VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DEL CONSEJERO DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, CIRO MURAYAMA RENDÓN, EN EL PUNTO 3 DE LA SESIÓN ORDINARIA, RELATIVO A INFORME QUE PRESENTA EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL EN CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 36 DEL REGLAMENTO DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Gracias, muy buenos días.
Simplemente para resaltar algunos datos.
En este año de elecciones donde se incrementa la litigiosidad electoral, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral ha estado sometida a unas cargas de trabajo muy relevantes de los que da cuenta el informe a nuestra consideración.
Es el caso de que la presentación de 510 procedimientos administrativos sancionadores entre el 1º de enero y el 20 de julio de este año, de los cuales 315 son procedimientos especiales y 195 ordinarios. De estos últimos, se han recibido una queja de partidos, 183 de ciudadanos y la autoridad ha iniciado de oficio 11.
Al mismo tiempo, hemos tenido una carga intensa de procedimientos especiales sancionadores que han ido a la Comisión de Quejas y Denuncias como está previsto en la normatividad, insisto, se trata de 315 quejas, de las cuales 181 la promovieron los propios partidos políticos, 98 ciudadanos y en 36 casos se iniciaron por la propia autoridad electoral en procedimientos oficiosos.
Del conjunto de estos procedimientos especiales sancionadores, se solicitaron 218 medidas cautelares, de las cuales 153 fueron solicitadas por los partidos políticos, 62 por ciudadanos y tres por la autoridad electoral. Lo que se denunció con más frecuencia fue la adquisición de tiempo en radio y televisión, después la calumnia, el uso indebido de la pauta, violencia política por razón de género, violaciones al artículo 134 de la Constitución, párrafos siete y ocho, básicamente.
De estas 218 solicitudes de medidas cautelares, la Comisión de Quejas y Denuncias emitió 142 acuerdos, de hecho, pues en lo que va del año estamos ya alrededor de la sesión número 65 de la Comisión de Quejas y Denuncias.
Y, de los 142 acuerdos, 58 fueron impugnados, el 40.9 por ciento ante el Tribunal Electoral, ante la Sala Superior de los cuales 38 fueron confirmados, cinco revocados, 14 desechados en uno se sobreseyó, lo que implica el 96.5 por ciento de firmeza.
El INE además detectó dos incumplimientos de las medidas cautelares que emitió la Comisión de Quejas y Denuncias, adicionalmente nuestras juntas locales y distritales atendieron 450 procedimientos especiales y, el informe da cuenta además de 18 procedimientos iniciados de remoción de consejerías electorales en los OPLES.
Quiero pues simplemente señalar que la tarea de arbitraje del INE, como ustedes vieron, pues se desplegó de manera intensa, creo que en general tuvimos un proceso electoral en el cual, pues los ciudadanos al final votaron en secreto y en libertad y eso es lo importante, que seguimos teniendo elecciones íntegras y que, pues las posibles o las distintas violaciones que se presentaron a las reglas del juego democrático pues se trataron de reparar por parte de esta autoridad al emitir las medidas cautelares para evitar daños mayores a la legalidad o a las condiciones de la competencia electoral.
Y, bueno, pues ya el fondo de los asuntos, como se sabe, corresponde resolverlos a la Sala Regional Especializada, pero el hecho de que pues más del 96 por ciento de las decisiones de la Comisión de Quejas haya pues sido confirmadas al final por la Sala Superior pues índica también la consistencia de los proyectos que presenta la Unidad Técnica de lo Contencioso, a cuyo Director y a cuyo personal hago público mi reconocimiento por su profesionalismo y entrega.
Son cientos, ya oyeron los números, de quejas, las que se interpusieron en los meses más intensos del proceso electoral, y todos los asuntos fueron resueltos en tiempo, como debe ser.
Así que pues esta autoridad sigue demostrando que cumple cabalmente con sus responsabilidades.
Es todo, gracias.
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