Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muy buenas tardes, señoras y señores consejeros y representantes.
Damos inicio a la Sesión Extraordinaria del Consejo General que ha sido convocada al término de la que recién concluyó, por lo que le pido al Secretario verifique si tenemos quórum para sesionar.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Señor Consejero Presidente, para efectos de la sesión extraordinaria, procederé a pasar lista de manera nominal, en virtud de que se trata de una sesión virtual del Consejo General.
Consejera Norma De La Cruz.
Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña: Presente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Uuc-kib Espadas.
Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: Presente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Adriana Favela.
Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: Presente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Martín Faz.
Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: Presente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Carla Humphrey.
Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: Presente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Ciro Murayama.
Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: Presente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Dania Ravel.
Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Presente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Jaime Rivera.
Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: Presente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero José Roberto Ruiz.
Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: Presente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Claudia Zavala.
Consejera Zavala.
Regresaré con ella en un momento más.
Consejero Presidente Lorenzo Córdova.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Presente, Secretario.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Senador Juan Antonio Martín del Campo.
Diputada Claudia Pastor.
Diputada María Guadalupe Almaguer.
Consejera del Poder Legislativo del PRD, María Guadalupe Almaguer Pardo: Presente, Secretario. Buenas tardes.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Diputado Silvano Garay.
Diputado Marco Antonio Gómez.
Consejero del Poder Legislativo del PVEM, Marco Antonio Gómez Alcántar: Saludos.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Gracias.
Diputada Julieta Macías.
Diputado Alejandro Viedma.
Consejero del Poder Legislativo de MORENA, Alejandro Viedma Velázquez: Presente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Maestro Víctor Hugo Sondón.
El ciudadano Rubén Ignacio Moreira.
Representante del PRI, Gerardo Triana Cervantes: Gerardo Triana, en representación del PRI. Presente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Gerardo Triana, gracias.
Licenciado Ángel Clemente Ávila.
Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Presente, gracias.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Maestro Pedro Vázquez.
Maestro Fernando Garibay.
Representante del PVEM, Fernando Garibay Palomino: Presente. Buenas tardes.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Juan Miguel Castro Rendón.
Diputado Sergio Gutiérrez.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Presente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Licenciado Ernesto Guerra.
Representante del Partido Encuentro Social, Ernesto Guerra Mota: Presente, Secretario. Buenas tardes a todas y a todos.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Gracias.
Maestro Carlos Ezeta.
Licenciado Luis Antonio González Roldán.
La consejera Claudia Zavala, ya la veo por acá.
Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Presente, Secretario.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Muchas gracias.
Diputado Silvano Garay.
Representante del PT, Silvano Garay Ulloa: Presente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Presidente, al momento de pasar lista hay 21 consejeros y representantes presentes, por lo que hay quórum para la realización de esta Sesión Extraordinaria del Consejo General.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor Secretario.
Le pido, por favor, que continúe con la sesión.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: El siguiente punto se refiere al orden del día.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor Secretario.
Señoras y señores consejeros y representantes, está a su consideración el orden del día.
Si no hay intervenciones, por favor señor Secretario, le ruego que someta…
Sí, el señor representante de MORENA, el Diputado Sergio Gutiérrez.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias, Presidente.
Solamente para mencionarle a usted y a los integrantes del Consejo, que hemos presentado recusación en contra del Consejero Presidente y del Consejero Ciro Murayama; por lo que, conforme al Reglamento de Sesiones, ésta deberá resolverse antes de que se inicie la discusión del punto que nos ocupa.
Ha sido presentada en la Oficialía de Partes, tenemos el acuse, se lo comuniqué hace un momento al Secretario Ejecutivo para que pueda ser del conocimiento de los integrantes del Consejo esta recusación, puedan defenderse los imputados y se pronuncie el Consejo General sobre el mismo, previamente a la discusión del tema, conforme lo dispone el artículo 24, párrafo cuarto del Reglamento de Elecciones.
Muchas gracias, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, con mucho gusto.
Si me permite tomo el orden del día, la votación sobre el orden del día y antes de iniciar el punto, conforme al Reglamento, se discutirá y se procesará la solicitud de recusación.
Gracias.
Sobre el orden del día, ¿alguna intervención?
Bien, señor Secretario, le pido por favor que se consulte si se aprueba el orden del día, así como la dispensa de lectura del documento que se hizo circular previamente, por favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Señoras y señores consejeros electorales, se consulta si se aprueba el orden del día, así como la dispensa de lectura del documento que contiene el asunto previamente circulado, para así entrar directamente a la consideración del mismo, en su caso.
Consejera Norma De La Cruz.
Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Uuc-kib Espadas.
Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Adriana Favela.
Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Martín Faz.
Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Carla Humphrey.
Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Ciro Murayama.
Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Dania Ravel.
Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Jaime Rivera.
Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero José Roberto Ruiz.
Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Claudia Zavala.
Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: A favor, Secretario.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Presidente Lorenzo Córdova.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: A favor también, Secretario.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Presidente, tanto el orden del día como la dispensa a la lectura del documento previamente circulado fueron aprobados por unanimidad.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor Secretario.
Tal como lo ha señalado el señor representante de MORENA, el Diputado Sergio Gutiérrez, se ha presentado una recusación en contra de algunos miembros del Consejo, procede en los términos del artículo 25, creo que es el precepto correcto, se mencionó el artículo 24 pero creo que es el artículo 25 para ser más precisos.
Razón por la cual, en los términos de nuestro ordenamiento de este colegiado, procede primero el análisis, discusión y, eventualmente, procedencia, definición respecto de la recusación presentada.
Así que le cedo, en primera instancia, la palabra al señor representante de MORENA que es quien presentó esta solicitud, para que la exponga y podamos abrir la discusión correspondiente.
Por favor, señor representante.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Muchas gracias, Presidente.
Conforme al artículo 24 se señala, del Reglamento de Sesiones, que en caso de tener conocimiento de alguna causa que impida al Presidente o cualquiera de los consejeros conocer o intervenir en la atención, trámite o resolución de algún asunto, se podrá formular recusación, siempre y cuando se efectúe previo al momento iniciar la discusión del caso particular.
Como ha sido un hecho público y notorio, durante toda la semana los consejeros Lorenzo Córdova y Ciro Murayama han hecho un rol de medios donde han prejuzgado de manera clara, han fijado su posición, han difundido información en noticieros sobre el caso que a continuación se resolverá, y hay que hablar sobre la naturaleza del caso, este caso que se resolverá son medidas precautorias en un Procedimiento Especial Sancionador.
Es decir, hay un denunciante, un denunciado, una autoridad que investigue y que resuelve sobre las medidas precautorias, es decir, estamos ante un proceso materialmente jurisdiccional, donde se órgano, donde ese Consejo General se va a pronunciar para al dictado o no de medidas precautorias en un caso particular que sometió a su conocimiento, un denunciante.
Sobre este punto hemos recopilado en la (…) que hemos presentado, todas las pruebas de los noticieros con sus ligas, los extractos donde el consejero Ciro Murayama y el consejero Lorenzo Córdova se han pronunciado violando la ley de responsabilidades administrativas y el código, la LGIPE, perdón.
En todas estas ligas y las pruebas que hemos sometido a la integración de los integrantes del Consejo General, queda evidenciado que se ha prejuzgado sobre este asunto y de esa forma se han violado preceptos específicos que tendré el honor de leer.
“…artículo 39, párrafo segundo de la LGIPE: el Consejero Presidente, los consejeros electorales, el Secretario Ejecutivo y los demás servidores públicos del Instituto desempeñarán sus funciones con autonomía probidad, no podrán utilizar, ¡no podrán utilizar!, la información reservada o confidencial que dispongan en razón de su cargo tal o para el estricto ejercicio de sus funciones, ni divulgar por cualquier medio.
Artículo 479, párrafo uno, inciso h): serán causas de responsabilidad para los servidores públicos del Instituto, h), emitir opinión pública que implique prejuzgar sobre asuntos de su conocimiento…”.
