La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió por unanimidad de votos de sus integrantes, tres solicitudes de medidas cautelares referentes a la posible realización de actos anticipados de precampaña y campaña, así como la probable violación a los principios de legalidad, certeza, neutralidad e imparcialidad y uso indebido de recursos públicos ante el Proceso Electoral Federal próximo a iniciar.
Aspirantes del Frente Amplio por México deberán bajar publicaciones de diferentes redes sociales
Los partidos Verde Ecologista de México (PVEM) y Morena, y dos ciudadanos denunciaron a los dirigentes nacionales de los institutos políticos de Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD), así como a las 12 personas aspirantes a ser el o la responsable del Frente Amplio por México, por diversas acciones que, a decir del quejoso, atentan contra la equidad en la contienda de cara al proceso electoral 2024.
En un análisis preliminar, la Comisión ordenó a Santiago Creel, Xóchilt Gálvez, Beatriz Paredes, Jorge Luis Preciado y Enrique de la Madrid el retiro de las publicaciones alojadas en la red social Twitter (ahora conocida como “X”), Facebook y TikTok, así como de cualquier otra plataforma electrónica o impresa bajo su dominio, control o administración, pues el hecho de que contengan frases, alusiones y aspiraciones relativas a la Presidencia de la República o a una probable candidatura, desde una óptica preliminar, hace que se pudieran configurar los actos anticipados de precampaña y/o campaña.
La Comisión determinó como procedente adoptar medidas cautelares en su vertiente de tutela preventiva luego que, desde una óptica preliminar, existen elementos que apuntan a que los mensajes vertidos en las publicaciones denunciadas son dirigidos a la ciudadanía en general, por lo que el colegiado ordenó a los denunciados que los actos que ejecuten en relación con el denominado Frente Amplio Va por México y, en particular, a la figura de Responsable de la Construcción del Frente Amplio por México, en todo tiempo, se ajusten a los recientemente aprobados Lineamientos Generales para regular y fiscalizar los Procesos, Actos, Actividades y Propaganda realizados en los procesos políticos, emitidos en cumplimiento de lo ordenado en la sentencia SUP-JDC-255/2023 y SUP-JE-1423/2023.
La Comisión ordena eliminar material de la “mañanera” del 26 de julio
En otro asunto, PAN y PRD denunciaron al Titular del Ejecutivo Federal por sus manifestaciones realizadas durante la conferencia de prensa matutina denominada “mañanera” del 26 de julio del año en curso, pues a juicio del quejoso, son de índole político-electoral.
El colegiado concluyó que el Titular del Ejecutivo Federal emitió expresiones que podrían afectar la equidad de la próxima contienda electoral, lo que justifica la adopción de una media cautelar en su vertiente de tutela preventiva. Se ordenó al Presidente de la Republica abstenerse de hacer manifestaciones o comentarios sobre temas electorales, en cualquier modalidad o formato, para asegurar su imparcialidad y neutralidad. Esto se hace con el objetivo de evitar que la conducta denunciada se repita en lo fututo.
Improcedente ordenar el retiro de una publicación de Gustavo de Hoyos en Facebook
El colegiado consideró improcedente la adopción de medidas cautelares solicitadas por Morena contra Gustavo Adolfo de Hoyos Walther, por manifestaciones dadas a conocer en redes sociales y para que se abstenga de realizar actos anticipados de precampaña y campaña, así como todo acto que atente contra los principios de equidad e imparcialidad en la contienda.
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