El Instituto Nacional Electoral (INE), de acuerdo con lo mandatado por la Constitución Política, es el organismo autónomo encargado de organizar las elecciones federales, es decir, la elección de la Presidencia de la República, así como de la Cámara de Senadoras y Senadores y la correspondiente Cámara de Diputadas y Diputados. Asimismo, y en coordinación con los organismos públicos locales electorales (OPLE) de las entidades federativas, las elecciones locales en las que se renueva la gubernatura de los estados, así como las legislaturas de los Congresos locales y las autoridades de los distintos ayuntamientos que conforman cada entidad.
De acuerdo con la Constitución, es también el INE el encargado de organizar, difundir y dar a conocer los resultados de los procesos de participación ciudadana que se lleven a cabo, como la Consulta Popular del año pasado y la Revocación de Mandato, de cumplirse los requisitos establecidos para ello.
En este sentido y de acuerdo con lo establecido por la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el INE cuenta con un Consejo General que es su máximo órgano de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral.
Esta instancia, cuenta con comisiones permanentes, temporales u otros órganos auxiliares para el mejor desempeño de sus atribuciones. Una de estas instancias es la Junta General Ejecutiva que, entre sus múltiples atribuciones se encuentra la de proponer al Consejo General del INE las políticas y programas generales de la institución.
En este sentido y atendiendo el acuerdo de su Consejo General tomado el pasado 30 de diciembre de 2021 por el que, en cumplimiento a los incidentes de suspensión resueltos por la Comisión de Receso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los incidentes de suspensión de las controversias constitucionales 224/2021 y 226/202, y de la sentencia SUP-JE-282/2021 y sus acumulados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federal, por los que se ordenó al INE continuar con la organización del proceso de Revocación de Mandato, que tendrá verificativo en el mes de abril, la Junta General Ejecutiva aprobó modificaciones a la Cartera Institucional de Proyectos del INE.
Entre las principales modificaciones a esta Cartera destacan los siguientes aspectos:
-Modificaciones a proyectos específicos tales como la campaña anual intensa de actualización del padrón electoral, así como la emisión de la lista nominal de electores para el ejercicio de Revocación de Mandato;
-Contratación de personal para el apoyo en las actividades inherentes a la verificación de firmas de apoyo ciudadano que respaldan la realización de este ejercicio;
-Adquisición de documentación y material electoral con elementos de seguridad;
-Reducción de tiempos de operación, así como del monto del apoyo financiero que se asignará a las y los consejeros electorales tanto de los Consejos Locales (que en el país son 32) y de los Consejos Distritales (que son 300 en razón de igual número de distritos electorales federales) para el ejercicio de Revocación de Mandato;
-Contratación de supervisores y capacitadores electorales cuya principal función será visitar, sensibilizar y capacitar a la ciudadanía sorteada para que participe como funcionario o funcionaria en las mesas directivas que se instalen a lo largo y ancho del país, para recibir la respuesta de la ciudadanía para este ejercicio inédito;
-Emisión de sistemas y servicios informáticos, así como sus respectivos simulacros para la correcta operación del ejercicio de Revocación de Mandato, entre otros.
Estas modificaciones, junto con las determinaciones que debe emitir en los próximos días el Consejo General, con la finalidad de realizar los ajustes presupuestarios y, en su caso, solicitar a la Secretaría de Hacienda los montos faltantes para organizar el proceso de Revocación de Mandato, ordenados tanto por la Corte como por la Sala Superior, serán el referente que marcará la ruta de planeación, organización y puesta en marcha del proceso de Revocación de Mandato, con la intención de que el INE no solo cumpla con su obligación constitucional y legal, sino que, de reunirse las firmas que avalen la realización de este ejercicio, lo lleve a la práctica de forma transparente, con certeza y con la misma garantía con la que organiza los procesos electorales y ahora los de participación ciudadana el INE.
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