Versión estenográfica de la Sesión Extraordinaria del Consejo General, 13 de abril de 2021

Escrito por: INE
Tema: Consejo General

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA PRELIMINAR DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE), REALIZADA DE MANERA VIRTUAL

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muy buenas tardes, señoras y señores consejeros y representantes, damos inicio a la Sesión Extraordinaria del Consejo General que ha sido convocada para el día de hoy, por lo que le pido al Secretario, verifique si hay quórum legal para sesionar.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Muy buenas tardes, señor Presidente, consejeras, consejeros, representantes.

Tratándose de una sesión extraordinaria de Consejo General convocada de manera virtual, procederé a pasar lista nominal.

Consejera Norma De La Cruz.

Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña:  Presente. Buenas tardes.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Uuc-kib Espadas.

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: Presente.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Adriana Favela.

Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: Presente.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Martín Faz.

Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: Presente.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Carla Humphrey.

Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: Presente. Buenas tardes.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Ciro Murayama.

Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: Presente. Buena tarde.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Dania Ravel.

Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Presente.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Jaime Rivera.

Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: Presente.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero José Roberto Ruiz.

Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: Presente.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Claudia Zavala.

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Presente, Secretario. Buenas tardes a todas y a todos.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Presidente Lorenzo Córdova.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Presente.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Senador Juan Antonio Martín del Campo.

Diputada Claudia Pastor.

Diputada Leticia Martínez.

Consejera del Poder Legislativo del PRD, Leticia Martínez Gómez: Presente.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Diputado Silvano Garay.

Diputado Marco Antonio Gómez.

Diputada Ruth Salinas Reyes.

Consejera del Poder Legislativo de Movimiento Ciudadano, Ruth Salinas Reyes: Buena tarde. Presente, Secretario.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Gracias.

Diputado Alejandro Viedma.

Licenciado Obdulio Ávila.

Representante del PAN, Obdulio Ávila Mayo: Presente. Muy buenas tardes.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Licenciado Gerardo Triana.

Representante del PRI, Gerardo Triana Cervantes: Presente. Buenas tardes a todas y a todos.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Licenciado Ángel Ávila.

Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Presente. Saludos a todas y a todos. 

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Maestro Pedro Vázquez.

Representante del PT, Pedro Vázquez González: Muy buenas tardes. Saludos a todos y a todas.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Maestro Fernando Garibay.

Representante del PVEM, Fernando Garibay Palomino: Presente. Buenas tardes.   

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Licenciado Juan Miguel Castro.

Representante del Partido Movimiento Ciudadano, Juan Miguel Castro Rendón: Presente. Buenas tardes.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Gracias.

Diputado Sergio Gutiérrez Luna.

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Presente. Buenas tardes.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Licenciado Ernesto Guerra.

Representante del Partido Encuentro Social, Ernesto Guerra Mota: Presente, Secretario. Buenas tardes a todas y a todos

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Licenciado Carlos Ezeta.

Representante del Partido Redes Sociales Progresistas, Carlos Alberto Ezeta Salcedo: Presente. Buenas tardes a todos.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Licenciado Luis Antonio González Roldán.

Representante del Partido Fuerza Social por México, Luis Antonio González Roldán: Presente, señor Secretario.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Señor Presidente, para efectos de la sesión extraordinaria, hay una asistencia inicial de 24 consejeros y representantes, por lo que existe quórum para la realización de esta sesión extraordinaria del Consejo General.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor Secretario.

Por favor, continúe con la sesión.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: El siguiente punto se refiere al orden del día, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor Secretario.

Señoras y señores consejeros y representantes, está a su consideración el orden del día.

Si no hay intervenciones, le voy a pedir, señor Secretario, que consulte si se aprueba el orden del día, así como la dispensa de la lectura de los documentos que se hicieron circular previamente.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Señoras y señores consejeros electorales, se consulta si se aprueba el orden del día, así como la dispensa a la lectura de los documentos que contienen los asuntos previamente circulados, para así entrar directamente a la consideración de los mismos, en su caso.

Consejera Norma De La Cruz.

Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña:  A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Uuc-kib Espadas.

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Adriana Favela.

Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Martín Faz.

Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Carla Humphrey.

Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Ciro Murayama.

Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Dania Ravel.

Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Jaime Rivera.

Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero José Roberto Ruiz.

Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Claudia Zavala.

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Presidente Lorenzo Córdova.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: También a favor, Secretario.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Presidente, tanto el orden del día como la dispensa son aprobadas por unanimidad.

Y me permito informar también que se ha incorporado a la sesión el diputado Silvano Garay para efectos del acta.

Representante del PT, Silvano Garay Ulloa: Presente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor Secretario.

Dé cuenta también, por favor, que conste en actas que la diputada Claudia Pastor también se ha incorporado a la sesión.

Consejera del Poder Legislativo del PRI, Claudia Pastor Badilla: Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias.

Bienvenida, bienvenidos, señoras y señores consejeros, perdón, señor Secretario, por favor, dé cuenta del primer punto del orden del día.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: El primer punto es el relativo al Séptimo informe parcial del Plan Integral y Calendario del Proceso Electoral Federal 2020-2021.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor Secretario.

Señoras, señores consejeros y representantes, está a su consideración el proyecto, perdón, el informe mencionado.

Si no hay intervenciones, podemos tenerlo por recibido.

Señor Secretario, continúe con el siguiente asunto del orden del día.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: El siguiente asunto es el relativo al Proyecto de Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de la solicitud de registro del convenio de la Coalición denominada “Va por México” para postular la fórmula de candidatura a senaduría en Nayarit por el principio de mayoría relativa, presentado por el Partido Acción Nacional, el Partido Revolucionario Institucional y el Partido de la Revolución Democrática, para contender bajo esa modalidad en el Proceso Electoral Extraordinario a senaduría en el estado de Nayarit 2021.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor Secretario.

Señoras, señores consejeros y representantes, está a su consideración el proyecto de resolución mencionado.

Tiene la palabra en primera instancia el maestro Obdulio Ávila, representante del Partido Acción Nacional, y lo anoto también, señor representante.

Representante del PAN, Obdulio Ávila Mayo: Muchas gracias, Consejero Presidente, distinguido Consejo.

Hoy se cumple una etapa más dentro de este proceso electoral extraordinario en el estado de Nayarit, que como sabemos, aún está en espera de la última definición jurisdiccional respecto a su constitucionalidad.

No obstante lo anterior, y ciñéndonos al imperio de la ley, Acción Nacional acompañará a las etapas que responsablemente ha planteado este órgano estatal.

En consecuencia, la Coalición en la que participamos “Va por México” se amplía a la elección extraordinaria al Senado de la República en el estado de Nayarit, y como se consigna en el convenio y plataforma, el PAN, el PRI y el PRD conscientes que la pluralidad descimiente a la convivencia pacífica y la democracia, privilegiamos la unidad dentro de la diversidad con esta propuesta.

La coalición ha construido acuerdos estratégicos que tienen como eje la defensa y promoción del estado mexicano, tal y como lo haremos en la elección federal para renovar la Cámara de Diputados donde trabajaremos en conjunto.

Es así que esta pluralidad política que se expresa en este convenio de coalición se suma al reflejo de la diversidad social del pueblo de México que cada día ve con un mayor desaliento su futuro.

Esta coalición tiene como derrotero impedir que se conjure el proceso sistemático de concentración de poder que amenaza gravemente a nuestra democracia y a las libertades que hemos construido en las últimas décadas.

El gobierno pretende con cada acto establecer un régimen autoritario que pretende debilitar los contrapesos que sin duda son indispensables en cualquier democracia, por eso refrendamos nuestro objetivo, las fuerzas políticas que conformamos la coalición Va Por México, construimos un acuerdo estratégico por el bien del país que fortalece la democracia, consolida el estado de derecho, no simula la lucha contra la corrupción y la impunidad, nos distingue la lucha por una efectiva división de poderes y un genuino pacto federal y sobre todo la convicción que los recursos públicos se han puestos al servicio de todos los mexicanos, Va Por México.

Es cuanto, Consejero Presidente, muchas gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.

Tiene la palabra el representante del PRD, licenciado Ángel Ávila.

Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Gracias, Presidente.

Nuevamente se da la existencia de una coalición plural que vamos a competir por la senaduría en el estado de Nayarit, quiero decirlo de nueva cuenta, seguimos convencidos de que esta elección extraordinaria, no estamos nosotros de acuerdo con la emisión del decreto por el que la Cámara de Senadores con fundamento en la Fracción IV del Artículo 77 de la Constitución Política de Estados Unidos Mexicanos, convoca a elecciones extraordinarias de senadores en el estado de Nayarit.

También hay que decirlo claramente, deseamos acompañar al Instituto Nacional Electoral en este ejercicio democrático, seguimos convencidos de que no se cumple los presupuestos procesales para convocar a la elección extraordinaria de la senaduría por el principio de mayoría relativa en el estado de Nayarit, al considerar que esta convocatoria viola lo establecido en el Artículo 77, Fracción IV de la Carta Magna, como se ha hecho con anterioridad, no existe una vacante en la Cámara de Senadores de la República, motivo por el cual no se cumplen con las premisas establecidas en el Artículo 77, Fracción IV de la Constitución Política de Estados Unidos Mexicanos.

Lo que sí existe es una ausencia temporal generada con motivo de la licencia solicitada por el senador Miguel Ángel Navarro Quintero, figura jurídica completamente diferente, independiente a la de vacante, contemplada en el precepto constitucional, antes invocado.

En este sentido se reitera que no se cumplen los presupuestos procesales para convocar a la elección extraordinaria, pues acorta lo establecido en el Artículo 17 del Reglamento Interior del Senado de la República, se (…) que una vacante del Senado se origina por: punto uno, haber sido sancionado con la pérdida del cargo en términos de lo dispuesto por el Artículo 62 de la Constitución Política de Estados Unidos Mexicanos; punto dos, entenderse que no acepta el cargo al no haber concurrido el desempeño de su función en los términos que dispone el primer párrafo del artículo 63 de la Constitución Política; tres, muerte o por enfermedad que provoca una incapacidad total permanente; cuatro, haber optado por otro cargo de elección popular en los términos del artículo 125 de la misma Constitución Política; cinco, firme que lo destituya del cargo, resolución firme que lo pueda destituir del cargo, en términos del Artículo 110 de la misma Constitución Política, o punto seis, cualquier otra situación jurídica que implique la pérdida del cargo.

El asunto que nos ocupa no se actualiza alguna de las hipótesis normativas para considerar que la existencia de una vacante en la Cámara de Senadores, pues la figura jurídica que hoy existe en el Senado de la República es una ausencia temporal que, por cierto, fue la solicitud que hizo el propio Senador.

Además, el artículo 77, Fracción IV de la Carta Magna establece que el plazo para la emisión de la convocatoria para cubrir una vacante, si ésta existiera, debe efectuarse a más tardar a los 30 días a partir de que ocurra la vacante, situación que en la especie no se cumple, por lo que es evidente la violación a dicha base Constitucional, pues el 19 de noviembre de 2020 fue aprobada por el pleno del Senado la licencia solicitada por Migue Ángel Navarro Quintero como Senador de la República por el estado de Nayarit, con efectos a partir del 15 de diciembre del 2020.

Por tanto, atendiendo al término perentorio establecido en el artículo 77, Fracción IV de la Constitución Federal, y suponiendo sin conceder que existiera una vacante, los 30 días requeridos por la norma Constitucional para la emisión de la convocatoria fenecieron el día 15 de enero del 2021.

En este sentido, al día 19 de marzo del 2021, fecha en que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que la Cámara de Senadores convoca a elecciones extraordinarias de senadores en el estado de Nayarit, se encuentra emitida fuera de los plazos ordenados por la norma constitucional, pues debió emitirse y publicarse a los 30 días a partir de la existencia de la vacante.

Pese a lo anterior, estamos convencidos de la institucionalidad del Instituto Nacional Electoral, que ha observado en todo momento el desempeñar sus funciones con la mejor preparación, el desahogo y la ejecución de los procesos electorales.

El PRD ha tomado la decisión de integrar la coalición “Va por Nayarit” junto con los partidos políticos de Acción Nacional y Revolucionario Institucional para la postulación a la candidatura a la senaduría por estado de Nayarit.

Sabemos que no es un trabajo fácil, pues que es bien sabido que este Consejo General del INE tiene que preparar y ejecutar la totalidad de todas las etapas en los procesos electorales, sean ordinarios o extraordinarios; y que para ello se requeriría contar con suficiencia presupuestal, misma que en especie no existe, pero confiando en el profesionalismo del INE se ha decidido participar en este proceso democrático.

En este sentido, el PRD como partido de izquierda es consciente del grave recorte de más de 870 millones de pesos que ordenó la Cámara de Diputados al Consejo General del INE, por lo que esta institución tuvo que hacer un fuerte ajuste a su presupuesto para el ejercicio fiscal del año 2021.

Pese a dicha reducción, el INE va a preparar, sustanciar y ejecutar el desarrollo del Proceso Electoral Federal Ordinario 20-21, es más, hoy habría que agradecerle al Consejo General y a toda la institución, a todas y a todos quienes conforman el Instituto Nacional Electoral que, a pesar del enorme recorte presupuestal para llevar a cabo sus acciones, hoy a o tiene el mandato de cumplir, por lo menos ya, dos caprichos presidenciales.

El primero, pues es evidentemente el tema de la elección a senador por el estado de Nayarit, un capricho de la bancada morenista en el Senado de la República.

Y el otro capricho es el de nuestro Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, con el tema de la Consulta Popular, con una pregunta que ya fue viciada de antemano y que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió, pero que, de nueva cuenta, y fue discutido en la sesión pasada, este Consejo General del INE no cuenta con los recursos para llevar a cabo esta Consulta Popular.

Es triste ver cómo se utilizan estas herramientas democráticas que durante muchos años hemos impulsado como partidos de izquierda como es la Consulta Popular, cómo se desvirtúa para cumplir un capricho presidencial de querer preguntarle a los ciudadanos, si la ley debe aplicarse o no, si se deben de investigar los actos de corrupción cuando está muy claro en nuestra Constitución, cuál es la función del gobernante, cuáles son las funciones de las fiscalías, que si tienen alguna presunción de algún acto ilegal, evidentemente están obligados, por ley, a investigar cualquier hecho de corrupción del pasado.

No se necesita despilfarrar cientos de millones de pesos para preguntarle a la gente, pero bueno, el Presidente de la República, violando la Constitución, hay que decirlo, el Presidente de la República también anda en campaña.

Por ello hoy nosotros vamos a acompañar esta decisión que además está sub júdice respecto a la elección de senador en el estado de Nayarit, pero reiteramos nuestro acompañamiento y solidaridad de manera institucional, y por supuesto, nuestra participación en los procesos democráticos de este país.

Muchas gracias, Presidente, es cuanto.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.

¿Alguna otra intervención?

Consejero del Poder Legislativo del PAN, Juan Antonio Martín del Campo: Sí, un servidor, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Sí, ¿quién es?, perdóneme, es que no alcanzo a ver, ¿el señor representante de MORENA ahora?

Consejero del Poder Legislativo del PAN, Juan Antonio Martín del Campo: No.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: No, parece que es el senador Martín del Campo.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Ah, perdóneme, gracias.

Tiene la palabra el senador Juan Antonio Martín del Campo, consejero del Poder Legislativo del Partido Acción Nacional.

Consejero del Poder Legislativo del PAN, Juan Antonio Martín del Campo: Gracias.

Bueno, pues creo que una vez más MORENA, en ese afán y, sobre todo, en ese protagonismo que siempre le ha caracterizado, que ha caracterizado siempre el poder violar la ley y una vez más la hace en una forma descarada desde el Senado de la República, en el cual nosotros nos opusimos, precisamente, a este acuerdo, ¿por qué? Porque simple y sencillamente, yo creo que el reglamento y la misma Constitución, es muy clara.

Hay que recordar que, en el año de 2018 en el estado de Nayarit, se declaró la validez de la elección de las senadurías de mayoría relativa a las fórmulas, a la primera fórmula por Cecilia y a la segunda fórmula, Miguel Ángel Navarro, en el cual el segundo, el doctor Miguel Ángel Navarro, Senador de la República, pide licencia el 17 de noviembre del año 2020, precisamente para separarse de su cargo y en este caso, bueno, pues ir a una contienda electoral.

Comentarles que, bueno, es muy claro, precisamente, lo que es el reglamento en el artículo 17, en donde especifica que se debe de llevar a cabo una elección, salvo que exista muerte o por enfermedad que provoque una incapacidad total o permanente.

En este caso no aplica, precisamente, en este momento.

Se los hicimos en una forma reiterada precisamente, en el pleno de lo que es el Senado, porque estaban violando lo que es la Constitución, ¿por qué? Porque bueno, pues hoy trae 128 senadores, el senador Navarro pidió licencia, pero eso no quiere decir que automáticamente es un puesto irrenunciable.

¿Qué es lo que pasaría si se llevan elecciones? Gana equis o ye candidato, ahorita en este Proceso 2021, después el senador Navarro decide regresar, entonces, ¿tendríamos 128 senadores?, ésa es la gran pregunta, ¿o a quién de los dos le vamos a dar su escaño?, ¿o ese escaño realmente a quién le va a pertenecer?, en fin.

Creo que sabemos que ustedes al final de cuentas, como árbitro electoral, por supuesto, que vamos a acompañar este segundo punto de acuerdo, pero sabemos que está sub iudice debido a que existe una controversia, y ojalá que realmente la Suprema Corte pues se ajuste y nos dé la razón, porque ha sido una forma reiterada como en el Senado de la República, y sobre todo MORENA, ha estado violando y violando lo que es la ley.

Es muy lamentable que quienes hacen la misma ley, pues quieran hacer ese tipo de triquiñuelas.

Por lo tanto, bueno, pues igual, vamos a acompañarnos, pues, esta convocatoria, pero lo ideal es de que no hubiese o no tienen por qué existir elecciones para senador en el estado de Nayarit.

Es cuanto, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, senador.

Tiene la palabra el señor representante del Partido Revolucionario Institucional, el licenciado Gerardo Triana.

Representante del PRI, Gerardo Triana Cervantes: Muchas gracias, señor Presidente, amigos y amigas integrantes de este Consejo General.

Bueno, pues decir que en este tema de la elección extraordinaria el Partido Revolucionario Institucional ya se ha posicionado reiteradamente, estamos en desacuerdo con el fondo de este asunto, lo compartimos la decisión del Senador, eso ya lo hemos dicho. Pero también hemos dicho que respetuosos de las normas establecidas mediante sus acuerdos y sus determinaciones por esta autoridad electoral administrativa, pues estaremos acompañando todo lo que se refiere en términos de organización de elección extraordinaria de senador en el estado de Nayarit.

Y desde luego que lo hacemos de manera cautelar, como lo hemos dicho con antelación en virtud de que estamos sujetos a una determinación jurisdiccional.

Lo que hacemos el día de hoy es acudir a este Consejo para ser partícipes de la aprobación de lo que pudiera entenderse como una extensión a un convenio de voluntades del Partido Revolucionario Institucional con el Partido Acción Nacional y con el Partido de la Revolución Democrática en términos de hacer un esfuerzo conjunto por participar en este Proceso Electoral 2021 en el estado de Nayarit en los diferentes tipos de elección.

Y desde luego, de lo que se trata en este punto es desprender ese esfuerzo común a lo que es esta elección extraordinaria que se está organizando, independientemente de la finalidad que vaya a tener este asunto; bueno, pues lo que hacemos ahora es ejercer un derecho, un derecho legítimo de las fuerzas políticas y que nos congratula poder hacerlo extensivo también en esta elección extraordinaria, tal como lo hemos suscrito ya en las restantes tipos de elección que están en competencia en Nayarit.

Reiterar, la posición sigue siendo la misma pero fundamentalmente vamos en un esfuerzo común por darle a la ciudadanía en este caso de Nayarit una mejor posibilidad, una expectativa mejor de vida.

Es cuanto, muchas gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.

Tiene la palabra el representante de MORENA, el licenciado Sergio Gutiérrez Luna, por favor.

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Buenas tardes.

El PRIAN están haciendo todo este show y diciendo todo este rollo porque saben que van a perder, tienen clarísimo que están perdidos en Nayarit, en la mayoría de los estados y en la elección federal que está en la lona, aquí unas encuestas.

Nuestro candidato, el doctor Navarro, casi en los 50 puntos, ustedes PRIAN apenas están pasando los 10 puntos, aquí están las encuestas, por eso ahora se quejan y se duele de que se cumpla la ley y que sea una elección extraordinaria porque no quieren ir a esa elección extraordinaria porque saben que van a perder, van a tener un senador menos, efectivamente, así va a ser.

El pueblo de Nayarit se va a expresar, le va a dar el respaldo al doctor Navarro para la gubernatura y a Pavel Jarero, nuestro candidato al Senado de la República y ustedes no tienen ni una sola posibilidad de ganar, por eso ahora hacen esta serie de lamentos porque saben que sus condiciones son adversas.

Y lo que quieren ustedes es en la mesa generar o cambiar las condiciones cuando aquí quien decide es el pueblo, el pueblo es quien va a decidir en Nayarit quién va a ser el próximo senador y el próximo gobernador y escúchenlo bien, integrantes del PRIAN, no va a ser de ustedes, va a ser de MORENA el gobernador y el próximo senador en Nayarit, les duele, sabemos que les duele, pero es porque ustedes le han fallado al pueblo y como ahora lo decía el representante del Partido de la Revolución Democrática, también les duele la consulta popular, llevar a juicio a sus expresidentes, claro que les duele, son representantes de su partido, pero dejaron al país en ruinas, saquearon al país y ésa es su responsabilidad que ahora tienen que enfrentar.

Ustedes evaden esa responsabilidad y a través de argumentos leguleyos quieren que no se lleve a cabo la elección en Nayarit por el simple hecho de que saben que van a perder, les informamos PRIAN, porque eso son ustedes, el PRIAN, no tienen ninguna posibilidad en Nayarit y esa alianza que hoy están aprobando no les va a servir para nada, como alianza que hicieron en lo federal y como las otras alianzas en los estados, entonces nuestro pronóstico por más que se quejen, por más que vociferen es que la tienen pérdida en Nayarit, con el doctor Navarro ganaremos la gubernatura y con Pavel Jarero ganaremos el senado.

Es cuanto, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.

¿Alguna otra intervención en primera ronda?

En segunda ronda tiene la palabra al licenciado Ángel Ávila, representante del PRD.

Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Gracias, Presidente.

Por alusiones de mi compañero Sergio Gutiérrez, al cual también le mando un saludo, va a ser una buena sesión larga.

Primero exponer muy claramente, da risa cuando MORENA expone que los famosos argumentos leguleyos es lo que marcan nuestra Constitución, nuestra Carta Magna.

¿Pero qué podemos esperar de un partido político que pretende estar por encima de la Constitución y de la ley, un partido político que no respeta ley ni Constitución?

Hoy estamos, ¿qué podemos esperar?, si el propio Presidente de la República emanado de MORENA no respeta la ley ni la Constitución, hoy lo estamos viendo con las iniciativas que manda, o la iniciativa sobre la industria eléctrica, sobre diversas iniciativas que le hacen daño a la competitividad del país.

No respetan la ley ni la Constitución, entonces, por supuesto, cuando uno argumenta por qué no existe una vacante, porque afortunadamente el señor Miguel Ángel Navarro Quintero está vivito y coleando, anda recorriendo el estado de Nayarit, y qué bueno que las contiendas democráticas se logren y se ganen a través de los votos y de recobrar la confianza ciudadana.

No compartimos, por supuesto, que las contiendas democráticas se quieran ganar con amenazas, como las de MORENA, que no respeta la ley y que el día de hoy tiene tomado por la fuerza las instalaciones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral.

Hoy debiéramos de estar ahí las y los representantes en la herradura de la democracia, discutiendo civilizada y democráticamente, pero el grupo de porros encabezados por Mario Delgado y por los dos candidatos de Michoacán y Guerrero hoy han amenazado a los habitantes del estado de Guerrero con no llevar a cabo elecciones, es decir, con violar los derechos fundamentales de las y los ciudadanos.

Por eso cuando el representante Sergio Gutiérrez establece argumentos leguleyos, la realidad es que estamos pidiendo que se respete la ley, la Constitución.

El señor Presidente de la República juró cumplir la Constitución, nuestro compañero Sergio, diputado federal, juró respetar la Constitución y la ley cuando, que fue electo diputado federal.

Hoy lo que estamos estableciendo es muy claramente, hoy no hay una vacante porque no ha fallecido o no tiene una enfermedad que no le permita asistir a las sesiones al señor Miguel Ángel Navarro Quintero. Hoy lo que quieren hacer es desdoblarse, es prevenir que supuestamente van a ganar, habría que esperar las elecciones para entonces, de manera ahora sí leguleya, no querer perder un espacio en el Senado, porque hoy ya no existen materialmente el suplente.

Entonces, hoy que MORENA necesita más que nunca senadores para tratar ellos de intentar llegar a los dos tercios en la Cámara del Senado, algo que, evidentemente, no tiene porque les faltan seis senadores, se niegan a perder un espacio con esta acción, que además, utilizan la mayoría parlamentaria que tienen en el Senado de la República para torcer la ley.

Esto es gravísimo, ¿cómo el órgano facultado para legislar y para llevar a cabo las modificaciones a las leyes y a la Constitución se utilicen de una manera facciosa para beneficiar a un partido, para beneficiar al partido del poder y del Presidente, para no perder espacios?, están violando la ley, están torciendo la Constitución.

Debería de darles vergüenza, eso es la realidad, porque hoy MORENA es un partido centralista, es un partido santanista, todo el poder al centro, todo el poder al Presidente de la República como Antonio López de Santa Anna, todo se decide desde el centro.

Vergüenza les debería de dar a MORENA querer pisar la Constitución para no perder un escaño cuando tienen amplia mayoría.

Es cuanto, señor Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.

Tiene la palabra el licenciado Sergio Gutiérrez, representante de MORENA.

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: No se confunda, no se confunda representante, nuestro movimiento (Falla de Transmisión) 2018, este movimiento arrasó en las urnas como lo volverá a hacer en el 2021.

Usted no entiende que México ya cambió, y que la nueva realidad social emana del pueblo, ese pueblo que ustedes despreciaron aliándose con el PRI y con el PAN es el que ahora los desprecia a ustedes, y que en Nayarit dará el triunfo a Miguel Ángel Navarro y a Pavel Jarero.

Así, que le quede claro, en MORENA somos pacíficos, en MORENA a través voto vamos a refrendar nuestra mayoría en la Cámara de Diputados, y el triunfo en Nayarit que hoy tanto le duele.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias.

Tiene la palabra el Senador Juan Antonio Martín del Campo.

Audio, Senador.

Consejero del Poder Legislativo del PAN, Juan Antonio Martín del Campo: A ver, ¿ya?, sí, okey gracias.

Aquí no estamos hablando ni de encuestas, aquí no estamos hablando de que quién va a ganar o que quién va a perder, ni tampoco estamos, tal parece, hablando de democracia, aquí estamos hablando de legalidad.

