En asambleas comunitarias, demostrar pertenencia y participación activa en trabajos sociales y comunitarios: criterios en Oaxaca para la elección de candidaturas indígenas en 2024

Escrito por: INE
Tema: Autoadscripción Indígena Calificada;
  • INE se reúne con comunidades indígenas de Oaxaca para recabar su opinión sobre la manera de acreditar la autoadscripción indígena calificada.
  • Se analizan y discuten la forma, los mecanismos y elementos idóneos que se deberán tomar en cuenta para la postulación de candidaturas federales de los partidos políticos  por acción afirmativa indígena.

Oaxaca celebró la reunión consultiva estatal previa, libre e informada a personas, pueblos y comunidades indígenas en materia de autoadscripción calificada para la postulación de candidaturas a cargos federales de elección popular, organizada por la Junta Distrital 08 del Instituto Nacional Electoral (INE), con sede en la capital.

En el encuentro se hicieron presentes personas indígenas mexicanas residentes en el estado, autoridades tradicionales o comunitarias, instituciones representativas, así como las y los vocales de la Junta Local Ejecutiva y la Junta Distrital 08 de Oaxaca, al igual de la presencia de  representantes del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y  el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), de intérpretes de la lengua zapoteca y lengua mixteca.

Chrysthian González Labastida, Vocal Secretaria de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE), inició con la fase informativa explicando el objeto de la consulta y el motivo de la reunión.

Es para recibir las opiniones, propuestas y planteamientos sobre la forma, los mecanismos y elementos idóneos que deberán tomar en cuenta para acreditar la autoadscripción indígena calificada en la postulación de candidaturas federales por la acción afirmativa indígena”.

Lo anterior, para que, con base en sus opiniones y propuestas el Instituto elabore lineamientos que contribuyan a garantizar que las personas electas por dicha acción afirmativa realmente representen los intereses de los pueblos y comunidades indígenas.

Asimismo, relató a las y los asistentes el contenido del Cuadernillo y de todas las preguntas contenidas en el Cuestionario, documentos que se dieron a conocer de forma impresa y electrónica en la fase informativa de la Consulta, en el periodo que transcurrió entre el 6 y el 17 de junio pasado, en diversos medios de comunicación y por parte del personal de las Juntas Ejecutivas del Instituto y que, además, se entregaron en ese momento a las personas que lo solicitaron.

Enseguida, se procedió a tomar la votación para determinar si las personas asistentes deseaban que se les diera un tiempo para deliberar sobre la materia de la consulta, así como sobre las y los representantes que propondrían.

Se solicitó que las personas que estuvieran de acuerdo en tener dicha fase deliberativa levantaran la mano, de tal forma que la mayoría de las personas presentes votaron a favor. Acto seguido, se tomaron los acuerdos por mesa de trabajo, por lo que se realizaron, una por una, las preguntas del Cuestionario

  • Respecto de la pregunta número uno: ¿Vive en o pertenece a una comunidad o pueblo indígena que esté regido total o parcialmente por sus propias costumbres o tradiciones y conserve sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas o parte de ellas? Contestaron de manera afirmativa “Sí” 17 (diecisiete) personas y por el “No”4 (cuatro) personas.
  • En cuanto a la pregunta número dos: ¿Considera que dentro de su comunidad o cualquier comunidad existe una autoridad que pueda certificar quién es indígena y quién no? Contestaron de manera afirmativa “Sí” 16 (dieciséis) personas y por el “No” 5 (cinco) personas.
  • En lo que corresponde a la pregunta número tres: Para usted, ¿cuál de las siguientes autoridades considera debe emitir la constancia que acredite un vínculo de la persona candidata con la comunidad indígena a la que pertenece (autoadscripción calificada)? Se indicó lo siguiente:
  • En lo que respecta a la pregunta número cuatro: Para poder ser candidata o candidato a un puesto de elección popular, ¿considera que la autoridad electoral debe solicitar la acreditación del vínculo comunitario de la persona candidata con la comunidad indígena a la que pertenece? Contestaron de manera afirmativa “Sí” 18 (dieciocho) personas y por el “No” 2 (dos) personas.
  • Para el caso de la pregunta número cinco: El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación pide acreditar el vínculo de una persona indígena a una comunidad para ser candidata o candidato en un Distrito indígena. En ese supuesto, ¿cuál o cuáles de los siguientes elementos, considera debe reunir una persona para obtener una candidatura indígena?, se obtuvo la siguiente votación:
  • Para la pregunta número seis: Si vive en una comunidad donde habita un importante número de personas indígenas, pero no tiene vida comunitaria, ¿quién o qué autoridad considera que puede acreditar el vínculo efectivo con la comunidad indígena? Se señaló por parte de los participantes lo siguiente: Autoridad municipal, presidente o secretaria municipal, todas las enunciadas en la pregunta número tres, autoridad comunitaria, presidente del comisariado comunal y ejidal, asamblea comunitaria, ejido, autoridad originaria, que se consulte a la asamblea comunitaria.
  • En cuanto a la pregunta número siete: En caso de que en su comunidad no exista una autoridad que pueda certificar un vínculo efectivo con la comunidad indígena, ¿cómo sugiere que la autoridad electoral pueda comprobarlo? Se indicó lo que sigue: en todas las comunidades hay autoridades, la respuesta ya está contenida en las preguntas tres y seis de este cuestionario, ninguno, constancia o acta de la asamblea, que el INE se acerque a las asambleas.
  • En lo que se refiere a la pregunta número ocho: El INE tiene que hacer visitas a la autoridad que emita la constancia o acreditación, ¿Considera que de lunes a viernes entre las 09:00 (nueve) y 18:00 (dieciocho) horas (hora local), sean días y horarios adecuados? Contestaron de manera afirmativa “Sí” 7 (siete) personas y por el “No” 1.
  • Finalmente, para atender a la pregunta número nueve: En relación con la reelección de personas electas como diputadas o diputados en alguno de los distritos indígenas que no fue previamente considerado como parte de la acción afirmativa en la materia ¿estaría de acuerdo en que el vínculo con la comunidad se encontraría acreditado derivado de que estas personas representaron ya a la comunidad respectiva? Contestaron de manera afirmativa “Sí” 3 (tres) personas y por el “No” 17 (diecisiete) personas.

Una vez que se concluyó con el desahogo de preguntas y respuestas, se recibieron comentarios de las y los asistentes, así como el agradecimiento de la Vocal Secretaria de la Junta Local Ejecutiva por la asistencia, interés y participación.

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