Intervención de Lorenzo Córdova, en Sesión Ordinaria, por el cual se aprueban los lineamientos para la organización de la revocación de mandato

Escrito por: INE
Tema: Discursos

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DEL CONSEJERO PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE), LORENZO CÓRDOVA VIANELLO, EN EL PUNTO 1 DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO GENERAL, POR EL CUAL SE APRUEBA LOS LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN DE LA REVOCACIÓN DE MANDATO

La revocación de mandato es una figura novedosa incorporada recientemente en nuestro orden constitucional y democrático de participación ciudadana que podría instrumentarse por primera vez, a nivel federal, en los meses siguientes.

Se trata también de un tema que ha desatado una intensa polémica en la conversación pública en las últimas semanas, pero más allá de esa polémica en la que no tengo ningún interés de abonar, lo que está fuera de debates es que desde la reforma constitucional de diciembre de 2019 el de revocación de mandato se trata de un derecho que tienen las y los ciudadanos que, inconformes con una gestión pública van a solicitar la revocación del mandato conferido en las urnas a la persona que ocupe la Presidencia de la República en el ámbito federal.

Para el Instituto Nacional Electoral ese derecho se traduce en la obligación de organizar con legalidad, imparcialidad y certeza este novedoso proceso de democracia directa en caso de que se cumplan las previsiones establecidas en el artículo 35 de la constitución. Se trata, para el Instituto Nacional Electoral de un mandato derivado del mismo texto constitucional.

Sin embargo, a pesar de que la propia, el régimen transitorio de dicha reforma establecida en un plazo para la emisión de la ley reglamentaria, lamentablemente aun no se ha cumplido, hoy estamos a 616 días de que se publicó la reforma constitucional y desde hace 436 habríamos que tenido contar con una ley reglamentaria.

Evidentemente, digamos, no es función de este Instituto evaluar las razones por las cuales todavía no contamos con este régimen secundario, normativo secundario, pero es un hecho que no podemos obviar de cara al ser el órgano encargado constitucionalmente de organizar y llevar a cabo, y a buen puerto, por supuesto, este potencial ejercicio que podría realizarse en los meses siguientes.

Ciertamente, si hubiéramos contado con ley, probablemente la polémica que hemos tenido en los días pasados no se habría realizado, no se habría desatado, y mucho menos las tensiones entre bancadas, partidos, actores políticos e, incluso, con esta autoridad electoral.

Pero insisto, creo que son tiempos de construir, de mirar hacia adelante, de generar las condiciones para que, efectivamente, si así lo deciden las y los ciudadanos mexicanos inconformes con el estado de cosas en los términos del artículo 35 constitucional, este Instituto tiene que generar las condiciones para que 

existan los insumos materiales, presupuestales, organizativos necesarios para que dicho ejercicio llegue a buen puerto.

El INE, en este sentido, no puede especular sobre si habrá o no acuerdo entre las y los legisladores, y cuándo ocurrirá esto. Deseamos, por supuesto, que esto pueda suceder a la brevedad posible, a todos nos conviene claridad y certeza, sobre todo resultado de pactos, de acuerdos políticos como los que tienen que ocurrir en el ámbito legislativo para avanzar de la mejor manera posible, insisto, con pasos firmes hacia el potencial primer ejercicio de participación ciudadana en términos de revocación de mandato.

El INE fue creado para dar certeza a la renovación de los poderes públicos y a la participación de la ciudadanía en los asuntos democráticos y eso es lo que queremos hacer, al aprobar unos lineamientos que en ejercicio de nuestras facultades reglamentarias, que han sido, por cierto convalidadas, reiteradas por el Tribunal Electoral en días recientes, que le inyecten transparencia a los procedimientos que realizaremos, en caso de que se cumplan los requisitos constitucionales para llevar a cabo la revocación de mandato y que respalden la solicitud de recursos presupuestales para el ejercicio fiscal 2022 que deben enviarse en los términos del calendario presupuestal que ha fijado la Secretaría de Hacienda y que dispone la Constitución.

