Número: 438
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, por unanimidad de votos, la improcedencia de dos medidas cautelares solicitadas por diversos ciudadanos por la aparente realización de actos anticipados de precampaña y/o campaña, la presunta vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, respecto de la elección presidencial de 2024, así como la probable contratación y/o adquisición de tiempos en radio.
Improcedente retirar de redes sociales publicaciones de eventos a los que asistió Xóchitl Gálvez
Rafael Ángel Lecón Domínguez y Jorge Álvarez Máynez denunciaron a la Senadora Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, así como a dos funcionarios estatales de Querétaro, por un evento realizado en dicha entidad, de igual manera denunciaron la asistencia de la referida Senadora a eventos en la Ciudad de México, Nuevo León, Michoacán y Sonora, porque a decir de los quejosos, en éstos se realizaron manifestaciones de carácter proselitista con el propósito de sobreexponer la imagen de la Senadora de cara a la elección presidencial 2024, así como su posterior difusión en redes sociales y medios de comunicación.
La Comisión determinó improcedente retirar las publicaciones realizadas en las redes sociales de Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz toda vez que, desde una perspectiva preliminar, del contenido no se advierte que presenten una plataforma electoral, se solicite el voto o busque posicionarse de manera anticipada frente al electorado.
De igual manera, se negó retirar las publicaciones en medios de comunicación, pues forman parte del quehacer periodístico, por lo que se encuentran amparadas por la libertad de expresión.
En cuanto a la tutela preventiva solicitada, se resolvió su negativa, pues no se advierte una solicitud de voto de forma explícita o inequívoca en favor de la denunciada, ni que las expresiones denunciadas hayan trascendido a la ciudadanía en general, descartando así un riesgo inminente de daño irreparable a la equidad de la contienda electoral. Respecto a la culpa in vigilando, uso de recursos públicos y promoción personalizada, serán objeto de análisis por parte de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Improcedente medida cautelar contra Senador de la República al tratarse de actos consumados
Un ciudadano denunció a un Senador de la República y a La Radio del Diario 97.7 FM y a EXA FM 98.5, por la difusión de dos spots donde, aduce el denunciante, se utilizan elementos que identifican plenamente al servidor público, entre otras cosas, en el marco del proceso de aspirantes a la gubernatura del estado de Chiapas en la elección local de 2024.
Al respecto, el colegiado negó ordenar la suspensión del material denunciado, toda vez que se trata de actos consumados, pues del monitoreo de 24 horas realizado por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto, no se registró algún impacto de su presunta difusión.
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