No obstante a eso, tenemos que en materia judicial la Suprema Corte de Justicia se ha pronunciado sobre algo que se llama efecto corruptor, el efecto corruptor es una situación jurídica que permea en los procedimientos sancionatorios y que implican que las autoridades que se encuentran involucradas en la investigación o resolución de estos asuntos, al momento de pronunciarse de manera previa, genera un efecto que pone o vulnera, o genera la ilicitud en todo el proceso, ha señalado incluso algunas características específicas.
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia, una primera causa anunciar la sanción con anterioridad y publicitarla, causa que se ha dado y que han cometido los consejeros Ciro Murayama y Lorenzo Córdova; segunda causa, que la conducta de la autoridad haya provocado condiciones sugestivas en la evidencia incriminatoria que conlleva la falta de fiabilidad en todo el material probatorio.
Lo que se acredita con las declaraciones que se refiere la parte probatoria de la recusación que hemos sometido a este Consejo y a manera de ejemplos señala lo que dijo el consejero Ciro Murayama, quien manifestó entre otras declaraciones que, y cito:
“Esta misma semana, el viernes, pensamos llevar el tema al Consejo General para que se delimite perfectamente el terreno de actuación del Presidente en “Las Maneras”, proteger la contienda electoral de la injerencia gubernamental”.
Y en el Consejo General pensamos que el viernes de esta misma semana, se va a pronunciar acerca de lo que está haciendo el Presidente, entre otras tantas declaraciones que realizaron el consejero Córdova y el consejero Murayama.
Una tercera consideración que la Primera Sala de la Suprema Corte ha expuesto sobre la materia, es que la conducta de la autoridad, o sea, de ustedes consejeros, Murayama y Córdova, impacte en los derechos del acusado de forma que se afecte el derecho de defensa y lo deje en estado de indefensión.
Esta actuación que han tenido ustedes durante la semana y que en otros casos los hemos visto donde se pronuncian sobre asuntos que son competencia de la Comisión de Quejas o que se están instaurando en investigación mediante procedimientos especiales u ordinarios sancionadores, violan el principio de presunción de inocencia, violan el artículo 17 constitucional, violan las disposiciones de la LGIPE que he mencionado y se ubican en lo que la doctrina o más bien los precedentes judiciales de la Suprema Corte de Justicia han denominado “efecto corruptor”.
Con sus acciones, ustedes han corrompido este proceso al señalar en medios de comunicación al fijar su posición para tratar de influir en la opinión de los demás y en la opinión pública sobre un asunto de naturaleza jurisdiccional, porque ustedes habrán de pronunciarse sobre estas medidas cautelares en un procedimiento especial sancionador.
De esa forma, deben de inhibirse ustedes consejero Córdova y consejero Murayama de conocer del presente caso, porque en adición de que ya se ha cometido una responsabilidad en términos del artículo 479, inciso g) y h), de persistir en esta actitud habiéndose promovido una recusación, habiéndose señalado las pruebas, habiéndose evidenciado además que es un hecho público y notorio y que todos conocemos los pronunciamientos que han tenido durante la semana, bueno, pues sería una agravante de esta actitud que no solo va a impactar en el proceso en cuestión, sino también en el estatus administrativo y de responsabilidad administrativa en su persona.
Por lo cuanto, solicito que se conceda la recusación que hemos promovido por parte de Morena.
Es cuanto, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor representante.
Señor representante, ¿me acepta una pregunta?
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Con gusto, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor representante.
Es un hecho público y notorio y cualquier persona, cualquier miembro del Consejo que tiene acceso a la síntesis de prensa que se distribuyen entre nosotros que ni el consejero Murayama ni el yo, un servidor, somos los únicos consejeros que nos hemos pronunciado no sobre el contenido, por cierto, pero eso lo alegaré más adelante, del punto que nos ocupa.
Entonces, mi pregunta es si la recusación es solamente respecto de nosotros o también de otros miembros del Consejo que han externado públicamente su postura.
Segundo, aprovecho ya que ha anunciado la presentación de un procedimiento de responsabilidad, si ese procedimiento es solo contra el consejero Murayama y yo o también contra otros miembros del Consejo.
Y, tercero, si tiene conocimiento de que hoy estamos sesionando en acatamiento de una sentencia de la Sala Superior que es pública y notoria, consecuentemente, la fecha y el objeto de esta sesión es conocido por la sociedad entera.
Por su respuesta. Muchas gracias.
No se escucha, diputado.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Perdón.
Gracias, Presidente.
Tanto la recusación como la denuncia es en contra del consejero Murayama y en contra del consejero Lorenzo Córdova por, además, entre otras cosas, usar indebidamente los mecanismos de comunicación social del Instituto Nacional Electoral.
Y sobre la siguiente pregunta que me hizo, sobre si tengo conocimiento de que lo ordenó la Sala Superior y que se llevaría a cabo el día de hoy, evidentemente, la causa de recusación no es decir el día en que se va a resolver el asunto, sino el fondo, la parcialidad y la posición que han tenido durante toda la semana para incidir de manera burda en este asunto.
Gracias, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias.
¿Me acepta una segunda pregunta? Señor, representante.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Con gusto.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias.
La pregunta es, son dos en una.
¿Si sabía que no somos los únicos consejeros que nos hemos pronunciado públicamente en esta semana respecto del asunto que nos concierne hoy a reserva de que, como alegaré más adelante, es falsa la acusación que se está planteando por parte de su representado?
Y segunda, si sí lo sabe y si no lo sabe se lo informo, la pregunta es, ¿por qué solamente en contra de dos miembros del Consejo se está presentando esta recusación y no en contra de los demás?, ¿no le parece deshonesto ese planteamiento? Gracias.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Bueno, deshonesto, deshonesto me parece usar los canales institucionales del INE, la comunicación social para fijar una posición unipersonal. Eso me parece deshonesto.
Ahora, me pregunta usted si sabía o no que otros se han pronunciado sobre este asunto.
No sabía y le aclaro algo.
Al decirme usted eso está usted aceptando implícitamente que sí se ha pronunciado sobre este asunto de manera preliminar.
Entonces, bueno, la verdad es que me da gusto que me haya hecho esa pregunta para evidenciar este tema, pero no, Presidente, no sabía.
Gracias por informarme.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias a usted por su respuesta.
¿Alguna otra intervención?
Permítanme intervenir dado que se ha formulado una imputación directa a un servidor.
No conozco cuáles son, apenas se presentó las pruebas que exhibe el señor representante de MORENA, pero sí conozco cuáles son las intervenciones públicas que he venido realizando en los días recientes y me importa subrayar la falacia de la imputación que se plantea, porque lo único que he hecho en mis intervenciones a lo largo de esta semana y han sido dos intervenciones públicas, nadas más: una en un seminario en el Colegio de México, el lunes y después, a través de un video que coloqué en mis redes sociales.
En ambas intervenciones lo único a lo que me limité es a señalar:
Uno, lo que dice el artículo 134 Constitucional respecto del principio de imparcialidad;
Dos, comunicar, porque es una tarea, una obligación de la autoridad electoral y de sus miembros informar cuáles son los criterios vigentes y en ese sentido, hice énfasis en el que el criterio vigente que ha venido aplicando la Comisión de Quejas en las medidas cautelares que se deriva de una sentencia del Tribunal, de la Sala Especializada del Tribunal Electoral, es, y que por cierto, en 2019 y en 2020 aplicó en los procesos electorales que se llevaron a cabo, es el criterio que tiene que ver respecto de la transmisión íntegra de las conferencias que realiza el señor Presidente de la República, el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, para informar a la ciudadanía.
En mis intervenciones, como puede constar la revisión de las mismas, jamás me pronuncié respecto del fondo del asunto que hoy nos ocupa, un asunto cuyo contenido y cuyo mandato se deriva de la sentencia del Tribunal Electoral que hoy acataremos, en donde se revocan medidas cautelares emitidas por la comisión, para que sobre el tema se pronuncie este Consejo General.
