Las Acciones Afirmativas (AA) son medidas especiales, específicas y de carácter temporal, a favor de personas o grupos en situación de discriminación, cuyo objetivo es corregir situaciones patentes de desigualdad en el disfrute o ejercicio de derechos y libertades.
En el PEF 2017-2018 el INE implementó una AA para que los Partidos Políticos Nacionales (PPN) postularan, al menos, 13 fórmulas correspondientes a personas indígenas. Posteriormente, conforme al principio de progresividad, en el PEF 2020-2021 se estableció que cada PPN en total debería postular 50 fórmulas correspondientes a diversos grupos en situación de vulnerabilidad (30 para personas indígenas y 20 en total para personas con alguna discapacidad, de la comunidad LGBTTTIQ+, de migrantes residentes en el extranjero y afromexicanas).
No obstante, con la decisión tomada por la mayoría del Consejo General del INE, el pasado 8 de septiembre, aunque se mantiene la obligación de postular 50 fórmulas en el PEF 2023-2024, se cambia la forma en la que deben postularse, pues las 30 fórmulas de personas indígenas podrán competir en los 300 distritos electorales –no solo en los que tengan una población preponderantemente indígena- y no se prevé cómo deberán distribuirse las 20 fórmulas restantes, es decir, los PPN pueden elegir libremente a qué AA destinar más postulaciones, siempre y cuando registren al menos una fórmula por cada grupo.
Desde la primera vez que se adoptaron AA se diseñaron de manera tal que tuvieran posibilidades reales de ser electas, así, por ejemplo, las fórmulas de personas indígenas debían ser postuladas en aquellos distritos con mayor población indígena y en esos distritos solo se permitía postular a personas indígenas, de tal forma que se garantizara que llegara una persona indígena, hoy eso no ocurre, a pesar de que ese criterio fue validado por la autoridad jurisdiccional. También se previó que las fórmulas que se registraran para competir por el principio de Representación Proporcional debían ser registradas en los primeros 10 lugares de las listas.
Fue gracias a esos criterios que se logró que 65 fórmulas de personas pertenecientes a algún grupo en situación de vulnerabilidad tuvieran un lugar en la Cámara de Diputados; sin embargo, estos criterios no fueron retomados para este PEF, por lo que no se garantiza que las personas que buscan ser beneficiadas por una AA tengan posibilidades reales de triunfo.
Desde mi perspectiva, la forma en la que se regularon las AA para los diferentes grupos en situación de vulnerabilidad atenta contra el principio de progresividad de los derechos humanos, el cual conlleva una prohibición implícita de regresividad, por lo que no podríamos adoptar medidas que, sin plena justificación constitucional, disminuyan el nivel de protección de los derechos humanos.
Por estas y otras razones, voté en contra de la regulación de las AA. Los motivos de mi disenso se pueden consultar, de manera más amplia, en el Voto Particular que emití en conjunto con la Consejera Electoral Claudia Zavala en este enlace: https://n9.cl/mm3ubl
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