El pasado 30 de diciembre, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó continuar con todas las etapas del proceso de Revocación de Mandato (RM), en cumplimiento a lo ordenado por la Comisión de Receso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en dos incidentes de suspensión de controversias constitucionales, así como en una sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
La sentencia de la Sala Superior del TEPJF además de revocar el Acuerdo del Consejo General mediante el cual se habían pospuesto temporalmente todas las actividades para la organización del proceso de RM, salvo la verificación de las firmas de apoyo de la ciudadanía y la entrega del informe respectivo, ordenó al INE realizar las adecuaciones presupuestales necesarias sin afectar sus obligaciones constitucionales, legales, estatutarias y laborales, de modo que en caso de subsistir la insuficiencia presupuestal, podría solicitar una ampliación de recursos financieros a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), instancia que quedó obligada a responder a la brevedad, de manera fundada y motivada.
Al respecto, debe señalarse que el INE ha desarrollado todas las actividades necesarias para garantizar que la ciudadanía pueda participar en este ejercicio de democracia directa. Por ejemplo, a pesar de que no se emitió a tiempo la Ley reglamentaria de la materia, en el Consejo General del INE aprobamos los Lineamientos para la Organización de la Revocación de Mandato y a lo largo de los últimos cinco meses hemos adoptado determinaciones en favor de la organización de la RM, siempre y cuando se cumplan los requisitos para que dicho ejercicio sea procedente, tales como: la aprobación del Plan Integral y Calendario del Proceso de Revocación de Mandato; la autorización del diseño y la impresión de la papeleta, así como de la documentación y los materiales correspondientes (incluyendo el líquido indeleble); la ratificación o designación de Consejeras y Consejeros Electorales de los Consejos Locales del INE; la autorización del Programa de Integración de Mesas Directivas de Casilla y Capacitación Electoral, los Lineamientos Generales para la Fiscalización del Proceso de Revocación de Mandato y los Lineamientos para el Desarrollo del Cómputo Distrital de la Revocación de Mandato, entre muchas otras.
Las determinaciones que hemos adoptado en el Consejo General del INE han atendido siempre a lo dispuesto en la Ley Federal de Revocación de Mandato, que establece que deberá instalarse la misma cantidad de casillas determinadas durante la pasada jornada electoral, aunado a la instalación de los Consejos Locales y Distritales, además de garantizar que las personas mexicanas residentes en el extranjero puedan ejercer sus derechos político-electorales en la RM. Como es evidente, la materialización de todas estas disposiciones legales implica una erogación sustancial de recursos, mismos que no se tienen en su totalidad debido a que la Cámara de Diputadas y Diputados no autorizó todo el presupuesto solicitado por el INE para el ejercicio fiscal 2022.
Ante este escenario, el Consejo General INE logró reunir $1,503 millones de pesos que podrán ser destinados a la eventual organización de la RM, derivado de que adicional al monto aprobado por la Cámara ($830 millones) se realizaron diversos ajustes al Presupuesto Base y a la Cartera Institucional de Proyectos, obteniendo casi $1,276 millones, cantidad a la que se agregarían poco más de $227 millones que se fijaron como meta de ahorro institucional para este ejercicio. Sin embargo, la suma de estos montos apenas representa poco más de la tercera parte de los recursos necesarios y resultan insuficientes para cumplir con las exigencias legales para la organización de la RM. Por ello, el pasado 17 de diciembre, el Consejo General del INE determinó posponer temporalmente las actividades inherentes a dicho ejercicio hasta asegurar su suficiencia presupuestal.
Ahora en acatamiento a lo ordenado por la Sala Superior del TEPJF, el INE sigue analizando en qué rubros pueden realizarse ajustes presupuestales adicionales a efecto de obtener mayores recursos financieros para la realización de la RM y, con base en ello, el próximo miércoles se discutirán y, en su caso, se aprobarán por el Consejo General las propuestas que sean procedentes.
Si después de realizados esos ajustes aún no se cuenta con los recursos necesarios para la eventual organización de la RM, será necesario solicitar una ampliación presupuestal a la SHCP, porque como se desprende de la sentencia emitida por la Sala Superior del TEPJF del pasado 29 de diciembre, la obligación de garantizar el ejercicio de los derechos políticos de la ciudadanía no es exclusiva de la autoridad administrativa electoral, sino que es deber del Estado Mexicano y, en consecuencia, de todas las autoridades e instituciones que forman parte de él, instancias que, en el ámbito de sus competencias, tendrán que responder y atender en la medida de lo posible los requerimientos que puedan hacerse desde el INE con la finalidad de disminuir costos, ya que tienen una responsabilidad compartida con la democracia, así como con la garantía del cabal ejercicio de los derechos políticos de la ciudadanía.
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