En mis intervenciones, y por lo tanto rechazo contundente y tajantemente cualquier afirmación en contrario, cualquier persona puede revisarlas, no hice un pronunciamiento respecto del contenido del acuerdo que nos corresponde el día de hoy y que tiene que ver con la eventual o no emisión por parte de este órgano, de una tutela inhibitoria, a propósito de una queja que fue presentada por los partidos políticos, por algunos partidos políticos.
Así que, rechazo contundentemente el hecho de que haya habido un prejuzgamiento, en primer lugar.
En segundo lugar, me da mucha pena que, pues la representación del partido MORENA no haga un seguimiento de prensa de los posicionamientos de los miembros de este Consejo, que utilizaron espacios institucionales para poder conseguir tramitar, y se han difundido posicionamiento en relación con el tema que nos ocupa, y no creo que hayan sido posicionamientos de fondo.
Lo que llama la atención es, pues la falta de exhaustividad de la re-acusación que hoy se plantea y, eventualmente, de la ya anuncia denuncia por responsabilidad administrativa.
Así que, de cara a la decisión que tendrá que tomar a partir de la solicitud de re-acusación que ha hecho la representación de MORENA a este Consejo General, a mis colegas les digo que es absolutamente falsa y ustedes pueden revisar los pronunciamientos públicos que he venido realizando y que, desde mi punto de vista, no dan lugar a que proceda la re-acusación formulada.
Muchas gracias.
¿Alguna otra intervención?
El consejero Ciro Murayama.
Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: Gracias.
Pues dado que soy aludido, quiero primero informar y plantear aquí, que en ningún momento yo he compartido información reservada, no he citado una sola línea que exista en el expediente de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, en este procedimiento, que además va a resolver la Sala Regional Especializada.
Lo que he leído una y otra vez, es el artículo 134 y el 41 constitucional, y pues fíjese que la Constitución no es parte de ninguna investigación, es un documento público que sería bueno que se conociera.
No he usado canales institucionales, yo he contestado mi teléfono cuando me llaman los periodistas y cada que un consejero, (teléfono particular, por supuesto) da una entrevista, Comunicación Social la difunde, de todos, de los 11 consejeros.
Así que no hay ningún uso inusual, niego eso, la acusación pasa por alto lo que hace el conjunto, es decir, entiendo que hay una intención de personalizar que, de una vez le digo, no va a encontrar eco en mi persona, porque yo soy parte de una institución, soy equidistante a todos los partidos, y no tengo ningún interés de tener intercambios de índole personal con ningún actor político; y los interlocutores que escojo suelen ser personas con las que me interesa debatir asuntos importantes.
Pero es, digamos, tan ridícula la acusación que, pues así hay que decirlo, ahora resulta que no podemos decir cuándo se va a resolver un asunto en Consejo General después de que el Tribunal nos lo ordena.
Bueno, pues a veces dicen que es censura y ahora quieren que uno no hable, pues no.
A ver, hubo dos dislates pequeños, pero demuestran la calidad de la argumentación que hicimos, no es el Reglamento de Elecciones lo que regula el debate del Consejo, es el Reglamento de Sesiones, y usted está citando el artículo 24 que se refiere a la forma de votar, y el que tiene que ver con las excusas es el 25, por lo menos hay que tener la norma a la mano, leerla y contar correctamente.
¿Qué dice el artículo 25 sobre las excusas? Dice el artículo 25 de los impedimentos, la excusa y la recusación, dice:
“1. El Presidente o cualquiera de los consejeros electorales estarán impedidos para intervenir en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tengan interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge, parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, o parientes civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte”.
Pues este asunto es respecto al Presidente de la República con el cual no me une ningún parentesco, no tengo ningún negocio con él, no somos socios en ninguna ciudad, es decir, la especificación de cuándo nos tenemos que excusar pues no cae, de verdad que el Presidente y yo nos hemos saludado cuando era candidato y acudió a los debates, e igual que con todos los candidatos, no tengo ninguna relación con él ni de afinidad ni de animadversión que me impida actuar con objetividad.
Y quiero decir una cosa: Yo este asunto ya lo conocía, podría tener razón en que ya me pronuncié, pero eso no quiere decir que prejuzgue.
¿Cuánto me pronuncié?
Pues como el asunto pasó por la Comisión de Quejas y yo la integro y la presido, pues lo conocí, fíjese, y voté.
Y tan voté con mis colegas que integran la Comisión que el asunto fue notificado a la Presidencia, fue impugnado y fue resuelto por el Tribunal.
¿Quién dijo que lo tenemos que conocer en el Consejo? Y soy parte del Consejo y por eso me voy a pronunciar.
Pero el artículo 25 que dice en qué casos debemos excusarnos, pues no aplica, a menos que usted quiera construir algún parentesco donde no lo hay.
Yo creo que es una distracción para tratar de identificar con dos consejeros lo que ha sido una postura institucional, porque la cautelar que el Tribunal revocó no la emitió Ciro Murayama, perdónenme. La emitió una autoridad electoral colegiada que se llama la Comisión de Quejas.
Y si hoy el Consejo General aprueba el proyecto que será sometido a nuestra consideración, no será por decisión únicamente de uno, de dos o de tres, de 11 consejeros, porque eso marca la Constitución.
Entonces, no caigamos en la confusión de que esto es un asunto personal, no señor, de ninguna manera. Esta es una postura institucional.
Y si las decisiones institucionales no satisfacen a alguien, por supuesto que ahí está el Tribunal Electoral, pero no demeriten decisiones de un órgano constitucional autónomo queriéndolas volver un pleito entre personas. Porque ya le dije que entre personas pues yo no cazo pleitos, quizá en el ámbito privado, pero este no es un ámbito privado.
Y usted en el ámbito privado mío no tiene cabida, ¿no?
Entonces, no tiene ni pies ni cabeza que yo haya hecho algo incorrecto en esta materia.
Por lo tanto, yo creo que no ha lugar.
Gracias.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejero Murayama.
Me ha pedido la palabra el maestro Víctor Hugo Sondón, representante del PAN.
Representante del PAN, Víctor Hugo Sondón Saavedra: Gracias, Presidente.
Bueno, pues yo creo que ya estaba la advertencia dada en una de las mañaneras del Presidente, en donde habló de ir sobre los órganos autónomos, entre ellos mencionó al INAI que ya queda claro que el ataque ya está encima.
Pero el verdadero objetivo hay que decirlo, el verdadero objetivo desde el inicio ha sido el Instituto Nacional Electoral, no les es cómodo, no les es apetecible porque no son demócratas.
Un Instituto que los hizo llegar a la Presidencia de la República, a ocupar una mayoría en la Cámara de Diputados, en la Cámara de Senadores con un grupo importante de senadores el instrumento que facilitó los elementos democráticos para que se diera y lo digo yo siendo del PAN, los elementos democráticos justos y necesarios para que el que obtuviera más votos en una contienda electoral fuera el que llegara, en otro momento no hubiera sido así.
Esa recusación yo diría que es más allá que un distractor, es un aviso, es un aviso de que vamos por el Instituto Nacional Electoral, así lo dice MORENA, y así lo ha dicho el Presidente que se ha dedicado desde “Las Mañaneras”, atacar a sus oponentes, sus adversarios políticos como él les denomina, y el Instituto Nacional Electoral es uno de ellos, no les sienta comodidad, entonces esta recusación tiene que ver con esa avanzada de ataques sistemáticos que va a tener este Instituto, ya lo veremos ahí durante el camino y que se recuerde que aquí lo dije en esta fecha.
La información reservada o confidencial, mencionó el representante de MORENA, desde cuándo la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos su lectura y su interpretación es una información reservada o confidencial, desde cuando las resoluciones del Tribunal Electoral de la Federación que ha fijado ya criterios con antelación a temas como éste, es una información reservada, no están prejuzgando los consejeros que están así aquí siendo denunciados, porque es un asunto ya juzgado, no pueden prejuzgar, lo único que se está haciendo porque he oído gran parte creo yo de las entrevistas que les han hecho en diversos medios de comunicación.
