VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DEL CONSEJERO PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE), LORENZO CÓRDOVA VIANELLO, EN LA MESA 4. “DEMOCRACIA, INFORMACIÓN PÚBLICA Y TRANSPARENCIA. UNA AGENDA INCONCLUSA”, EN EL MARCO DEL 20° ANIVERSARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA PRIMERA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL
Muchísimas gracias, mi querido Paco.
La verdad es un verdadero privilegio estar con ustedes, lamento muchísimo no poder acompañarlos, espero me comprendan cuando decimos que estamos en medio de, no de elecciones, porque ya afortunadamente tuvimos la posibilidad de organizar las últimas elecciones de una, de la primera etapa, digámoslo así, del Instituto Nacional Electoral, hemos llegado con las elecciones del 5 de junio pasado a la organización de 330 procesos electorales, pero la cantidad de compromisos, en fin, de responsabilidades en la que estamos todavía involucrados, entre otras la distritación y muchas otras, me han impedido poder estar con ustedes.
Así que, Paco a través tuyo quiero agradecerle a Blanca Lilia, a las y los comisionados la generosidad de permitirme participar en este evento, que es un evento verdaderamente trascendental. Solamente por cuestiones fundamentales de la construcción de nuestra democracia, perdón, no sé si me escuchan, Paco, o me hacen, si me dicen, tuve un problema de conexión.
Perfecto, perfecto, decía, que además del privilegio de poder, con este aniversario celebrar a una institución que constituye un pilar fundamental, no solamente del entramado constitucional democrático de derecho, sino también, de control del poder y de garantía de los derechos como lo es el INAI.
Gracias, de veras, y una disculpa por no poder acompañarlos, pero digamos, mi presencia ahora virtual pretendo que sea, digamos una manera de expresar mi solidaridad y mi respaldo y, sobre todo, mi compromiso institucional de contribuir a la recreación y construcción del Estado democrático de derecho.
Empieza por recordar una cuestión que puede parecer obvia, pero que no por obvia es menos importante, subrayar que transparencia y democracia son dos fenómenos de las sociedades modernas que se retroalimentan mutuamente y que constituyen pilares, una base fundamental de las democracias constitucionales.
De esta forma, así como hemos dicho que no hay democracia sin partidos políticos, también debemos reconocer, por ejemplo, que sin transparencia tampoco puede haber democracia.
Celebrar 20 años desde que se promulgó la primera Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública en la historia de México es, me parece, un buen pretexto para reflexionar sobre los alcances de la relación entre la transparencia y la democracia como pilares fundamentales e indisolubles de esto que llamamos democracias constitucionales, o dicho en otras palabras, estados constitucionales democráticos de derecho y, a la vez, democráticos.
Esta reflexión adquiere, desde mi punto, de vista una relevancia particular en nuestros días, especialmente ahora que las pulsiones creacionistas de algunos actores políticos, de algunos intérpretes de nuestra realidad pública, pretenden refundar las bases de nuestra convivencia democrática alterando, tanto el sistema de representación, como las instituciones que han generado equilibrios y contrapesos constitucionales en la recreación de la democracia.
La historia demuestra que el secreto, la opacidad y la falta de transparencia en el ejercicio del gobierno han constituido, en los tiempos que corren, pero también, históricamente, instrumentos esenciales de un poder autocrático, discrecional, concentrado y absoluto.
No es casual, en ese sentido, que Norberto Bobbio, uno de los grandes teóricos contemporáneos de la democracia, haya definido a esta forma de gobierno como la que permite o la que se traduce en el ejercicio del poder en público.
Entendiendo por esto al conjunto de situaciones y condiciones institucionales, cito a Bobbio, “que obligan a los gobernantes a tomar sus decisiones a la luz del día y permiten a los gobernados ver cómo y dónde se toman dichas decisiones”.
En contraposición con la vinculación que el secreto y la opacidad, en el ejercicio del poder político tienen con el poder concentrado y autocrático en consecuencia, el poder democrático, por el contrario, está distribuido y se ejerce mediante procedimientos transparentes que se toman a la luz del día.
El poder democrático que, lo ejercen diversos individuos por delegación, propicia que sean los electores los que determinan quién tomará las decisiones colectivas y que su eventual permanencia en el poder depende de la evaluación que los mismos, que los electores hagan del desempeño de los elegidos.
De ahí la importancia de la transparencia y el acceso a la información pública para que las y los gobernados evalúen a los gobernantes elegidos por ellos.
