Intervención de Edmundo Jacobo, en Sesión Extraordinaria, relativo al informe sobre la continuación en el cargo del Secretario Ejecutivo, con motivo de las resoluciones judiciales en días pasados

Escrito por: INE
Tema: Consejo General

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DEL SECRETARIO EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE), EDMUNDO JACOBO MOLINA, EN EL PUNTO ÚNICO, RELATIVO AL INFORME QUE RINDE EL CONSEJERO PRESIDENTE SOBRE LA CONTINUACIÓN EN EL CARGO DEL SECRETARIO EJECUTIVO, EDMUNDO JACOBO MOLINA, CON MOTIVO DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES DICTADAS EN DÍAS PASADOS

Muchas gracias, Presidente.

Muy buenas tardes tengan todas y todos ustedes.

Como bien es conocido, el jueves 2 de este mes se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y se expide la Ley General de Medios de Impugnación en materia electoral, cuyo artículo Décimo Séptimo Transitorio cesaba inmediatamente en el cargo a quien ahora se dirige a ustedes.

En atención a las instrucciones recibidas con antelación por este Consejo General, el Director Jurídico promovió un juicio electoral ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a fin de solicitar la inaplicación del mencionado artículo Décimo Séptimo Transitorio por ser contrario a diversas disposiciones y principios de rango constitucional.

Del mismo modo, en lo personal, el mismo día de la publicación, promoví un juicio de amparo y un juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía, con los resultados a los que ya ha hecho referencia el señor Consejero Presidente.

La suspensión definitiva, que ha sido decretada, prologará sus efectos hasta el dictado de la sentencia de fondo en el juicio de amparo, por lo que, evidentemente, es un primer paso para restaurar la regularidad constitucional en nuestro país.

Estamos ciertos que en ese mismo sentido abonará el pronunciamiento de la Sala Superior del Tribunal Electoral en los juicios que se encuentran pendientes de ser resueltos, lo cual esperamos pueda ocurrir en los siguientes días, a fin de brindar certeza y seguridad jurídicas en relación con la disposición transitoria que fue objeto de impugnación.

Y es que, en efecto, hay un punto que me parece no es ocioso resaltar, los litigios relacionados con el artículo Décimo Séptimo Transitorio no son simples controversias jurídicas relacionadas con la persona que ahora se dirige a ustedes, y su permanencia o no en un cargo público dentro de la función estatal de organizar de las elecciones; tiene que ver, en realidad, con la concepción del Estado mexicano como un Estado de Derecho, en el que se respeten las competencias conferidas por la Constitución a los órganos primarios del estado previstos en la misma, así como también los derechos humanos reconocidos a las personas por el ordenamiento, en tanto ejes motores para evitar que las instancias del poder público se conviertan en una amenaza para los individuos.

Recordemos que la Constitución es el pacto político que nos hemos dado, y en esa medida, es el instrumento fundamental para que estemos en condiciones de resolver nuestras diferencias de una manera civilizada racional. A ese pacto fundamental nos debemos como ciudadanos y ciudadanos, y con mayor razón, como autoridades.

Quebrantar abiertamente las disposiciones constitucionales, o lo que es peor, simular su vigencia pero sin que con nuestras acciones se ajusten a ellas, solamente erosiona progresivamente la función social del derecho y nos acerca peligrosamente a la ley del más fuerte con las altas dosis de arbitrariedad que ello significa.

En este contexto, debe valorarse la importancia oportunidad de la decisión de este Consejo General por la que se instruyó defender, a través de todos los instrumentos legales correspondientes, tanto el marco competencial del Instituto Nacional Electoral, como los derechos humanos de quienes lo integramos, porque, finalmente, con la misma se refrenda que en México es un país de instituciones en el que las personas integrantes de los órganos estatales estamos únicamente de paso.

Los medios constitucionales de defensa que seguramente harán o han hecho valer nuestras compañeras y compañeros integrantes del Servicio Profesional Electoral Nacional y de la rama administrativa del Instituto Nacional Electoral, reforzarán esa apuesta por la defensa del Estado de Derecho. 

A ellas y a ellos solo les recomendaría tener paciencia, porque como en mi caso lo demuestra los contratiempos iniciales, seguramente serán corregidos conforme a las reglas y procedimientos dispuestos para ello, especialmente si las buenas razones y los mejores argumentos acompañan las pretensiones judiciales hechas valer. 

En lo que viene, conviene centrar nuestra atención en aquellos otros juicios y recursos que se han interpuesto. Es el tiempo para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sus respectivos ámbitos competenciales, definan si la reforma electoral conocida como Plan B se apega o no al marco constitucional. 

De lo que ambas instancias definan, dependerá la forma en que se organicen las elecciones en los años venideros con las consecuencias que conlleva.

Habrá que estar igualmente atentas y atentos como sociedad del procedimiento de designación de quienes habrán de renovar este Consejo General del Instituto Nacional Electoral a partir del próximo 4 de abril.

El escrutinio público debe servir para contrarrestar, valorar o reprochar la actuación de los órganos y personas que en dicho procedimiento intervienen, pues en una democracia la apertura, claridad y transparencia en la toma de las decisiones públicas relevantes constituye una base fundamental para el control social que la ciudadanía debe realizar. 

Que el procedimiento de designación llegue a buen puerto dependerá, por un lado, del perfil de quienes sean designados o designadas; y, por otro, el acuerdo político que sirva de base para el nombramiento.

Solo quienes carecen de lealtad democrática pueden apelar anticipadamente al azar por encima del consenso político para la definición de tan altos y relevantes cargos. 

Por último, a quienes tienen la gran responsabilidad de continuar encabezando en esta herradura de la democracia los trabajos de dirección del Instituto Nacional Electoral, quisiera decirles: Son herederos y herederas de las luchas y esfuerzos de varias generaciones de mexicanas y mexicanos comprometidos con un México abierto y plural en el que la tolerancia y ánimo de entender y comprender al prójimo son las directrices fundamentales para el diálogo democrático. 

Estoy cierto que continuarán abonando en ese camino, por lo que a mí respecta cuenten con ello.

No puedo cerrar esta intervención sin agradecer las múltiples muestras de apoyo y solidaridad que he recibido en estos días, animan y comprometen a continuar trabajando por la democracia y la defensa del Estado de Derecho.

En particular, quiero agradecer al Consejero Presidente, al doctor Lorenzo Córdova su confianza y a Claudia su acompañamiento en las buenas y en las malas. 

Muchas gracias. 

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