Como ustedes saben, en la sesión de hoy aprobaremos el proyecto de presupuesto de este Instituto que tiene que ser entregado a la Secretaría de Hacienda a más tardar el día de mañana para cumplir con dichos calendarios que no fueron determinados, por supuesto, por el Instituto Nacional Electoral.

Así los lineamientos que hoy aprobaremos para instrumentar la reforma al artículo 35 constitucional en relación con la renovación de mandato, tienen tres propósitos fundamentales: Primero, ante la omisión legislativa ya mencionada, sentar las bases normativas en tanto se emite la legislación secundaria para que el INE pueda cumplir las obligaciones constitucionales previstas que implican acciones que se tendrían que detonar prácticamente desde el inicio de la próxima semana.

Es decir, sustentar normativamente todos los actos y las decisiones que este Instituto tendrá que tomar para que si así lo deciden las y los ciudadanos, materialmente sea viable y posible la realización de esta nueva figura de democracia directa.

Segundo, fundamentar la solicitud de los recursos presupuestales correspondientes para poder llevar a cabo dicha renovación en los términos del artículo 35 constitucional.

Y tercero, brindar certeza a la ciudadanía, a partidos y a los actores políticos sobre cuáles serán los procedimientos, plazos y competencias de cada actor en este ejercicio de democracia directa, cuya organización repito, corresponde al INE.

Debo decir que todas y todos en esta mesa tenemos claro que hay avances en el Congreso de la Unión, en la elaboración de una Ley Federal de Revocación de Mandato, incluso propuestas de dictamen ya realizadas sobre ella.

En ese sentido, las consejeras y consejeros electorales reiteramos nuestra disposición para que cuando esa ley sea expedida y publicada se adecuen los lineamientos que hoy estamos conociendo para que sean compatibles con la ley, que en su caso, sea aprobada por el Congreso.

Para decirlo en una nuez y con toda claridad, el INE no pretende legislar, ni sustituir al Congreso en sus facultades y atribuciones constitucionales, no lo pretende.

El Instituto Nacional Electoral es una institución absolutamente respetuosa de la división de poderes y del orden constitucional; el INE, insisto, nunca ha pretendido, ni pretenderá invadir las competencias de otro órgano del estado, por ello podemos afirmar con la misma convicción que defendemos y hemos defendido permanentemente nuestra autonomía frente a eventuales intromisiones de otros poderes y órganos del estado, que respetamos y respetaremos las competencias y atribuciones que establece la división de poderes en nuestro sistema democrático.

Por el contrario, el único objetivo que hemos perseguido al ejercer la facultad reglamentaria que tiene esta autoridad electoral es darle un sustento normativo a la solicitud de recursos presupuestales para el ejercicio fiscal 2022, e inyectarle como siempre le hemos hecho certeza a la ciudadanía y a los actores políticos sobre la forma en la que el INE cumplirá sus atribuciones y en este caso específico sobre la revocación de mandato, si la ciudadanía lo solicita y se cumple con los requisitos constitucionales.

Vuelvo a insistir, por un lado, de base para poder hacer la solicitud presupuestal y por otro lado de base normativa para poder desplegar todas las actividades preliminares que son indispensables y queremos que este ejercicio llegue a buen puerto.

El INE estará atento a las decisiones del poder legislativo en materia, en esta materia y por supuesto a la eventual promoción de los procesos de democracia directa.

El INE es una Institución que respeta el orden constitucional y que siempre ha trabajado y seguirá trabajando para que la ciudadanía participe en los asuntos públicos y en todos los ejercicios de democracia directa, que están reconocidos en nuestro marco constitucional y legal.

Estoy seguro que la revocación de mandato obtenido en las urnas y, eventualmente, revocado en las mismas, es una novedad jurídica en nuestro sistema democrático que tiene mucha historia que contar y probablemente muchas consecuencias que están por escribirse.

El INE cumple y cumplirá con el mandato constitucional para que ello pueda ocurrir en esta materia.

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