El Consejero Electoral, Ciro Murayama, subrayó que la Constitución, en el artículo 102, expresa que las comisiones de Derechos Humanos no pueden ser parte de la materia electoral, por lo que se violaría una disposición de la Carta Magna. Afirmó que la recomendación es un análisis de hechos ocurridos entre 1951 y 1965, antes de la existencia del INE, lo que “es un absurdo conceptual, jurídico, histórico, de una proporción gravísima”.
Resaltó que el actual órgano electoral ha reivindicado su autonomía, independencia y está organizando elecciones limpias sin problemas postelectorales, permitiendo que se vote en secreto y libertad.