Aparte hay que decir también, los medios de comunicación los han buscado a ellos, cuáles medios de comunicación social, institucionales y si los entrevistan en el INE pues la tienen que dar, forman parte de un Instituto que es una organización sí autónoma, pero también es una institución pública que nos dimos todos los mexicanos y que ese carácter público hace también necesario el que posicionen temas o interpreten lo que les dicen, no así, hay que ver aquí un asunto importante, ah porque aparte también dijo el representante de MORENA: “deshonestos usar los canales institucionales de comunicación social”.
Híjole, corrió sangre por la coyuntura del labio, quien, sino diario el Gobierno Federal es el que usa los canales institucionales, el presupuesto del Gobierno Federal para esos ataques sistemáticos contra quienes no piensan como ellos, pues es MORENA, y es su Gobierno Federal quien está abusando de estos espacios para realizarlo de manera evidente.
La información de la que se habla reservada y confidencial, hay que recordar que basta con que el Presidente de la República en “Las Mañaneras, diga: ojalá se vean los videos y de manera magistral, automática, mágica, aparecen los videos, cuando sabemos que la Fiscalía también tiene autonomía, goza de esa autonomía, pero basa con que lo diga el Presidente y ahí sí, esa información que toda etapa indagatoria debe de tener esa secrecía jurídica de no ventilar nada que contenga un expediente que está guardando una investigación de la envergadura que sea, y se han ventilado en las mañaneras, temas de investigaciones que está llevando a cabo la Fiscalía.
Eso sí es hablar de manera pública, sobre asuntos que son reservados, que son confidenciales y que gozan de ese apartado jurídico que es, precisamente, el que no se pueden ventilar asuntos de una causa penal o de una indagatoria.
Sin embargo, bueno, pues aquí hay otro tema.
El 23 de diciembre de 2020, el Presidente de la República criticó la conformación de la coalición “Va por México”. La Unidad de lo Contencioso Electoral del INE preguntó a la oficina de Presidencia, datos relacionados con los reporteros que preguntaron al Presidente sobre la coalición “Va por México”, en la conferencia mañanera del día 23 de diciembre.
A la fecha no se sabe de respuesta alguna de la Presidencia.
Investigaciones realizadas por el portal La Silla Rota, dan cuenta de que el periodista que preguntó el tema al Presidente, es empleado público, el periodista que hizo la pregunta se llama Miguel Arzate Ramírez, quien es Director de la Mesa de Redacción del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, conocido como Canal 14.
Es un canal de televisión pública…
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Señor representante, perdóneme que lo interrumpa, en esta ocasión, en estos momentos, perdón, le ofrezco una disculpa, pero estamos discutiendo el tema específico de la re-acusación para poder votarlo y pasar, en con secuencia, a analizar el tema de fondo.
Les pediría que nos ciñéramos en este momento, muy respetuosamente, al tema específico que planteó el señor representante de MORENA y que, en su caso, más adelante, por supuesto, con toda la libertad que supone un órgano colegiado en donde la libertad de expresión se respeta puntualmente como éste, pero tenemos un reglamento, le pediría que en estos momentos nos ciñéramos a la solicitud de re-acusación que ha formulado un miembro del Consejo, por favor.
Representante del PAN, Víctor Hugo Sondón Saavedra: Lo acato Presidente porque soy un respetuoso de las instituciones, como el Instituto Nacional Electoral.
Solamente quería ambientar la congruencia de la petición, ésa era mi intención y lo seguirá siendo más adelante en alguna de mis intervenciones.
El Director Jurídico también salió hace pocos días, haciéndose las veces como de vocero del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Esos son los temas a los que hay que ponerles verdadero interés, esos son los temas que verdaderamente vulneran el estado de derecho, la libre competencia y la equidad en la competencia electoral. Eso sí vulnera, no el hecho de que yo pueda manifestar en el caso de la autoridad electoral, a base de preguntas de los reporteros sobre un tema específico que es del dominio público, que es de conocimiento general, que las mañaneras se suspenden en procesos electorales y hay antecedente de ello.
No veo cuál sea la información a la que estén refiriéndose, que es reservada y confidencial, si es del dominio público, todo mundo sabemos el origen que dio este tema, qué es lo que establece el 134 constitucional, qué es lo que establece las diversas resoluciones emitidas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que son de carácter público y que cualquiera de las consejeras y de los consejeros, pueden mencionar a pregunta expresa de cualquier reportero, lo que ahí se determinó, es únicamente responder con información oficial, pública a cualquier pregunta que realice un medio de comunicación.
Pero el tema, lo sabemos todos, aquí es otro.
Ojalá que los consejeros y las consejeras que hayan dado entrevistas en este tema, pues también lo manifiesten y le entren al debate.
Es cuanto, señor Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.
Tiene la palabra la diputada Guadalupe Almaguer.
Consejera del Poder Legislativo del PRD, María Guadalupe Almaguer Pardo: Gracias, Presidente.
No quiero de ninguna manera dejar de participar en esta, pues, no, no hay palabras para denominar esta situación de la que hace hoy el representante del partido MORENA.
Pero es claramente un distractor al personalizar un asunto de carácter público y personalizarla en contra del Consejero Presidente y del consejero Ciro Murayama.,
A mí me parece que esto es grave.
Y yo primero hago un llamado, que hagamos, aunque sea por un segundo, y le hablo a los consejeros ciudadanos del Instituto Nacional Electoral para que hagan una reflexión, y ya que el señor representante de MORENA no respondió a la primera pregunta que le hizo el Consejero Presidente sobre por qué solamente esta situación en contra de Ciro Murayama y de Lorenzo Córdova y no de otros consejeros que han opinado sobre el mismo tema.
A mí me parece que, si el representante de MORENA evadió la respuesta, hago un llamado responsable, serio y respetuoso a los integrantes de este Consejo General a que admitan que también hicieron una declaración en este sentido.
Se los culmino de manera respetuoso a ello.
Esto es en que México se esté dando cuenta, esto es un linchamiento señalado desde Palacio Nacional por el Presidente López Obrador, porque como ya se dijo, quiere controlar también el Instituto Nacional Electoral.
Es un amedrentamiento hacia el Instituto Nacional Electoral, bloquear esta consecución del acatamiento sobre la suspensión de la transmisión de las Mañaneras.
Y no solo ha sido el Presidente de la República quien ha utilizado recursos públicos, evidentemente, en todas las mañanas en su propaganda gubernamental, también lo ha hecho el vocero de Presidencia, y ahora en el extremo de la intolerancia, de la falta de respeto a las instituciones se une el representante de MORENA a este linchamiento en contra de este distractor de irse contra dos consejeros que son integrantes del Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
Yo decía, y tengo días abordando el tema en redes sociales, particularmente en Twitter, y les he dicho que el Presidente de la República está litigando y está abriendo, y abrió el frente en contra del estado de derecho y de sus instituciones y de sus órganos autónomos, porque el Instituto Nacional Electoral es un órgano autónomo y parte de las instituciones democráticas del estado de derecho de este país.
Y hoy lo concretan y lo señalan en este recurso el que hace el representante de MORENA ante el Consejo General Electoral.
Yo nada más quiero decirle a México y decirles también a los integrantes, los integrantes, que también han estado haciendo o dando opinión sobre este tema, que hoy sí está haciendo historia esta Cuarta Transformación, sus integrantes y sus representantes.
Lo que están haciendo, aunque buscan distraer y personalizar en contra y el linchamiento público, y ahora que quieren hacerlo jurídico en una maniobra y en un (1:44superticio legal en contra de dos consejeros: el Presidente y el consejero Ciro Murayama, no es solamente un consejero y es el Presidente, son integrantes, y esto es lo que les quiero recordar a los integrantes, con o de masculino, que también han hecho estas opiniones, que reflexionen y piensen , no es contra Lorenzo Córdova y no es contra Ciro Murayama, lo que se está haciendo es vulnerar y golpear al órgano árbitro de la Contienda Electoral 2020-2021.
