas, la Comisión concluyó que es procedente la adopción de medidas cautelares porque las columnas difundidas en su red social X podrían actualizar violencia psicológica y simbólica, pues se dirigen a poner en duda sus capacidades como mujer para acceder, por sus propios logros, a un cargo de representación popular, al utilizar estereotipos de género, por lo que el denunciado y el medio de comunicación digital deberán eliminar el material motivo de la queja.
Se impide a 49 personas continuar en el cargo de SE y CAE
El colegiado aprobó una medida cautelar presentada por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) contra 49 personas que ocupan el cargo de Supervisor/a Electoral y/o Capacitador/a Asistente Electoral, ya que los partidos políticos involucrados exhibieron cédulas de afiliación o expedientes electrónicos que los acreditan como militantes, con firmas que preliminarmente autorizan su consentimiento para pertenecer a sus filas.
Por lo tanto, se ordenó impedir que continúen en el cargo hasta que se resuelva definitivamente el fondo de los asuntos, para garantizar los principios de imparcialidad e independencia en la integración de los órganos electorales.
Manifestaciones de candidato de MC a Senador por Nuevo León, preliminarmente, no constituyen VPMRG
Una persona que solicitó la protección de sus datos, también aspirante a una senaduría, denunció a Luis Donaldo Colosio Riojas, candidato al Senado de la República por el estado de Nuevo León, ambos postulados por el partido político Movimiento Ciudadano (MC) y a quien o quienes resulten responsables, por la difusión, en la red social Instagram, de una entrevista realizada por José Luis Guerra en la página denominada “Porno Política”, pues, a decir de la parte denunciante, el contenido configura VPMRG.
La Comisión resolvió que es improcedente la adopción de la medida cautelar, toda vez que, desde una óptica preliminar, no se cuenta con elementos para estimar que la publicación y las expresiones contenidas en la entrevista, actualicen VPMRG, sino que se trata de una declaración sobre temas de interés público.
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