Y quien ha estado violando, precisamente, la ley es MORENA, los senadores de MORENA, y es una vergüenza, en serio, quienes hacemos las leyes y nosotros mismos violando nuestra propia Constitución, eso no tiene palabra.

Y es muy claro, en la Fracción IV del artículo 77 donde da, precisamente, los cuatro motivos por el cual se puede llevar a cabo una elección extraordinaria, y una de ellas es por muerte o por enfermedad que provoca una incapacidad total permanente.

Fue al Senador Navarro en la cual tengo un gran respeto y un gran cariño, pero simple y sencillamente ahorita no puede ser posible el poder convocar a otras elecciones, y no es que tengamos miedo, tampoco, ubíquese representante de MORENA, porque al final de cuentas es un escaño y es de MORENA no es de otro partido es de ustedes, precisamente.

Pero yo creo que lo que no es justo y lo que no se vale es de que estén violando la ley, somos un muy mal ejemplo, es vergonzoso ese día cuando se aprobó este acuerdo.

Y lo que hoy estamos hablando es de legalidad simple y sencillamente, yo sé que, por supuesto, al Instituto lo ponen en un gran predicamento en donde al final llega una orden por parte de lo que es el Senado y se tiene que acatar en este momento, okey, si bien es cierto no estamos de acuerdo en el fondo pero más sin embargo, como demócratas, acompañamos precisamente a este árbitro electoral a diferencia de ustedes, ustedes no respetan, si no es favorable hacia ustedes, no respetan, y ahí está la persona que quiere encabezar la fórmula a la gubernatura en Guerrero, en donde ha hecho múltiples señalamientos hacia lo que es el árbitro electoral, y sobre todo y lo más grave, amenazas.

Yo creo que eso es lo que no se debe de permitir.

Hoy más que nunca, al contrario, tenemos que respetar la propia ley. A veces puede estar a favor o en contra, pero simple y sencillamente es poderla respetar y es algo que ustedes, los de MORENA, simple y sencillamente pues no saben y no entienden.

Por otro lado, dice que van a ganar y que van a arrasar, si bien es cierto, qué, las encuestas les dan preferencia en ese estado, pero todavía no está nada escrito, digo, falta tiempo.

Y por el otro lado y, por último, dicen que es un movimiento pacífico, sí, seguramente, como fue pacífico el tomar reforma durante muchísimo tiempo, el que muchos negocios se vinieron abajo, y si no les da la razón la ley, pues entonces hacen ese tipo de manifestaciones como el día de hoy tienen al Instituto Nacional Electoral, afuera, precisamente, donde no se puede sesionar.

Ése es el movimiento pacífico.

Es una lástima y es una vergüenza.

Hablamos, hay que hablar, pero hay que hablar de legalidad.

Es cuanto, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, senador.

Tiene la palabra el licenciado Obdulio Ávila, representante del PAN.

Representante del PAN, Obdulio Ávila Mayo: Muchas gracias, Consejero Presidente.

La coalición es una apuesta por la pluralidad, esa pluralidad que se refleja siempre en la auténtica división de poderes y un genuino federalismo, y eso es lo que irrita a MORENA, prosélito del pensamiento único, obvio, dictado por el predicador del Palacio.

Al diputado de MORENA, no creo que se le dé el uso de la palabra en los mítines de su partido y, por tanto, se equivoca de tono y de lugar.

Cautelarmente hemos señalado en la sesión, en una sesión previa, que vamos a aceptar el proceso, no obstante que hemos impugnado al mismo, porque creemos en el imperio de la ley.

No se preocupe, diputado, no se ponga nervioso, este 6 de junio vamos a derrotar al principal virus del país, al “morenavirus”, lo haremos pacíficamente, a fuerza de votos, en Nayarit y en México.

Y si hablamos de quién hace un ejercicio de ser leguleyo, es clarísimo que MORENA es el tinterillo depredador del derecho.

Es cuanto.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.

Tiene la palabra el licenciado, el maestro Gerardo Triana, representante del PRI.

Representante del PRI, Gerardo Triana Cervantes: Gracias, Presidente, nuevamente, por esta oportunidad de intervenir.

En este segundo momento, yo sí quiero agregar respecto al tema que se está tratando, pues de que no somos adivinos ni pitonisos para saber el resultado de uno u otro de los contendientes en el proceso electoral de Nayarit, concretamente en la elección extraordinaria de senador, que es el tema que se está tratando.

Lo que sí sabemos y lo decimos con pleno convencimiento, es que efectivamente hay una encuesta. Y la mejor encuesta es el bolsillo menguado de los nayaritas, el sistema de salud deteriorado desde Bahía de Banderas hasta Tecuala.

Y, bueno, el esfuerzo que han hecho los gobiernos Estatal y Municipales por rescatar el territorio nayarita de la peor crisis en que se encuentran, la peor crisis de todos los tiempos.

Por eso, el tema de hoy es determinar si es posible o no la coalición entre las diversas fuerzas políticas ya mencionadas.

El proyecto que se nos presenta nos dice pues que sí es posible, que se ha cumplido con los extremos normativos. Y, bueno, este proyecto va en el sentido de eliminar todo obstáculo para que los próximos gobiernos en Nayarit, en el ámbito de los Diputados Federales, del senador que seguramente estará en juego si es que el Tribunal así lo confirma, pues es eliminar todo obstáculo para que se pueda servir a México de una manera eficaz y con una menor expectativa de vida para los nayaritas.

Eso es lo que el espíritu que mueve tanto al PRI, como al PAN, como al PRD en este esfuerzo de la coalición “Va por México” y eso es lo que tenemos que señalar en este momento de que vamos por una coalición también en la elección de senador y vamos por la expectativa, una mejor expectativa de vida para los nayaritas.

Muchas gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representantes.

¿Alguna otra intervención?

Si no hay más intervenciones, le voy a pedir al Secretario Ejecutivo que tome la votación correspondiente, por favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Con mucho gusto, Presidente.

Señoras y señores consejeros electorales, se consulta si se aprueba el proyecto de resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, identificado en el orden del día como el punto número 2.

Consejera Norma De La Cruz.

Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña:  A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Uuc-kib Espadas.

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Adriana Favela.

Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Martín Faz.

Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Carla Humphrey.

Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Ciro Murayama.

Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Dania Ravel.

Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Jaime Rivera.

Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero José Roberto Ruiz.

Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Claudia Zavala.

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: A favor, Secretario.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Presidente Lorenzo Córdova.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: A favor también, Secretario.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Presidente, el proyecto de resolución es aprobado por unanimidad.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor Secretario.

Le voy a pedir que se sirva realizar las gestiones necesarias para publicar la resolución recién aprobada en el Diario Oficial de la Federación.

Le pido, por favor, que continúe con el siguiente asunto del orden del día.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: El siguiente asunto es el relativo al proyecto de acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se da respuesta a la solicitud de Movimiento Ciudadano sobre la posibilidad de suspender hasta después de la Jornada Electoral prevista para el 6 de junio de 2021, el cobro de la totalidad de las sanciones que le fueron impuestos por esta autoridad electoral en la sesión ordinaria del 25 de marzo pasado, en los dictámenes y resoluciones sobre los informes de ingresos y gastos de precampaña en los procesos electorales en curso.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor Secretario.

Señoras y señores consejeros y representantes, está a su consideración el proyecto de acuerdo mencionado.

Si no hay intervenciones, le voy a pedir al señor Secretario que tome la votación correspondiente.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Señoras y señores consejeros electorales, se consulta si se aprueba el proyecto de acuerdo del Consejo General, del Instituto Nacional Electoral, identificado en el orden del día como el punto 3, tomando en consideración en esta votación las observaciones de forma que nos hizo llegar la consejera Dania Ravel.

Consejera Norma De La Cruz.

Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña:  A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Uuc-kib Espadas.

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Adriana Favela.

Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Martín Faz.

Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Carla Humphrey.

Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Ciro Murayama.

Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Dania Ravel.

Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Jaime Rivera.

Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero José Roberto Ruiz.

Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Claudia Zavala.

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: A favor, Secretario.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Presidente Lorenzo Córdova.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: A favor, también Secretario.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Presidente, el proyecto de acuerdo es aprobado por unanimidad.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor Secretario.

Le pido que realice las gestiones necesarias para publicar el acuerdo aprobado del Diario Oficial de la Federación, y le pido que continúe con el siguiente punto del orden del día.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: El siguiente punto del orden del día es el relativo al proyecto de acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se da cumplimiento a la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación identificada con la clave SUB-JDC416/2021 y acumulados, SUB-RAP73/2021, SUB-RAP75/2021, SUB-JDC428/2021 y SUB-JDC432/2021.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor Secretario.

Hay una lista de oradores, me he anotado en primera instancia, no sé si la consejera Favela quiera presentar el punto.

Permítanme darle la palabra a la consejera Favela en primera instancia y luego sigo en el orden de quienes me han solicitado la palabra para seguir lo que es tradición en este Consejo.

Por favor, consejera Favela.

Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: Gracias, Presidente.

Buenas noches a todas las personas.

Si queremos vivir en un país verdaderamente democrático, todas las personas debemos ceñirnos a lo que contempla la Constitución, las leyes, el marco convencional y jurídico y este deber se impone tanto a la población en general, a los actores políticos, a las personas aspirantes a candidaturas a cargos de elección popular y obviamente este deber también se impone a todas las autoridades.

Inicio diciendo que rechazo cualquier tipo de manifestación o señalamientos sin ninguna base jurídica en contra del INE, de mis compañeras y mis compañeros.

El INE, el ejercicio de sus funciones toma decisiones que algunas veces no son aceptadas por los actores políticos que se sienten afectados, pero afortunadamente la legislación electoral prevé un sistema de medios de impugnación para hacer valer las inconformidades dentro del marco jurídico desterrando amenazas o intentos de intimidación, ya que todas las personas pueden acudir al Tribunal Electoral para hacer valer sus agravios.

Yo creo que se debe apostar al cauce jurídico e institucional para que realmente podamos calificar como un país democrático y civilizado.

El día de hoy estamos dando cumplimiento a la resolución emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral identificada con el juicio ciudadano 416 de 2021 y acumulados.

En esa sentencia, la Sala Superior llegó a las conclusiones de que las sanciones consistentes en la pérdida del derecho a ser registrado como candidato a un cargo de elección popular, o en su caso la cancelación del registro, no deben de ser aplicadas de forma automática o categórica en todos los casos. Y ya sabemos que esta hipótesis está prevista para el caso de que las personas que son precandidatas no hayan presentado su informe de precampaña correspondiente.

La Sala Superior también nos dice que, al cumplir esta sentencia, tenemos que proceder a la individualización de las sanciones que corresponden a cada uno de los objetos obligados, tomando en cuenta varios elementos.

Primero, valorar la voluntad o disponibilidad procesal del sujeto obligado a presentar el informe dentro del plazo establecido en la normatividad electoral.

El momento en que fue presentado el informe y si con ello se permitió o no, a la autoridad, ejercer su función fiscalizadora.

La naturaleza y los bienes jurídicos que se ponen en riesgo o se afectan.

También las circunstancias particulares, objetivas y subjetivas en las que en todo caso se cometió la infracción.

También si hubo una intencionalidad y los medios de ejecución, valorando cuestiones como si se intentó encubrir la violación.

También el monto económico o beneficio involucrado, y su impacto o trascendencia en la fiscalización, rendición de cuentas y la equidad.

En relación con el primero de los elementos, en el proyecto se llega a la conclusión de que ha quedado acreditada la falta de voluntad o disponibilidad de los diversos objetos obligados, para presentar ante el INE el informe de precampaña, en el marco de la sustanciación del procedimiento que se le siguió en su contra.

Y, bueno, entonces, se valora en este sentido.

En relación con el momento en que fue presentado el informe y si con ello se permitió o no a la autoridad ejercer su función de fiscalización, se llega a la conclusión de que en el momento en que se presentaron los informes de ingresos y gastos de precampaña por parte del Partido MORENA, no fue el adecuado ni eficaz para el cumplimiento de la facultad fiscalizadora del INE, porque ya se imposibilitó que la Unidad Técnica de Fiscalización desplegara sus facultades de verificación y comprobación respecto a los recursos recibidos y erogados por el sujeto incoado, con la finalidad de verificar que el origen, monto, destino y aplicación de los mismos recursos.

En relación con la naturaleza y los bienes jurídicos que se ponen en riesgo o se afectan, pues se advierte que no solo se puso en peligro, sino que se afectó directamente la rendición y revisión de cuentas efectivas, que genera consecuencias reales en la contienda electoral, dotándolo así de una correcta equidad dentro de los actores políticos.

Y también se llega a la conclusión de que los sujetos obligados intentaron engañar a la autoridad, presentando sus informes en ceros, a pesar de que se les encontraron gastos que habían realizado en las precampañas.

También, se llega a la conclusión, ya que ha quedado acreditado, que en el caso concreto no medió voluntad por parte de los sujetos infractores, de cumplir con la normatividad en materia de fiscalización, y también que sí hubo la intencionalidad de tratar de burlar la fiscalización que tenía que realizar esta autoridad.

En relación con el monto implicado, pues ahí se pone de manifiesto lo que se encontró en cada uno de los casos por la Unidad Técnica de Fiscalización, y se llega a la conclusión de que estos gastos no fueron reportados, ni por el partido político, ni por los sujetos obligados.

Y, por lo tanto, se concluye que, en el caso concreto de esta sentencia, pues, se tiene que imponer como sanción a Félix Salgado Macedonio la cancelación de su registro a la candidatura a la gubernatura en el estado de Guerrero por el partido político MORENA.

La misma circunstancia a Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros, a Adela Román Ocampo se les impone la pérdida del derecho a ser registrados, en su caso, como candidatos al cargo de la gubernatura en este proceso electoral en el estado de Guerrero.

Y en el caso del ciudadano Luis Walton Aburto, se les impone una multa equivalente a 2 mil 500 Unidades de Medidas y Actualización para el ejercicio 2020, que asciende a la cantidad de 217 mil 200 pesos.

También se ordena que, obviamente, se haga el cobro de la sanción económica impuesta.

Y, también, se contempla que se otorgue al partido político MORENA un plazo de 48 horas para la sustitución de la candidatura al cargo de la gubernatura en el estado de Guerrero, pues para que tenga la oportunidad de estar pues participando con alguna candidatura para ese cargo de elección popular.

Yo creo que este proyecto, bueno, pues está, es muy interesante, está hecho con elementos técnicos, pero yo también anunció que me apartaría de algunas partes que yo dejaría para la segunda intervención.

A mí me parece que falta valorar este punto del monto involucrado, porque ya en una determinación anterior quedó acreditado y es súper confirmado por la propia Sala Superior.

En el caso de Félix Salgado Macedonio, el monto involucrado de los gastos no reportados fue de 19 mil 872 pesos; en el caso de Pablo Amílcar Sandoval, de 15 mil  565 pesos; de Adela Román Martínez, 11 mil 48 pesos; y en el caso de Luis Walton Aburto, se le encontró una cantidad de 18 mil 281 pesos, pero además, este ciudadano dijo que había gastado 502 mil 906 pesos, lo que suma 521 mil 188.92 pesos, pero en este caso solamente se le está sancionando con una multa de 217 mil 200 pesos.

En el caso de Félix Salgado Macedonio, de Pablo Amílcar Sandoval, Adela Román Martínez, yo considero que la conclusión debería de ser imponerles como sanción el 200 por ciento del monto involucrado y no proceder a la cancelación del registro.

Sería cuanto, Presidente.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, consejera Favela.

Permítanme hacer uso de la palabra.

Lo que se va a discutir en este punto del orden del día y en el siguiente, a pesar de los tonos encendidos con los que se ha discutido públicamente en los días recientes, no es un tema político, sino estrictamente jurídico, y tiene que ver con la imposición de sanciones a una serie de irregularidades en materia de fiscalización que han sido confirmadas por la máxima autoridad jurisdiccional electoral de nuestro país.

Trasparentar el origen y destino del dinero invertido en la política ha sido el objeto de una larga lucha de quienes por más de dos décadas han exigido y conseguido que haya equidad en las contiendas electorales.

Después de tres generaciones de reformas en materia de Fiscalización Electoral, finalmente en 2014 se logró el diseño de un Sistema Integral de Fiscalización que, robustecido con múltiples convenios suscritos con autoridades hacendarias, fiscales y bancarias, ha permitido al INE configurar un modelo fiscalizador que permite detectar trampas e intentos de fraude a la ley, garantizando invariablemente los derechos de todas las y los ciudadanos, en primer lugar el derecho de audiencia, es decir, de defenderse oportunamente que tienen todas y todos los contendientes.

Los asuntos que nos convocan el día de hoy tienen un propósito preciso, no se trata de determinar si se cometieron o no irregularidades, es decir, de si se violó o no la ley por parte de una serie de personas o de si se trataba o no de precandidatos, eso ya está definido y además confirmado por el Tribunal Electoral.

Se trata más bien de establecer qué sanciones ameritan las faltas cometidas por esos precandidatos que se negaron a rendir cuentas a la sociedad y a presentar sus informes de gasto de precampaña en los plazos legales dispuestos para ello.

Quiero ser claro, el Tribunal Electoral ya resolvió la controversia sobre si se había o no violado la ley por esas personas, eso ya está juzgado y la Sala Superior del Tribunal ya le dio la razón al INE, se trata, pues, de una verdad jurídica.

Permítanme hacer un recuento de lo que reconoció el Tribunal y sobre de lo que ya no cabe discusión.

Primero, que las personas que impugnaron sí fueron precandidatas y sí realizaron actos de precampaña.

Segundo, que por lo tanto, dichas personas sí estaban obligadas a presentar sus informes de ingresos y gastos de precampaña para que el INE fiscalizara la veracidad de lo reportado.

Tercero, que esos informes no se presentaron, o bien, se presentaron de manera tan extemporánea que el efecto es el mismo que si no los hubieran entregado; es decir, se impidió que el INE pudiera fiscalizar los ingresos y gastos realizados, ello a pesar de que el INE le requirió que presentaran esos informes en varias ocasiones. En consecuencia, se cometió, conscientemente, una clara violación a la ley.

Y cuarto, que, aunque haya quien sostenga lo contrario, la sentencia establece que el INE no violó la garantía de audiencia de ninguno de los quejosos, ya que todos fueron notificados en tiempo y forma tanto que estaban obligados a presentar sus informes, como de los hallazgos encontrados con motivo de sus precampañas, los gastos encontrados, con el fin de que alegaran lo que a su derecho convenía.

En síntesis, el Tribunal Electoral confirmó las faltas cometidas por el partido MORENA y por sus precandidatos, e instruyó al INE que valorara de nuevo la gravedad de dichas faltas para imponer las sanciones correspondientes caso por caso.

¿Qué nos propone el proyecto en tal sentido? Ambos proyectos.

¿Cuál es la valoración sobre las faltas cometidas? Pues que no cumplir con la obligación legal de presentar informes de precampañas es una falta gravísima para la que el legislador previó, por cierto, incluso, una pena tan severa como la cancelación de registro de una candidatura.

Y lo es, porque no presentar dicho informe, además de pretender obstaculizar la fiscalización a cargo del INE, puede provocar, en consecuencia, un daño mayor en el sistema democrático, no solo porque impide que se concrete un principio fundamental de la democracia, que es el de la rendición de cuentas, sino porque además afecta directamente la equidad de las contiendas.

La fiscalización tiene un doble propósito.

Por un lado, busca garantizar que todos los recursos que se usan para financiar a la política provengan de fuentes lícitas. Es decir, que no se violen las prohibiciones que la ley establece.

Y, por otro lado, que al respetarse los límites de gasto autorizados, exista una cancha pareja para todos los contendientes que la contienda sea pues equitativa. No entregar los informes respectivos es una manera de impedir que esos dos propósitos se cumplan, porque obstaculiza que el INE pueda analizar oportuna integralmente la totalidad de los movimientos bancarios, financieros y comerciales que están respaldando las posibles candidaturas de un proceso electoral.

Se trata, pues, de una falta muy grave, porque abre la puerta a la opacidad en la contienda por los poderes públicos, porque impide la rendición de cuentas de los actores políticos y porque vulnera la equidad de las elecciones y la transparencia de nuestra democracia.

Hay quien podría decir que en realidad la no presentación de los informes no impide que el INE detecte gastos realizados. Esto es parcialmente cierto, de hecho, identificamos una serie de gastos que no fueron reportados a esta autoridad electoral por las personas involucradas.

Pero también lo es que el no presentar los informes impide una revisión exhaustiva por parte del Instituto.

Es decir, se busca impedir que la fiscalización se lleve a cabo, hay una intención de ocultamiento e imposibilita todo el proceso de verificación, auditoría y aclaraciones que supone un auténtico ejercicio de fiscalización.

Por eso, coincido con las propuestas que nos hacen los proyectos de ratificar en la mayoría de los casos la cancelación de los registros como candidatos de las personas infractoras.

Permítanme concluir, reiterando que una de las virtudes de la competencia democrática, es que representa o al menos debería representar una contienda entre rivales leales a las reglas del juego. Eso es lo que garantiza que después de las elecciones todas y todos los contendientes, vuelvan a sus actividades políticas, económicas, profesionales o parlamentarias.

Respetar la ley representa el piso mínimo de funcionamiento de una democracia constitucional. Y el punto de partida para la gobernabilidad democrática de quienes obtienen el triunfo en las urnas.

De ahí que las elecciones tengan un poder civilizatorio, porque abren canales de competencia y reglas conocidas por todos que permiten dirimir las diferencias políticas en paz y seguir contribuyendo con la participación de mayorías y minorías a la conformación de la casa común de todas y todos que es nuestra nación.

Jugar a violar las reglas, por el contrario, significa erosionar todo lo anterior, es una lógica disruptiva y antidemocrática.

Soy enfático en lo que dije hace 10 días, antes de que iniciaran las campañas electorales federales. El INE no está en contra de nadie, de ninguna fuerza política ni de ningún actor político.

Quien diga lo contrario, simple y sencillamente miente. El INE está en contra de quien viole la ley, sea quien sea, el INE está con la Constitución.

Nuestro compromiso con la equidad e imparcialidad y legalidad de nuestras elecciones ha sido, es y será irrenunciable.

Por eso a este INE, a estas consejeras y a estos consejeros electorales nadie los va a amedrentar ni siquiera con amenazas directas y abiertamente ilegales.

Tenemos claro que se están desplegando estrategias claras de descalificación contra la autoridad electoral, a quienes las encabezan les decimos que el INE no va a caer en las provocaciones que le hacen, porque no caeremos en la trampa de la profecía autocumplida de sostener que con este Instituto no hay condiciones democráticas.

El INE como árbitro de la contienda está por encima de las partes y haremos que se cumpla la ley ni más ni menos.

Tiene la palabra ahora el licenciado Clemente Ávila, representante del PRD.

Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Gracias, Presidente.

Coincido y suscribo plenamente lo que usted acaba de comentar y por supuesto que esperamos que en el Partido de la Revolución Democrática que se ratifique el sentido del proyecto.

Hoy lo que está jugando México, lo que está jugando la vida democrática es que se respete el estado de derecho, la democracia, la constitución y las leyes, hoy hay que decirlo, hay millones de mexicanas y mexicanos que dependemos al INE, que sabemos lo que ha costado construir una institución que pueda generar certeza y confianza para llevar a cabo elecciones limpias, democráticas y libres, y las y los mexicanos tengamos y podamos elegir con libertad a nuestros representantes y a nuestros gobiernos.

Hoy hay que decirlo fuerte y claro, descalificamos y reprobamos, son reprobables las actitudes en contra del Consejo General del INE, en contra de su Presidente y en contra de las consejeras y consejeros. Hoy el INE se está jugando la credibilidad de poder ser un árbitro electoral que ejecute las leyes, hoy el INE se está jugando una visión para tener una autoridad que pueda llevar a cabo las elecciones, hoy el INE no puede caer en el miedo a que nos quieren llevar los provocadores del partido político MORENA, al querer estar infiltrando con violencia un proceso electoral que debiera ser pacifico, hoy está claro que los ataques al Consejo General del INE no abonan a la democracia, hoy hay que decirlo son aptitudes fascistoides, eso hacía el fascismo, meter miedo a los contrincantes democráticos o a las autoridades para que se hagan las voluntades particulares.

Hoy no podemos aceptar que un precandidato o un candidato sin registro por no cumplir la ley quiera amenazar la democracia y quiera amenazar el derecho de las y los mexicanos a elegir libremente a sus representantes; el INE no está para cumplir los caprichos de ciertos personajes.

Nosotros rechazamos la violencia que se ha inscrito en contra del INE, porque esa violencia se puede desbordar, las amenazas de ir a las casas de cada uno de los consejeros del Instituto Nacional Electoral son amenazas graves a la vida democrática del país, son amenazas al estilo de los cárteles de la delincuencia, cuando un cartel del crimen organizado amenaza a alguna autoridad sean policías, sea fiscal, de que no cumpla con su deber porque de lo contrario irán a su casa a buscarle, éstas son actitudes delincuenciales, auspiciadas por el presidente nacional de MORENA, Mario Delgado en contra del Instituto Nacional Electoral, para buscar doblegar la voluntad de aplicar la ley a las y los consejeros del INE, no puede el INE ceder ante estos amagos de violencia y se debe aplicar claramente la ley.

En el caso de Félix Salgado Macedonio y los demás candidatos, está claro que no presentaron informes de gastos de precampañas, ni siquiera se puede tomar como informes extemporáneos, porque como lo decía el Presidente fue materialmente imposible saber quién financió esos gastos de campaña, en un país como el nuestro, en un estado como el de Guerrero tan convulso, debemos de tener muy claro de dónde viene el financiamiento en los partidos políticos, si no se expone quién financió las campañas políticas, las precampañas de estos candidatos de MORENA, se deja al garete la aplicación de la ley, uno puede pensar que tal vez esos recursos vienen de procedencia ilícita, de alguna actividad ilícita en el estado de Guerrero o fuera del estado de Guerrero.

El tema de que se presenten los gastos de precampaña tiene que ver si somos creyentes o no de los principios rectores que marcan la Constitución, sobre certeza y equidad, no se puede ganar una elección violando la ley, eso lo tiene que entender MORENA.

Hoy habría que preguntar a esos precandidatos, por qué si más de seis mil candidatos registrados en el Instituto Nacional Electoral, al día de hoy, cumplieron en tiempo y forma con sus ingresos de gastos de precampaña, sus informes, qué le hace pensar a los precandidatos de MORENA, al gobierno del estado de Guerrero, que ellos no tenían una obligación para presentar estos gastos de precampaña, qué les hace pensar que ellos son precandidatos diferentes o distintos a los cuales la ley no les está obligando, fueron requeridos, tuvieron derecho de audiencia, simplemente no les importó cumplir la ley, no les importó cumplir lo que marca la Constitución.

Hoy el sistema fiscalizador nos ha ayudado, principalmente a la oposición, al tema de la equidad en la contienda, al tema del piso parejo, que no intervengan recursos de procedencia ilícita, pero tampoco recursos del gobierno. Durante años el PRD ha luchado por esa bandera, piso parejo, cancha pareja, y es lo que hoy la autoridad les pidió a los precandidatos de MORENA para que presentaran sus informes de gastos de precampaña y estos olímpicamente lo ignoraron.

