El Universal publica artículo de la Consejera Carla Humphrey, titulado «Prevención, atención, sanción y reparación de la violencia política contra las mujeres por razón de género».

Escrito por: INE
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El Consejo General máximo órgano de dirección del Instituto Nacional Electoral (INE), divide las tareas institucionales entre las comisiones permanentes establecidas por la ley y puede determinar la creación de otras de carácter temporal con el objetivo de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral de todos y cada uno de los actores políticos y sociales que participen en el desarrollo de los procesos electorales.

Una de estas comisiones es la de Igualdad de Género y No Discriminación que, de conformidad con el decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones en distintos ordenamientos legales en materia de violencia política contra las mujeres por razón de género, de fecha 13 de abril de 2020, se determinó que su funcionamiento fuera permanente.

En este sentido, y a partir de la conformación acordada por el Consejo General el 30 de julio de 2020 a través del acuerdo INE/CG172/2020, ha llevado a cabo un intenso trabajo en defensa de los derechos políticos y electorales de las mujeres, generando una serie de lineamientos en favor de la paridad de género, así como para erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género.

Es así como el pasado 25 de febrero, la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación aprobó la Guía para la prevención, atención y reparación integral de la violencia política contra las mujeres del Instituto Nacional Electoral, quela Unidad de lo Contencioso Electoral puso a su consideración.

Esta Guía se emite en un momento importante ante el incremento de la violencia política contra las mujeres que se ha observado en últimas fechas en razón de la aplicación del principio de paridad en todos los espacios de la esfera pública y que, a pesar de que se cuenta con una normatividad específica que regula este tipo de conductas, existe un amplio desconocimiento de la ciudadanía respecto a los derechos políticos y electorales de las mujeres.

La Guía tiene el objetivo de orientar a las mujeres y a la ciudadanía en general respecto de las conductas constitutivas de violencia política de género, así como de los mecanismos y las instancias públicas ante las cuales se pueden denunciar dichos actos y las posibles sanciones que se pueden imponer.

Es por ello que la Guía parte de explicar de forma sencilla los elementos conceptuales que permiten entender la violencia política contra las mujeres en razón de género para que todos y todas podamos identificarla plenamente, hasta la forma de cómo presentar una denuncia para hacer efectivos los derechos de las víctimas.

La Guía señala que las autoridades de todos los niveles que están obligadas a tutelar los derechos políticos y electorales de las mujeres, en el ámbito de su competencia, sustanciar de forma sumaria las denuncias relacionadas con la violencia política en razón de género, y pone énfasis en los procedimientos que la justicia electoral ha desarrollado para la atención de estos casos tales como el Juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía, que tiene la finalidad de restituir a la actora en el uso y goce de sus derechos, así como el Procedimiento especial sancionador que identifica la licitud o ilicitud de las conductas objeto de la queja y, en su caso, permite aplicar las sanciones que, en su caso, correspondan a la parte infractora.

Este documento da a conocer todas las medidas de reparación a la que la víctima tiene derecho y que se han establecido para la protección de los derechos políticos y electorales de las mujeres. Su difusión ahora, será un elemento clave de la Comisión para seguir abonando a los objetivos y fines una democracia paritaria y libre de violencia.

Consulta el artículo en El Universal.