Y que reflexionen sobre este hecho sin precedentes en la historia, y sobre todo en esta etapa democrática del México contemporáneo.
Me parece gravísimo, gravísimo lo que está sucediendo esta tarde de 15 de enero de 2021.
Que reflexionen sobre esta situación de linchamiento contra dos integrantes del Consejo General del INE.
Y como decía hace un rato mi compañero Ángel Ávila Romero, de esto se trata cuando hemos dicho y lo hemos hecho en la práctica y lo decimos fehacientemente, de esto se trata, defender al Instituto Nacional Electoral, no estamos en la defensa de las personas, se ejerce ciudadanía, se ejerce ciudadanía donde quiera que se esté.
Sin embargo, me parece muy grave que se venga hoy con esta maniobra legaloide y se obedezca, y ahí está la evidencia, al Presidente en este linchamiento que hoy osan y se atreve el representante de Morena ante el INE de hacer este linchamiento en contra de dos integrantes del Consejo General del INE.
Llamado a la reflexión y a que los que también han opinado, salgan en este momento y digan: Yo también opiné. Porque además no están incluidos en este recurso que han presentado hace unos momentos el representante de Morena.
Gracias, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, diputada.
Tiene la palabra el doctor Miguel Ángel Jiménez, representante de Redes Sociales Progresistas.
Les recuerdo que no estamos en el fondo del tema, sino estamos solamente discutiendo la recusación que ha solicitado el señor representante de Morena, en relación con respecto de dos integrantes de este Consejo.
Por favor, doctor Jiménez.
Representante del Partido Redes Sociales Progresistas, Miguel Ángel Jiménez Godínez: Gracias, Presidente; consejeras, consejeros, representantes de los partidos, muy buenas noches:
Pronunciándonos respecto justamente al tema de la recusación.
El compañero de Morena tendrá todo el pleno derecho de solicitar ante este Consejo lo que a su derecho convenga.
Yo creo que es muy importante reconocer que vivimos en un estado de derecho, que tenemos que tener pleno cumplimiento de la norma.
Y en acciones de esta naturaleza, sí tienen que estar perfectamente fundadas y motivadas en Redes Sociales parece que esto no es pleno ni acreditado.
Y, bueno, una moción de orden, señor Presidente, para que pudiéramos movernos a la votación de este punto, de esta solicitud que creo que es lo más importante.
Tenemos un marco también de derecho en el Instituto, en el Consejo General en el que solicitudes de esta naturaleza pues se someten a votación y se votan, proceden o no proceden, el compañero representante está en su derecho y ya después abundaremos en los temas de fondo.
Yo creo que él está en su derecho, no compartimos esta posición. Creemos que hay tema de fondo amplio para discutirse, particularmente porque estamos en acatamiento de una sentencia del Tribunal.
Dicho sea de paso, sorprende que no lo haya resuelto el Tribunal, pero bueno, eso es otra historia.
El hecho es que hoy estamos aquí para discutir y resolver un tema que está en acatamiento a una sentencia del Tribunal de la Sala Superior, el compañero ejerce su derecho, se habrá de votar, si no procede continuaremos con los 11 consejeros y entraremos al fondo de la materia que hoy nos ocupa.
Es cuanto, señor Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor representante.
Tiene la palabra el diputado Viedma, Consejero del Poder Legislativo de Morena.
Consejero del Poder Legislativo de MORENA, Alejandro Viedma Velázquez: Gracias, Consejero Presidente.
Señalar, en primera instancia, que acompañamos la solicitud de recusación por parte del representante de Morena y revisando el oficio que nos hicieron llegar a través de la Dirección del Secretariado, vemos que, desde nuestro punto de vista, está bien fundado y motivado.
Quizá en la intervención hubo un descuido al momento de señalar los artículos en el documento que se entregó a la Oficialía de Partes, está señalado de manera adecuada el artículo 25, párrafo cuatro del Reglamento de Sesiones de este Consejo General.
Ahora por qué acompañamos esta propuesta de recusación, si bien yo tampoco estaba al tanto de que hubiera más consejeros que se hubieran pronunciado sobre este tema, yo se lo atribuyo a un exceso de activismo por parte precisamente de los dos consejeros que en este momento están siendo señalados, y no solo un exceso de protagonismo en esta semana, sino de hace tiempo para acá, en donde se han venido posicionando de alguna manera incluso como enemigos de “La Mañaneras”, lo cual nos ha solicitado en ese sentido pronunciamientos de cualquier naturaleza con posterioridad.
Y también no comparto que ante una solicitud pega a derecho que se tiene que votar en este momento, sea calificada, incluso de ridícula, es como si estuvieran diciendo que la solicitud del representante de MORENA es ridícula, lo cual me dice a mí más de quien lo dice, que de quién está haciendo la solicitud.
Y finalmente decir, no, no es un ataque al Instituto Nacional Electoral, creo que en todo caso son señalamientos muy puntuales hacia consejeros, en este caso, fueron hechos hacia dos consejeros, no hacia la totalidad del órgano, revisaré en su momento las posiciones de los demás consejeros en medios, pero insisto, en mi particular punto de vista sí he notado un exceso de activismo de algunos consejeros y no de otro, que a lo mejor estarán de acuerdo con ustedes pero me parece son prudentes en sus declaraciones, sobre todo con medios de comunicación.
Gracias.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias.
¿Alguna otra intervención?
Bien, si no hay más intervenciones, le voy a pedir señor Secretario que atendiendo a la solicitud que ha formulado el señor representante de MORENA, el diputado Sergio Gutiérrez, someta sucesivamente la…
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Perdón, Presidente.
Quiero comentar en segunda ronda.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Ah perdón es que no lo veo, ni solicitó en el, no aparece…
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Pero le estoy levantando la mano, le estoy levantando la mano desde hace rato.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Es que no lo veo, señor representante, pero con muchísimo gusto, por supuesto.
En segunda ronda, el señor representante de MORENA.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias, gracias Presidente.
Creo consejero Ciro Murayama que está usted confundido entre excusa y recusación, excusa es lo que una persona con dignidad hace cuando sabe que tiene un impedimento, no se hizo; recusación es cuando alguien más señala una causa, como dice el párrafo cuatro, que tiene alguien para conocer un asunto y ustedes dicen que no dijeron nada, que son inocentes, ahora les voy a leer lo que dijeron:
Central Electoral, minuto 5.2, Ciro Murayama: “el INE lo que ha estado haciendo los últimos meses y semanas es justamente emitir una serie de medidas respecto a pronunciamientos del Presidente en funciones, creemos que vuelve una vez más a invadir el terreno electoral…”.
Eso se llama prejuzgar, señor consejero.
Después con López Dóriga, minuto 11.15: “demasiados problemas tenemos como para enrarecer el ambiente con actitudes que comprometen a legalidad e integridad de la elección”.
Ciro Murayama, Ciro Murayama, central electoral.
El Presidente ha estado apoyando al Tribunal para tratar de remover las decisiones del INE.
Hablando del Presidente y de las mañaneras, va a ser necesario que quien se pronuncie no solo sea la Comisión de Quejas, sino el pleno, eso es prejuzgar.
Central electoral, Ciro Murayama.
“Proteger la contienda electoral de la injerencia gubernamental”, minuto 0.49.
Minuto 2.28, “los gobernantes lo que tienen que hacer es estar al servicio de todos sin discusión y sin tratar de afectar o favorecer a alguien”.
Minuto 7.51, éste me gusta mucho consejero Murayama, “vamos a dictar”, ah, caray, usted es el INE, ya lo sabemos, pero no sea tan evidente, dice: “vamos a dictar esto que se llama una tutela inhibitoria, señalando con claridad el terreno de lo que está permitido y lo que no”. Minuto 8.06 de central electoral.