Y aquí vale la pena recordar, haciendo un ejercicio ya no de 20 años, sino de más del doble, de 45 años, que precisamente en 1977, la reforma que dio origen, digamos, al proceso de transición a la democracia, incorporó nuestra Constitución al derecho a la información como un derecho, si bien en un principio originalmente reservado a los partidos políticos, un derecho fundamental del que dependía el proceso de transición democrática.
En efecto, transparencia, información, constituyen las bases fundamentales de todo sistema que se precie de ser democrático.
Más aún, la atomización del ejercicio del poder democrático que implica la dispersión, digámoslo así, del derecho poder de las decisiones colectivas en manos de todas las y los ciudadanos, implicaría agregar que en los sistemas democráticos, las decisiones siempre pasan por filtros y controles que implican frenos y contrapesos que se ejercen también éstos a la vista de todas y todos.
Es decir, procedimientos normativos, amparos, recursos de inconstitucionalidad, los procedimientos que toman las autoridades electorales o bien órganos constitucionales autónomos de control, como el INAI, que se ejercen a la luz y a la vista de todos.
En el caso de México la retroalimentación virtuosa entre transparencia y democracia ha tenido efectos múltiples que pueden, (inaudible) por lo menos en tres dimensiones: uno, en el desempeño público, como titulares del derecho a saber y tres, en el rediseño institucional que ha caracterizado (inaudible) democrático.
En cuanto al desempeño del sector público, en el sector público, la transparencia generó un amplio proceso de reorganización administrativa para cumplir con las crecientes exigencias informativas de la sociedad en materia de transparencia y de rendición de cuentas.
Una reorganización que se acompañó con continuos procesos de capacitación para que cada funcionario público entendiera por qué y cómo responder a las peticiones de acceso a la información pública, qué información deben proporcionar y qué datos, eventualmente deben mantenerse en resguardo, sea porque se trate de información reservada, o bien, de información confidencial.
En cuanto al cambio respecto al empoderamiento de la sociedad, basta decir que poco a poco, las personas asumieron que tenían el derecho de preguntar y que los servidores públicos estaban obligados de manera correlativa, a responder a esos interrogantes, a esas preguntas, a esa solicitud de información.
Con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, las decisiones de los servidores públicos y la forma en que se ejercen los recursos públicos dejó de ser un secreto.
Acceder a esta información fue una forma de elevar el contexto de exigencia de las y los gobernantes y ha propiciado herramientas importantes para poder evaluarlos.
La rendición de cuentas que requiere indispensablemente del acceso a la información me parece que desde este punto de vista, ha sido una condición fundamental de construcción democrática.
Para ejemplificar lo anterior, algunos datos me parece que resulta absolutamente relevantes: De 2008 a 2014 se registraron 67.9 millones de consultas a la página de internet del Instituto, del INAI, lo que nos da un promedio de 9.7 millones de consultas al año.
En 2021, en particular, en ese año, el portal de Internet de otro órgano autónomo, el del INE, recibió 64 millones 885 mil visitas, con un promedio de 2.5 minutos, que implica una gran, digámoslo así, demanda de información por parte de los usuarios.
Esto ha implicado el fortalecimiento de la ciudadanía en su derecho a saber.
Además, cabe mencionar, que desde que se instituyó el reconocimiento de la institución cien por ciento capacitada, que nos ha privilegiado como Instituto Nacional Electoral, el INAI, en el marco del Sistema Nacional de Transparencia, el INE año con año ha obtenido el refrendo de dicho reconocimiento por el compromiso, el esfuerzo y la disposición de las y los servidores públicos del propio INE, con la formación de la cultura de la transparencia.
En cuanto a la dimensión del desarrollo institucional, ésta es la que me parece, ha sido la más rica en su diseño y alcance.
Fue tal el boom del desarrollo institucional que se creó con la Ley de Transparencia en el 2002 y con la posterior incorporación del Derecho a la Información como un derecho humano, en el Artículo Sexto en 2007, que la heterogeneidad de criterios y procedimientos que se instrumentaron en las 32 entidades y a nivel federal, no favorecían necesariamente el pleno derecho a saber.
Por ello, desde mi perspectiva, la celebración de la promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Junio de 2002, constituye simultáneamente una celebración de la ley que dispuso la creación, del IFAI en su momento, y las bases para una espiral de desarrollo institucional, encaminada hacia la transparencia y la rendición de cuentas que por dos décadas ha sido creciente y fructífera para la convivencia en clave democrática.