Hoy no pueden venir a decir que es una aplicación estricta de la ley, pues por supuesto que es lo que demandamos millones de mexicanos, que nuestro país sea un estado democrático y de derecho, donde se cumplan las leyes, y el partido en el gobierno que en este caso es MORENA, debiera ser el primero en poner el ejemplo de cumplir con la ley y no querer tergiversar las cosas.

Por eso, nosotros exponemos a las y los integrantes del Consejo General del INE, en acatamiento a la sentencia de la Sala Superior del Tribunal, que no se dejen doblegar, que se valoren las pruebas, que se aplique la ley como está establecido, que aquel precandidato que haya sido electo, pero que no presentó sus gastos de precampaña, simplemente se le tiene que negar el registro y que los otros precandidatos, todos, incluido el licenciado Luis Walton Aburto, que está en la misma condición, debieran de negarle su posible participación como candidato.

En este caso, los que no fueron electos candidatos, por supuesto deben ser sancionados económicamente, tal y como dice la ley.

No estamos pidiendo mucho, compañeras consejeras y consejeros, estamos pidiendo que apliquen la ley y la norma, como lo han hecho otras veces, como han interpretado la Constitución para garantizar derechos, como han tomado decisiones autónomas e independientes, hoy estamos de nueva cuenta a la luz de los mexicanos, para que este Consejo General pueda ganar esa autoridad que se ha ganado en estos años, que es aplicar la ley simple y llanamente.

Por eso nosotros acompañamos este proyecto y rechazamos todas las acciones violentas en contra del árbitro electoral.

Por cierto, habría que decirlo, desgraciadamente, no solamente vienen de los partidos políticos, esta acción en contra del INE y esta campaña de violencia contra el árbitro electoral viene auspiciada y comandada por el propio Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, al estar todo el tiempo amenazando y hostigando la labor del árbitro electoral que, por cierto, fue el mismo que llevó a cabo la Elección del 2018, y que hoy lo tiene como Presidente de la República.

Por supuesto que el partido político MORENA es un partido político centralizado, va a obedecer las órdenes de un solo hombre.

Desde aquí les decimos al Presidente de la República: saque las manos del proceso electoral, no intervenga en las elecciones. El Presidente no es un actor político electoral, deje en paz al Instituto Nacional Electoral y cumpla la ley usted y su partido.

Muchas gracias, señor Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor representante.

Tiene la palabra ahora el consejero José Roberto Ruiz.

Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: Gracias, Presidente.

Buenas tardes a todas y a todos.

Con el permiso de todas y todos, nuevamente el Instituto Nacional Electoral tiene un llamado con la historia, quiero manifestar que no acompaño los proyectos de acuerdo de este y el siguiente punto del orden del día por sus propios méritos y en su justa dimensión, los mismos no son dignos de esta gran institución, y de los anhelos democráticos del pueblo mexicano.

En efecto, los proyectos de acuerdo adolecen de graves inconsistencias jurídicas; por una parte, es incongruente que en la individualización de la sanción el partido MORENA, precisamente, por la entrega de los informes de precampaña la falta se calificó como culposa.

Sin embargo, ahora para las personas en concreto, el señor Félix Salgado, Adela Román, Pablo Amílcar y Raúl Morón, estas conductas son calificadas como dolosas.

Lo anterior es todavía más absurdo si se reconoce que en materia de fiscalización es el instituto político el que tiene una responsabilidad mayor respecto de las y los precandidatos, pues es sabido que estos no tienen un control de las acciones del partido en la entrega de dichos informes.

Los proyectos desconocen el hecho que los sujetos obligados tenían imposibilidad material para acceder al Sistema Integral de Fiscalización.

Adicionalmente, es insostenible que se aplique la sanción máxima a saber la pérdida de candidatura cuando no está acreditado que los sujetos obligados actuaron con la intención de cometer la infracción consistente en la omisión de presentar el informe de precampaña.

Hay a todas luces en el proyecto una vulneración al principio de proporcionalidad de las penas; por menos de 20 mil pesos encontrados en gastos de precampaña, se pretende aplicar la sanción máxima que es la cancelación de la candidatura.

Y si todo lo anterior fuera poco, en los proyectos se advierte todavía más la desproporcionalidad cuando se cae en la cuenta que no hay reincidencia, ni reiteración, ni beneficio económico, más bien la voluntad procesal de enmendar el error en los sujetos obligados.

No obstante, repito, se extrae la consecuencia extrema.

Materialmente, es evidente que no se afectó gravemente la rendición de cuentas, ni se tuvieron consecuencias reales en la contienda electoral; si la preocupación es el precedente y, precisamente, la rendición de cuentas, la sanción, en todo caso, debiera ser severa pero no desproporcionada.

Señoras y señores consejeros, les reitero la invitación a pensar precisamente sobre la desproporcionalidad de la sanción, a pensar en las consecuencias sociales y políticas que una decisión de esta naturaleza traerá para la vida pública en dos muy sufridas entidades federativas.

Les invito a aplicar la ley con el margen que dio el Tribunal Electoral, pero con un sentido de justicia.

Es cuánto.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, consejero Ruiz Saldaña.

Tiene la palabra la diputada Leticia Martínez, Consejera del Poder Legislativo del PRD.

Consejera del Poder Legislativo del PRD, Leticia Martínez Gómez: Gracias, Presidente.

Nuevamente, buenas tardes a todas y todos.

Sobre este proyecto de acuerdo del Consejo General del INE, porque se da cumplimiento a la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, comento lo siguiente:

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, determinó que quienes impugnaron tenían el carácter de precandidatos. Y, por tanto, tenían la obligación de entregar sus informes de gastos de precampaña, incluso en ceros de haber sido el caso, con independencia de si existió un periodo formal de precampañas.

Esto es, Morena y sus candidatos quisieron burlar la ley.

La Sala Superior ha sustentado el criterio relativo a que los ciudadanos que pretendan ser postulados por un partido como candidata o candidato a cargo de elección popular, deberían ser considerados como precandidaturas, con independencia de que obtuvieran del órgano partidista facultado para ello algún tipo de registro con la denominación de precandidatura.

El INE con este proyecto, cumple con lo mandatado por el Tribunal Electoral que fue individualizar la sanción y determinar la sanción, respecto de la omisión de presentar el informe de precampaña.

Asimismo, cumple con la aplicación de las diversas leyes en la materia.

Félix Salgado Macedonio sabía que al haber manifestado su intención para obtener la candidatura al cargo de Gobernador para el Estado de Guerrero, adquiría obligaciones en materia electoral en su calidad de precandidato y aunado a que la autoridad le hizo de su conocimiento la probable infracción en que había incurrido, continúo omitiendo presentar el Informe de Ingresos y Gastos de Precampaña, por lo que deliberadamente decidió no informar a la autoridad fiscalizadora los recursos empleados en su precampaña.

La omisión en que incurrió Félix Salgado afecta gravemente la rendición de cuentas que debe regir la contienda electoral, pues impidió que se verificaran circunstancias como que los recursos públicos o privados provinieran de fuentes autorizadas, que se hubieran respetado los límites establecidos en la norma respecto a los recursos, o bien, que se hubieran empleado los mecanismos previstos en la norma para la recepción o aplicación de los recursos, entre muchas cuestiones más.

Así que Félix Salgado, Mario Delgado, Morena, mi grupo parlamentario del PRD exigimos cese inmediato de amenazas y chantajes a consejeros y consejeras que solo cumplen la ley, porque en México hoy somos más las y los que defendemos la democracia y a las instituciones, por supuesto.

Que les quede claro que la ley no se aplica a contentillo de ninguna fuerza política, sino en el marco del cumplimiento del estado de derecho.

Es lamentable que Morena no sepa mantener las diferencias dentro del marco de la legalidad y el respeto, sino solo a través de una manera violenta y amenazante como viles delincuentes.

Ya basta de vulgares y amenazantes declaraciones, como la de desaparecer al INE, como viles tiranos que buscan acabar con instituciones democráticas que han sido resultado de largas luchas contra precisamente el régimen autoritario, ya basta de amenazar a los integrantes de este Instituto, eso que hacen se llama intimidación, esos llamados a sus seguidores para ir a intimidar a las y los consejeros es evicción, lo cual está penado en el artículo 131 del Código Penal Federal que a la letra dice: se aplicará la pena de seis meses a siete años de prisión y multa hasta cinco mil pesos a quienes para hacer uso de un derecho o pretextando su ejercicio, o para evitar el cumplimiento de una ley se reúnan tumultuariamente y perturben el orden público con empleo de violencia en las personas o sobre las cosas, o amenacen a la autoridad para intimidarla u obligarla a tomar alguna determinación.

A quienes dirijan, organicen, inciten, compelan o patrocinen económicamente a otros para cometer el delito de motín, se le aplicará la pena de dos a 10 años de prisión y multa hasta de 15 mil pesos, asimismo, exigimos se aplique la pena que el mismo Código Penal Federal contempla; la suspensión de sus derechos políticos por un plazo hasta de 10 años, ya basta de amenazar con que no habrá elecciones en el estado de Guerrero, sino están en la boleta esos señores, implicaría una violación a los derechos políticos electorales de los otros candidatos y de miles de ciudadanos de ejercer su voto.

No se hagan las víctimas, no es un chiste llamar a la violencia, están violando la constitución, espero que la ciudadanía observe y reflexione, estas conductas y deje de votar por violentadores en todos los sentidos de la palabra.

Violentados de las instituciones y de las personas, no hay que olvidar las diversas acusaciones por acoso y violencia sexual que tiene Félix Salgado; el INE no debe caer en su narrativa golpista que es lo que buscan, hacer creer a la ciudadanía que el árbitro está con una parte y en contra de otra, se equivocan, esta institución lo que está mandatada a hacer es aplicar la ley sin distingos, garantizar las condiciones de equidad en las contiendas y privilegiar los principios de certeza, legalidad y máxima publicidad.

Es cuanto.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, diputada.

Tiene ahora la palabra la diputada Claudia Pastor, consejera del Poder Legislativo del PRI.

Consejera del Poder Legislativo del PRI, Claudia Pastor Badilla: Muchísimas gracias, Presidente.

Buenas tardes consejeros, consejeras, señoras y señores representantes de los partidos políticos, señoras y señores representantes del legislativo.

Lo primero es sumarme a la infinidad de voces de la academia, la sociedad civil, la prensa, otros órganos de gobierno, e infinidad de mexicanas y de mexicanos que rechazamos terminante y enérgicamente la escalada de violencia y amenazas contra esta institución, el Instituto Nacional Electoral y en contra de quienes lo integran, acercar la gasolina al fuego no es una buena idea, hoy más que nunca debemos insistir en la reconducción de las diferencias a los canales institucionales.

En el tema de la fiscalización, es fundamental recordar que las primeras legislaciones, solo contemplaban en el catálogo de las sanciones algunas penas monetarias y de apercibimientos públicos, las experiencias que no puedo acreditar, pero sí suponer, constituían cálculos económicos por candidatas y candidatos y partidos en costos para eludir la fiscalización a partir de cumplir con sanciones económicas.

Es hasta que se agregan consecuencias electorales, como la imposibilidad para “contender” la pérdida del registro o la nulidad de las elecciones, que se modifica la conducta de cumplimiento en torno a la rendición de cuentas en los gastos de precampaña y campañas.

Esto me parece fundamental en el centro del debate, pues pese a que todas y todos conocemos los principios inherentes al derecho administrativo sancionador en torno a la proporcionalidad de las sanciones, no debe perderse de vista la finalidad última de estas normas y el bien jurídico tutelado.

Vale tener como presupuesto del debate analizar los hechos y la conducta específica del sujeto de alguna sanción, es decir, los pasos en los que se desarrolló la conducta, la intención del posible candidato en el cumplimiento de la norma, el nivel de afectación a la obligación y la posibilidad o imposibilidad de fiscalización en que se dejó al Instituto Nacional Electoral, la intención y la información requerida o su misión.

Es cierto que todo esto debe valorarse y tenerse en cuenta al momento de aplicar una sanción, sin embargo, la racionalidad y la razonabilidad de estas reflexiones se ven rebasadas cuando lo que se expresa en respuesta por un partido político y por un precandidato es la confrontación, no solo a la institución, no solo a quienes la integran, y no solo a la validez normativa sino, incluso, a la seguridad física de las personas.

A mi entender, en tal comportamiento se incrementa la infracción pues no solo se incumplió una obligación, hay jactancia sobre la insuficiencia y la invalidez de la norma, también sobre las consecuencias legales, aún más, hay amenazas contra quien ose cumplir con sus funciones.

Seguir por este camino es incorrecto por cualquier ángulo desde el que se busque atenderlo.

No sé cuál será la votación que alcance la propuesta circulada de cancelar el registro en Guerrero, tampoco las razones, respetables todas, que expresen las y los consejeros; sin embargo,  en nombre de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, debemos recalcar nuestro absoluto respaldo a la autonomía institucional, el rechazo más categórico a cualquier incitación a la violencia o al desconocimiento del marco constitucional y legal que nos rige, y toda nuestra solidaridad además, en mi caso en lo personal, a todos y cada uno de quienes integran esta herradura de la democracia.

Los invito, consejeras y consejeros, a resolver con la altura de miras que los distingue y con la calidad técnica y profesional que requiere el ejercicio de su encargo; cada elección es siempre un reto por el número de cargos en juego, la concurrencia de elecciones en los tres niveles de gobierno, el proceso que transcurre pues no es la excepción, en medio de una crisis internacional y nacional de salud, en medio de la mayor crisis económica de las últimas décadas, en una escalada de violencia sin precedentes en todo el territorio nacional, es fundamental que este Instituto cumpla, hoy más que nunca, con su función, sin que la tormenta perfecta los desanime.

Es precisamente para momentos tan difíciles como los que atravesamos que se preparan y capacitan a quienes integran el Instituto Nacional Electoral.

Todos los partidos políticos requerimos de árbitros neutrales, diferir o disentir con las decisiones de este Instituto es inherente a nuestro sistema democrático.

La Constitución regula los canales institucionales de debida defensa entre tribunales competentes para restituir los derechos en caso de existir interferencias con los derechos de las personas.

Regresemos todos a ese cauce y seamos categóricos en el ejercicio del deber institucional, y también categóricos en el rechazo a la violencia para dirimir diferencias, y a la intimidación como sistema de gobierno.

Tengamos tolerancia frente a la intolerancia, humanismo frente al fanatismo, y tengamos autonomía frente a la violencia.

Es cuanto.

Muchas gracias, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, diputada.

Tiene ahora la palabra en el orden en que me lo han solicitado el licenciado Obdulio Ávila, representante del PAN.

Representante del PAN, Obdulio Ávila Mayo: Muchas gracias, Consejero Presidente, distinguido Consejo.

“La justicia no consiste en ser neutral entre lo correcto y lo incorrecto, sino en encontrar lo correcto y defenderlo donde sea que se encuentre contra lo incorrecto”, Theodore Roosevelt.

Distinguido Consejo, lo correcto es vivir en un estado de derecho, lo correcto es que se cumpla con la ley, como diría el jurista por antonomasia del siglo XX: “el derecho que no se cumple, resulta ineficaz”.

El punto que nos ocupa a puesto una vez más los ojos de la República en el Instituto Nacional Electoral, e integrantes del poder político lo han utilizado para cuestionarlo pueril y soezmente.

Esto ha provocado una positiva reacción respecto al valor de la democracia en nuestro país, los arrebatos gansteriles y el ataque constante al INE ha abierto una seria reflexión respecto al camino que ha tomado nuestra democracia.

Por nuestra parte, en Acción Nacional, defenderemos siempre a las instituciones democráticas que se han construido con la participación del gobierno y las oposiciones.

Cerramos la puerta a cualquier regresión hacia el pasado y el control de los organismos electorales por el aparato del gobierno federal.

Ya la Corte da síntomas de una mutación nociva como consecuencia de la intromisión del ejecutivo.

Ahora en los hechos se pretende convertir al INE en una especie de órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación.

Entre “el que manda soy yo” del Presidente de México y la frase de “amo de la tierra de todas las Rusias” de Nicolás II, no hay diferencia, ambos son autócratas, solo que el segundo, el zar, no tenía empacho en reconocerlo, y el nuestro se viste de demócrata.

En la lucha del PAN, han quedado innumerables nombres de mujeres y hombres libres que entregaron la vida por la democracia en México, por citar algunos como Manuel Gómez Morín, don Luis H. Álvarez, Manuel Clouthier y otros personajes que desde la izquierda contribuyeron a esta lucha como Cuauhtémoc Cárdenas, Heberto Castillo o el mismo Porfirio Muñoz Ledo.

Rechazamos radical y claramente la violencia y cualquier tipo de amenaza contra integrantes de este órgano o cualquier otro.

Con alarma hemos visto que, en una determinación prevista en nuestro ordenamiento jurídico, produjo el amago de exterminar al INE, amedrentando a los integrantes de este Consejo, con ir a sus domicilios particulares, si no cedían a las pretensiones de MORENA y su candidato Félix Salgado, tanto que se ha advertido que si no se autoriza una candidatura no habría elecciones en el estado de Guerrero.

Ante estos ataques y señalamientos intimidatorios, categóricamente manifestamos, el Partido Acción Nacional respalda las decisiones que conforme a la normativa emita esta autoridad.

Hacemos responsables al Presidente de la República y a su partido, de la violencia política que se suscite dentro del proceso electoral.

Por otra parte, queremos sensibilizar a la autoridad jurisdiccional, para no propiciar la desestabilización de este proceso, sus determinaciones son importantes para el equilibrio y es importante destacar que han sido acusados públicamente, de la existencia de una mayoría vergonzante, subordinada a los intereses del Palacio Nacional.

Les recordamos que el Tribunal Electoral fue construido como órgano de solución de controversias electorales por la vía de la legalidad y la justicia electoral, para así acabar con la violencia y la confrontación política en las calles.

El que hoy veamos que se reviven hechos del pasado, como vía de solución de controversias, es una condicionante que se ha perdido la confianza en sus deliberaciones.

En el asunto que nos ocupa debió resolverse en plena jurisdicción y evitar exponer a este órgano electoral a la confrontación y el desgaste. El Tribunal no cumplió con su función asignada, escurrió el bulto y nadó de a muertito.

Es importante destacar que la resolución emitida por la autoridad jurisdiccional convalida la vulneración a la norma electoral, y solo controvierte lo referente a la aplicación de la sanción, por lo que en nuestro parecer quedan firmes los elementos estructurales de la resolución, que a su vez se vuelven a plantear y que son, a grandes rasgos, se acredita la falta de voluntad o disponibilidad para presentar el informe de campaña.

El informe se presentó fuera del plazo legal y por tanto no fue adecuado ni eficaz para la autoridad fiscalizadora, el infractor lesionó gravemente a la rendición de cuentas, transparencia de los recursos y equidad de la contienda.

El infractor al manifestar su intención para obtener la candidatura a gobernador adquiere obligaciones en materia electoral, la omisión en que incurrió el sujeto infractor afectó gravemente la rendición de cuentas que debe regir la contienda electoral, pues impidió que se verificaran circunstancias como que los recursos públicos o privados provinieran de fuentes autorizadas.

Se vulneró de manera directa los principios de fiscalización.

Las consideraciones aducidas por el Instituto Electoral sustentan la sanción que se propone.

El Tribunal, al no resolver de manera clara y expresa en plenitud de jurisdicción, propicia que el Consejo General emita una nueva resolución, razonando y justificando la aplicación de la sanción, individualizando la misma y en nuestra consideración lo hace de manera proporcional, de acuerdo a la infracción cometida y a la sanción prevista en la norma jurídica, por lo cual nos manifestamos a favor de la aplicación de la sanción prevista en el artículo 456, numeral 1, inciso c), fracción III de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Honorable Consejo:

Acción Nacional acompaña la propuesta a consideración de este Pleno, pero, sobre todo, respalda al órgano estatal depositario de la función pública electoral en el ejercicio de sus cometidos constitucionales y legales.

Esta representación llama a cada consejera y consejero a actuar en apego a la ley, a honrar los principios de imparcialidad, certeza, objetividad e imparcialidad.

Votar a favor del proyecto, es votar en contra de la impunidad. Es mandar un mensaje de igualdad y efectividad de la ley que se aplica sin importar que se sea oposición o gobierno.

Es cuánto.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.

Tiene la palabra ahora el señor representante de Morena, el licenciado Sergio Gutiérrez Luna, por favor.

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Señor Presidente Lorenzo Córdova, cuando usted dice que está por encima de todos, de los partidos y así lo dijo hace un momento, nos refleja su ideología.

Un estado constitucional de derecho nadie está por encima de nadie, todos estamos sujetos a la Constitución y a la ley, máxime un árbitro con una responsabilidad tan grande.

Por eso me sorprende, además, su parcialidad al referirse a la resolución del Tribunal Electoral, porque, Presidente, solo lee algunas partes.

Aquí le voy a leer algunos fragmentos que debiera usted tomar en cuenta.

Dijo el Tribunal Electoral: “Les asiste la razón a los actores, es decir, a Félix Salgado y a Morena, en el sentido de que la aplicación en automático de la sanción consistente en la pérdida o cancelación del registro no es acorde con los artículos 1° y 35 constitucionales”, de ahí que sea necesario realizar una interpretación conforme de los artículos 229, 445 y 456 de la LGIPE.

Dijo también este Tribunal en la sentencia: “Esta Sala Superior estima que la aplicación en automático de la máxima sanción a todos los candidatos que no entreguen el Informe de Gastos de Precampaña sin valorar la viabilidad de aplicar otras sanciones sí resulta desproporcionada y trastoca el derecho fundamental de la ciudadanía a ser votado”.

Dijo la Sala Superior: “La conclusión de la autoridad responsable, -o sea, de ustedes, del INE-, es incompatible con los criterios de la Suprema Corte que establecen:

1.- Las restricciones a los derechos de participación política, deben ser interpretadas limitativamente.

En caso de ante una diversidad de sentidos, el significado de una norma debe preferirse aquella que restringe en menor medida el ejercicio del derecho a ser votado.

Los requisitos exigidos a los ciudadanos para ocupar los cargos de elección popular deben encontrarse plenamente justificados con criterios racionales y proporcionales.

Ahora bien, este proyecto que ustedes pretenden aprobar borda sobre un tema: La omisión en la presentación de un informe. Pero esa presentación o esa omisión del informe, se sustenta en los hechos que ustedes mismos señalan en su resolución.

¿Y cuáles son los hechos?

Los hechos son ocho publicaciones en Facebook sin pauta, con un promedio de tres mil 500 impresiones, en un estado de tres y medio millones de habitantes, o sea, sin ningún impacto Presidente; un monto involucrado de 19 mil 872 pesos, que contrastado con el tope de gastos de campaña que supera los 5 millones de pesos, ni siquiera representa el uno por ciento del tope de gastos de precampañas.

El Tribunal Electoral les ordenó en los criterios que estableció ponderar entre otras, diversas cuestiones como el tema del monto involucrado y además de no hacerlo ustedes o de hacerlo indebidamente para llevar adelante esta idea de justicia del viejo este omiten analizar otras cuestiones.

Como por ejemplo, que al partido que también fue sancionado por ustedes, se le determinó por la misma conducta, la calificativa de culposa, sin embargo a Félix Salgado por los mismos hechos lo quieren catalogar como doloso, no hay reincidencia, no hay ningún beneficio, no hay una conducta sistemática, sí hay la intensión de decirle a la autoridad que el camino que se escogió de no hacer precampañas fue un camino derivado de situaciones políticas, todo eso ustedes no lo valoran, el decir o el pretender cancelarle a MORENA la candidatura al gobierno del estado de Guerrero por 19 mil 872 pesos, Presidente Lorenzo Córdova, es vergonzoso y lo llevará usted en la historia y cargará usted en la historia con este hecho porque es inadmisible, insostenible, desproporcionado y legal, absurdo que por esa cantidad y encima pretenda cancelar una candidatura a un candidato de un partido político solo por perfilarse hacia el triunfo.

No hay que pretender ganar en la mesa lo que no se puede ganar en las urnas, y Presidente Córdova, no hay que prestarse a hacerle el trabajo sucio a esos que quieren ganar en la mesa.

El Tribunal fue muy claro, el Tribunal les ordenó hacer una valoración de distintos elementos y en todo momento la propuesta de la Unidad Técnica de Fiscalización se circunscribe y redunda en el solo hecho de la no presentación del informe, cuando es evidente que sobre éste subyacen los demás hechos por los cuales se imputó la situación de que se había hecho precampaña, y ésos hechos menores, ínfimos, y ese monto ridículo que le sirve de sustento, que lo usan para cancelar una candidatura carece de toda razonabilidad.

En el estado de derecho al que usted tanto invoca, la proporcionalidad entre la sanción y la pena es algo fundamental, es elemental en cualquier estado de derecho, que quien cometa una infracción le sea aplicada una sanción que sea proporcional a los hechos, ustedes están olvidando esto y están olvidando su obligación Presidente, de conducirse y observar el artículo 41 constitucional, legalidad, objetividad, imparcialidad.

Deben de cumplir con su obligación y lo que nosotros pedimos, consejeras y consejeros, es que se haga un análisis del caso objetivo, que se tome en cuenta los hechos específicos, que el margen que dio la sentencia en el Tribunal Electoral fue justamente para eso, para que ustedes hicieran una valoración objetiva, fría, jurídica con los elementos que la propia autoridad encontró y que están en el expediente.

Ocho publicaciones de Facebook, 19 mil 872 pesos involucrados, ¿da eso para una cancelación de un registro de candidato a gobernador en un estado como Guerrero? Yo creo que no.

Si nos quitamos los prejuicios podremos analizar con frialdad, con profesionalismo, la situación en la que nos encontramos, y que esa alta responsabilidad de árbitros que ustedes tienen, sea ejercida plenamente, porque lo que nosotros pedimos es justicia, justicia con base en la ley y con base en los hechos, nada más ni nada menos, no pedimos una concesión graciosa.

Presidente, usted que ya se expresó, lamentamos que lo haya hecho así, está resultando pero que aquel Presidente Ugalde, el que robó la elección en el 2006, y vaya que es difícil ganarle el lugar a ese personaje, usted ya lo ha hecho y lo está haciendo.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor representante.

Tiene ahora la palabra el maestro Gerardo Triana, representante del PRI.

Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: Solicité una moción, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, ¿es una pregunta al señor representante de MORENA?

Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: Sí.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Adelante, si la acepta el señor representante de MORENA, por supuesto.

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Adelante.

Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: Gracias señor Presidente y gracias señor representante.

Ha hablado sobre el monto y yo quisiera saber su opinión, recogiendo precedentes, del asunto de David Monreal de 2016 donde el monto involucrado fue 256 mil pesos, y en aquel análisis, en aquellas circunstancias materialmente acabó siendo candidato el señor Monreal, y ahora pues el monto es mucho menor, ¿cuál es, a su juicio, esa explicación ahora en este caso?

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Para responder, tiene la palabra el señor representante de MORENA.

