INE determina procedentes dos medidas cautelares relacionadas con el Proceso Electoral Federal 2024

Escrito por: INE
Tema: Comunicados de Prensa

Número: 432

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), resolvió cinco medidas cautelares, solicitadas por: la aparente vulneración al interés superior de la niñez, actos anticipados de precampaña y campaña, violación al principio de equidad, uso indebido de la pauta y calumnia, en el marco de la elección presidencial de 2024.

Publicaciones de eventos realizados por Morena preliminarmente con expresiones electorales, no están permitidas en esta etapa del Proceso Electoral Federal

Jorge Álvarez Máynez denunció a Claudia Sheinbaum Pardo y al partido Morena, por los eventos realizados en el marco de la gira denominada “La esperanza nos une” en Durango, San Luis Potosí, Querétaro, Ciudad de México y Estado de México, y su difusión en las redes sociales de la denunciada ya que, a decir del denunciante, éstos constituyen actos anticipados de precampaña y campaña y vulneran el principio de equidad en la contienda, pues buscan posicionarla de manera anticipada rumbo al Proceso Electoral Federal 2024.

La Comisión determinó procedente el dictado de medidas cautelares, a efecto de ordenar el retiro de las publicaciones con expresiones que, bajo la apariencia del buen derecho, podrían afectar el principio de equidad en la contienda electoral, dado que al parecer, tienen contenido proselitista-electoral, hasta en tanto inicie la precampaña o campaña electoral, así como hacer un llamado a la denunciada a su deber de conducirse con prudencia discursiva en las manifestaciones que realice en sus eventos e improcedente el retiro de aquellas publicaciones de las que no se advierte que hagan referencia alguna que pudiera ser considerada como un posicionamiento relacionado con el actual Proceso Electoral Federal.

Publicación de Morena en red social X podría contener elementos de índole electoral

El Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció la presunta realización de actos anticipados de precampaña y campaña, y violación al principio de equidad en la contienda, atribuidos al partido Morena, derivado de la publicación de un video en la cuenta @PartidoMorenaMx en la red social X, con el cual, a decir del denunciante, busca desprestigiar a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz de cara al Proceso Electoral Federal 2023-2024.

El colegiado determinó, por unanimidad, procedente ordenar el retiro del material, toda vez que de un análisis preliminar y bajo la apariencia del buen derecho, el video denunciado tiene manifestaciones que pueden constituir actos anticipados  de precampaña y campaña, pues se advierten manifestaciones que podrían descalificar a Gálvez Ruiz, quien ha manifestado públicamente su intención de contender a la Presidencia de la República, por lo que el partido deberá eliminar de la red X, antes Twitter, así como de cualquier otra red social o plataforma bajo su dominio, control o administración en que se haya difundido dicho contenido, en un plazo no mayor a seis horas.

Improcedente medida cautelar contra Xóchitl Gálvez Ruiz por publicación en red social Instagram del PRD, ya que se tratan de actos consumados

Morena denunció al Partido de la Revolución Democrática y a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, por la aparente vulneración al interés superior de la niñez, derivado de una publicación hecha en la cuenta de Instagram del partido denunciado, donde se le ve acompañada de personas menores de edad, así como a los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI), por culpa in vigilando.

La Comisión resolvió como improcedente ordenar el retiro de la publicación porque la misma ya no se encuentra visible, por lo que se trata de actos consumados. En el mismo sentido se resolvió la tutela preventiva correspondiente a ordenar a la denunciada abstenerse de realizar publicaciones similares, ya que la solicitud versa sobre hechos futuros de realización incierta.

En cuanto a la culpa in vigilando de los partidos involucrados, será analizada en el fondo por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Promocionales del PAN, bajo la apariencia del buen derecho, no constituyen calumnia ni uso indebido de la pauta

Morena, denunció al Partido Acción Nacional por presunta calumnia y uso indebido de la pauta, derivado de la difusión de diversos promocionales en sus versiones de televisión y radio, los cuales, a decir del quejoso, transgreden las reglas de la propaganda electoral durante el periodo de precampaña, puesto que su contenido no busca informar sobre el proceso interno de selección de candidaturas del partido denunciado, sino que contiene la imputación de hechos falsos en perjuicio del denunciante, así como un posicionamiento ilegal.

La Comisión resolvió improcedente ordenar la suspensión de los promocionales, toda vez que, bajo la apariencia del buen derecho, los contenidos están amparados en la libertad de expresión, ya que corresponden a una opinión crítica relacionada con temas de interés general; es decir, son de naturaleza política y su contenido es genérico, por lo que su difusión puede realizarse durante la etapa de precampaña electoral.  Asimismo, no se advierte alguna frase que de forma unívoca implique una imputación o delito falso de manera clara y sin ambigüedades.

De igual forma negó la tutela preventiva porque, por un lado, no se advirtió la presunta comisión de una conducta ilícita que amerite el dictado de la medida cautelar en esta vertiente, por otro, al tratarse de hechos futuros de realización incierta, al no contar con elementos que hagan suponer que los actos denunciados se repetirán en un futuro.

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