La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el recorte que aprobó en 2021 la Cámara de Diputados al presupuesto del INE para 2022.
El legislador, según la Corte, “debió aportar justificaciones sustantivas, expresas, objetivas y razonables para modificar el presupuesto solicitado por el INE” e “incluir argumentos de carácter técnico, basados en evidencia contable, para justificar la reducción efectuada”. La SCJN ordenó a la Cámara volver a valorar la solicitud del INE.
El jueves 29 de septiembre la Cámara confirmó el recorte al INE, pero con un dictamen que carece de motivación reforzada y carente de rigor técnico en el análisis presupuestal. Van cinco botones de muestra de la precariedad del dictamen que aprobó el pleno de la Cámara con 259 votos a favor y 212 en contra.
Uno: ignoran la revocación de mandato y la consulta popular. Según el dictamen aprobado por la Cámara “el presupuesto aprobado del INE no difiere significativamente, en términos reales, del monto aprobado en 2016. La comparación de los ejercicios fiscales 2022 y 2016 es pertinente”. La Cámara ignora que en 2016 no existía la figura de Revocación de Mandato en la Constitución y que no se podría celebrar ese año una consulta popular. Comparan sólo los procesos electorales locales, mas olvidan los dos ejercicios nacionales de democracia directa. Desconocen incluso que la sentencia de la Corte les recuerda que ordenó al INE incluir partidas precautorias para el presupuesto de revocación y consulta.
Dos: recortan al INE con promedios de otros órganos, sin análisis de sus atribuciones. El dictamen establece: “Dado que la reducción promedio de los anteproyectos de los OCA [órganos constitucionales autónomos] entre 2018 y 2022 es de 23.8%, se concluye que el presupuesto del INE debe de reducirse en la misma proporción”. A partir de lo que ven en otros órganos dan con un monto de recorte al presupuesto base del INE sin haber desarrollado una sola línea de análisis sobre las tareas y atribuciones propias de la autoridad electoral o variables como crecimiento del padrón electoral.
Tres: confunden proceso electoral federal con revocación y consulta. Dice el dictamen que para 2021 el INE incluyó “111 partidas presupuestales” para el proceso electoral federal mientras que para 2022 incorporó 16 partidas para la revocación y 13 para consulta popular, de lo que concluyen “mala calidad en la presupuestación”. No caen en cuenta de que en elecciones hay precampañas, campañas, registro de candidatos, fiscalización local y nacional, etcétera, lo que no ocurre en revocación y consulta. Pretender que haya las mismas actividades y partidas presupuestales en una elección federal que en revocación o consulta es mera ignorancia.
Cuatro: el proyecto de presupuesto del INE para 2022 es un documento explicativo de 61 páginas de argumentos y 239 hojas de anexos. En cambio, el dictamen de la Cámara en apenas cuatro páginas desestima la solicitud del INE sin hacer análisis del contenido de una sola partida presupuestal, ni de una.
Cinco: no saben deflactar. Dice el dictamen que entre 2018 y 2022 “el INE ha aumentado su propuesta de presupuesto base en 1.3% real”. Falso. Con datos del Inegi la inflación de 2018 a inicio de 2022 es de 19.44%. El presupuesto base solicitado en 2022 respecto al de 2018 es de 425.5 millones menos en términos reales, por lo que el presupuesto base del INE ha caído en 3.4%.
De forma improvisada, sin el mínimo rigor técnico, es como la Cámara pretende haber cumplido con la sentencia de la Suprema Corte que dio la razón al INE en la controversia constitucional.
Consulta el artículo en Excélsior.