“No corresponde que el Presidente, que el mandatario, desde su investidura interfiera en el debate político, no hace falta, no es necesario”, sigue prejuzgando.
Lorenzo Córdova, El Universal: los criterios vigentes se han aplicado en los últimos dos años, establecen que durante las campañas electorales se debe suspender la transmisión íntegra de estas conferencias, al considerar que al realizarse en ellas una promoción de logros de gobierno, constituye propaganda gubernamental cuya discusión está prohibida durante las campañas por nuestra Constitución, de hecho, está adelantando lo que pueda resolver el Consejo General.
Lorenzo Córdova, Política Expansión MX: “a partir de principios de abril y en algunos casos, incluso antes, la transmisión íntegra y las conferencias mañaneras, deberá suspenderse”. Ah, caray, ¿usted es el Consejo General?, ¿usted es el Consejo General, consejero Córdova? No lo es usted, son 11 consejeros, si deberá suspenderse o no, eso lo determinará el Consejo, no usted, y eso es prejuzgar.
Lorenzo Córdova, Proceso: “a partir de principios de abril y en algunos casos, incluso antes –ah, caray– porque hay elección de gobernador y estos se replican antes de las campañas, las transmisiones íntegras de las conferencias mañaneras deberán suspenderse”.
A ver, cuál era ésta otra.
Es Proceso, Lorenzo Córdova: “por eso les han aplicado una tutela preventiva, ahora tutela inhibitoria, que es un llamado al Presidente, a que cumpla la Constitución y no viole ese mandato de que desde su investidura intervenga de alguna manera con comentarios que puedan distorsionar la equidad”.
A mí me parece muy claro, consejero Córdova, que eso es prejuzgar, al hablar de la tutela inhibitoria que no se ha resuelto y apenas se va a someter a votación hoy, y usted darla por hecho, está prejuzgando el asunto.
La Jornada, Lorenzo Córdova: “pero también debe mantenerse condiciones de equidad, legalidad y competencia política y el INE las va a salvaguardar”.
Es cuanto, por el momento.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias.
¿Alguna otra intervención?
La consejera Claudia Zavala, después la consejera Dania Ravel.
Perdón, me había pedido la palabra el señor representante del PAN, en el chat, después la consejera Zavala y después la consejera Dania Ravel.
Adelante, señor representante.
Representante del PAN, Víctor Hugo Sondón Saavedra: Gracias, Presidente.
Bueno, pues yo creo que es claro y es evidente que pocos aceptamos que nos digan nuestras verdades y la verdad, en este caso, no es una verdad mezclada con ficción, es un tema que finalmente ha sido enmarcado y ha sido tutelado, y ha sido determinado y sancionado por la autoridad competente el manifestar y decir que en tal fecha, de acuerdo al calendario electoral, tendrán que suspenderse las Mañaneras, pues eso no es prejuzgar, eso es simplemente leer el calendario electoral y que se aplique lo que ya se ha aplicado en otros procesos electorales, es más, desde que está el actual gobierno, como fueron las elecciones del 2019 y del 2020, en donde, es más, acataron la resolución y se dejaron de difundir las mañaneras, por lo menos en el proceso electoral anterior, en Coahuila e Hidalgo de las Mañaneras.
Si no es un asunto de que se esté atacando de alguna forma las Mañaneras del Presidente, eso lo hacemos nosotros los partidos políticos a base de nuestras quejas, ahí simplemente se está comunicando lo que ya está asentado y lo que está validado, tanto por la autoridad electoral y su área respectiva, como por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Es únicamente informar de manera pública lo que ya está determinado en documentos oficiales y sentenciados y sancionados por el órgano jurisdiccional.
Esto nos lleva a una situación muy clara, muy, muy clara, al no mencionar a otros consejeros que han participado dentro de estos temas, es porque sí hay una directriz, hay una orden hacia los representantes de MORENA para que haya un ataque directo hacia dos consejeros electorales de este Instituto por resultarles incómodos.
Es evidente que no les gusta que les diga uno la verdad y que se las diga uno, por un lado, por lo que dicen los documentos oficiales, y, por otro lado, por lo que es evidente en las cifras en el caso de los partidos opositores al régimen.
Yo lo que creo aquí es que sin duda alguna este Instituto Nacional Electoral ha dado muestra, es más, los integrantes de este Instituto Nacional Electoral y otros que terminaron su encomienda el año pasado que le dan el triunfo a quien gane, que cuentan los votos emanados de la voluntad popular de forma tal que se exprese el sentido de los ciudadanos, los electores que quisieron dar el voto depósito de la urna.
Yo les diría, de verdad, a los de MORENA, no se preocupen, no se preocupen porque si la gente les da votos en una cantidad, cualquiera que ésta sea, yo así lo refrendo por parte del PAN, estamos con la tranquilidad y la certeza y la confianza de que van a ser contados imparcial para que lo que se diga en las urnas se digan los cargos de elección popular.
Entonces, dejen de atacar sistemáticamente al Instituto Nacional Electoral, vamos a fijar las posturas y vamos a darle el nivel al debate.
Lo que se vio (Falla de Transmisión) políticos (Falla de Transmisión) con la aprobación, las coaliciones, me parece que es algo que no merece el país, no merece México.
Lo que merece el país, lo que merece México es que privilegiemos…
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante, se le agotó el tiempo, perdón.
Representante del PAN, Víctor Hugo Sondón Saavedra: Privilegiemos en todo momento…
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Señor representante, se le agotó el tiempo.
Le cedo la palabra a la consejera Claudia Zavala.
Por favor.
Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Gracias, Presidente.
Tengo que intervenir porque por procedimiento va a ser sometido a votación.
Cuando hay una recusación es un tema súper importante procesalmente, porque se refiere precisamente a la autoridad que va a resolver, recuerdo en 2006 cuando se presentaban recusaciones a magistrados y la Sala las calificaba justamente por la relevancia que se tiene de las autoridades para no estar sometidas a ningún tipo de presiones.
Este es una recusación, y en ese sentido vamos a tenerla que votar en este Consejo General.
Qué bueno que el Diputado Sergio leyó eso, porque la verdad no había intervenido, quería hacerlo en primera ronda, porque estaba leyendo el escrito, tenemos que votar y tenemos que ver cuál es la fundamentación, las recusaciones deben de llevar pruebas.
Qué bueno que ya las leyó, que nos puso en ese contexto, primero, porque lo que advierto es:
Definió los criterios que han sido adoptados por la comisión respecto de la no transmisión ininterrumpida y avalados por la Sala Regional, por la Sala Superior, ese es un criterio.
También los criterios que se emitieron por la Comisión de Quejas y Denuncias, competente para hacer ello, respecto de la tutela inhibitoria, y a su vez, la instrucción que ha dado la Sala Superior para que sea este Consejo General el que marque esta nueva pauta, hacer una modalidad implementada novedosa; en esa virtud, me parece que no encuentro ningún elemento que opaque la imparcialidad con la que debemos de regirnos cada uno de nosotros.
Salir a los medios públicos, expresar estas situaciones, saber la lectura del derecho, me parece que es permitido a los miembros de este Consejo y a las y los integrantes de este Consejo General. La forma como cada quien nos expresamos la elegimos nosotros en esa forma de ser particular de cada uno.
Y hasta donde alcanzo a advertir, en la recusación lo que se está señalando es que se utilizaron elementos del quehacer institucional que eran reservados, ninguno de esos yo lo advierto así, del resumen que nos pudo dar el Diputado Sergio Luna.
Y luego, hay un tema súper importante, porque al final del camino lo que tiene que ver con la transmisión durante tiempos en la campaña electoral no es un tema que se juzgó en este tema del que proviene la inhibitoria.
La inhibitoria proviene de un acto concreto, de una medida cautelar que se solicitó, en el cual se aplicó una dimensión que tiene que ver con el contenido de esas declaraciones.