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias señor consejero, por la pregunta.

Tiene usted razón, evidentemente ya tenemos un precedente que se invocó desde aquel momento en el 2016 el asunto de David Monreal donde, finalmente, regresó a ser candidato después de que el Instituto le aplicara una sanción similar a la como que ahora se presenta aplicar.

Pero yo creo que tenemos que reflejar el monto involucrado, que en este caso son 19 mil 872.48 pesos con el tope de gastos de precampaña, que para el caso de la gubernatura de Guerrero fueron 5 millones 422 mil 678 pesos con 79 centavos; esto representa el monto involucrado respecto del tope de gastos de campaña el 0.37 por ciento, ni siquiera llega al uno por ciento.

Esa es la incidencia, eso es lo que pidió el Tribunal que esta autoridad valorara, y eso es lo que no está en el proyecto que se circuló.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias.

Ahora sí tiene la palabra el señor representante del PRI.

No lo escuchamos.

Representante del PRI, Gerardo Triana Cervantes: Muchas gracias, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Listo.

Representante del PRI, Gerardo Triana Cervantes: De entrada, expresar que el Partido Revolucionario Institucional, reprueba las expresiones intimidatorias y las amenazas que se han estado profiriendo últimamente, en diversos medios de comunicación y que incluso pueden afectar a terceras personas.

Ya lo dijo Claudia Pastor, el de la voz reitera la posición del PRI, respecto a esas expresiones perversas cuya motivación es la de intentar torcer las determinaciones jurídicas de este Instituto.

Mediante el proyecto que se pone a consideración del pleno, se da cumplimiento a la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, identificada con la clave SUB-JDC-416.

Como se sabe, el 25 de marzo este Consejo General aprobó la resolución 327 de esta anualidad, por medio de la cual se declaró fundado el procedimiento administrativo sancionador oficioso en materia de fiscalización, instaurado en contra de un partido político y algunos de sus precandidatos.

En esa ocasión ya había quedado claro que, dicho partido político al que se hace referencia del proyecto realizó un proceso interno de selección de candidatos a la gubernatura en Guerrero, que los aspirantes y en particular uno de sus precandidatos, realizaron actos de proselitismo a fin de conseguir posicionarse en la encuesta o en las encuestas.

El partido político no registró a sus precandidatos ni informó de dicho proceso interno, por el contrario, lo negó.

Que ni el partido político ni sus precandidatos presentaron informes sobre los gastos de precampaña que realizaron.

Al respecto, esta autoridad hizo lo que cualquier árbitro imparcial hubiera realizado, aplicar la ley.

Si un procedimiento incumple la obligación de entregar su informe de ingresos y gastos de precampaña, dentro del plazo establecido y hubiese obtenido la mayoría de votos en la consulta interna o en la asamblea respectiva, no podrá ser registrado legalmente como candidato, así dice la norma, que es una disposición que para la mayoría de los que…, para quienes nos encontramos aquí es muy claro.

Evidentemente, para el partido político de referencia y para sus precandidatos, les conviene mejor ignorar la ley.

Al respecto, circulan algunos videos en los que el propio precandidato que últimamente ha estado dando la nota en los medios de comunicación, al dirigirse a diversos ciudadanos, manifestó saber, reconocer y advertir que tenía la obligación de presentar dichos informes de gastos de precampaña, pero en la práctica no lo hizo, nadie puede quejarse de propio dolo evidentemente, sin embargo, una vez perjudicados estos precandidatos y su partido político con la aplicación lisa y llana de la ley, acudieron ante la autoridad jurisdiccional y la Sala Superior consideró fundado parcialmente el agravio de los demandantes, ya que si bien la pérdida o cancelación del registro es una consecuencia que se ajusta a los parámetros constitucionales como ya lo estableció la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Lo cierto es que los artículos 229 y 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales no puede interpretarse de manera literal, de tal manera que restrinjan en todos los casos el derecho al sufragio pasivo y la sanción puede aplicarse en automático como lo hizo el INE.

La autoridad jurisdiccional consideró que el artículo 229 de la LGIPE admite una interpretación conforme que la hace armónica con el artículo 35 constitucional y que maximiza el derecho a ser votado en concordancia con el artículo 1° constitucional y que por lo tanto no la hace incompatible con el ordenamiento constitucional, lo que resta es que si ésta interpretación conforme a los derechos de votar y ser votado, será acorde a los principios de legalidad, de certeza, y sobre todo de imparcialidad en la contienda.

Pero es claro que, de ahora en adelante en próximos procesos electorales, el criterio será el hecho de que un precandidato no presente informes de precampaña por sí mismo, no generará la cancelación de su registro formal como (…) esto es un mensaje riesgoso, pues de aquí en adelante muchos aspirantes que se encuentren por debajo de las encuestas o que simplemente quieran sacar una ventaja jugarán en la línea, sobre la presentación o no de sus respectivos gastos de campaña.

El tema de fondo se ha dicho, es el origen de los recursos y el hecho de que se imposibilita a la autoridad administrativa, el revisar a tiempo la regularidad o irregularidad de los informes respectivos.

Hoy el INE ha tenido que realizar una nueva resolución, tomando en consideración los parámetros establecidos por la Sala Superior, una vez realizado dicho análisis, se arriba la conclusión de que se está tratando de manipular con la nota periodística a esta autoridad por a quien no tuvo la voluntad o disponibilidad la presentar el informe de precampaña, que el momento en que se presentó el informe de ingreso y gastos de precampaña por parte del partido político no fue adecuado, ni eficaz para el cumplimiento de la facultad fiscalizadora de la autoridad.

Que la conducta desplegada por los infractores lesionó gravemente la revisión de cuentas, transparencia en los recursos y equidad en la contienda, al omitir presentar su informe de ingresos y gastos de campaña pues no solo no lo presentó, sino que inclusive intentó engañar a la autoridad fiscalizadora negando la realización de actos de precampaña y presentando un informe en ceros.

Si el manipulador de la nota periodística conocía el resultado de su actuar, pues inclusive el 22 de marzo de la anualidad que corre, por conducto de su partido presentó a la autoridad electoral un informe de precampaña en cero.

El Partido Revolucionario Institucional se suma al presente proyecto que se nos presenta porque, sin duda alguna, se apega irrestrictamente a lo mandatado por la Sala Superior y hace un análisis puntual de cada caso en concreto.

Se arriba a la conclusión de que las faltas cometidas son graves y, por ende, meritorias de la máxima sanción como es la cancelación del registro.

Es cuánto.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.

Tiene la palabra el consejero Uuc-kib Espadas.

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: Rechazo sin ningún tipo de matices los sucesivos intentos de intimidación que en las últimas horas se han vertido sobre los consejeros y las consejeras de este órgano, su domicilio y, en consecuencia, sus familias.

Ciudadanas y ciudadanos integrantes del Consejo General del Instituto Nacional Electoral:

En pocos momentos vamos a tener una votación histórica. Una votación que, sin duda, tiene una dimensión de Estado, tiene una dimensión política y cuando digo dimensión política no lo pongo al cumplimiento de la ley y, desde luego, lo enmarco en el obligado respeto a la Constitución.

En la vida normal la que tenía yo hasta el 23 de julio, escribía yo libros de texto para bachillerato.

Estos días me he venido preguntando si me tocara escribir la visión del 2041, cómo narraría yo, cómo explicaría yo a los alumnos de preparatoria de ese año que el Instituto Nacional Electoral un momento en las luchas democráticas de tres generaciones de mexicanas y mexicanos haya decidido cancelar el registro no de uno que se discute en este punto, sino de dos contenientes a gobernadores que además disputan ese espacio por parte de, con los antecedentes que todos tenemos a la vista, uno de los partidos con mayor posibilidad de competir por el cargo en disputa.

Cómo explicar que la ausencia de un informe por 19 mil pesos lleva a suprimir ese derecho a ser votado, cómo explicarlo en el tiempo, cómo explicarlo visto a lo lejos y no encuentro una explicación satisfactoria.

Lo único que me he podido repetir una y otra vez es: Uuc-kib atiende a la materialidad de los hechos.

Y la materialidad de los hechos es que en un proceso de precampañas con algunos vicios de origen imputables al partido más que a los contendientes en lo individual, la entrega de estos informes no se hizo, pero no es nada más que no se hizo, y aquí es donde discrepo de las opiniones que dicen que el proyecto que está a discusión, que cumple con el requerimiento judicial de hacer una interpretación conforme a la hora de medir las sanciones y de al individualizarlas, considerar en lo particular sus efectos, los potenciales beneficios y la afectación implícita para el sistema electoral.

Y la materialidad de la falta son 12 mil o 14 mil pesos de un gasto de campaña no reportado con un techo de gasto posible de varios millones de pesos.

Es verdad que la falta en principio de no presentar informes es considerada por la ley como una falta grave, pero no podemos abstraernos del hecho de que la gravedad con la que se escribió ese texto está vinculada a la intervención en procesos electorales de caudales enormes de dinero, y en el pasado comprobadamente se elevaron a los cientos de millones de pesos, y que en ese sentido hacer una analogía con lo que hoy se nos pone a discusión es un auténtico exceso.

La materialidad de las faltas cometidas que significa la introducción de ciertos montos de dinero no reportado, en un proceso de precampaña tampoco reportado, no amerita la cancelación del registro la supresión del derecho a hacer postulado de los contendientes.

Esto significa, me parece a mí, esta autoridad a la hora de sancionar tiene que asumir el impacto como nos lo indica el Tribunal, como nos lo indica la jurisprudencia, que la decisión tiene en el ejercicio de otros derechos.

Me preocupa y mucho el derecho al voto pasivo, el derecho que tienen de ser votados quienes ahora resultan sancionados, pero me preocupa mucho más, y sobre esto llamo la atención, la afectación al derecho del voto activo.

Es que no estamos hablando de posiciones tejidas en el aire, estamos hablando de candidaturas concretas, puestas al frente de preferencias electorales específicas que aglutinan a cientos de miles, si no a millones, de mujeres y hombres que encuentran en los candidatos que hoy se propone sancionar su mejor alternativa para el ejercicio del sufragio.

Y ésa es la parte fundamental para mí por la que no podré votar en favor de este proyecto.

Creo que corresponde a esta autoridad valorar en su justo peso la falta que se comete, que son faltas importantes, pero se tiene que considerar su magnitud las condiciones específicas en las que ocurrió, que incluyen, como se ha mencionado, la imposibilidad material de los candidatos, de los precandidatos de reportar sus gastos a través de los sistemas del Instituto.

Me parece, además, que el Instituto tiene en este momento una oportunidad de verdad histórica, puestos en este parteaguas podemos tomar la decisión de fortalecer la convicción de las y los guerrerenses de que la vía idónea para disputar el poder es el ejercicio del voto, es el momento de dejar hablar a las urnas, no tenemos porque no es proporcional, porque no está en función del tamaño de la falta, porque rebasa con mucho el daño que se haya podido causar a la equidad, no podemos eliminar de las boletas a estos candidatos sin generar una afectación profunda al derecho a votar de las electoras y los electores, dañando con ello la integridad del proceso electoral.

Espero que, si dentro de 20 años estoy de vuelta a la vida real y vuelvo a escribir libros de bachillerato, si para entonces Internet no ha acabado con los libros, poder escribir el Instituto Nacional Electoral enfrentó esta coyuntura no solo con la legalidad que lo caracteriza, y que por cierto caracterizó también la última decisión, sino con una visión de estado, capaz de poner el mandato constitucional por encima del desorden procesal y actuar en función de ello.

Muchas gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejero Espadas.

Tiene ahora la palabra el consejero Ciro Murayama.

Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: Hoy estamos aquí para acatar determinaciones del Tribunal Electoral, para hacer valer la Constitución y la ley.

La sentencia del Tribunal sobre la fiscalización de las precampañas en el estado de Guerrero aporta, a mi consideración, cinco conclusiones muy relevantes que deben guiar nuestra decisión.

En primer lugar. La Sala Superior determinó que sí hubo precampañas del partido MORENA en Guerrero para definir su candidatura a gobernador. Era verdad evidente y hoy es verdad jurídica.

Dos. Hubo precampaña y existieron precandidatos, el Tribunal confirmó lo que el INE vio y documentó, que distintos ciudadanos aspiraron a la nominación partidista y realizaron actividad política.

Tres. A pesar de tener un proceso interno de competencia por la nominación a la gubernatura y a pesar de tener precandidatos, el partido y los ciudadanos incumplieron con su obligación de rendir cuentas. Es ya un hecho jurídico irrevocable que MORENA no presentó, como tampoco hicieron sus precandidatos, los informes y gastos de precampaña; y el Tribunal desmontó la pretensión de que una vez concluida la fiscalización, que incluso ha agotado el procedimiento oficioso, se van a enviar a última hora supuestos informes para eludir responsabilidades ante el ocultamiento del uso de recursos.

Cuatro. El INE se apegó al debido proceso y dio derecho de audiencia. El INE emplazó al partido y a los precandidatos, y como dicen los abogados, los venció (Inaudible), hay faltas y las faltas merecen ser sancionadas, de eso no deja duda el Tribunal Electoral.

Cinco. La sanción estipulada en el artículo 229, párrafo tercero de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales es constitucional y, por tanto, es válido aplicarla.

El Tribunal Electoral, como instancia jurisdiccional, para interpretar y hacer valer la Constitución, tiene la facultad de expulsar de nuestro marco jurídico, fracciones de la ley que atenten contra la Constitución, pero en su sentencia, el Tribunal confirma que la cancelación de una candidatura por incumplir con la rendición de cuentas de un precandidato no es una sanción excesiva ni lesiva de derechos, punto.

En congruencia, hoy nos toca valorar qué sanción imponer a cada una de las personas que infringieron la ley. La sanción a MORENA ya no es parte de este acatamiento, porque el Tribunal la confirmó, el partido ocultó sus precampañas, no registro ante el INE a sus precandidatos ni sus gastos, dirigentes y representantes partidistas ante el INE quisieron ocultar la realidad, falsearon declaraciones al decir que no tuvieron contienda interna y fueron sancionados de forma justa. Eso dice el Tribunal y la multa impuesta por el INE a MORENA, por más de 6 millones y medio de pesos, es tan firme como irrevocable.

Hasta ahí los hechos.

¿Cómo valorar ahora la sanción que corresponde a quien se constituyó como precandidato, a quien hizo precampaña y no rindió cuentas de sus ingresos y gastos, a quien, al ser emplazado por la autoridad fiscalizadora, negó ser precandidato, a quien vulneró la ley y además mintió?

Creo yo que con la única y expresa sanción que prevé la ley, sin atenuantes, sin titubeos, dado que el Tribunal Electoral confirmó todos los hallazgos de la fiscalización del INE, nosotros no debemos sino confirmar la sanción impuesta porque la conducta fue grave, eludir la rendición de cuentas, financiarse de manera opaca, querer engañar a la autoridad diciendo que no hubo precampañas cuando existieron, tiene consecuencias, ¿qué consecuencias? Las que la ley contempla, nada más, pero nada menos.

Por supuesto que MORENA tiene derecho a participar en las elecciones en Guerrero y tiene derecho a ganar si la ciudadanía así lo decide, qué duda cabe, lo que no tiene derecho es a imponer candidatos que violan la ley.

A MORENA le consta que hubo miles de precandidatos que entregaron sus informes de ingresos y gastos de precampañas y, por tanto, fueron avalados por esta autoridad.

El INE fiscalizó a seis mil 494 precandidatos en todo el país de todos los partidos, precandidatos a gobernador hubo 73, de los cuales nueve fueron de MORENA, y se detectó solo omisos en Guerrero y Michoacán, todos los demás pudieron ser registrados y mantener su candidatura, no por referencia del INE, sino porque cumplieron la ley.

Ahí están en campaña Alfonso Durazo, Layda Sansores, Elvira Vizcaíno, Miguel Ángel Navarro, Rubén Rocha, Celia Maya, Clara Luz Flores, Juan Carlos Loera y David Monreal, todos candidatos de MORENA a gubernaturas que presentaron en tiempo y forma sus informes de ingresos y gastos de precampañas, o no hicieron precampaña.

Eso demuestra que el INE no le tiene animadversión a MORENA ni a ningún otro partido, pero tampoco le tiene temor a aplicar la ley. La falta no es de quien la ve y la sanciona, sino de quien la comete, y por supuesto, no ha lugar a que se amenace con impedir el ejercicio democrático en las urnas si no se conceden las pretensiones de quien infringió la ley. Eso es autoritarismo sin matiz alguno.

Con mi voto a favor del proyecto, acato lo que me ordena el Tribunal.

Hasta aquí dejaría mi intervención si no fuera necesario explicar cómo lo es lo que pienso, como integrante de un órgano constitucional autónomo, de los intentos de presión de que hemos sido objetos los últimos días.

Reivindico el derecho de los partidos y de los políticos a inconformarse ante las decisiones del INE, no somos infalibles y menos aún somos omnipotentes.

Bienvenida la crítica y las impugnaciones, defiendo también todos los derechos políticos como la libertad de expresión y manifestación, pero me deslindo y me opongo al asedio y a la intimidación, y la mejor manera de repudiar esas prácticas autoritarias es no cediendo ante ellas.

El partido del gobierno, el partido en el gobierno nada más y nada menos ha usado su poder para descalificar a la institución electoral y a sus integrantes; primero fue contra dos consejeros, luego sumaron sus dardos contra una consejera más, y ahora ya se dice que a los siete que votamos por imponer la sanción que contempla la ley, cuatro consejeras y tres consejeros, se nos hará juicio político.

Además de esa votación, como todos saben, se dio una previa para evitar la sobrerrepresentación inconstitucional en la Cámara de Diputados y la votación fue nueve a dos.

Se trata de mayorías tan públicas como rotundas y, ciertamente, incómodas, pero no estamos aquí para complacer al poder, sino para hacer valer la Constitución, la ley y garantizar los derechos políticos de la ciudadanía.

El actual Consejo General se integra por cinco consejeras y seis consejeros designados no por una, ni dos, sino por el consenso de tres legislaturas distintas en la Cámara de Diputados.

Este Consejo nació con el respaldo calificado de todos, insisto, de todos los actores políticos; apenas el año pasado se nombró a dos consejeras y dos consejeros, y de esa designación también hay votos a favor de las determinaciones del INE que le han hecho objeto de ataques y amenazas.

Pero a pesar del intento de chantaje, el árbitro sereno marca las faltas y no permite la inclinación de la cancha a favor de nadie.

Se los digo de manera diáfana, al INE como institución no lo lograron cortar, tampoco lo pudieron doblegar, ahora, así sea tarde, les toca aprenderlo a respetar si son demócratas.

Muchas gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejero Murayama.

Tiene la palabra la consejera Dania Ravel.

Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Gracias, Presidente.

Buenas noches.

En atención a que estamos ante un acatamiento, es importante que partamos de algunas premisas que, en este caso, son verdad legal.

Uno, Félix Salgado Macedonio, Adela Román Ocampo, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros y Luis Walton Aburto tuvieron el carácter de precandidatos y precandidata a la gubernatura de Guerrero, por lo tanto, tenían la obligación en materia de fiscalización de entregar sus informes de gastos de precampaña, así lo dijo la Sala Superior.

La Sala Superior también sostuvo que las personas que pretenden ser postuladas por un partido político como candidatas a cargos de elección popular deben ser consideradas como precandidatas, con independencia que obtuvieran del órgano partidista facultado para ello, algún tipo de registro con la denominación de precandidatura, por lo que en su carácter de personas precandidatas, aun y cuando no hubieran erogado recursos, tenían la obligación de dar aviso de tal situación a la autoridad fiscalizadora, ya que conlleva el deber de reportarle que no hubo ingresos y/o gastos, para lo cual es menester presentar el informe de precampaña respectivo, en todo caso, en ceros.

Dos, los informes de precampaña presentados por MORENA ad cautelam no pueden ser considerados como extemporáneos, ya que el criterio reiterado de la Sala Superior es que solo se debe tener como presentación extemporánea el informe aquella que se realice cuando aún sea posible la verificación y revisión de lo reportado por el partido y los precandidatos.

Y en el caso concreto, Morena presentó a cautela los informes en ceros casi un mes después de que concluyera el procedimiento de revisión de informes de gastos.

De manera que fue imposible a la fiscalización de las precampañas de los precandidatos inconformes, por lo que en este caso lo que existió fue una omisión.

No obstante lo anterior, la Sala Superior nos ordena hacer una interpretación conforme a los artículos 229, numeral tres y 456, numeral uno, inciso c), fracción III de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Lo anterior, en virtud de que la Sala Superior considera que en el caso concreto le asistió la razón a los promoventes cuando sostuvieron que la sanción de pérdida o cancelación del registro que se establece en dichas disposiciones, resulta cuestionable a la luz de un análisis prescrito por el principio constitucional de proporcionalidad que deriva de lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución Federal.

En ese sentido, la Sala razona que ante la disponibilidad de diferentes sanciones a imponer, debemos analizar las circunstancias objetivas y subjetivas en que cada precandidato cometió  la falta para, posteriormente, determinar qué tipo de sanción resulta proporcional a cada uno de los infractores, pudiendo ser incluso la pérdida o la cancelación del registro.

Desde luego que como parte de este órgano colegiado, acataré la sentencia, no sin antes llamar la atención de algunas partes de ésta que me parecen polémicas.

Nos ordenan hacer una interpretación conforme de un precepto que no da pauta para diversas interpretaciones y que, además, ya ha sido materia de revisión por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a través diversas legislaciones electorales locales que tienen un artículo idéntico al 229, numeral tres de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Cuando la Sala Superior señala de manera enfática que en este caso no podemos considerar que los informes hayan sido presentados de manera extemporánea, sino que debemos considerar que no fueron presentados y además refiere que la no presentación de los informes de precampaña vulnera la certeza, la transparencia y la rendición de cuentas ya que impide que la autoridad fiscalice los recursos que fueron utilizados por los partidos políticos y precandidatos en la competencia interna para la designación de sus candidatos a un cargo de elección popular, ya está calificando la gravedad de la conducta.

La propia sentencia cuando transcribe los razonamientos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al analizar un precepto similar en la Ley Electoral de Coahuila y en el Código Electoral del Estado de México, refiere que el Tribunal en Pleno de la Corte señaló qué artículos de contenido idéntico al 229, numeral tres de la LGIPE no establecían una sanción, sino una causa de improcedencia. Yo coincido con esa apreciación.

Efectivamente, las sanciones deben de tener una gradualidad que permita hacer un análisis de las agravantes y de los atenuantes en cada caso concreto. Pero en este caso, estamos ante una falta que se asemeja más al incumplimiento de un requisito, cuya actualización simplemente impide alcanzar la pretensión que se busca, en este caso concreto, una candidatura.

Justo por ese motivo la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinó la constitucionalidad de esa porción normativa a diferencia de lo que en su momento hizo con el artículo 354, numeral uno, inciso b), fracciones II y III del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales que en su parte final establecían que tratándose de la adquisición de tiempos en radio y televisión para la difusión de propaganda política o electoral, se sancionaría con el doble del precio comercial de dicho tiempo.

Este precepto sí fue declarado inválido por la corte, porque consideró que constituye una multa fija pues crecía de un parámetro establecido en cantidades o porcentajes mínimos y máximos que permitieran a la autoridad sancionadora desarrollar su discrecionalidad al cuantificarla ponderando las circunstancias concurrentes y por ende resultaba contrario al artículo 22 de la Ley Fundamental, pero respecto al texto el artículo 229, numeral tres de la LGIPE, la corte dijo que no era inconstitucional porque no es una sanción.

La Sala Superior cita diversos preceptos que no resultan aplicables al caso que nos ocupa, porque se refieren a la presentación extemporánea de informes en donde en efecto ha dicho que debe ser sancionado tomando en cuenta las circunstancias particulares del caso al momento de graduar la sanción, pero aquí ya nos dijo expresamente que no se presentaron los informes, por lo tanto, no resultan aplicables.

Con todo lo anterior, nos ordena hacer una interpretación conforme el artículo 229, numeral tres de la LGIPE bajo la lógica de que pueden existir situaciones de las cuales una disposición pueda admitir diversas interpretaciones, de entre ellas, algunos significados que resulten contradictorios frente a los derechos humanos, no obstante, el precepto que nos ocupa no admite diversas interpretaciones y la única que admite ya fue materia de revisión por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y determinó su constitucionalidad.

En pocas palabras es innecesario buscar un sentido a este precepto que lo haga compatible y congruente con la constitución, porque ya es compatible a través de la única interpretación posible. La interpretación conforme permite mantener la validez de la norma si es interpretada de conformidad con la constitución, en este caso eso es innecesario porque la disposición legal aplicada ya es armónica y congruente con las disposiciones constitucionales.

No obstante la Sala Superior determinó que hiciéramos una interpretación conforme y que ponderáramos las circunstancias de cada caso concreto así que en acatamiento hemos llevado a cabo un nuevo análisis de las conductas cometidas y hemos valorado toda la circunstancias particulares de cada caso, concluyendo que en casi todos los casos salvo el de Luis Walton, pues se confirma la sanción que originalmente nosotros habíamos considerado porque no tuvieron la voluntad de dar cumplimientos, obligación, de presentar los informes de gastos de precampañas, se puso en peligro y se afectó directamente la rendición y revisión de cuentas efectiva y actuaron de manera dolosa, pues a pesar de conocer sus obligaciones en materia de fiscalización no lo hicieron en ningún momento.

Por tanto, se considera que la gravedad de la falta debe ser calificada como grave especial. En virtud de que el análisis y valoración que se ha hecho, me parece que se apega a lo que nos ordenó la Sala Superior, que hiciéramos en este caso concreto, yo coincido con la propuesta que se nos ha presentado.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera Ravel.

Tiene ahora la palabra la consejera Carla Humphrey.

Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: Gracias, buenas tardes.

El pasado 9 de abril la Sala Superior resolvió a los medios de impugnación atinentes a una resolución del Consejo General del 25 de marzo respecto a la pérdida o cancelación del registro de diversos precandidatos a cargos de elección popular, con la finalidad de que este Consejo General, dicte una nueva resolución en la que se hiciera una valoración individualizada de cada caso y la circunstancias que concurrieron en la comisión para imponer la sanción que resultara proporcional, que resultara eficaz y acorde a los bienes jurídicos violentados, la gravedad de la falta, la disposición de las personas aspirantes para cumplir la normatividad.

Debo decir que a mí juicio la Sala Superior debió resolver en plenitud de jurisdicción, en primer lugar, porque estamos en proceso electoral, estamos en campaña, pasan los días y se están afectando los derechos de las personas que en su caso contenderán a estas candidaturas.

En segundo lugar, me gustaría dejar en claro varias cosas que dejó y que son ya verdad legal, verdad jurídica, que dejó asentadas el propio Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

En primero, que las y los aspirantes, o la aspirante y los aspirantes, sí tuvieron la calidad de precandidatos y precandidata, como lo señaló en un primer término esta resolución del 25 de marzo del Consejo General, y lo reitera una vez más, el Tribunal Electoral, en la sentencia que ahora se da cumplimiento al señalar que se debe de considerar precandidato o precandidata a toda persona que realiza actos tendentes a la obtención de alguna candidatura a un cargo de elección popular, con independencia del procedimiento partidario que se siga o la denominación que se otorgue, lo anterior en congruencia con lo dispuesto por el artículo 227, numeral 4 de la propia LGIPE.

