El Universal publica artículo de la Consejera Carla Humphrey, titulado: Centros de justicia para mujeres

Escrito por: INE
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Un país cuyo sistema político está basado en la democracia como forma de gobierno debe ser un referente de defensa y garantía de los derechos universales consagrados en diversos tratados internacionales y en otros que, en su caso, se determinen en la Constitución.

Uno de estos derechos que no han logrado su potencialidad y plenitud en nuestra nación son los derechos fundamentales que garantizan, protegen e impulsan el desarrollo de las mujeres en sociedad, además, bajo un esquema libre de violencia.

México dispone una serie de derechos fundamentales para las mujeres de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos de la que México es parte integrante (1948), así como otra serie de tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer (1952), la Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (1967), la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979), la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belém do Pará” (1994), el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1999), entre otras.

Además de las normativas constitucionales, en 2006 se creó la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y en 2007, entró en vigor la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cuyo objetivo ha sido establecer diversos mecanismos de coordinación entre la Federación y la administración pública local de las entidades federativas y las autoridades de los municipios para prevenir, atender, sancionar, reparar y erradicar la violencia contra las mujeres.

Esta legislación estableció por primera vez los tipos de violencia que, de acuerdo con diagnósticos elaborados en esos momentos, se consideraron que atentaban contra las mujeres. Otras disposiciones han surgido para seguir fortaleciendo el desarrollo pleno de las mujeres como la proclamada en abril de 2020 para combatir la violencia política contra las mujeres en razón de género que modificó 6 Leyes Generales y 2 Federales.

En junio de 2021 se agregaron disposiciones importantes a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para incorporar la violencia digital y mediática perpetrada en contra de las mujeres que, desafortunadamente, ha aumentado de manera preocupante en los últimos años. Para octubre de 2022 se incorporó a esta legislación en los supuestos de violencia física, la utilización de ácido o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable o cualquier sustancia similar como actos que lamentablemente se han ejercido contra las mujeres.

Por ello, debe resaltarse el trabajo del Legislativo en este tema con el objetivo de seguir protegiendo con diversas medidas legales a las mujeres, sobre todo que, de acuerdo con la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en 2022 se registraban 32 procedimientos de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en 25 entidades federativas del país.

En este sentido, el pasado 28 de abril el Senado de la República aprobó reformar, una vez más, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ahora en materia de Centros de Justicia para Mujeres, espacios que integran servicios especializados para mujeres que son víctimas de violencia familiar y de género.

La reforma dispone que, para el óptimo funcionamiento de dichos centros, las entidades federativas contarán con los recursos que, en su oportunidad y a través de convenios, suscriban con el Gobierno de la República y en los que, además, se brindará atención a las niñas y las adolescentes víctimas de violencia.

La reforma, asimismo, establece atribuciones, alcances y criterios para la operación y atención de las mujeres, niñas y adolescentes víctimas de violencia en los que se atenderá de manera gratuita a estas mujeres violentadas con personal capacitado y profesional con perspectiva de género.

Bajo este contexto, México ha ido estableciendo una serie de disposiciones que buscan dar garantías a las mujeres para que cuenten con un marco normativo que garantice sus derechos humanos, esperando lograr con ello, en un plazo perentorio, que nuestra sociedad exista plenamente equidad, justicia, seguridad, igualdad y desarrollo bajo un desenvolvimiento de las mujeres en contextos libres de violencias. De esta manera, estaremos fortaleciendo los principios básicos de un sistema democrático en un Estado de Derecho.

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