Entonces, sí creo que hay que tomarla con una gran relevancia. Una recusación, una excusa también tiene que ver con que no podemos dejar de resolver lo que obligatoriamente y para lo que estamos en este Consejo General, ni porque yo me sienta, si las excusas cuando la persona se siente por vínculos de alguna amistad han sido rechazadas, veamos la historia de la Sala Superior, eh, veamos la historia, las recusaciones con mayor fuerza por el tipo de materia que se resuelve política, en donde muchas recusaciones forman parte de estrategias para evitar que haya un voto a favor o en contra de una posición que no se quiere.
Es un tema muy relevante y yo creo que en esa medida lo debemos de adoptar.
Para mí no están los elementos probados que se exigen respecto del voto. Y mi voto será, por supuesto, para que se declare improcedente la recusación.
Gracias.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera Zavala.
Tiene la palabra la consejera Dania Ravel.
Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Gracias, Presidente.
Se ha sometido a nuestra consideración una recusación. Entonces, me parece que es importante que nos manifestemos, que demos cuáles son nuestras opiniones con relación a la misma para, a fin de cuentas, poder emitir un voto.
A ver, yo no conocía este escrito de recusación hasta que se manifestó que se había presentado aquí ya en esta sesión de Consejo General. Lo estuve revisando, estuve escuchando muy atenta a las argumentaciones que se han vertido y a mí me parece también en un primer acercamiento al tema que no se actualiza una causal de recusación.
Revisé el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Primera Sala que se refiere respecto a este efecto corruptor por anticipar una decisión.
Y yo lo que advierto aquí es que se habla de anunciar una sanción.
Estamos ante una medida cautelar y, por lo tanto, estamos en una etapa precautoria, en este momento no se imponen sanciones. Por lo tanto, eso no podría actualizarse.
Han señalado también que uno de los consejeros de los cuales se pide su recusación, mencionó que este viernes se iba a delimitar el terreno de actuación del Presidente de la República.
Yo no advierto que eso conlleve una anticipación de lo que se va a hacer. A final de cuentas, decidamos que procede o no la medida cautelar, el resultado va a ser que se va a delimitar justamente el ámbito de actuación de quien preside el país.
Ahora, hay que reconocer también algo que ya ha dicho el consejero Murayama. Él preside la Comisión de Quejas y Denuncias, él ya había manifestado una opinión con relación a este tema. Ya se había sometido a su consideración de manera formal.
Lo que él piensa con relación a eso, ya obra en un documento legal. Y vamos, en su caso, pues eso ya era público, ya se sabía desde ahí cuál era la postura que él tenía y salvo que hubiera nuevos elementos, pues me parece que era predecible lo que iba a ser con posterioridad.
Ahora, he revisado también algunos de los tweets y de las entrevistas que se refieren. Por ejemplo, hay un tweet que dice: Los gobernantes no deben desde su investidura incidir ni modificar el terreno de juego para favorecer alguno de los actores políticos que participan en la contienda electoral.
Eso lo dice la Constitución desde que se hizo la reforma de 2007 y después la legal de 2008. Y eso no aplica nada más para un servidor público o para el titular de un ejecutivo, aplica absolutamente para todos, ni siquiera está personalizado.
Veo que también se dice: Nadie ha propuesto cancelar mañaneras de Andrés Manuel López Obrador, sino evitar transmisión íntegra y se lo atribuyen al consejero Lorenzo Córdova.
Ese es un criterio jurisdiccional, eso no es algo que nosotros vayamos a determinar o que todavía esté en discusión. Eso ya lo dijo la Sala Regional Especializada desde el Proceso Electoral de 2018.
Y el tema de la tutela inhibitoria, ya se dijo por parte de la Sala Superior en el REP-156/2020. Ahí ya se mencionó como una vertiente de las medidas cautelares, la tutela inmeritoria no nada más para el titular del ejecutivo federal, sino para los titulares de los ejecutivos estatales y municipales.
Entonces eso, y es un criterio que está establecido, por esos motivos yo no voy a acompañar la propuesta de recusación que se está poniendo a nuestra consideración y para mí sí es muy relevante y de hecho creo que le da sentido a que tengamos sesiones públicas que se manifiesten cuáles son pues nuestras opiniones ¿Cuáles son nuestras valoraciones jurídicas? Desde luego que no estamos exentos a equivocarnos, pero sí es importante que la ciudadanía, por un tema de rendición de cuentas y derecho a la información y para que tenga lógica que estas sesiones sean públicas, se diga por qué sí acompañamos o no una propuesta.
Gracias, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera Ravel.
Consejera el diputado Gutiérrez Luna desea hacerle una pregunta, ¿la acepta?
Señor representante, por favor.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias, Presidente.
Consejera, veo que ha hecho usted lectura de algunos fragmentos, evidentemente los menos evidentes de lo que han dicho los consejeros, pero yo quisiera saber su opinión por ejemplo de uno, Ciro Murayama, Central Electora: “…vamos a dictar esto que se llama una tutela inhibitoria, señalando con claridad el terreno de lo que está permitido y lo que no…”.
¿Eso no le parece prejuzgar?
El siguiente: “…no corresponde que el Presidente, el mandatario de su investidura interfiera en el debate política, no hace falta eso, no es necesario…”.
¿Eso no es insidioso?
¿Qué otro tema?, señaló usted que en la primera sala de la Suprema Corte se ha referido a sanciones, no cree usted que una medida precautoria restringe derechos y que igualmente causa un agravio a la persona y que debe de tener el principio de salvaguarda del debido proceso.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Para responder la consejera Dania Ravel.
Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Gracias, Presidente.
Comienzo con esto último, a mí me parece que las medidas precautorias y así se ha referido también por la doctrina jurídica, desde ningún punto de vista constituye en sanciones y lo que buscan es que las cuestiones se mantengan en el estado en que se encuentran en algún momento para que no se generen daños irreparables, por lo tanto yo no coincido con el tema de la restricción de derechos y sobre todo porque a final de cuentas estamos ante un procedimiento expedito en donde tendría que haber una resolución inmediata por parte de la autoridad competente y por lo tanto, si hubiera algo que implicara mínimamente una restricción de derechos, habría que convalidarse, o en su caso, revertirse por parte de la autoridad competente y para evitar cualquier daño irreparable.
Ahora, respecto a lo que usted menciona, a ver, me parece que yo ya lo había referido en mi primera intervención, el consejero Murayama ya había hecho pública de manera formal una postura, entonces vamos, no puede ahora decir…
Gracias.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Se agotó el tiempo, gracias.
El consejero Jaime Rivera.
Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: Gracias, Consejero Presidente.
Esta solicitud de recusación tiene el supuesto de que se ha hecho pública indebida y anticipadamente una información confidencial o por lo menos que no tiene carácter público, la verdad es que no hay en juego información confidencial o no pública, ni por su objeto y por su contenido.
La resolución de la Comisión de Quejas y Denuncias es pública y nada tiene de extraño que el Presidente de esta comisión la explique públicamente; la sentencia del Tribunal Electoral al respecto es pública y nos vincula a nosotros para resolverla y, por lo tanto, nada tiene de extraño que la expliquemos en nuestro caso.
Y ambas decisiones, la de la comisión, la del Tribunal, se enmarcan en las disposiciones constitucionales, y bueno, la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, pues asumimos que es pública, esto es obvio.
Y, por lo tanto, no existe tal confidencialidad o violación de una reserva de información, cuando se explica lo que está en juego.
El Consejero Presidente, el consejero Murayama, y otros consejeros han y hemos explicado lo que la Constitución ordena, y el marco que da a las resoluciones de la comisión y la sentencia del Tribunal.
No prejuzgaron sobre lo que hoy vamos a resolver, en todo caso, alguien anunció que hoy se va a resolver.
No hay, por lo tanto, motivos para la re-acusación solicitada.