Segundo, al estar ante precandidaturas, se actualiza la obligación de presentación de informes de ingresos y gastos, en términos de lo dispuesto por el artículo 79, fracción I de la Ley General de Partidos Políticos, en relación con el artículo 229, numeral 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

En este punto es importante destacar que la presentación de informes constituyó un ejercicio de transparencia o rendición de cuentas, porque la ciudadanía merece saber que toda persona que aspira a un cargo de elección popular se conduce dentro de los cauces legales y de manera destacada que no está siendo financiada por fuentes que podrían ser ilícitas o no permitidas por la ley, o incluso que está violentando los topes de gasto, en este caso de precampaña.

La ciudadanía debe conocer el origen, monto y aplicación de los recursos de todas las personas que aspiren a un cargo de elección popular y que conducen su actuación con estricto apego a la normatividad, sin simulación ni excepción alguna.

Aunado a lo anterior, es importante señalar que la Unidad de Fiscalización constató la realización de actos de propaganda, tendentes a la obtención de diversas candidaturas, sin que fueran desvirtuados, lo que confirma la realización de actos de precampaña y, por ende, la obligación de presentación de estos informes.

No estamos hablando de montos los que se están reportando aquí, sino de que la Unidad Técnica de Fiscalización detectó actos de precampaña, por lo cual se inició un procedimiento oficioso, se le dio vista tanto al partido político como a la y los candidatos, para determinar o para que ellos manifestaran lo que a su derecho conviniera y presentaran, en su caso, los informes.

Esto datos no deben ser tomados como un monto que la autoridad vio como violatorio, sino que independientemente de cuántos fueron, la autoridad determinó que se hicieron actos de propaganda y que por tanto estas personas debían cumplir con su obligación de presentar estos informes.

En el caso del candidato o precandidato Luis Walton, llama justamente la atención que esta autoridad le da a conocer distintos actos de precampaña y, sin embargo, él presenta un informe muy superior a estos gastos, lo cual es evidente porque esta autoridad si no tiene los informes para fiscalizar el origen y destino, y que se cumpla con el tope de gasto, carece de la información inicial para poder hacer la verificación de estos gastos.

Estos gastos de propaganda solamente se refieren a mecanismos y herramientas que utiliza la propia autoridad electoral, para allegarse de mecanismos, para verificar la veracidad de lo reportado por las personas obligadas a presentar estos informes.

En tercer lugar, estamos ante una violación de especial gravedad o trascendente gravedad a los bienes jurídicos tutelados. La fiscalización de los recursos de los sujetos obligados en materia electoral es eminentemente un ejercicio de transparencia y rendición de cuentas, pero también es un mecanismo de blindaje para evitar que fuentes ilícitas de financiamiento interfieran en los procesos electorales y en la integración de los órganos gubernativos y de representación en el país.

La fiscalización es un conjunto de normas y procedimientos con la finalidad de tutelares bienes jurídicos superiores, como la transparencia, la rendición de cuentas, la equidad en la contienda y los principios rectores del ejercicio de la función electoral.

Cuando se violentan estos fines no solo se está incurriendo en una responsabilidad que debe ser sancionada para disuadir o inhibir su comisión, sino además está atentando contra el régimen democrático y las reglas de la contienda democrática. Por ello, las sanciones que se impongan deben ser ejemplares para inhibir la comisión de irregularidades en casos futuros.

Cuarto. En cuanto a la sanción propiamente dicha, la sentencia a la que por estas vías se da cumplimiento, establece que la aplicación automática de esta consecuencia legal, que se prevé como un requisito para poder ser postulado en cargo de elección popular, es prevista en el artículo 229, numeral 3 de la LGIPE, podría resultar excesiva y desproporcionada al conllevar la afectación del derecho político para que una persona pueda ser votada.

En este sentido, ordenó que se individualizara nuevamente las sanciones impuestas, analizando cada caso en particular las circunstancias particulares, así como la disposición de las personas a cumplir con la norma, la gravedad de la falta y, además, para la imposición de la sanción idónea no solo debería considerarse la sanción o la consecuencia legal establecida en el artículo 229, sino también el catálogo que establece el artículo 456, inciso c) de la propia ley.

El pasado 22 de marzo, el partido político presentó 17 informes de ingresos y gastos de diversas personas aspirantes a candidaturas a distintos cargos de elección popular, no fue, obviamente, de manera espontánea, sino incluso agotando el procedimiento oficioso instaurado para determinar la veracidad de los gastos que no se reportaron, que se detectaron por esta autoridad.

En este sentido, lo señala la propia Sala Superior, se trata de informes que no pueden ser considerados como extemporáneos, sino que no se presentaron. La extemporaneidad, vale recordar, se presenta cuando el informe se entrega fuera del plazo previsto, pero cuando el procedimiento de fiscalización continúa vigente, de manera que su análisis y revisión aun sea factible.

Por otra parte, es importante señalar que ningún derecho es absoluto, sino que está supeditado a no violentar normas de orden público ni afectar el derecho de terceros.

En el caso que nos ocupa, la infracción alcanza tal magnitud que pudo haber comprometido no solo la equidad en la contienda electoral, sino que pudo representar una violación a los principios de certeza, legalidad y equidad en las contiendas, aunado a que debemos tener en claro una máxima jurídica vigente que resulta plenamente aplicable al caso, que nadie puede verse beneficiado de su propia falta.

En especie, se pretende que bajo el argumento de potenciar un derecho se afecten bienes jurídicos tutelados superiores y colectivos, cuando la evidencia demuestra que no solo la intencionalidad de no presentar los informes y la plena conciencia de las consecuencias de ello tendría consecuencias jurídicas en el marco de este proceso electoral.

Continuaré en la siguiente ronda, Presidente.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera Humphrey.

Tiene ahora la palabra la consejera De La Cruz.

Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña:  Gracias, Consejero Presidente.

En esta participación expresaré mis consideraciones jurídicas respecto al punto 4 y 5 del orden del día de esta sesión, en razón de que son los mismos argumentos, en el sentido de mi votación para ambos puntos.

El pasado 9 de abril la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió los medios de impugnación el SUP-RAP-74/2025 y acumulados interpuesto por Morena y Raúl Morón Orozco y Alfredo Ramírez Bedolla, así como el expediente SUP-RAP-JDC-416/2021 y acumulados interpuestos por Félix Salgado Macedonio, Adela Román Ocampo, Pablo Almicar Sandoval Ballesteros, Luis Walton Aburto y Morena.

Los términos en los que resolvió el máximo Tribunal en materia electoral de nuestro país fueron:

1.- Desechar dos medios de impugnación presentados por ciudadanos en razón de su extemporaneidad.

2.- Confirmar las resoluciones controvertidas respecto a la actualización de actos de precampaña y las obligaciones derivadas para Morena y sus precandidatos, así como las multas impuestas al partido político, y,

3.- Ordenó a este Instituto realizar una interpretación conforme de los artículos 229, párrafo tres y el artículo 456, numeral uno, inciso c) de la LGIPE, a fin de que las sanciones impuestas a la y los precandidatos se califiquen nuevamente y se individualicen debidamente.

Para ello, la Sala señaló una serie de criterios a seguir al momento de calificar la falta e individualizar la sanción, entre los que destacó el elemento para valorar la gravedad de la falta y graduar la sanción, así como el mandato expreso de, y cito, “determinar cuidadosamente el objetivo de la sanción en contra de un posible efecto perjudicial a conceder los derechos protegidos”.

Por lo anterior, del análisis de las resoluciones que el día de hoy se acatan, los argumentos esgrimidos por la Sala Superior y tomando en consideración que el mandato expreso de esa autoridad por cuidar y maximizar el derecho al voto con su vertiente pasiva, es que concluyo que nuestro deber como máxima autoridad administrativa en materia de fiscalización de los ingresos y gastos de los sujetos obligados, debe ser ajustada no solo a un marco legal, sino con un enfoque de proteger, respetar y garantizar los derechos políticos-electorales de todas las personas.

Para ello, esta autoridad debe de tener en consideración cada uno de los elementos que esgrimió la Sala en sus resoluciones. Y una vez valorados, determinar la sanción proporcional a la que su conducta, las circunstancias particulares en las que incurrió y su impacto y trascendencia en la fiscalización y los valores de rendición de cuentas y equidad.

En el caso concreto, quiero señalar que me aparto del sentido de este proyecto y del punto 5, en razón de que, como lo dije, la Sala Superior ordenó tomar en consideración elementos para valorar la gravedad de las infracciones acreditadas, entre ellas, analizar lo relativo al monto económico o beneficio involucrado.

En los proyectos de acatamiento si bien se señalan los montos involucrados en los gastos no reportados, concluyo y lo cito: “La determinación de un monto involucrado, no resulta indispensable para la determinación de la sanción correspondiente al ciudadano infractor”.

Esta afirmación es contraria al ordenado por la Sala Superior, pues fue expreso el mandato de analizar el monto económico o beneficio involucrado que para claridad lo expongo.

En el caso de Adela Román Ocampo, sus gastos no reportados ascienden a 11 mil 48 pesos, que equivale a 0.2 por ciento del tope de gastos de campaña.

Respecto a Félix Salgado Macedonio, se le acreditaron 19 mil 872 pesos con 48 centavos de gastos no reportados, que equivalen a 0.3 por ciento.

A Luis Walton Aburto se le acreditaron 18 mil 281 pesos con 99 centavos de gastos no reportados, equivalente al 0.34 por ciento.

Respecto a Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros, se le acreditaron 15 mil 565 pesos con 99 centavos, que equivalen al 0.29 por ciento.

Finalmente, a Raúl Morón Orozco, sus egresos reportados ascienden a 12 mil 300 pesos con 90 centavos, equivalente al 0.1 por ciento del tope de campaña.

Es decir, ninguna de las personas mencionadas alcanzó siquiera el uno por ciento, equivalente al tope de gastos de precampañas de sus respectivas entidades, y ese mismo porcentaje es el beneficio que obtuvieron de los gastos que no reportaron, cuestión que no se toma en consideración para el impacto o trascendencia de la fiscalización y para valorar la gravedad de la falta.

Por ello concluyo que la sanción determinada y el proyecto es desproporcional, tomando en consideración los montos económicos involucrados y el beneficio que obtuvieron de estos.

Es cuanto, Presidente.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera De La Cruz.

Tiene ahora la palabra el consejero Jaime Rivera.

Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: Gracias, Presidente.

Buenas noches.

Quiero referirme conjuntamente a este proyecto y al que corresponde al siguiente acuerdo de acatamiento, derivado de las sentencias correspondientes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Me parece pertinente ya el análisis de los hechos y las normas aplicables por las consideraciones del propio Tribunal.

La sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral presenta un análisis detallado de los agravios que las partes actoras alegan.

Empecemos por enunciar las preguntas que, según el propio Tribunal, delimitan la litis de los casos que nos ocupan.

El procedimiento sancionador, se pregunta el Tribunal, ¿se instruyó conforme lo prevé la normativa aplicable?, ¿el actor sancionado se encontraba dentro del supuesto normativo previsto en el artículo 229 de la LGIPE?, ¿la autoridad responsable acreditó la existencia de actos de precampaña?, ¿fue correcta la sanción que se le impuso al partido político?, ¿el artículo 229 de la LGIPE es constitucional?

En cada uno de estos cuestionamientos sobre la base del análisis sistemático de los hechos y las normas aplicables, el Tribunal confirma las decisiones de este Consejo General.

Primero, los procedimientos se instauraron conforme a las normas, respetando el derecho de audiencia de los sujetos obligados.

De acuerdo con los magistrados, cito la sentencia, “a juicio de esta Sala Superior, es infundado el agravio del actor en relación con que la autoridad violó su derecho de defensa efectiva”.

En otro punto, sí existieron precampañas y sí se realizaron gastos, cito al Tribunal: “deben desestimarse los planteamientos de los promoventes y tenerse por acreditado que realizaron actos de precampaña en el marco del proceso electoral que se desarrolla”.

En otro punto, las personas sancionadas tuvieron el carácter de precandidatos.

La sentencia consigna que existen suficientes elementos para afirmar que la persona sancionada, según la sentencia de que se trate, tuvo el carácter de precandidato a la gubernatura, con independencia de si existió un periodo formal de precampañas.

En otro punto, el Tribunal también concluye que los actores tenían la obligación de presentar su informe de ingresos y gastos, en atención a los hechos previamente mencionados.

En la hipótesis no concedida, dice el Tribunal, de que no hubo una etapa de precampañas como se alega en las demandas, las precandidaturas y candidaturas no se encontraban exentas de presentar el informe de precampaña.

El Tribunal sostiene también que fue correcta la individualización de la sanción al partido político, los magistrados llegaron a la conclusión de que debe confirmarse en sus términos, la sanción impuesta al partido apelante, al resultar infundados los agravios que presentó.

El Tribunal Electoral también afirma, los informes presentado ad cautelam por las personas sancionadas, no pueden ser considerados como extemporáneos, ya que, de acuerdo con los magistrados, cito: “se debe tener como presentación extemporánea del informe, aquella que se realice cuando aún sea posible la verificación y revisión de lo reportado por el partido y los precandidatos”.

Es decir, no se presentaron informes extemporáneos, sino llanamente se omitió la presentación del informe que ordena la ley, y esto constituye una falta grave especial.

El Tribunal determinó que fue correcto el análisis del INE, por lo que se tienen por acreditadas las infracciones en materia de fiscalización. Hay que enfatizarlo, en las sentencias no se desvirtúan los hallazgos de esta autoridad.

Tenemos así que las conductas infractoras, según el Tribunal Electoral, están indudablemente acreditadas y que la norma que establece la sanción es válida.

En pocas palabras, el Tribunal confirma los hechos que constituyen la infracción, la validez de las normas aplicables y la procedencia de sanción al partido.

Hablaremos de paso que el monto de gasto involucrado y no declarado no es materia de esta discusión, toda vez que la falta acreditada por el INE y confirmada por el Tribunal, tiene en la ley una sanción expresa, la pérdida del derecho al registro de la candidatura.

Sin embargo, se ordena al Consejo General, realizar una nueva valoración de la sanción, a las precandidaturas, según una interpretación conforme a los artículos 229 y 456, con sus incisos correspondientes, a fin de que las sanciones se individualicen nuevamente.

El Tribunal considera que la sanción aplicable, según los artículos citados, debe interpretarse conforme a la perspectiva de principios constitucionales y de derechos humanos.

A pesar de confirmar los hechos y la validez legal de las decisiones del INE, la Sala Superior argumenta que es posible otra individualización de la sanción, no porque la norma no sea clara, específica y aplicable a las conductas acreditadas, sino porque sería posible otra interpretación a la luz de principios constitucionales más generales a fin de proteger derechos humanos que a su consideración podrían ser vulnerados con aplicación estricta de la ley, pero el Tribunal no indica cuál sanción se debe imponer.

Hay que reconocer que decidir inaplicar una ley invocando preceptos constitucionales o convencionales, más bien correspondería realizarla a un Tribunal constitucional, no en primera instancia a una autoridad administrativa, para un órgano de legalidad como lo es esta autoridad administrativa, la aplicación de las normas expresas es un deber ineludible, se trata en los casos que nos ocupan de normas expresas que no tienen contradicción con ninguna otra norma expresa.

Por lo demás, los derechos no son absolutos, inclusive los derechos fundamentales están sujetos para su ejercicio a determinadas condiciones y requisitos por ejemplo para ejercer el derecho a votar, se requiere ser ciudadano mexicano, estar inscrito en la lista nominal, o ser credencial para votar, quien no cumpla con estos requisitos no podrá votar, y puede decirse algo semejante del derecho a ser votado, se tienen determinados requisitos, estos requerimientos previos no implican en sí mismos una vulneración o restricción del ejercicio del derecho humano de origen.

Lo que brindan son garantías para que todas las personas ejerzan sus derechos con respeto al marco legal y hay que subrayar que el Tribunal no ordena cambiar la sanción, sino revalorarla a la luz de una interpretación que invoque derechos fundamentales sin descartar la aplicación de la misma sanción adoptada previamente.

En conclusión, siguiendo los razonamientos de la Sala Superior del Tribunal a la luz de los hechos acreditados por el INE y confirmados por el mismo Tribunal y toda vez que el Tribunal también confirmó la validez de las decisiones del INE, mi voto será por confirmar las sanciones impuestas en este proyecto.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejero Rivera.

Tiene la palabra el consejero Martín Faz.

Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: Buenas noches.

En el año 2011 nuestro país transformó su sistema jurídico al transitar de un paradigma formalista, jerárquico y restrictivo a uno mucho más garantista, así la reforma constitucional que sentó las bases sobre las cuales se construiría este nuevo paradigma, empezó por establecer diversas obligaciones para promover, proteger, respetar y garantizar los derechos de las personas que vinculan a todas las autoridades del Estado Mexicano entre las que indiscutiblemente se encuentra este Instituto.

Acorde al principio de supremacía constitucional, estas obligaciones quedaron consagradas en plano de igualdad jerárquica con el tradicional principio de legalidad que rige nuestro actuar, de tal suerte que es igual de importante nuestra obligación de respetar la ley como nuestra obligación de respetar los derechos humanos.

Ante ese panorama toda medida tomada por este Instituto que implique la afectación o restricción de este tipo de derechos, debe ser sometida a un escrito análisis de proporcionalidad que justifique esa vulneración en la medida en que se proteja otro bien o mandato constitucional de idéntica valía, por ello la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha desarrollado la metodología desde proporcionalidad que servirá para analizar la constitucionalidad de las medidas que intervengan un derecho fundamental de forma muy concisa es necesario que la intervención persiga un fin constitucionalmente válido, la medida resulta idónea para satisfacer en alguna medida su propósito constitucional, no existan medidas alternativas igualmente idóneas para lograr dicho fin, pero menos lesivas para el derecho fundamental y el grado de realización del fin perseguido sea mayor al grado de afectación provocado al derecho fundamental por la medida impugnada.

Este método conocido como “análisis de proporcionalidad “es aplicable en casos concretos como puede ser la individualización de una sanción que tenga como consecuencia la limitación o restricción de un derecho fundamental.

Cosa distintas es lo que realizó la Sala Superior al analizar los medios de impugnación, cuyo acatamiento nos ocupa, ya que en este caso se hizo el análisis de proporcionalidad que prescribe el artículo 22 constitucional y, como ha sostenido La Corte, está ligado precisamente a la obra legislativa, esto es, a determinar si el legislador dice y no la penalidad o punibilidad de las penas de manera coherente, tomando en consideración un orden o escala que garantice que las personas que sean sancionadas por faltas similares, reciban sanciones de gravedad comparable y que las personas que cometan infracciones de distinta gravedad, se les impongan sanciones acordes con la propia graduación del marco legal.

En este supuesto, la Sala Superior al revisar en abstracto la sanción prevista por el artículo 229, párrafo tres de la LGIPE, que establece la sanción de pérdida o cancelación del registro de candidatura para aquellos aspirantes que no hubieren presentado su Informe de Ingresos y Gastos de Campaña, determinó que de aplicarse de forma automática sin valorar las circunstancias de cada caso si resultara es proporcional y trastoque el derecho a la ciudadanía a ser votado.

Razones por las cuales concluyó que era necesario realizar una interpretación conforme que armonizara la legislación secundaria con la Constitución y ante la comisión de la falta analizada, permitiera a la autoridad electoral imponer cualquier sanción del catálogo que ofrece el artículo 456, párrafo uno, inciso c), fracción I, II y III.

En consecuencia, la Sala Superior ordenó a este Consejo calificar nuevamente la falta y reindividualizar la sanción en función de seis aspectos.

Tal y como lo manifesté en la sesión del 25 de marzo, este Consejo General tiene la obligación genérica establecida en el artículo 1° de la Constitución que nos exige realizar un riguroso escrutinio caso por caso, para determinar si la sanción propuesta es proporcional al daño causado, al bien jurídico que se pretende salvaguardar, en este caso, la equidad.

De lo contrario, correríamos el riesgo de caer en una restricción excesiva opuesta a la jurisprudencia desarrollada por la Suprema Corte a la que antes hice referencia.

Con base en lo antes expuesto, considero que el proyecto propuesto por la Unidad de Fiscalización no cumple con lo mandatado, toda vez que continúa sin hacer un análisis, un adecuado análisis de proporcionalidad de sus dos sentidos, a partir del cual se puede individualizar la sanción en términos del marco constitucional y legal, así como de lo expresamente ordenado por el Tribunal.

Por un lado, se hace una deficiente ponderación, a fin de resolver la condición entre el derecho a ser votado, la certeza y la transparencia y la rendición de cuentas, pues no se aborda en el estudio todas las gradas del test desarrollado por la Suprema Corte, por lo que no se justifica ni la idoneidad ni la necesidad de imponer la sanción previa de registro y no alguna otra del catálogo de sanciones.

Además, no se puede pasar por alto que el principio rector que dio origen a todo el entramado en materia de fiscalización es de la equidad, principio que por cierto no es valorado directamente por los proyectos a pesar de que expresamente se solicitó que esta autoridad valorara el impacto o transcendencia de las conductas cometidas en la equidad.

Por lo que hace a la revisión de la proporcionalidad de las sanciones impuestas en términos del artículo 22 constitucional que, como ya he mencionado, refiere que las personas que cometan infracciones de distinta gravedad, se les impongan sanciones acordes con la propia graduación del marco legal, considero que tampoco se toma en cuenta.

Realizar este análisis en el caso concreto significaría valorar a partir de los elementos probatorios ya firmes en qué medida la propaganda, los eventos desplegados por cada una de las personas aspirantes impactó en la equidad, la fiscalización y la rendición de cuentas.

Si bien se hace un estudio diferenciado respecto del aspirante, lo cierto es que a los otros tres se les da un igual tratamiento cuando las conductas cometidas, claramente, no tuvieron el mismo impacto en los bienes jurídicos tutelados.

Es por ese cúmulo de razones que votaré en contra de los proyectos planteados, ya que estos no obedecen a las directrices dictadas para la calificación de la falta y la individualización de la sanción y, por tanto, no dan cabal cumplimiento a la instrucción que nos fue dada.

Por último, señalo con toda claridad que es mi convicción que las autoridades electorales deben de estar sometidas al escrutinio público; por supuesto que sus decisiones pueden y deben ser cuestionadas. Sin embargo, considero irresponsables e inaceptables al extremo las expresiones como las que ayer fueron proferidas contra consejeras y consejeros de este colegiado, y contra este Instituto, y que se contraponen al espíritu democrático.

Independientemente del sentido del voto de cada uno de quienes integramos este cuerpo colegiado, las amenazas a la integridad personal son inadmisibles.

Estoy convencido que en democracia los desacuerdos y diferencias deben ser resueltos por los canales institucionales y no por las descalificaciones, o peor aún, por la venganza.

Muchas gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, consejero Faz.

Tiene la palabra la consejera Claudia Zavala.

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Muchísimas gracias, Presidente.

Muy buenas noches a todas y a todos.

Bueno, pues creo que he estado escuchando la participación de todas y todos mis colegas y de quienes intervinieron previamente.

Yo lo que quiero señalar en esta intervención es que, bueno, quienes conocen la forma de leer el derecho de quien la voz ahora lo tiene, pues no le será difícil definir cuál va a ser la posición que yo tengo respecto de este proyecto y el que viene, que se nos someten a nuestra consideración.

No voy a repetir ya las condiciones que dio la Sala Superior, ni las determinaciones, de verdad, judicial que ya está.

Hay una infracción, es una conducta infractora de omisión, de reporte de gastos de precampaña, eso ya está definido, no está a discusión ni el tipo de conducta infractora, ni la culpabilidad, ni la responsabilidad de los sujetos que hoy estamos conociendo aquí, que eran obligados, que tenían la calidad de precandidatos.

Hoy lo que estamos definiendo es a la luz de las reglas establecidas en la propia resolución es cuáles son los valores y los principios protegidos por el sistema de fiscalización y confrontarlo con el derecho que tienen de ser votadas las personas.

¿Cuáles son estos valores? Pues yo podría definirlos frente a la ciudadanía y a la sociedad la transparencia y la rendición de cuentas, valores, por cierto, alineados al principio democrático.

Frente a los contendientes, la equidad en la contienda electoral, efectivamente, es en el proceso electoral, la equidad como es rector de un sistema electoral, el sistema electoral mexicano.

Y lo que quiero señalar es qué significa la obligación de presentar el informe, esa obligación que está prevista en el artículo 79, numeral 1, inciso a), de la Ley General de Partidos Políticos. Significa que las personas y los partidos deben especificar el origen y el monto de los ingresos y los gastos realizados.

¿Quién lo debe informar? El partido político a la autoridad electoral y los precandidatos a los partidos políticos, porque son responsables solidarios.

¿Dónde quedó claramente interpretado el Sistema de Fiscalización? En una resolución de 2016, por cierto, del partido MORENA, quien también omitió en un primer momento y después presentó extemporáneamente un informe, y es el caso de Zacatecas.

Ahí está definido, interpretado el Sistema de Fiscalización, y en ése queda claro que, con independencia, y así lo dice en sus términos la resolución, con independencia del tipo de procedimiento, o incluso que sean candidatas o candidatos designados, precandidatos, incluso en ese supuesto tienen la obligación de rendir informes, obviamente la tienen por los valores que lleva inmersos en el principio democrático.

Y en esa virtud, me parece que aquí es muy irrelevante lo que nos informan a la luz del análisis preciso que se nos presenta.

Primero, se les pidió el informe, o sea, no lo presentaron, se les pidió el informe, en algunos casos, en la mayoría de los casos no presentaron el informe, el partido político presentó un informe en ceros de algunas personas, pero ¿qué fue lo que pasó aquí? Lo presentó una vez que ya habíamos concluido todo el proceso de fiscalización, y eso es lo relevante, porque hay una actitud que lleva inmersa una conducta procesal de resistencia, de que a pesar de que la autoridad le dijo con claridad a los precandidatos cuáles eran los hallazgos, y ojo, esta técnica de auditoría, de hallazgos de auditoría, es una técnica que se utiliza pero es lógico que no podamos revisar el todo a través de la técnica de auditoría, por eso es necesario que se presenten los informes.

En esa virtud, evidentemente tenemos que invocar estos principios, este sistema alineado a qué valores, en la propia resolución cuando nos hacemos cargo de analizar el derecho de ser votado, porque eso es lo que supuestamente entra en colisión; y cuando hay colisión aquí estamos frente a una colisión compleja, y es compleja porque hay varios valores frente a un derecho, que es el derecho de ser votado.

En esa virtud, yo estoy de acuerdo con la propuesta que se nos ha formulado, por supuesto, porque no podemos generar incentivos perversos en nuestro Sistema de Fiscalización, no podemos generar que puedan medir una consecuencia o una sanción a costa de derribar la transparencia, la rendición de cuentas, la revisión de todo, y no lo podemos derribar tan sencillo porque en 2014 hubo una gran reforma que recogió la historia de la fiscalización en el Sistema Electoral Mexicano.