De hecho, la aprobación de esta ley propició una serie de cambios institucionales, tanto en la administración pública federal, como en las 32 entidades federativas, e incluso, en las obligaciones de los partidos políticos y las autoridades electorales.
No obstante los avances en materia de transparencia y rendición de cuentas, la exigencia de la sociedad propició que las reformas constitucionales de 2014 se dieran o propiciaran un cambio estructural en la convivencia democrática de nuestro país.
Con las reformas de ese año, de 2014, se crearon dos sistemas institucionales que han sido claves para el fortalecimiento de la democracia mexicana.
El Sistema Nacional de Transparencia, por un lado, y el Sistema Nacional de Elecciones, por el otro, de manera concomitante.
Ambos sistemas, surgieron con el mandato constitucional de estandarizar procedimientos y de contribuir al ejercicio pleno de derechos, ambos fueron fortalecidos como, digamos, sistemas construidos en torno, orbitando en torno a órganos constitucionales autónomos para evitar que la influencia de los poderes públicos, económicos, o sociales, pudieran alterar el ejercicio de derechos consagrados constitucionalmente.
La reforma 2014, además de convertir a México en el primer país del mundo que cuenta con un órgano constitucional autónomo en materia de transparencia y acceso a la información, le otorgó facultades al INAI por encima del resto de los organismos constitucionales autónomos; es decir, convirtió al INAI en un órgano rector de este sistema y garante de la información, del derecho a la información, incluso, frente a otros órganos de control.
De alguna manera, el INAI representa una encarnación de la controlador de los controladores, de la idea de controlador de controladores, como somos los otros órganos constitucionales autónomos que, si bien somos garantes en algunos derechos como el derecho, los derechos político-electorales, como es el caso del INAI, nos convierte en sujetos obligados, supervisados y vigilados por el control de controladores en materia de transparencia, el INAI en este caso.
Esto refleja que en México la evolución del derecho a acceder a la información pública y la intención de fortalecer la convivencia en clave democrática propiciaron una transformación del andamiaje para la transparencia y para la competencia electoral que se configuró a través de la creación de órganos constitucionales autónomos.
Hoy, la celebración de una ley, que en su momento fue transformadora en clave democrática, en clave incremental de los derechos políticos, incluyendo el derecho político a saber, que es un derecho que trasciende la dimensión política, pero que también es un derecho político fundamental, constituyen el entramado institucional sobre el que la democracia mexicana se ha construido.
Una democracia, que si bien tiene todavía muchos ámbitos de mejora y requerimientos para su plena consolidación; sin embargo, hoy constituye una base fundamental de la recreación de nuestra sociedad en clave democrática.
Bienvenidos sean estos primeros 20 años de la Ley Federal de Transparencia, sea ésta la base de celebración, pero, también, la base de la construcción de una sociedad que tiene hoy el compromiso, no solamente de fundamentar, de consolidar, las bases de nuestra construcción democrática, sino, también, de irla paulatinamente mejorando.
Enhorabuena por estos 20 años, gracias por el privilegio de poder haber acompañado como órgano constitucional autónomo, me refiero al INE, a las tareas que el INAI ha venido desempeñando como órgano constructor garante de la propia democracia, del sistema democrático en nuestro país y, que sean muchos años más de celebración los que, a partir del que hoy estamos estableciendo los que nos permitan en el futuro.
Muchísimas gracias.
(Segunda Participación)
Para nada, al contrario, es un verdadero privilegio, insisto, de nueva cuenta estar en esta celebración, que es una celebración, déjeme decirlo así, no solamente de quienes se dedican a los temas de transparencia y de protección de esta dimensión, digamos, de la democracia, sino para todos los que, digamos, trabajamos para que la democracia sea una realidad en este país.
Déjame decir una reflexión telegráfica, yo creo que 20 años de la ley federal, de la expedición de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública es también, y debemos asumirlo así, como una reflexión no sólo en torno a la ley, un pretexto no solamente para reflexionar en torno a aquella ley y lo que significó como un parteaguas en la vida democrática e institucional del país.
Porque es la que dio origen, digámoslo así, a la construcción institucional en esta materia y al IFAI, en un primer momento, del que hoy el INAI es heredero, sino también es una oportunidad para reflexionar sobre el rol del órgano de garantía que, digamos, que tiene en el entramado institucional democrático.
