Intervención de Adriana Favela en el punto 4 de la Sesión Extraordinaria, por el que se aprueban los lineamientos para la comprobación de gastos de representantes generales ante las mesas directivas de casilla

Escrito por: INE
Tema: Discursos

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DE LA CONSEJERA ADRIANA FAVELA HERRERA, EN EL PUNTO 4 DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS QUE DEBERÁN OBSERVAR LOS SUJETOS OBLIGADOS PARA LA COMPROBACIÓN DE LOS GASTOS DE LAS PERSONAS REPRESENTANTES GENERALES Y ANTE LAS MESAS DIRECTIVAS DE CASILLA EL DÍA DE LA JORNADA ELECTORAL PARA LOS PROCESOS ELECTORALES FEDERAL Y LOCALES CONCURRENTES 2020-2021, ASÍ COMO DEL PROCESO ELECTORAL LOCAL EXTRAORDINARIO EN EL ESTADO DE HIDALGO 2020-2021

Sí, discúlpeme, es que tenía un problema con la conexión y creo que no me veía ni me escuchaba, pero bueno, gracias Presidente.

La comprobación de los gastos de las personas representantes generales y ante las mesas directivas de casilla, es un elemento de vital importancia en la rendición de cuentas de los partidos políticos y las candidaturas el día de la Jornada Electoral.

Como ustedes recordarán, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la acción de inconstitucionalidad 22 de 2014, señaló que todas las ministraciones pendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales, constituyen recursos que deben aplicarse también única y exclusivamente de forma intermitente, de acuerdo al pulso de los procesos electorales, página 152, ya que ésa era la característica que tenían los gastos erogados para el pago de las estructuras electorales de los partidos políticos el día de la Jornada Electoral. 

De ahí que la Suprema Corte de Justicia señaló que los gastos por concepto de estructura electorales debían ser reportados como gastos de campaña y se computaban para efectos del tope de gastos. 

Por tal razón, el acuerdo que está a nuestra consideración es de la mayor importancia, pues establece los lineamientos para la comprobación de gratuidad o, en su caso, de los pagos de representantes ante las mesas directivas de casilla, con la finalidad de que se transparenten los recursos empleados el día de la jornada electoral para el despliegue de sus representantes de los partidos políticos, ya sean generales y de casilla.

Este acuerdo frente al que se aprobó para los procesos electorales locales de Coahuila e Hidalgo 2020, presenta cinco cambios importantes. Primero, se elimina a los partidos políticos y candidatos independientes, la carga administrativa de imprimir el formato de gratuidad para recabar la firma autógrafa de las personas representantes, digitalizarlo y cargarlo al sistema de representantes y, en su lugar, el Sistema de Fiscalización de la Jornada Electoral (SIFIJE), permitirá generar los comprobantes electrónicos de pago que serán firmados únicamente por el representante de finanzas, mediante la E-firma del SAT.

Dos, respecto a la regla que anteriormente señalaba que por cada representante oneroso se eximía de la comprobación de un representante gratuito, ahora se establece que cuando menos el 25 por ciento de los representantes acreditados deberán ser onerosos y el restante podrán ser gratuitos. 

Es decir, para este proceso electoral no podrán reportarse el 100 por ciento de representantes de partidos ante las casillas, como gratuitos, sino solo hasta un 75 por ciento y, esto, perdón, es una medida que fue producto de una reunión que las y los integrantes de la Comisión de Fiscalización, sostuvimos con los partidos políticos, con el ánimo de construir un acuerdo que favoreciera a su estrategia de pagos el día de la Jornada Electoral, pero también que incentivara la rendición de cuentas. 

Tres, con la finalidad de no afectar desproporcionadamente a las candidaturas del cuarto orden de gobierno que serían regidurías, sindicaturas, presidencias de comunidad, presidencia auxiliar o junta municipal, debido a que sus topes de campaña son muy menores, no les será sumado monto alguno por concepto del prorrateo de gastos relacionados a la Jornada Electoral.

Cuatro, tratándose de representantes generales o de casilla, cuyos comprobantes electrónicos de pago tengan el estatus de onerosos y hayan sido pagados, pero que no asistan las personas el día de la Jornada Electoral, no serán motivo u objeto de observación.

Y en el mismo sentido, no se realizarán observaciones si los representantes que asistan a realizar su actividad el día de la Jornada Electoral no realicen el cobro del recurso asignado por su representación.

Sin embargo, en ambos casos el monto pagado o asignado será acumulado a los topes de gastos de campaña, de conformidad al beneficio correspondiente.

Y quinto, en caso de que se detecten pagos no reportados, se tomará en consideración el valor promedio más alto reportado por cada sujeto obligado en la matriz de los pagos realizados a las y los representantes en cada una de las entidades, los cuales servirán de base para que la Unidad Técnica de Fiscalización genere la matriz de precios.

Adelanto, obviamente, que acompañaré el sentido del proyecto.

Y agradezco, obviamente, también a los partidos políticos su disposición para platicar, dialogar y lograr un acuerdo que haga más fácil y efectiva las labores de Fiscalización que encomendada el INE.

Y también agradezco a mi compañera y mis compañeros de la Comisión de Fiscalización por su disposición a realizar un diálogo para llevar a cabo este acuerdo.

Sería cuanto, Presidente.

Gracias.

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