Yo propondría que en estos proyectos fortaleciéramos esta parte de argumentación respecto de los valores, los principios del Sistema de Fiscalización, de cuáles son las implicaciones de las obligaciones que impone este sistema frente al principio democrático, y a partir de ahí entonces sí podamos tener esta comparación de un derecho político electoral de ser votado que no es irrestricto, y eso hay que tenerlo claro, es lo que decía la consejera Dania, es una consecuencia porque no se está cumpliendo con un requisito que se está pidiendo para poder ejercer ese derecho de ser votado.

Me parece que también hace falta que nosotros precisemos con mucha claridad, que no estamos en el tema de pesos, que estamos frente a una auditoría, un hallazgo de auditoría, una técnica de auditoría, que encontró un monto, pero ese monto no es el que corresponde con la realidad; y tan no corresponde que tal como nos informa el proyecto, Walton, el precandidato Walton, lo que hizo fue reportar un monto mucho mayor del hallazgo encontrado por esta autoridad.

Y creo que ahí tenemos que ser muy claros en esta parte, de argumentación, para que se vea precisamente, por qué no es desproporcionado que ahora, a la mayoría de los candidatos, se les esté imponiendo la consecuencia, la coercibilidad del derecho tiene que imponerse, porque no podemos generar incentivos, la punibilidad tiene que disuadir, no generar incentivos para que se violen las leyes y a partir de esas violaciones se costé qué sale más barato, si violar la ley y entonces ya nada más pagar una multa, o verme amonestado, o recibir la consecuencia que el legislador estableció en un lado, pero también que estableció como propia sanción.

Es un sistema que reitera la importancia de esta consecuencia legal, reitera la importancia de que se cumplan con las obligaciones de fiscalización, en pro del principio democrático. De ahí que mi voto será a favor de los proyectos, con las adiciones que sugiero.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera Zavala.

Tiene la palabra el senador Juan Antonio Martín del Campo.

Consejero del Poder Legislativo del PAN, Juan Antonio Martín del Campo: Gracias.

Muy buenas noches a todos y todas.

Solo quiero añadir que, en este caso, bueno, pues que apoyo a este Instituto por la resolución que contiene este proyecto de acuerdo, emitido por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Estamos ciertos de que atendiendo a la presunción de constitucionalidad y con estricto apego al marco jurídico electoral, se han calificado y por supuesto graduado proporcionalmente las sanciones impuestas a los precandidatos, debido a que sí existió una precampaña y que, por lo tanto, sí existieron gastos; simple y sencillamente pues estos gastos no se dieron los informes hacia lo que es la autoridad.

Sabíamos que tenían la obligación de presentar todos y cada uno de los gastos de precampaña, y lo que nos tenemos que preguntar es que si realmente quieren respetar o no quieren respetar la ley. Yo creo que eso es lo más importante, porque muchos lo quieren llevar al tema político, cuando sabemos que realmente esto es un tema de legalidad, es un tema de ley.

Y, por otro lado, también igual, quisiera preguntarles, pues en este caso, al no presentar este informe, qué es lo que realmente estaban ocultando en esta precampaña, o aún peor, de dónde vienen, precisamente, esos gastos.

Esto me lleva a recordar, precisamente, a un candidato en Nayarit, a “Layín”, que dijo: “pues, sí, yo sí robé, pero robé poquito”.

Algo que está pasando precisamente ahorita por los de Morena. Cuando ellos han sido y han pregonado precisamente de que la transparencia de todos los recursos y ahora que a ellos se les pide lo que es transparencia, simple y sencillamente no lo hacen.

Y la otra, creo que sí es muy preocupante, las amenazas que se han dado precisamente al decir: Si no me dan el registro, entonces aquí no se hacen elecciones.

A ver, ¿entonces estamos hablando pues de un virrey? ¿Estamos hablando de que se transgreda precisamente la ley en la Constitución?

Yo creo que eso también es muy grave y muy delicado.

Eso refuerza el hecho de que algunos afrontan también un procedimiento sancionador.

Y es que a pesar de que la autoridad les brindó la oportunidad de cumplir con las obligaciones que lo hicieran, lo hicieron pues en tiempo y en forma, pero simple y sencillamente omitieron todo acto, con la misma soberbia que les ha caracterizado, precisamente, a todos ellos.

¿Cómo varios candidatos y candidatas de este mismo partido sí cumplieron en forma y en tiempo? Obviamente para ellos no hubo sanción, pero para quienes no cumplieron, independientemente de cualquier partido, se les tiene que sancionar.

Y, bueno, pues estamos viendo justo ahora a lo que son las protestas afuera de lo que es el Instituto, sin tomar las medidas necesarias de lo que es esta pandemia.

Como bien se expone en el proyecto en mención al contextualizar también la gravedad de las faltas, se pone una notable desventaja al resto de las y los aspirantes a contender a un cargo de elección popular.

Y si ese árbitro se hubiera mostrado laxo o débil al respecto, el mensaje que saldría a la ciudadanía, sería que cualquier persona por simple capricho, sin respetar la ley o por ser amigo del Presidente, pueda transgredir y violar la ley y la Constitución. Y lo que es peor aún y lo que es más grave, violar el marco de lo que es el Proceso Electoral, donde hoy sabemos que Morena se quiere tener el control de los estados y de los municipios.

Reiteramos nuestro acompañamiento a este proyecto, ya que primeramente pues lo consideramos como un verdadero respeto a lo que es la ley. Concebimos como un verdadero compromiso con la ciudadanía de este país, quien tiene derecho a sufragar en una contienda electoral justa y equitativa para todas y para todos, así como nuestra confianza a este Instituto.

Sabemos que continuará actuando con transparencia, equidad y responsabilidad ante las determinaciones que emita.

Y, por supuesto, condenamos enérgicamente las descalificaciones que han estado llevando precisamente a este Instituto por parte de algunos partidos políticos, sobre todo de Morena, y también igual hay que decirlo, por parte de lo que es el Gobierno Federal cuando el contexto nacional y simple y sencillamente cuando algo no le conviene a ellos, entonces es el momento de poder descalificar.

Cuando ellos criticaban hace mucho tiempo de que querían claridad y querían transparencia, pues hoy estamos viendo todo lo contrario.

Yo creo que ya es tiempo y momento de también decirle al Presidente: “Ya chole”, “Ya chole, Presidente”. Es decir, que el INE hace fraude cuando al Presidente no le conviene.

Es cuanto, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, senador.

¿Alguna otra intervención en primera ronda?

Bien, permítanme intervenir en segunda ronda para dos cuestiones muy puntuales.

La primera es que, en efecto, hay que leer toda la sentencia que hoy estamos dando cumplimiento, y la sentencia en página 38, a propósito del precedente que aquí se ha invocado en esta misma discusión, pues es muy clara, reciente de David Monreal, de Zacatecas en 2016.

En la página 38, la sentencia lo dice con todas las letras: “se considera que el precedente ese no es aplicable al caso concreto, ya que, en este juicio, el actual, rige un marco reglamentario diferente”. Y más adelante la propia Sala Superior dice “por otra parte, un elemento adicional que separa este juicio ciudadano respecto del antes mencionado son los hechos”, pues el juicio que se analiza, el actual, actualmente la autoridad ordenó un inicio de un procedimiento oficioso con el propósito específico de salvaguardar el derecho de defensa.

O sea, la Sala dice que no se aplica el precedente anterior como aquí, erróneamente, se ha pretendido sostener.

Y la segunda cosa, no importa insistir en algo, el INE no está en contra de nadie, de ninguna fuerza política, ni de ningún actor político.

El INE observará, vigilará, corregirá o sancionará, eso sí, a quien o a quienes violen la ley electoral, sea quienes sean, y pertenezcan al partido o al gobierno que fuere.

Nuestro compromiso con la legalidad, como dije antes, con la imparcialidad, con la equidad y la transparencia de nuestras elecciones ha sido, es y será irrenunciable, un compromiso, por cierto, tan vigente hoy como ayer, y que viene de muy lejos de los casos extraordinarios, de casos extraordinarios como los de Pemexgate o los de amigos de Fox sancionados también en su tiempo por esta misma herradura.

Ahora mismos se despliegan acciones que faltan a la verdad, que tuercen la lógica, vientos de abierta descalificación contra la autoridad electoral.

Nuestra respuesta a ellos es el derecho, la Constitución y la razón que nuestra parte siempre con respeto y con los argumentos que nos otorga la ley.

El INE no pretende entrar en confrontación con ninguna fuerza política, no lo ha hecho y no lo hará por la simple y sencilla razón de que el INE no tiene adversarios.

Como árbitro nos colocamos por encima de la disputa que se da naturalmente entre las partes, entre los jugadores, que son los protagonistas de la contienda democrática, ustedes, los partidos políticos.

Y no se trata con afán de superioridad como alguien erróneamente supone, para nada, lo que he dicho y reitero es que el INE el árbitro discreto y neutral, pero que no es omiso ni indiferente frente a las violaciones a la ley, sino estricto y puntual frente a las mismas, ante las mismas, está por encima de las disputas, de las diferencias que se dan entre los partidos políticos.

Lo que hoy estamos obligados a dictaminar pudo haberse evitado de manera llana, clara y simple, se hubiera cumplido con la ley así sin otro enredo, y es que eso es lo único que persigue el INE con esta decisión, que las reglas del juego que los propios partidos redactaron y llevaron a la Constitución y a la ley, se cumplan.

Miles de precandidatos de todos los partidos, e incluso muchos del mismo partido MORENA, cumplieron puntualmente con su trámite fiscalizador, y hoy compiten en igualdad de condiciones frente a los demás partidos; a su vez, miles de candidatos de otros partidos cumplieron con ese trámite y hoy conforman el paisaje de la contienda democrática.

El INE, como puede verse, no está en litigio con ningún partido y con ningún candidato, el INE es una institución del estado mexicano que simple y sencillamente aplica a ley.

¿Alguna otra intervención?

Tiene la palabra, con gusto, el señor representante de MORENA, el licenciado Sergio Gutiérrez.

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias, Presidente.

Nos da gusto oír su intervención sobre la aplicación de la ley y la Constitución. Yo lo instaría a que cumpliera esa parte de la Constitución que le obliga a ganar menos que el Presidente de la República, hay fragmentos de la Constitución que usted no ve, Presidente Córdova.

Y otra cosa que no se ha visto aquí, hablando de pesos y centavos, lo dijo el consejero Rivera, dijo que no estamos hablando de montos, y la consejera Zavala dijo “no estamos en el tema de los pesos”, pero es porque no han querido leer la sentencia, el Tribunal claramente les ordenó que evaluaran el monto económico o beneficio involucrado y no lo están queriendo hacer, están dando vueltas en círculo porque lo que quieren es obtener una sanción con el tema de la presentación o no presentación del informe, algo que está superado y que el Tribunal les está ordenando que evalúen el monto económico o beneficio involucrado, que en el caso de Félix Salgado Macedonio, otra vez, son 19 mil 872 pesos punto 48 centavos, que en el contraste con el tope de gastos de campaña, de precampaña de 5 millones 422 mil pesos no es ni el uno por ciento.

Han estado narrando ustedes el hecho como si se tratara de una conducta sistemática, no lo es y no lo fue, una precampaña, la que sea, mucho menos una precampaña de gobernador se compone por ocho publicaciones en Facebook, nunca una precampaña a gobernador tiene esa ínfima dimensión a la que ustedes le quieren dar una trascendencia para castigarnos forzosamente.

El consejero Murayama sigue diciendo que debe de aplicarse esa sanción y que al que viola la ley hay que aplicársela. Consejero Murayama, usted frecuentemente se dedica a prejuzgar como lo hizo el viernes pasado cuando recién emitió la sentencia el Tribunal, en un programa dijo usted que volvería a aplicar, a votar por la aplicación de la misma sanción, eso es prejuzgar, lo hace recurrentemente usted y el consejero Córdova.

Están haciendo un berrinche, consejero Córdova y consejero Murayama, porque no aceptan que el Tribunal les ordenó que revalúen la sanción.

Si la consecuencia necesaria a la conducta fuera la sanción de cancelación del registro, el Tribunal no les hubiera dicho que tomaran en consideración otros elementos que no los están tomando en cuenta.

En conclusión, lo que ustedes pretenden señalar o decir como una posibilidad de vulneración al Sistema de Fiscalización no sucedió porque 19 mil 872 pesos de ninguna manera pueden violentar al Sistema de Fiscalización, porque el hecho de que el Tribunal les haya ordenado algo y que ustedes repetidamente estén señalando el tema de la falta de la entrega del informe, demuestra su voluntad de castigar por castigar sin razón, sin lógica, sin proporcionalidad, porque están montados en la idea de su superioridad, sí Presidente Córdova, su superioridad que usted manifiesta siempre, pero superior a usted es el pueblo.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias por su intervención, diputado.

La diputada Claudia Pastor desea hacer una pregunta, ¿la acepta?

Diputado Gutiérrez Luna, ¿la acepta?

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Sí, con gusto.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Ah, adelante diputada.

Consejera del Poder Legislativo del PRI, Claudia Pastor Badilla: Muchísimas gracias.

Gracias, Presidente.

Diputado, escucho en su intervención que usted reconoce que se gastaron 19 mil y algo como monto y mi pregunta es, ¿por qué no presentaron los informes, entonces con ese monto?, ¿y por qué cuando los presentaron, los presentaron en ceros?, si me puede responder, por favor.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Para responder el diputado Gutiérrez Luna.

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Ojo diputada, creo que se equivoca.

Ése monto de 19 mil 972 pesos es lo que la autoridad imputa, en lo que se basan los hechos para determinar que sí hubo precampaña.

Por cuanto hace al tema de la presentación del informe o no, aunque es algo superado porque el propio Tribunal ya lo resolvió, se lo voy a explicar, el partido MORENA no registró como precandidatos porque evidentemente se consideró que ocho publicaciones en Facebook no constituyen una precampaña de candidato a gobernador, nunca se ha visto en la historia política mexicana que se piense que ocho publicaciones de Facebook constituyen una precampaña.

Evidentemente no estoy polemizando sobre eso porque hay un pronunciamiento judicial, pero se lo contesto de su pregunta expresa.

Consejera del Poder Legislativo del PRI, Claudia Pastor Badilla: Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias.

Tiene la palabra el licenciado Clemente Ávila, representante del PRD.

Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Yo quiero hacerle una pregunta al PRI.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Ah es pregunta.

Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero:  Es pregunta y luego también…

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Acepta el licenciado Gutiérrez Luna, con mucho gusto.

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Con mucho gusto.

Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero:  Gracias, Sergio.

Oye Sergio, ¿cuándo vas a dar la instrucción para que se retiren los provocadores que tienes afuera del INE y poder sesionar de manera tranquila en el Consejo General?

Gracias, Sergio.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Para responder el diputado Gutiérrez Luna.

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: No sé tú, pero yo estoy en el INE ahorita, entré sin ningún problema, deja de fingir y deja de maximizar cosas, nadie te cree y nadie te pela, porque el PRD no existe.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: No entendí el señor representante del PRD quería hacer también una intervención.

Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Sí, no, no, en segunda ronda.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Por eso, porque lo tenía anotado, en independencia de la pregunta, es usted en segunda ronda.

Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Perfecto.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Adelante.

Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Gracias, señor Presidente.

Pues como está claro, evidentemente, pues quien comanda al grupo de choque, violento en contra del INE, pues por supuesto que va a dejar pasar a uno de los lugartenientes de esa actitud y de esa acción, para evidentemente querer meter miedo o presión a las autoridades del Instituto Nacional Electoral, que por lo que he escuchado, mantendrán firmemente, con autonomía e independencia, la resolución que hace 10 días tomaron y que, como bien se establece, lo único que el Tribunal hizo fue regresar para individualizar las sanciones.

Hoy creo que con esta nueva resolución, está claro que se han individualizado las sanciones, y una de las sanciones individualizadas es la cancelación del registro, tal y como marca la ley, de un personaje que como Félix Salgado, que no presentó el informe de gastos de precampaña y que lo hizo con dolo, y me refiero a que esto es una parte muy importante, porque tanto Félix Salgado, como su partido político al cual usted representa, fueron requeridos por la autoridad administrativa, para presentar el informe de gastos de precampaña, no una, no dos, mucho más veces fueron requeridos y fueron olímpicamente ignorados, porque hoy MORENA, pues no tiene la convicción de respetar la ley, para ellos la ley no es suficiente porque se escudan, tal y como lo hace el compañero Sergio, en que el pueblo tiene la razón.

El pueblo se ha dado normas, el pueblo se ha dado Constitución, se ha dado órganos de representación, en este caso el órgano legislativo, quien crea las leyes y que obliga a los partidos políticos, a respetarlas, cosas que ustedes no han hecho.

Pero bueno, qué puedo decir cuando desgraciadamente hoy el órgano legislativo donde está el compañero Sergio Gutiérrez como diputado, pues la Cámara de Diputados, la mayoría de MORENA es un órgano de vasallaje, los diputados de MORENA y sus aliados hoy son vasallos del Presidente de la República, que cuando manda una iniciativa, les dicta y les ordena que no le cambien una sola coma a las decisiones del Poder Ejecutivo.

Entonces, evidentemente que para ellos la ley, y me refiero a MORENA y por supuesto a Sergio que es diputado, para ellos la ley no es lo que está escrito, para ellos la ley es lo que manda el Presidente de la República, para ellos eso es un verdadera ley, en un camino hacia la dictadura.

Por eso cuando el Presidente de la República, López Obrador, manda como lo hizo en su momento Donald Trump, a las huestes, a infiltrar el capitolio para presionar y cambiar una decisión, hoy de la misma forma Andrés Manuel López Obrador manda a las huestes a violentar a la autoridad, al Instituto Nacional Electoral, para tratar de que la autoridad cambie en su decisión.

Afortunadamente hoy las instituciones mexicanas van a salir abantes de esta grave presión.

Hoy hay que decirlo fuerte y claro, la ley se cumple o no se cumple, el Instituto Nacional Electoral es garante o no de que la ley se cumpla.

Por ello, hoy manifiesto que acompañaremos esta resolución, este acuerdo porque de lo que se trata es de que todos los partidos cumplan la ley, porque todos estamos obligados a ello. No hay precandidatos que tengan una patente de Corzo para decir: Yo no voy a cumplir la ley, yo no voy a presentar mi informe de gastos y aun así voy a competir, eso no puede pasar.

Necesitamos una sanción para que quede claro que todos los partidos debemos cumplir la ley.

Y, por supuesto, que el PRD importa, don Sergio, tan es así que me está contestando, a lo cual yo, por supuesto, le agradezco mucho sus atenciones.

Muchas gracias, Presidente.

Es cuánto.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.

Tiene la palabra el maestro Gerardo Triana, representante del PRI.

Representante del PRI, Gerardo Triana Cervantes: Muchas gracias, Presidente.

Para comentar en esta segunda ronda, el Sistema Electoral Mexicano, efectivamente, es y debe ser un ejercicio democrático, pero no puede ser un ejercicio de miedo. Esto, sin sustraernos de lo central que nos ocupa el asunto que se está discutiendo.

Al Partido Revolucionario Institucional no le interesa conocer los domicilios particulares de los señores consejeros. Los asuntos electorales, administrativos se litigan en Viaducto y Tlalpan y Periférico; o, en su caso, los jurisdiccionales se litigan en Carlota.

Entonces, nosotros no tenemos, no consideramos que tengamos que ir a las casas de los consejeros a litigar los asuntos en materia electoral.

En el caso que nos ocupa, se ha arribado a la conclusión de que las faltas cometidas son tan graves y, por ende, tienen como consecuencia la máxima sanción prevista en la norma como lo es la cancelación de la posibilidad de un registro.

Pretender lo contrario, es decir, autorizar el registro de un ciudadano que se niega a dar a conocer públicamente el origen de sus recursos para su proselitismo interno, para su proselitismo previo sería un error, pues con ello no solamente se generaría una violación a la ley, sino que se traería como consecuencia mandar un mensaje a la ciudadanía, en el sentido de que los aspirantes y precandidatos puedan negarse a reportar el origen de sus gastos y que, incluso, estos podrían ser de origen ilícito, puesto que finalmente con este tipo de litigios, fuera de las instancias correspondientes, estarían logrando poder continuar o acceder a una contienda generando inequidad en la misma.

Cabe mencionar que el partido político del que se ocupa el proyecto como de sus precandidatos y de su particular candidato en Guerrero, han realizado últimamente una serie de gastos para protestar ante el INE y ante la Sala Superior, usando vehículos, otorgando alimentos a las personas, equipos de sonido, entarimados, e impuso grupos musicales, y todo esto tampoco se ha reportado.

De aquí que desde nuestra perspectiva es correcta la determinación de este Consejo General al no dejarse intimidar, haciendo que prevalezca la ley y los principios constitucionales que rige en la materia, y en especial en la fiscalización de los recursos públicos.

Por eso convocamos a los integrantes de este Consejo, particularmente a consejeras y consejeros, que resuelvan sobre este proyecto en conciencia de lo que la norma nos establece y que no prevalezca la intimidación en este asunto.

Muchas gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.

La consejera Favela tiene la palabra.

Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: Gracias, Presidente.

Bueno, yo he estado escuchando con mucha atención todo lo que se ha advertido aquí, y de verdad que respeto mucho todos los puntos de vista, y bueno, nada más precisar que yo tengo una opinión distinta a lo que viene en el proyecto.

En la sentencia que estamos dando cumplimiento, la Sala Superior dice que un precandidato o precandidata, en términos generales, o sea, cualquier persona que pretenda ser postulada por un partido a un cargo de elección popular tiene que cumplir con la presentación de sus informes con independencia del método de selección.

Y también dice que incluso en el supuesto de que no se lleven a cabo actos de precampaña, existe ese imperativo y no solo de dar aviso de esa situación al INE, ya que conlleva el deber de reportarle que no hubo entonces ingresos y gastos, para lo cual es menester presentar, entonces, el informe de precampaña respectivo, en todo caso, en ceros.

Eso ya lo dijo la Sala Superior, y coincido con lo que han dicho aquí los representantes de los partidos políticos en el sentido de cualquier persona candidata a un cargo de elección popular que no haya presentado su informe de precampaña tendría que registrársele, tendría que cancelársele el registro correspondiente.

Eso también estoy totalmente de acuerdo.

Ahora, ¿qué pasa en el caso concreto? Entre los elementos que la Sala Superior nos obligó a tomar en cuenta es el monto económico o beneficio involucrado, y su impacto trascendencia en la fiscalización, y rendición de cuentas y la equidad.

Es cierto que cuando se presenta un informe de precampaña, pues ésa es la base para que la autoridad revise y haga la fiscalización correspondiente, pero también es cierto que aunque no se presente el informe, nosotros, INE, podemos detectar gastos que se hubiesen hecho, y lo que nosotros hicimos en estos casos concretos de la omisión de la presentación del informe, por lo menos no dentro de los plazos que marca la ley, verificamos y lo que encontramos fue una serie de montos que los involucrados no reportaron.

Por ejemplo, en el caso de Félix Salgado Macedonio, 19 mil 872.48 pesos, y ya se ha dicho que eso es apenas el 0.37 por ciento del gasto o la cantidad que se había autorizado para los gastos de precampaña, o sea, es una cantidad ínfima.

Ahora, yo creo que este elemento sí se tiene que tomar en cuenta porque si no, entonces, la Sala Superior no lo verá puesto.

Entonces, creo que sí lo tenemos que tomar en cuenta, y en mi caso, por eso llego a la conclusión de que no procede la cancelación del registro.

Pero vean otra cosa, en relación con las personas registradas como candidatas a la gubernatura en el estado de Guerrero por varios partidos políticos, la única persona, Ambrosio Guzmán Juárez, de Redes Sociales Progresistas, fue ella la única persona que presentó su informe de precampaña, de ahí en fuera todos los demás de la coalición “Juntos Haremos Historia”, de Movimiento Ciudadano, del PRI, PRD, del PAN, del PES, de Fuerza por México, y obviamente de MORENA, no presentaron informes de campaña, eh, y tienen ahorita una candidatura.

Entonces, siguiendo lo que dice la Sala Superior, pues entonces a la conclusión que tendríamos que llegar es que tendríamos que iniciar un procedimiento oficioso, obviamente, para entonces verificar que estas personas no presentaron su informe de gastos de precampaña, y entonces llegar a la conclusión de cancelarles el registro.

Y lo mismo sucede en Michoacán, ahí hay varias personas que no presentaron su informe de precampaña y entre ellos, obviamente, pero, por ejemplo, hay una de Movimiento Ciudadano que no lo presentó y finalmente tiene el registro de la candidatura.

Y eso lo pongo en consideración porque, vuelo a insistir, se tiene que exigir este requisito, el informe de precampaña a todas las personas que han sido registradas como candidatas.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera Favela.

¿Alguna otra intervención en segunda ronda?

La consejera Claudia Zavala.

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Muchas gracias, Presidente.

Quiero concluir mi intervención porque en la primera ronda se me agotó el tiempo.

Pues a partir de estas definiciones que he presentado respecto de cuáles son los valores, los principios del modelo, yo quiero sugerir que justamente cuando analicemos la calificación de la falta vayamos a la falta de una gravedad mayor, y es que no es nada más una gravedad ordinaria ni una gravedad especial, lo que pasa es que en este caso había ya determinado una decisión judicial, en el caso de MORENA, que en estos casos todos tenían que haber presentado los informes desde un proceso electoral pasado.

Y me parece que el estar en conductas que se han estado presentando de manera constante, pues nos pone en una situación que debemos focalizar al momento de calificar las sanciones y alinearlas a los principios.

Creo que esta es una oportunidad muy importante que nos da la Sala Superior, para que desde el INE fijemos cuáles son los valores, los principios del sistema democrático, cómo se pueden armonizar con el derecho de ser votado.

Y aquí yo pongo un ejemplo muy claro de lo que tenemos.

Una de las personas implicadas en este asunto justamente fue registrada en las diputaciones federales, y precisamente en armonía con el derecho de ser votado no se impidió el registro en aquella candidatura, ¿por qué? Porque al haber sido, entiendo, designación, porque participó en otro proceso de selección interna, fue designado y en este caso no hubo ningún gasto registrado.

Entonces, creo que tenemos que hacernos cargo de esa argumentación en el proyecto para que quede muy claro cuáles son los principios, los valores que estamos ponderando, que quede también muy claro que los hallazgos de gasto, en estos casos se debieron a la técnica de auditoría justamente porque se trató de evadir la eficacia de un procedimiento de fiscalización.

Y entonces, si nosotros tenemos estos conceptos, me parece que podemos calificar esa gravedad y en esa medida poder determinar la fracción III como la parte de sanción, más allá que queda armónica con la consecuencia de derechos establecida en el artículo 229, numeral 3.

Me parece que esta estructura argumentativa daríamos más insumos para que la propia autoridad pueda revisar cuál es la ponderación que se hizo.