Y creo que en este sentido creo que no hay que perder de vista algo que muchas veces se obvia, los derechos, incluyendo en este sentido el derecho a la información y todos los derechos de los cuales el INAI es garante, el derecho a la protección de los datos personales, el derecho a lo que en muchos sentidos en muchos países se conoce como la privacidad.
Es decir, el derecho a este ámbito sin el cual, digamos, un Estado democrático deriva en un estado totalitario, recordemos que los estados totalitarios se distinguen en primera instancia porque no hay una diferencia entre lo público y lo privado.
Y la existencia de una esfera privada es la garantía indispensable de un, digamos, de la, digamos, de la dimensión individual de la que depende la existencia de una democracia.
La ciudadanía tiene una faceta pública de los individuos, eso no lo recordaba Rousseau, pero también había dimensión privada, que, si no tiene esa protección pues, digamos así, se elimina la autonomía individual y se da paso a los estados totalitarios.
Recordemos que la existe del secreto en el ámbito público, pero la inexistencia del secreto, entendida como privacidad, en el ámbito privado es lo que establece, lo que distingue a los estados totalitarios.
En este sentido, si derechos y poder se encuentran en una natural tensión permanente, pues los órganos de garantía de los derechos pues definen la esencia de todo sistema democrático.
Y en esto quisiera ser un énfasis, así, telegráfico, pero énfasis, que me parece fundamental, el control de poder es precisamente lo que distingue una democracia constitucional de un estado que no es tal.
Es decir, de los estados autocráticos, o de los estados totalitarios, en donde el poder se ejerce sin cortapisas, se ejerce sin límites. Y me parece que desde este punto de vista estos 20 años son un buen pretexto para reflexionar sobre el rol que tiene el INAI junto con el resto de los órganos judiciales autónomos, como órganos de control del poder y, por ende, como órganos de garantía, no sólo de los derechos que respectivamente cada uno de nosotros tiene la finalidad de proteger y defender.
El INE los derechos políticos; el INAI el derecho a la información, el derecho a la integridad de los datos personales; el IFT el derecho, digámoslo así, al acceso a las comunicaciones; el Instituto Nacional de Competencia el derecho a la competencia como una, y a la falta, a la ausencia de monopolios como derechos fundamentales, etcétera.
Sino también, que en cuanto tales estos órganos forman parte de la esencia misma del constitucionalismo, porque representan como órganos de control también, entes delimitación que tienen la función de limitar el ejercicio del poder.
El poder en una democracia constitucional debe, ineludiblemente, estar regulado para evitar su abuso, y evitar así la lesión de libertades y derechos de los individuos que están sujetos a dicho poder.
En este sentido, el derecho a saber, que constituye también uno de los derechos políticos por excelencia, porque de él depende no solamente la rendición de cuentas como una característica de la democracia, sino también, la condición de libertad del voto.
Se dice fácil, el voto libre, claro, tiene unas ciertas garantías, como, por ejemplo, que sea secreto, como por ejemplo, que pueda ser formado de manera autónoma, pero también, significa un voto informado, y el voto informado solamente puede ser tal y, por ende libre, si existen las garantías para que las y los ciudadanos tengan el derecho garantizado el derecho al saber.
Y tener garantizado el derecho a saber significa también que existan los mecanismos de protección institucional y, en este caso, el INAI, como garante de éste, para que podamos conocer todos los entresijos del poder, y podamos, en consecuencia, ser libres y, conjuntamente, ser una sociedad democrática.
Me parece importante cerrar, pues, con esta reflexión, sobre el rol que tenemos los órganos de garantía, no solamente como órganos de protección de derechos, sino también intrínsecamente y, en consecuencia, de lo anterior, como órganos de control del poder.
Y creo que, en los tiempos que corren, en la democracia en todo el mundo, tiempos complejos, tiempos de riesgos, tiempos de grandes desafíos, subrayar la relevancia que tenemos los órganos de control del poder en la arquitectura institucional, en el concierto de las democracias constitucionales, me parece que es fundamental.
Celebrar 20 años hoy de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, es también celebrar el surgimiento de otro órgano de control del poder, que forma parte, insisto, de esta arquitectura institucional, de la que depende la subsistencia de la democracia.
Así que vale la pena pues, no solamente celebrar estos 20 años de la ley, sino también 20 años de un órgano garante que es indispensable para que la democracia siga avanzando, consolidándose, y recreándose en clave democrática.
Gracias.
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