Y justamente es que cuando están en tensión, aquí es los principios y los derechos, y los principios están en una parte compleja, me parece que debemos dar estas prioridades, pero expresar de manera muy clara las razones porque segura estoy que se va a ejercer el derecho de impugnación, y me parece que eso es relevantísimo.

El INE no tiene la última palabra y así está diseñado nuestro sistema y se irá a impugnación, pero tienen que quedar muy claras las razones por las que nosotros llevamos a ello.

Así que, en conclusión, propondría que la calificación de la falta sea grave mayor, arropada con esta argumentación, y después continuar con el desarrollo como lo está proponiendo el propio precepto, pero ya en la aplicación de evidentemente, revisar esa interpretación conforme que se nos ordenó, a partir de los principios, los valores, dentro de los cuales, por supuesto, deben quedar el principio democrático como eje central de todo nuestro sistema electoral.

Sería cuanto, gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera Zavala.

El diputado Gutiérrez Luna desea hacerle una pregunta, ¿la acepta?

Adelante, señor representante.

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Muchas gracias, consejera, por aceptar.

Mencionó usted en su intervención, que no se estaba hablando de un tema de pesos.

Yo le preguntaría específicamente, ¿reconoce usted que el Tribunal Electoral le ordenó a este Consejo General, es decir, a ustedes, que evaluaran y ponderaran el tema o aspecto de monto económico y beneficio involucrado, que finalmente son pesos?

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Para responder, la consejera.

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Gracias, Presidente.

Es lo que he estado explicando, por supuesto que nos ordenó eso, pero en este caso hay que señalarle al Tribunal que no se está en un monto involucrado, sino que frente a una técnica de auditoría donde se tuvo hallazgos y a partir de esos hallazgos, no quiero decir que eso sea todo lo que se haya gastado, frente a que el partido reportó en ceros en algunos casos y en otro tenemos más de 500 mil pesos, me parece que se puede explicar muy claramente esa técnica de auditoría, y esa técnica de auditoría no solo se usa en el INE, se usa en todas partes, justamente para evitar la evasión de las consecuencias del proceso de fiscalización que muchos obligados pretenden hacer frente a las autoridades fiscalizadoras.

Eso es lo que tenemos que hacerle claro en ese preciso concepto, a la propia autoridad.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera.

El consejero Uuc-kib Espadas tiene la palabra.

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: El INE debe ser criticado.

Ciudadanas y ciudadanos integrantes de este Consejo, el INE debe de ser criticado, pero la crítica en democracia tiene que tener necesariamente, un claro sustento de realidad.

Atribuir gratuitamente a este órgano o en lo personal a sus integrantes.

La autoría de imaginarios fraudes electorales hace cinco, 10 o 15 años es no tener compasión de la realidad, todo se puede discutir, pero todo tiene que discutirse sobre la base de elementos de realidad que podamos corroborar.

Creo pues que es necesario disminuir el nivel de fricción que este debate lleva acogerse a lo que la realidad nos está mostrando, y aquí quiero ser muy claro porque quiero debatir de frente y con cortesía con MORENA y sus representantes. Creo y lo he reiterado que, argumentar que la sanción es desproporcionada, que hay elementos como la cuantificación, la que obliga a la sentencia que no se han incorporado, que es correcto, creo que MORENA tiene razón en esos puntos, y son fundamentalmente las razones por las que votaré en contra del proyecto.

Pero lo que MORENA no puede reclamar hoy legítimamente es que se esté aplicando legalmente una medida que no solo está prevista en la ley, esto hubiera sido un reclamo, digamos, de los que solíamos hacer en 1985, pero el tema es que en 1985, éramos fuerzas opositoras que estaban siendo aplastadas por el régimen de partido de estado, hoy MORENA tiene la mayoría legislativa, MORENA ha considerado a lo largo de lo que va de la legislatura que el artículo 229 sin matices y sin graduación, sin proporcionalidad es el que debe estar allá.

Me parece que en el debido intercambio democrático es exigible al partido reconocer su participación en que tengamos que recurrir o que debamos recurrir a una interpretación conforme a la constitución y no simplemente aplicar la ley en su letra, creo que eso es un justo reconocimiento porque es parte de la responsabilidades que vienen con ser mayoría legislativa, ser mayoría legislativa es una cosa muy importante, es una cosa que solo se logra con una gran legitimidad electoral, pero también impone obligaciones.

Yo llamo pues a MORENA  a tener en consideración estos factores su participación en el actual modelo electoral y desde esa perspectiva plantear que no es correcto que se acuse a este Instituto de actuar en contra de la ley, podemos hacer la crítica, yo la hago de que esta aplicación literal de la ley prescinde de consideraciones constitucionales que son importantes en mi opinión.

Otras consejeras y consejeros opinan diferente, eso no quiere decir que estén actuando contra la ley, ni que estén actuando de mala fe.

Muchas gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, consejero Espadas.

Tiene la palabra el maestro Obdulio Ávila, representante del PAN.

Representante del PAN, Obdulio Ávila Mayo: Gracias, Consejero Presidente.

En este debate sobre el retiro de candidaturas, vale la pena y este es un punto que se ha obviado, atender el punto relativo a la obligación de presentar informes de precampaña.

No se trata de un informe meramente anecdótico. Es un informe sobre el dinero que se usa en la precampaña.

La reforma que se realizó fue para evitar que las contiendas políticas tuvieran una intervención de dinero que no se sabía su origen.

El mismo Presidente de la República hace unos días incluso manifestó su preocupación de que el dinero del crimen organizado se inmiscuyera en las campañas.

Y creemos que es una preocupación legítima del ciudadano Presidente de la República y la compartimos.

Así pues, es este caso. Los informes que se omiten son el instrumento que permite a la autoridad y a los ciudadanos saber que no es dinero del crimen organizado el que está influyendo en las campañas o pagando eventos.

Es ese informe el que nos clarifica que el dinero que se usa para pagar desde un volante o un espectacular, no tiene origen en el lavado de dinero o es de origen desconocido. Es un elemento de claridad y que aleja la sospecha cuando se presenta en tiempo y forma.

El no presentarlo es una primera evidencia de que algo puede estar mal. Es un tema tan fuerte el relativo al dinero de origen dudoso que todos los precandidatos saben de esa obligación como algo esencial y lo saben más los compañeros del partido del Presidente, porque fue precisamente él quien empujó por esta reforma mencionada que hoy está vigente. Y es obvio que sus seguidores lo saben. Hay que tener vergüenza y valor para reconocerlo, lo saben y dolosamente omiten el informe.

¿Qué esconden? ¿Por qué no quieren hacerlo público? Ponen pretextos miles, de nada sirve.

Los informes son para saber de dónde y cuántos son los recursos en campaña. No nos hagamos guajes.

Y eso precisamente es lo que se esconde y evade con las actitudes brabuconas, amenazantes e ilegales, delincuenciales, porque son delitos electorales de candidatos impresentables.

Es curioso que existiendo todo un sistema de medios de impugnación y la decisión final recaiga en el Tribunal Electoral, solo se concentre la amenaza y la intimidación, está mal, solo sobre el Instituto Nacional Electoral.

Por cierto, y para concluir, porque hubo una alusión a mi partido en Guerrero, el que no se habían presentado informes de precampaña, no hubo precampaña, los candidatos fueron designados. Por tanto, no existía esa obligación.

Es cuánto.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.

El licenciado Gutiérrez Luna desea hacerle una pregunta, señor representante, ¿la acepta?

Representante del PAN, Obdulio Ávila Mayo: Con gusto.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Adelante, señor representante.

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias.

Hace un momento su compañero, el senador Obdulio, representante del Poder Legislativo, hizo una referencia a Layín, el que robaba poquito, ¿es éste? ¿El que está ahí en el PAN? ¿Candidato del PAN al que se refería?

Representante del PAN, Obdulio Ávila Mayo: No compañero.

Creo que, para dejarle claro a Sergio Gutiérrez Luna, el delincuente se llama Félix Salgado Macedonio, y es motivo de esta sesión.

El que está amenazando a una autoridad electoral y está tipificado como delito electoral es el señor impresentable, que usted está defendiendo el día de hoy.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias.

Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Quiero hacer una pregunta.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Sí, el señor representante del PRD desea hacerle una pregunta, señor representante del PAN.

¿Lo acepta?

Representante del PAN, Obdulio Ávila Mayo: Con mucho gusto.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Adelante.

Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Gracias, señor Presidente.

Hablando del caso de Félix Salgado, ¿conoce usted las diversas denuncias por violación que le han presentado al candidato de MORENA al estado de Guerrero y que hoy no tiene registro?

Representante del PAN, Obdulio Ávila Mayo: Sí, lamentablemente no es una, son seis denuncias presentadas contra un presunto violador.

Y el señor representante de MORENA hace la defensa de un presunto violador, pero, además, insisto, de una persona que conforme a la legislación electoral realiza una serie de amenazas que encuadran en un acto delincuencial, doblemente una conducta delincuencial.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias.

Antes de cederle la palabra al consejero Rivera, solamente recordarles que el objeto de esta sesión, la discusión del proyecto que nos ocupa no otras cuestiones constitucionales ni, eventualmente, legales.

Así que les invitaría a todas y a todos ceñirnos al punto que nos ocupa.

Y le cedo la palabra, pero es para todos, eh, porque aquí se han hecho referencias a cuestiones que no tienen nada que ver con el punto que nos ocupa.

Por prudencia he dejado correr, pero creo que también reglamentariamente es mi obligación hacer recordatoria a todos los integrantes del Consejo pues cuál es el punto que nos ocupa esta noche.

Tiene la palabra el consejero Jaime Rivera.

Micrófono, Jaime.

Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: Disculpen, disculpen.

El Tribunal Electoral nos ordena sí revalorar la sanción posible, sin especificar cuál es, a su juicio, la sanción que debe imponerse, y dentro de las sanciones posibles, el Tribunal no descarta la misma sanción adoptada previamente.

La sentencia dice textualmente “en caso de que el Consejo General del INE decida aplicar la sanción consistente en la pérdida o cancelación de los registros de los precandidatos involucrados, deberá prever lo conducente respecto a la sustitución de la candidatura”.

Así, si el Tribunal Electoral ante una nueva impugnación decide explícitamente que la sanción que se propone en ese proyecto no es procedente, lo podrá decir, lo podrá decir expresamente con una nueva sentencia, y en su caso, por supuesto que la acataremos.

Por otra parte, retomo el razonamiento de mi colega Uuc-kib Espadas, y su llamado a la mesura en el debate, y me parece muy oportuna y necesaria, y por eso la acompaño, y es un llamado a todos, a todas las fuerzas políticas, fuera, pero sobre todo a las que están dentro de esta mesa que se sea virtual.

Faltar sistemáticamente a la verdad y descalificar sin mesura al adversario, enrarece, envenena la atmósfera política, crispa los ánimos, impide el debate democrático.

La democracia requiere ampliar un lenguaje democrático, en la política las palabras importan, cuidemos las palabras.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor consejero.

La consejera Carla Humphrey, por favor.

Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: Gracias, Presidente.

Pues para terminar justo mi participación anterior, estaba yo exponiendo el tema de estar ante un posible conflicto entre el derecho a ser votado y la sanción de una irregularidad, sin embargo, cuando realizamos la ponderación correspondiente, es claro que se debe armonizar la tutela al derecho, pero sin vulnerar el orden jurídico, y ante un posible conflicto debe optarse por el bien jurídico superior y que además es de carácter colectivo.

Pero más aún, hace un momento referí que la fiscalización es un ejercicio de transparencia y de rendición de cuentas, que permite al ciudadano conocer que quienes aspiran a cualquier cargo electivo, cumplan con todos los requisitos de elegibilidad, pero además que se conducen en todo aspecto con apego irrestricto a la normatividad, no puede quedar ninguna duda en este respecto.

De acuerdo a lo anterior, una sanción distinta, contraria a la legalidad electora, resultaría contraria la legalidad electoral y a la equidad en la contienda, pues, por otro lado, del análisis del catálogo de sanciones establecidas en el artículo 456, inciso c), de la LGIPE, fracciones I y II, no son idóneas ni acordes a la gravedad de la falta porque no inhiben la conducta que se analiza.

La fracción III, en cambio, que guarda identidad con el numeral 3 del artículo 229 de la misma ley, permite que la sanción cumpla con las finalidades de disuasión y prevención respecto de casos futuros.

Leo además aquí la página 82 de la sentencia que dice:

“…el artículo 229, numeral 3, y 456, numeral 1, inciso c) de la LGIPE, establecen conjuntamente las consecuencias en caso de que los precandidatos incumplan con su obligación de presentar sus informes de precampaña y, por tanto, con la obligación de rendir cuentas de los ingresos que utilizaron para sus precampañas…”.

Adicionalmente, no pasa desapercibido que se hizo valer ante la Sala Superior, la presunta inconstitucionalidad del referido artículo 229, lo cual es inexacto, pues dicho precepto ya fue materia de estudio y pronunciamiento por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, específicamente a través de la sentencia dictada en la acción de inconstitucionalidad 22/2014 y sus acumuladas, confirmando por 10 votos, el apego de dicha disposición al texto constitucional, por lo cual se está ante una norma válida y vigente.

Por último, coincido con el llamado que se hace por mis compañeros consejeras y consejero electorales, que en la democracia es válido el disenso y la diferencia de opiniones y el debate duro y la crítica, es válido y legítimo no coincidir en una determinación de la autoridad, y controvertirla ante las instancias correspondientes para que éstas se pronuncien al respecto, seguir los cauces institucionales que nuestro propio orden jurídico establece.

Lo que resulta a todas luces reprochable es que cuando una pretensión no es resuelta favorablemente se pretenda descalificar a las instituciones y a la democracia en general, y menos aún con la amenaza personal o señalar el impedimento para realizar el proceso electoral en marcha.

México es un país de instituciones y de leyes, y mucho nos ha costado a todas y a todos construir este marco normativo por medio del cual hemos logrado transiciones pacíficas de poder entre distintos partidos políticos.

Y por ello, hago nuevamente un llamado para que todos los partidos políticos, sus candidaturas, las personas candidatas independientes y, por supuesto, también las autoridades electorales, nos apeguemos a los principios rectores de la materia electoral.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias.

Tiene la palabra el consejero Ruiz Saldaña.

Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: Gracias, Presidente.

Quiero aprovechar esta segunda ronda para anunciar la emisión de un voto particular.

Y por otra parte también, ya que estamos en una etapa de llamados, yo haría uno respetuosamente al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, porque creo que es previsible que este asunto nuevamente va a llegar allá, y se requiere prontitud en este tipo de resoluciones, no solo porque presuntivamente pueda haber afectaciones a derechos político-electorales sino porque las condiciones políticas y sociales creo que ameritan que no se prolonguen innecesariamente estas decisiones.

Entonces, respetuosamente sí hago un llamado al Tribunal para que, de ser previsible que se impugne esta decisión, se pueda contar con una determinación firme y definitiva oportunamente.

Es cuanto, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, consejero Ruiz.

¿Alguna otra intervención?

Si no hay más intervenciones, señor Secretario le voy a pedir que tome la votación correspondiente… ah, en tercera ronda la consejera Zavala.

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Sí, muchas gracias, Presidente.

Es que quiero nada más para sugerir una precisión en la parte considerativa y de acuerdo de… ay no, perdóneme, es en el otro asunto que sigue, perdóneme, no, no es en éste.

Discúlpeme, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muy bien.

En tercera ronda tiene la palabra el Diputado Sergio Gutiérrez.

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias, Presidente.

Inicio con una pregunta para usted, Presidente.

¿Es verdad que ningún partido, salvo Redes Sociales Progresistas, presentó informe de precampaña en la gubernatura de Guerrero?, y si es así, ¿por qué solo a MORENA se le pretende cancelar la candidatura?

Esa es la parcialidad de la que hablo.

Y, además, para retomar los elementos jurídicos, no están valorando ustedes que al partido le asignaron una conducta culposa y ahora a Félix Salgado le quieren asignar una conducta dolosa.

No están valorando que no hay reincidencia. No están valorando que no hubo ningún beneficio. No están valorando que no estamos ante una conducta sistemática. No están valorando lo que les ordenó el Tribunal de tomar en consideración el monto.

Y quiero también señalar que usted, consejera Zavala, hace referencias a cosas que nada tienen que ver con el asunto.

Hizo referencia a 500 mil pesos que gastó quién sabe quién y que como en aquel caso pudo haber sucedido, usted cree que por esa situación de posibilidad se tiene que sancionar a alguien.

Y la consejera Carla Humphrey dijo: La infracción alcanza tal magnitud que pudo haber comprometido no solo la equidad en la contienda electoral, sino que pudo haber comprometido los principios de certeza y legalidad de las contiendas.

La cité porque me llamó la atención. Ustedes pretenden sancionar a Félix Salgado Macedonio por algo que pudo haber sucedido, lo cual en un estado de derecho es inadmisible.

Las sanciones se imponen con base en hechos y de una manera proporcional, algo que ustedes no están haciendo, Presidente Córdova. Y pasará a la historia con ese peso, con el peso de ser el nuevo Ugalde.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor representante.

Ahora, tiene la palabra el licenciado Ángel Ávila, representante del PRD.

Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Muchas gracias, Presidente.

Pues primero para volver a desmentir de nueva cuenta al compañero Sergio Gutiérrez.

Aquí puedo presentar, ojalá se pueda ver, el Informe de Gastos de Precampaña de nuestro precandidato a Gobernador, Jesús Evodio Velázquez.

Nosotros como partido cumplimos en tiempo y forma. No sé de dónde sacan tantas mentiras para decir que solo uno de los partidos cumplió la presentación de un informe de gastos de precampaña.

Hoy ante lo que el INE tiene que resolver, es que hubo un dolo al no presentar el Informe de Gastos de Precampaña por parte de Félix Salgado. Se le requirió y vuelvo a repetirlo no una ni dos, sino tres veces, se le requirió al partido, se le requirió al precandidato, se les pidió que informaran.

Lo que pasa es que Morena quiere hacer fraude a la ley, diciendo que no tenía precandidato, sino solo aspirantes. Eso se llama fraude a la ley porque hicieron actos de promoción personalizada para ganar una candidatura.

Nosotros esperaríamos que la sanción del acuerdo se mantenga, pero también solicitamos que se sancione de la misma forma al precandidato Luis Walton Aburto, porque don Luis Walton está en la misma circunstancia que el compañero Félix, a nuestro entender. Es decir, que no hubo Informe de Gastos de Precampaña, es decir, se sanciona a todos, menos a Luis Walton.

Nosotros pediríamos que la sanción fuera pareja para todos. Como dice el Presidente de la República, López Obrador, nadie por encima de la ley. Y eso es lo que hoy estamos debatiendo.

Si un precandidato o un partido tuvo una falta legal, hoy se deben de asumir las consecuencias y no es por métodos violentos o con presión política como se quieran resolver los asuntos, son estricto cumplimiento de la ley.

Muchas gracias, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias.

El señor representante de Morena quiere hacerle una pregunta, pero lamentablemente no se lo puedo conceder porque el reglamento impide preguntas en tercera ronda, por un lado y porque ya hizo usted dos preguntas, entonces nada más le concedo dos y como somos estrictos en la aplicación de la ley y puntuales pues evidentemente no se puede trasgredir el reglamento.

¿Alguna otra intervención?

Bien, si no hay más intervenciones, señor Secretario, por favor tome la votación correspondiente.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Sí, Presidente.

Siguiendo la deliberación que hubo sobre la mesa, creo que procede una votación en lo general, en donde podríamos incluir la adenda y la fe de erratas que vio la Unidad Técnica de Fiscalización antes del inicio de la sesión.

Las observaciones que, de forma que hizo llegar el consejero Murayama, bueno, es una adenda realmente y en lo particular por lo que hace a las consecuencias de la falta, entiendo consejera Favela que en el caso de su primera intervención, por lo que hace al caso del ciudadano Luis Waltón, usted sí acompañaría esa sanción como viene en el proyecto, no en el caso de los otros tres ciudadanos, Feliz Salgado Macedonio, Pablo Amilcar Sandoval y Adela Romano Campo, si es, si lo entendí bien, consejera Favela, creo que entonces en ese caso podríamos votar en lo particular el caso de Luis Waltón y en otra votación los otros tres casos que he mencionado.

Y también la consejera Zavala propuso cambiar la calificación de la falta de grado especial a gravedad mayor, son las votaciones que tengo registradas y si les parece podemos proceder de esa manera, ¿sí?

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Hay una moción de la consejera Zavala.

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Sí, Presidente.

Pero ésa es con la estructura argumentativa que propuse para precisamente darle ese sentido en donde nos hagamos cargo de los valores del derecho de los informes, todo eso.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Exactamente.

Se trataría realmente de un engrose, que la consecuencia sería dado ese engrose argumentativo, cambiar la calificación de la falta a gravedad mayor, entiendo que es así.

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Y también la de hacer precisión de la técnica de auditoría de hallazgos que he comentado.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Hay una moción del señor representante de MORENA.

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Perdón, una pregunta.

Esas consideraciones argumentativas y esa argumentación sobre auditoría se circularon.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Entiendo que son las que presentó la consejera Zavala en sus intervenciones.

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: ¿Puedo?

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Pero no sé, la consejera Zavala que lo diga.

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Sí, efectivamente es la base argumentativa que presenté para que pueda ser engrosado el proyecto en los términos que, de los argumentos que presenté.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muy bien.

Hay una moción de nueva cuenta del señor representante de MORENA.

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Perdón, la pregunta es cuándo presentó esas bases argumentativas.

En esta sesión del Consejo, diputado, aquí la presenté cuando hablé en primera ronda, expuse cuáles son los valores, cuáles son los principios que arropan el Sistema de Fiscalización y que deben de ser integrados para que pueda tenerse la interpretación conforme que nos pide y alinearse al derecho de ser votado y hacer el ejercicio de ponderación o de conflicto de esos principios y el derecho de ser votado.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: La moción del representante de MORENA.

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Solo para aclarar, ¿usted quiere que su discurso se incluya en la resolución, o parte de su discurso, o un documento que presentó?, ¿un documento o su discurso?

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: No acostumbro a hacer discursos, diputado Sergio, yo lo que acostumbro es a dar razones en este Consejo General, y a partir de esas razones me enfoco exclusivamente, discursos a lo mejor los dan ustedes, yo me enfoco exclusivamente al caso que estamos razonando jurídicamente, y a partir de ahí expreso los razonamientos.

Y esto se puede y se permite, para eso es este Consejo General, y para eso existe el engrose.

Entonces, ésa es la petición que estoy haciendo a mis colegas y a este Consejo General que, de caso de ser votado, podría ser incluido, yo no acostumbro a dar discursos, yo doy argumentos.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera.

Hay una enésima moción del representante de MORENA.

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Entonces lo que pide usted es que esos argumentos, dichos en forma de discurso, se ingresen al proyecto porque no hubo ningún documento.

Nada más para tenerlo claro, no hay un documento, es lo que usted dijo.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Lo que se está pidiendo es que los argumentos que se pusieron en la mesa, que se explicaron por parte de un integrante de este Consejo, se incorpore y que fueron clarísimos, yo sí los entendí, hay quien, no sé, se incorpore como engrose, siguiendo lo que el Reglamento de Sesiones de este órgano colegiado, que vuelvo a insistir, es lo que rige, es la norma que nos rige en el funcionamiento establece.

Por supuesto, por supuesto, ese engrose será conocido y notificado a todos los miembros de este Consejo para que puedan ejercer el derecho legal que les corresponde, como siempre ha ocurrido desde que existe hasta donde yo tengo conocimiento, el Reglamento de Sesiones del Consejo General.

Así que vamos a proceder exactamente en los términos en los que este Instituto siempre ha procedido.

Por favor, señor Secretario.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Muchas gracias, Presidente.

Siendo así, y entiendo que la consejera Adriana Favela estaría de acuerdo con mi interpretación de su intervención, creo que el caso de Luis Walton podría ir en lo general en el proyecto, así como la adenda, la fe de erratas y las observaciones del consejero Murayama.

Y en lo particular, los engroses que ha propuesto la consejera Zavala, y los casos de los otros tres candidatos o ciudadanos que están referidos en el proyecto.

Señoras y señores consejeros electorales, se consulta si se aprueba en lo general el proyecto de acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, identificado en el orden del día como el punto 4, tomando en consideración en esta votación en lo general la adenda y fe de erratas circuladas previamente por la Unidad Técnica de Fiscalización y las observaciones que hizo llegar el consejero Murayama, incluyendo en esta votación en lo general el caso del ciudadano Luis Walton, como viene en el proyecto.

Consejera Norma De La Cruz, en lo general.

Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña:  En contra.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Uuc-kib Espadas.

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Adriana Favela.

Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Martín Faz.

Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: En contra.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Carla Humphrey.

Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Ciro Murayama.

Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Dania Ravel.

Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Jaime Rivera.

Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero José Roberto Ruiz.

(Falla de transmisión)

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Claudia Zavala.

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Presidente Lorenzo Córdova.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Presidente, el proyecto de acuerdo es aprobado en lo general, por ocho votos a favor, tres votos en contra, con las consideraciones señaladas.

Ahora, someto a su consideración, en lo particular, por lo que hace a los casos de los ciudadanos Félix Salgado Macedonio, Pablo Amílcar Sandoval y Adela Román Ocampo, como viene en el proyecto.

Consejera Norma De La Cruz.

Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña:  En contra.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Uuc-Kib Espadas.

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: En contra.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Adriana Favela.

Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: En contra.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Martín Faz.

Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: En contra.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Carla Humphrey.

Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: Con el proyecto.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Ciro Murayama.

Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: A favor del proyecto.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Dania Ravel.

Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Jaime Rivera.

Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero José Roberto Ruiz.

Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: Totalmente en contra.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Claudia Zavala.

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: A favor, Secretario.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Presidente Lorenzo Córdova.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Es aprobado como viene en el proyecto, por seis votos a favor, cinco votos en contra.

Ahora, someto a su consideración los engroses que propone la consejera Zavala, tanto para cambiar la calificación de la falta a gravedad mayor, como la inclusión de la técnica de auditoría de hallazgos como ella lo propuso.

Consejera Norma De La Cruz.

Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña:  En contra.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Uuc-Kib Espadas.

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: En contra.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Adriana Favela.

Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: En contra.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Martín Faz.

Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: En contra.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Carla Humphrey.

Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Ciro Murayama.

Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Dania Ravel.

Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Jaime Rivera.

Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero José Roberto Ruiz.

Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: En contra.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Claudia Zavala.

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: A favor, Secretario.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Presidente Lorenzo Córdova.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Presidente, los engroses son aprobados por seis votos a favor, cinco votos en contra.

Y tal y como lo establece el reglamento de sesiones, procederé a realizar los engroses de conformidad con los argumentos expuestos, y a incorporar el voto particular que, en su caso, presenta el consejero José Roberto Ruiz Saldaña.

Es cuanto, señor Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor Secretario.

Le pido que informe el contenido del acuerdo aprobado a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para los efectos conducentes.

Del mismo modo, le pido que continúe con el siguiente asunto del orden del día.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: El siguiente asunto es el relativo al Proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se da cumplimiento a la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, recaída al recurso de apelación identificado con el número de expediente SUB-RAP-74/2021 y acumulados.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor Secretario.

Señoras y señores consejeros y representantes, está a su consideración el proyecto de acuerdo mencionado.

La consejera Favela.

Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: Nada más para, pues, verificar que este acuerdo obviamente viene conforme al criterio del asunto anterior y entonces en este caso se está proponiendo cancelar el registro como candidato a gobernador en el estado de Michoacán, a Raúl Morones Orozco y también la Sala Superior nos pide que hagamos el análisis de la irregularidad inconsistente de la no presentación de los informes o de la presentación no dentro de los plazos.

Y en este caso, el monto involucrado que también se tiene que tomar en cuenta, es de 12 mil pesos, según lo que ya aquí estableció el propio Consejo General del INE en una sentencia que fue confirmada. Entonces, 12 mil 306 pesos.

Mi propuesta es que, en vez de la cancelación, pues se proceda a imponer como sanción el 200 por ciento del monto involucrado.

Sería cuánto.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, consejera Favela.

La consejera Claudia Zavala.

Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Muchas gracias, Presidente.

Por ser un asunto que tiene bastante similitud en la estructura argumentativa, pediría exactamente el mismo engrose que tuvimos en el asunto pasado.

Y aquí quisiera pedir también que hiciéramos una precisión, porque yo entiendo que no vamos a ver cancelación de registro. Es que aquí justamente como fue en el procedimiento de fiscalización, el OPLE no le concedió el registro y le otorgó cinco días para que pudiera sustituir esa candidatura, porque no había cumplido, por la resolución que emitimos nosotros.

Entonces, creo que tenemos que ver qué hizo todo el OPLE y definir aquí la consecuencia.

Yo creo por lo que nos informa el expediente y la resolución, pues es que les vuelva a reiterar el plazo de cinco días para el registro de la candidatura, pero yo creo que sí tendríamos que tener mucha precisión de qué hizo el OPLE para poder determinar esto, porque no se otorgó la candidatura en el caso del OPLE de Michoacán y, en este caso, en particular.

Así que pediría, Presidente, que el área verifique el estado de parte de este registro y a partir de eso defina, a mí me parece que nos vamos a quedar en lo que precisa el inciso b), sin necesidad del inciso a), pero habrá que sustentarlo con los documentos que nos presente el OPLE.

De mi parte sería cuánto.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera.

¿Alguna otra intervención?

Con gusto, tiene la palabra el señor representante de Morena, el diputado Gutiérrez Luna.

Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Al igual que en la situación anterior, Presidente, creo que hay que volver a leer esta sentencia, el RAP-74, para que quede claro dice en su página 67: “Le asiste la razón al accionante, -o sea, a Morena y a Raúl Morón-, en el sentido de que la aplicación en automático de la sanción consistente en la pérdida o cancelación del registro no es acorde con el artículo 1° y 35 de la Constitución”, de ahí que sea necesario realizar una interpretación conforme de los artículos 229 y 456, cosa que ustedes no han hecho y que se vislumbra que pudieran no hacer en este caso.

El Tribunal les dice: Esta Sala Superior estima que la aplicación en automático de la máxima sanción a los candidatos que no entreguen el Informe de Gastos de Precampaña sin valorar la viabilidad de aplicar otras sanciones sí resulta desproporcionado y trastoca el derecho fundamental de la ciudadanía a ser votada, eso lo dijo el Tribunal Electoral y ustedes lo están inobservando.

Además, les dice el Tribunal Electoral que la conclusión de la autoridad responsable, o sea de ustedes, del INE, es incompatible con los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que establecen que las restricciones a los derechos de participación política deben ser interpretadas limitativamente, en caso de encontrarse ante una diversidad de sentidos, el significado de una norma, debe preferirse que ella que restringe en menor medida el ejercicio del derecho a ser votado, los requisitos exigidos a los ciudadanos para ocupar los cargos de elección popular deben encontrarse plenamente justificados con criterios razonables y proporcionales.

Se considera, dice el Tribunal, que la aplicación automática es lo que ustedes acaban de hacer, de la sanción máxima sin valorar las consecuencias y las circunstancias en las que se cometió la infracción, podrían ser contradictorias con los criterios de esta Sala Superior en los que se ha sostenido que las restricciones para el ejercicio del derecho de voto deben cumplir el requisito de proporcionalidad.

Ustedes hicieron oídos sordos a lo que dijo el Tribunal, ustedes siguieron con la idea de que hubo una omisión y aplicó una sanción, incluso en algunas intervenciones escuché que ustedes argumentaron que el artículo era constitucional, no está en duda la constitucionalidad del artículo, lo que el Tribunal ordenó es una interpretación conforme que ustedes no hicieron con base en los elementos.

Y quiero darles un dato, si nos parecía grotesca su determinación en el caso de Félix, de cancelarle la candidatura por 19 mil 872 pesos, en el caso de Raúl Modón, son 12 mil 306 pesos; dos publicaciones de Facebook, un banner y unas pequeñas lonas, ése es el fondo, el proyecto que ustedes pretender aprobar le quiere quitar la candidatura a Raúl Morón de Michoacán, de MORENA, por 12 mil pesos, por dos publicaciones de Facebook, por un banner y unas pequeñas lonas.

No están considerando también el tema de que están queriendo imputar una conducta dolosa cuando al partido se le imputaron como culposa, con la clara intención de mala fe, de agravar a la conducta, tampoco valoran que no hay reincidencia, ni que hubo ningún beneficio, ni que se trata de una conducta sistemática, no tuvieron la altura de miras para darse cuenta que este asunto como lo dijo la consejera Claudia Zavala, no era un asunto de pesos y centavos, no, era un asunto de justicia, era un asunto de democracia, era un asunto de enaltecer el papel del árbitro, no de convertirse en un juzgador vengativo y caprichoso que reinterpreta la ley contrario a lo que les dijo el Tribunal, que quiere solo observar una sanción única, porque eso es lo que han argumentado en la mayoría de los casos, que solo hay una sanción.

No es cierto, el Tribunal les dijo que hay una gama de sanciones y que tienen ustedes que analizar todos los hechos, no lo hicieron, no lo están haciendo, en el proyecto no viene así, y ahora por 12 mil pesos le quieren cancelar la candidatura a Raúl Morón. Es inaceptable, inadmisible, vergonzoso, ilegal.

Lamento que un grupo de consejeros hayan votado en esa forma.

Y también nos da aliento que hay otro grupo de consejeros que sí respeten la ley y la Constitución, y que puedan diferenciar entre una conducta dolosa y una culposa, que puedan entender que dos publicaciones de Facebook, un banner y unas lonas, no son una precampaña a gobernador en Michoacán, un estado que tiene casi cinco millones de habitantes. El impacto es nulo, no hay ninguna trascendencia.

Y el pretender quitarle a alguien la candidatura por el “pudo haber sido”, aplicar una sanción por el “pudo haber sido”, es algo inadmisible en el estado de derecho, es algo inadmisible para una autoridad que tiene una responsabilidad tan grande.

Son un árbitro que no está a la altura de estas elecciones, son un árbitro que está comprometiendo a la elección, eso nos queda claro en MORENA, y si nos quieren quitar dos candidaturas, ustedes están faltando a su obligación de hacer valer la Constitución, porque en la ponderación de dos derechos, el derecho a ser votado y el sistema de fiscalización y rendición de cuentas, que deben de analizarse, que lo debieron de haber ponderado, para poder llegar a una conclusión debieron tomar en cuenta los hechos del caso y no juzgar a priori, descalificando la sentencia del Tribunal, porque en muchas de las intervenciones eso hicieron, dijeron implícitamente, que por ser la pena constitucional debían aplicarla en automático, cuando el Tribunal les dijo que no.

Es inadmisible lo que están haciendo y nosotros en MORENA seguiremos los cauces pacíficos y los cauces institucionales para revertir esta decisión.

Es cuanto.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor representante.

Tiene ahora la palabra el licenciado Ángel Ávila, representante del PRD.

Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Gracias, Presidente.

En el PRD compartimos el sentido del acuerdo que se pone a nuestra discusión, esperando que sea aprobado en los términos en los que fue circulado.

En este sentido, deseo puntualizar que la sentencia recaída al recurso de apelación, marcado con el número de expediente SUB-RAP-74/2021, y acumulados, para la Sala Superior del Tribunal, quedó acreditado que, en primer lugar, Raúl Morón Orozco es material y formalmente precandidato.

Por ende, sus actividades deben ser catalogadas como actos de precampaña.

Dos. No existe presentación de informe de gastos de precampaña extemporánea. El informe que presentó MORENA y su precandidato Raúl Morón Orozco se realizó después de que fuera viable su revisión o su verificación, de manera que la falta que cometieron tanto MORENA como su precandidato Raúl Morón fue la no presentación del informe y no así la presentación extemporánea del mismo, con base en estas premisas.

Es el caso que este Consejo General del INE debe aplicar la sanción consistente en la pérdida o en este caso cancelación del registro de Raúl Morón Orozco.

De manera particular, podemos asegurar que no existió voluntad del propio candidato ni de su partido para presentar un informe de gastos de precampaña, por el contrario, consideramos que en el asunto que nos ocupa existió dolo en la conducta, tanto del candidato, del precandidato, como del propio partido, pues la propia sentencia del Tribunal da cuenta de que el 22 de enero del 2021, el representante de MORENA ante el OPLE manifestó que su partido no realizaría precampaña para el cago de gubernatura.

Y el 22 de febrero del 2021, MORENA informó a la Unidad Técnica de Fiscalización que negaba su vinculación con la propaganda electoral detectada por dicha autoridad fiscalizadora, además de que no existe registro alguno de precandidatos avalado en el Sistema Nacional de Registro, y por parte del propio Raúl Morón Orozco.

El 13 de marzo de 2021, el propio Raúl Morón informo a la Unidad Técnica de Fiscalización que no había sido registrado como precandidato por el partido político MORENA, a fin de contender por la gubernatura del estado.

Lo cierto es que este precandidato en ese entonces Presidente municipal de Morelia, el del estado de Michoacán en funciones y como precandidato a la gubernatura de dicha entidad federativa, realizó diversos actos proselitistas de precampaña, mismos que fueron detectados por la autoridad fiscalizadora.

Se da esta existencia, pues les decimos que hay dolo, pues se realizan diversas maquinaciones para ocultar los gastos realizados en las precampañas del partido político MORENA.

Esta maquinación inicia con la acción de no registrar a los precandidatos en el Sistema Nacional de Registro de Precandidatos y Candidatos, conducta omisiva que lleva consigo confundir el criterio de la autoridad administrativa electoral y fiscalizadora, pues con ello no se genera contabilidades de precandidatos en el Sistema Integral de Fiscalización.

Al no contar con estas contabilidades y con el argumento de que sus precandidatos no están inscritos en el SNR, MORENA y sus precandidatos a los diferentes cargos de elección popular se dedican a hacer proselitismo de precampaña, buscándose postulados como candidato, sin medida, sin decoro.

Gastan sin rendir cuentas a la autoridad fiscalizadora, lesionando de manera grave uno de los bienes jurídicos tutelados por la Reforma Electoral del 2014, que fue la fiscalización de precampañas y campañas electorales, buscando siempre la equidad en la contienda.

De igual manera, se puede asegurar que en el asunto que nos ocupa, la conducta de MORENA y del precandidato da cuenta en la sentencia de que el 22 de marzo del 2021, MORENA, con el fin de subsanar una posible emisión de la entrega de informes al SIF, entregó ya por fin un informe de gastos de precampaña de Raúl Morón, presentación de informe que como lo determinó la propia Sala Superior del Tribunal, lejos de ser extemporáneo, debe ser considerado como no presentado, en primer término, debido a que no se presentó en el apartado de informe de precampaña del Sistema Integral de Fiscalización.

Y, en segundo lugar, la presentación se realiza hasta el 22 de marzo del 2021, siendo que era a más tardar el 3 de febrero que debía presentarse en el apartado de informes de precampaña del Sistema Integral de Fiscalización, tal y como se estableció en el identificado con el INE/CG519/2020.

De lo anterior, se obtiene que se pretendió presentar el informe de gastos de precampaña de este precandidato, Raúl Morón, a 40 días después de que tenían que presentarse los informes de gastos de precampaña en el apartado de informes del Sistema Integral de Fiscalización, como lo dije, presentación que debiera efectuarse a más tardar el 3 de febrero.

Se debieron de integrar, se entregó este informe, que, evidentemente, ni siquiera es extemporáneo porque no se podía revisar, cuatro días después de que la Comisión de Fiscalización aprobara los anteproyectos de resolución y dictamen consolidados, derivados de los informes de gastos de precampaña, aprobación que se llevó a cabo el día 18 de marzo del 2021, y tres días antes de que el Consejo General del INE aprobará la resolución y el dictamen consolidado derivados de estos informes.

Lo que en buena lógica jurídica se puede concluir, que tanto como MORENA como Raúl Morón en todo momento actuando con dolo, ocultaron información y obstaculizaron de manera grave la labor de la autoridad fiscalizadora, éste es un elemento suficiente y bastante para ratificar la sanción consistente en la pérdida del derecho a ser registrado como candidato en la gubernatura del estado.

De esta manera, no se debe perder de vista que el ciudadano Raúl Morón no es la primera vez que participa como precandidato a algún cargo de elección popular, pues actualmente es Presidente Municipal con licencia del ayuntamiento de Morelia en el estado de Michoacán, lo que en buena lógica jurídica se desprende que para ocupar ese cargo necesariamente ocupó la precandidatura y, por ende, sabe de los derechos y obligaciones que se adquieren como sujeto obligado en la materia de fiscalización, pues conforme a lo establecido en el artículo 79, numeral 1, inciso a), Fracción II de la Ley General de Partidos Políticos, los precandidatos a cargos de elección popular son responsables solidarios del cumplimiento de los informes de precampaña.

Esto es así, en virtud de que los artículos 3, numeral 1, inciso g) y 223, numerales 6 y 9 del Reglamento de Fiscalización obliga a los precandidatos a cargos de elección popular, ya sea federal o local, como sujetos obligados directos en materia de fiscalización y rendición de cuentas relativas a los ingresos y egresos de sus precampañas electorales, a presentar en tiempo y forma su informe de ingresos y egresos de su precampaña, con todos y cada uno de los documentos respectivos que soporten cada uno de los ingresos y egresos, indicando en los informes en comento los recursos recibidos en dinero o en especie destinados a su precampaña, todos los ingresos en efectivo recibidos y depositados en la cuenta bancaria abierta exclusivamente para la administración de estos ingresos, etcétera, etcétera.

Bajo estas circunstancias, en caso de que algún precandidato a cargo de elección popular se ubique dentro del supuesto jurídico normativo consistente en la omisión de presentar su respectivo informe de gastos de precampaña, se hace merecedor a la sanción consistente en la pérdida del derecho a ser registrado como candidato, en el entendido de que si ya fue registrado como candidato se procederá a la cancelación del mismo tal y como lo determinan los artículos 229, numeral 3; 445, numeral 1, inciso d) y 456, numeral 1, inciso c), Fracción III de la LGIPE.

En este sentido, es importante destacar que ha sido criterio reiterado de este Consejo General del INE como de la Sala Superior del Tribunal al resolver los recursos de apelación marcados como SUPRAP/227/2015 y Acumulados, así como las salas regionales del Tribunal al resolver infinidad de medios de defensa legal en materia de fiscalización, que la auditoría relativa a la revisión de ingresos y egresos de las precampañas electorales, campañas electorales y gastos ordinarios de los precandidatos y candidatas y partidos políticos, la única documentación que se debe tomar al momento de emitir la resolución que corresponda, es la que obre cargada en el Sistema Integral de Fiscalización.

Y como lo hemos visto, MORENA ni el precandidato Morón entregaron este tipo de documentos para que pueda ser tomado en cuenta.

Por tal motivo, acompañamos el presente acuerdo de este Consejo General.

Gracias, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.

Tiene ahora la palabra el consejero Uuc-kib Espadas.

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: Encuentro cosas preocupantes en el proyecto que se pone a consideración.

Ciudadanas y ciudadanos integrantes de este Consejo, en el acuerdo original sobre estos casos, se establece textualmente con el mismo enunciado en no menos de 14 ocasiones, lo siguiente:

No obra dentro del expediente elemento probatorio alguno con base en el cual pudiese deducirse una intención específica del sujeto obligado de cometer las faltas referidas y, con ello, obtener el resultado de la comisión de las irregularidades mencionadas con anterioridad, por lo que en el presente caso existe culpa en el obrar.

Refiriéndose a los sujetos que cometieron las conductas reprochables, el Consejo General consideró en su primer acuerdo que Raúl Morón actuó con culpa.

Hoy, sin embargo, el proyecto que se pone a consideración, partiendo exactamente de los mismos elementos valorados previamente, considera que Raúl Morón actuó con dolo directo.

Me parece que estamos ante una indebida revaloración de la conducta que lleva, con la intención pues de reclasificarla y adecuarla a la sanción previamente establecida. Es decir, se modifica la valoración para que encaje la sanción y no se adecúa a la inversa la sanción a lo que se había valorado originalmente y a la luz de la sentencia del Tribunal y de la exigencia de considerar los diferentes grados en que se pudo obtener provecho o no de la falta cometida.

En ese sentido, me parece que hay que reconsiderar el que tenemos en la mesa, no son los únicos elementos.

Es también verdad que, si bien la Sala nunca retira de la mesa la posibilidad de la cancelación del registro, hace una expresa referencia a la posibilidad de graduar la sanción a una interpretación sistemática de la ley y conforme a la Constitución.

En ese sentido, no encuentro en este fallo una valoración puntual de las faltas. Y si bien es verdad que hay un daño genérico en la no presentación del informe, lo cierto es que este daño no es independiente, el alcance de este daño no es independiente de los hechos específicos que permite evadir.

Y en este caso, estamos hablando de según lo detectado por la Unidad Técnica de Fiscalización de una proporción muy menor del tope de gastos de campaña que a la luz de otros elementos y aun suponiendo que fuera varias veces superior a lo reportado, me parece que por las evidencias que se tienen que no son pocas, no hay elementos para considerar que si quiera se tuvo algo parecido al tope de campaña.

Es decir, me sigue pareciendo que hay una desproporción en la sanción que una sanción efectiva sí podría ser una multa y, en tal sentido, no voy a votar en favor de este punto de acuerdo, sumándome a la reserva que hace la consejera Adriana Favela.

Muchas gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejero Espadas.

¿Alguna intervención adicional?

Si no hay más intervenciones, señor Secretario, por favor, tome la votación correspondiente.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Con mucho gusto, Presidente.

En este caso se han propuesto observaciones por parte del consejero Ciro Murayama, de la misma manera la consejera Claudia Zavala, igual que en el punto anterior, propone los engroses correspondientes, y además hace una consideración sobre el punto de acuerdo quinto de este proyecto de acuerdo, para poder verificar el nivel de registro o no que tiene el ciudadano Raúl Morón Orozco, en el Instituto Electoral de Michoacán, por lo que creo que todo este conjunto de elementos podrían ir en una sola votación, y así si no tienen inconveniente, procederé a tomar la misma.

Señoras y señores consejeros electorales, se consulta si se aprueba el proyecto de acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, identificado en el orden del día como el punto 5, incorporando en esta votación las observaciones que hizo llegar el consejero Ciro Murayama, los engroses propuestos por la consejera Claudia Zavala, igualmente la consideración sobre el punto de acuerdo quinto, presentada por la propia consejera Zavala.

Consejera Norma De La Cruz.

Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña:  En contra.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Uuc-Kib Espadas.

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: ¿A favor?

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Adriana Favela.

Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: En contra.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Martín Faz.

Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: En contra.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Carla Humphrey.

Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Ciro Murayama.

Consejero Murayama.

Vuelvo con él en un momento.

Consejera Dania Ravel.

Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Jaime Rivera.

Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero José Roberto Ruiz.

Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: En contra.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Claudia Zavala.

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Presidente Lorenzo Córdova.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Vuelvo con el consejero Ciro Murayama, para tomar en consideración su voto.

Al parecer el consejero Murayama no está, perdió conexión.

Bien, es aprobado el proyecto por seis votos a favor, cuatro votos en contra, señor Consejero Presidente.

Y procederé a realizar el engrose de conformidad con los argumentos expuestos.

Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: A favor, a favor, a favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Ah, perdón, entonces, siendo así, ya el consejero Murayama emitió su voto, no serían seis/cuatro, sino serían siete votos a favor, cuatro votos en contra.

Gracias, consejero Murayama.

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: Perdón, Secretario, sé que no puedo revertir mi voto, pero para aclarar, supuse que se trataba de una votación en lo general y que la reserva se votaría en lo particular.

No puedo modificar mi voto, pero expreso que voté en error y que estaba yo de acuerdo con la reserva propuesta por la consejera Adriana Favela, que supuse, como usualmente, se estaba votando, se votaría en lo particular.

Mi conexión ha estado fallando, como es evidente, y no puedo sino manifestar este comentario, entendiendo que no procede ya la modificación de la votación.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias.

Hay una moción del consejero Ruiz.

Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: Gracias, Presidente.

Dos sentidos; la primera para anunciar la emisión también de un voto particular y la segunda, solo para que quede registrado en actas que el voto del consejero Murayama se emitió cuando ya había sido declarada la votación por el Secretario Ejecutivo.

Es cuanto.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias.

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: Presidente…

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Sí, adelante una moción del consejero…     

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: Teniendo en consideración lo que dice, si me permite, perdón.

Teniendo en consideración lo que dice el consejero Roberto Ruiz y dado que, efectivamente, la votación ya había cerrado, yo sí solicitaría la consideración de revisión de la votación.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Está bien.

Dado que estamos en una sesión formal, perdón, virtual, hay evidentemente, el consejero Uuc-kib Espadas tuvo un error de conexión como lo ha señalado, y resulta también evidente que el consejero Murayama está teniendo problemas de conexión, más bien, consulto si este consejo dato que es evidente que no estaríamos revisando la votación, sino ante los problemas de conexión porque no podemos sesionar virtualmente, se procede o no una, la emisión de la votación para poder subsanar esto, que son pues evidentemente en un caso y en otro pues dos elementos que son imponderables por un asunto de causa mayor.

Consulto si hay alguno de los miembros del Consejo que esté en contra de este planteamiento, digo, sí consejero Ruiz.

Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: Evidentemente sin problema, pero entiendo que por la formalidad tendrían que volver a decir el Secretario Ejecutivo el resultado final.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Con muchísimo gusto.

O sea, si lo que estamos haciendo es, a ver aquí está claro, ése es mi punto de vista, pero lo comparto con la mesa, evidentemente hubo producto de los errores de comunicación, un colega que no tenía claro qué se estaba votando, porque no escuchó lo que se estaba sometiendo a votación y otro colega que no pudo emitir su voto en el momento en que estaba tomando, debido a causas de fuerza mayor, así lo veo yo y me gustaría en todo caso que quede claro aquí, si hay alguien que tiene alguna objeción, porque si hay alguna objeción se retira esto y se queda la votación tal como la cantó el Secretario en primera instancia.

Porque como se dijo también pues nadie puede replantear su voto, yo entiendo que lo del consejero Espadas, y perdón, nada más para que quede asentado en actas, no es un replanteamiento de su voto, sino simple y sencillamente ante los programas de conexión no tenía claridad de lo que estábamos votando.

Consejero Murayama, por problemas de conexión también no tuvo oportunidad en el momento de toma de la votación, expresar su, se trata me parece de imponderables colegas, pero aquí sí me gustaría pues un pronunciamiento del Consejo.

Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: De acuerdo.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Hay una moción del consejero Murayama.

Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: Sí, es que yo oía, pero no me escuchaban ustedes, y yo voté varias veces a favor como consta y es claro con la propia adenda que envié.

Entonces, pues fue la conexión lo que me impidió votar, pero no es otra explicación.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: En el mismo sentido que, entiendo.

Perdón, moción de parte mía, son las razones que llevaron al consejero Espadas a votar en error por un problema de falta de claridad técnico, de falta de claridad de lo que se estaba votando.

Es decir, aquí estamos frente a un, vuelvo a insistir, un asunto de fuerza mayor que a mí me parece que es absolutamente comprensible, pero sí me gustaría que, si hay alguien que estén en contra, por favor lo manifieste en este momento.

Incluso, es más, por claridad sí me gustaría que todo mundo pudiera manifestarlo.

¿Está de acuerdo consejera De La Cruz?

Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña:  A favor.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Bueno a favor de esto, de que se tome la votación.

Secretario, por favor consulte para que quede en actas que se está de acuerdo en este sentido.

La consejera Zavala quiere hacer una moción.

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Sí, gracias, Presidente, es que estaba viendo que, justo, la consejera Dania está teniendo problemas de conexión.

Yo estoy de acuerdo en que podamos precisar cuál es la votación, incluso con el audio o si podemos nosotros mismos precisarlo sería mejor. Esto es algo extraordinario.

Pero, nada más sí tener la certeza porque la consejera Dania nos está avisando que tiene problemas de conexión y no vaya a ser que tengamos una situación igual.

Entonces, sí para repetirlo, que todos tengamos muy claro que estemos ahorita virtualmente presentes.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: ¿La consejera Ravel nos escucha?

¿Y tiene acceso al chat de esta sesión? Porque también podríamos, finalmente, el chat se puede dar fe como mecanismo.

El consejero Ruiz una moción.

Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: Gracias, Presidente.

Yo lo que advierto es que no hay oposición de nadie sobre las precisiones que usted muy bien ha señalado de lo sucedido y que no es necesario volver a reconfirmar sentidos, ya quedó aclarado y creo que sólo bastaría que el Secretario Ejecutivo, Secretario del Consejo dijera el resultado final. Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Si están de acuerdo, señor Secretario, en ejercicio de sus atribuciones legales, le pido, por favor, que confirme el sentido de la votación con estas precisiones que se han hecho y que vuelvo a insistir, para que quede en actas, aquí sí también por enésima ocasión, se debe a un asunto de fuerza mayor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Sí, con mucho gusto, Presidente.

Podríamos volver a someter a votación o simplemente cantar el resultado.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Cante el resultado como debe de ser.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: A consideración del voto del consejero Murayama son 7 votos a favor 4 votos en contra, señor Consejero Presidente, consejo en general.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: No, perdón. Lo que entiendo, señor Secretario. Perdón, es que lo que tienen que tomar en cuenta es el voto del consejero Murayama y el voto del consejero Espadas, el sentido correcto del voto del consejero Espadas.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Perdón, tiene usted toda la razón, también la confusión estuvo en el caso del consejero Espadas.

Por lo tanto, el resultado sería 6 votos a favor, 5 votos en contra, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor Secretario.

Le pido que también en este caso realice las gestiones necesarias para notificar, perdón, para informar el contenido del acuerdo aprobado a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para los efectos correspondientes.

Colegas, estimadas colegas, se agotaron los asuntos del orden del día de esta sesión, por lo que se levanta la misma.

Y damos paso, si no tienen inconveniente, a la Sesión Extraordinaria que ha sido convocada al término de la recién concluida.

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