Es cuanto, Consejero Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejero Rivera.
El consejero, perdóneme, el representante de MORENA desea hacerle una pregunta, consejero, ¿acepta la moción?
Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: Sí.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Señor representante, por favor.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias, gracias consejero Rivera.
Estamos todos de acuerdo que el asunto que apenas se va a conocer, no se ha resuelto, no ha habido ningún pronunciamiento sobre esta autoridad que lo va a resolver porque apenas se va a someter a consideración.
Ahora bien, el artículo 479 señala:
“Serán causas de responsabilidad para los servidores públicos del Instituto, inciso h) emitir opinión pública que implique prejuzgar sobre un asunto de su conocimiento”.
Ahora bien, a usted no le parece que la expresión del consejero Ciro Murayama “vamos a dictar esto que se llama una tutela inhibitoria, señalando con claridad el terreno de lo que está permitido y lo que no”, ¿es prejuzgar?, ¿usted cree que no?, “vamos a dictar una tutela inhibitoria”, “vamos a dictar una tutela inhibitoria”, eso apenas va a suceder, él ya se adelantó.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Para responder, el consejero Rivera.
Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: La tutela inhibitoria fue algo resuelto por la Comisión de Quejas, es lo que se ha explicado, no veo que se configure lo que usted supone.
Gracias.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejero Rivera.
¿Alguna otra intervención en segunda ronda?
En tercera ronda, el señor representante de MORENA, el diputado Sergio Gutiérrez.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias, Presidente.
Yo creo que se resisten ustedes, consejero Córdova y consejero Murayama, a entender que al menos, de membrete son árbitro y como árbitros no pueden pronunciarse ni prejuzgar sobre asuntos sobre los que van a conocer, máxime cuando son asuntos de naturaleza jurisdiccional.
Es irrelevante, consejero Rivera, que se haya dictado una medida precautoria previamente, porque ésta fue revocada, es decir, ahorita no hay medida precautoria, apenas se va a dictar, y el decir que se va a dictar es, justamente, prejuzgar, que es lo que hizo el consejero Ciro Murayama,
Ahora, estas cuestiones, consejera Zavala, nos la invité yo, están en la ley. Lo voy a leer para terminar mi intervención, nuevamente, para que quede muy claro lo que ustedes van a votar.
Artículo 39. El Consejero Presidente, los consejeros electorales, el Secretario Ejecutivo y los demás servidores públicos del Instituto al utilizar la información reservada confidencial, yo asumo que una información que se deriva de una queja y las investigaciones de éstas sones confidenciales, y por ende también su posible resolución, salvo para el estricto ejercicio de sus funciones ni divulgarla para cualquier medio.
Y luego, otra vez, otra vez, aunque sea algo reiterativo, pero yo creo que de alguna manera puede penetrar un poco.
Artículo 479. Serán causas de responsabilidad para los servidores públicos del Instituto, inciso h), emitir opinión pública que implique prejuzgar sobre un asunto de su conocimiento.
Incluso recuerdo un caso, consejera Zavala, donde usted prejuzgó, lo tenemos documentado, fue cuando iniciaron una investigación de oficio en contra de supuestos actos que cometieron diputados federales.
Ha sido una costumbre para ustedes prejuzgar sobre los asuntos que van a resolver, y eso debe de acabarse, es una mala práctica que viola la ley, viola la Constitución, genera certeza, un efecto corruptor y viola los principios de legalidad y debido proceso.
Es cuanto.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.
¿Alguien más desea intervenir?
No hay más intervenciones.
Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: Una última, perdón.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: ¿Perdón?
Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: Yo, Murayama.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: El consejero Murayama, adelante.
Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: Sí, solo para dejar claro, a ver, creo que incluso pues me defendieron cuando leyeron mis intervenciones, decía, en los últimos meses lo que el INE ha dicho pues sí, es que las cautelares las hemos emitido en los últimos meses, de hecho, este asunto llegó por primera vez en junio.
Entonces, yo cuando hago un recuento de decisiones de la Comisión de Quejas de junio de diciembre, pues ¿qué estoy haciendo? Un recuento, eso no puede considerarse prejuzgar.
Ahora, cuando digo que vamos a emitir esta tutela, pues es que el Tribunal dijo que no le correspondía a la comisión, sino al Consejo y qué confidencial es esa información. Fíjense, está en un boletín de prensa del Tribunal Electoral.
Nosotros nos enteramos porque estaba en un boletín que nos dieron, después nos notificaron el día 10 de este mes.
Entonces, referir lo que está en un boletín es revelar, digo, en un boletín de prensa de la autoridad jurisdiccional que nos mandató a que tengamos esta sesión y traigamos este proyecto.
Eso es prejuzgar, de ninguna manera, quiero simplemente decir que, es más, en un rato vamos a tener sesión de la Comisión de Quejas, nunca he hablado cuando me toca pronunciarme sobre un asunto antes de que la comisión ocurra.
Y así lo haré esta vez y lo he hecho siempre, nunca me he pronunciado sobre un asunto.
Sobre este particular ya me había pronunciado desde que la comisión dictó la cautelar el 30 de diciembre, eso es público.
Y luego dije que iba a venir aquí, porque el Tribunal así nos los mandató.
Lo único que a lo mejor era confidencial es que era el viernes, pero es que el martes nos pusimos de acuerdo que el viernes lo íbamos a traer, pero pues no creo que eso afecte la investigación.
Nada más.
Gracias.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejero.
La consejera Claudia Zavala.
Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: No me gusta intervenir para personalizar, porque creo que esta no es la función de este Consejo.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Consejera, ¿me permite nada más interrumpir?
Perdóneme, nada más como para efectos de conducción de la sesión, ver si pueden los colegas, porque no me gustaría que alguien acusara de una mala conducción a la presidencia del Consejo en un tema tan delicado, en donde la propia presidencia está siendo sometida a juicio.
Entonces, los colegas nada más del cronómetro, si podemos revisarlo porque lo estoy perdiendo de vista y no está corriendo.
Discúlpeme, consejera Zavala, por haberla interrumpido, pero en un tema que es tan relevante y tan sensible no quisiera que alguien me acusara de mala conducción.
Ofrezco una disculpa y le pido a los colegas. De otra manera, pongo yo mi propio cronómetro.
Consejera.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Ya está, Presidente, corregido.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias.
Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Muchas gracias, Presidente.
No me gusta intervenir normalmente porque no creo que es personalizar, hay que argumentar, hay que dar razones.
Pero creo que hay una equivocación, hay un error de describir lo que va a pasar con emitir la decisión de lo que se tiene que resolver en un caso.
La verdad es que no veo yo los elementos. La descripción, ya he sido enfática, han sido criterios jurisprudenciales, han sido criterios que ya se habían adoptado. Se dijo que este viernes se iba a resolver en el Consejo, pues ´si se va a resolver, hoy se va a resolver, ¿en qué sentido? No sabemos.
Está una propuesta, se podrá someter a votación. Pero eso no implica prejuzgar. Y vuelvo a reiterar, la determinación de un tema de recusación es con pruebas respecto de eso y no las responsabilidades que se están refiriendo.
Tiene que ver con la función tan importante y relevante de una autoridad de estado para resolver temas que muchas veces pues son incómodos para algunos intereses, ni modo. Estamos aquí para hacer imparciales, para ser independientes y para decidir lo que nos toque decidir en esta materia tan bonita, pero tan compleja como es la materia político-electoral.
Gracias.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera Zavala.
¿Alguna otra intervención?
Si no hay más intervenciones, no las hay, le voy a pedir, señor Secretario que atienda la solicitud que nos ha formulado el señor representante de Morena, en el que se plantea la recusación de dos integrantes del Consejo, pidiéndole que tome la votación de manera sucesiva para permitirnos evidentemente a quienes estamos imputados abstenernos de la votación.
Por favor, señor Secretario.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Sí, señor Presidente.
Voy, primero, a someter a la consideración de los miembros del Consejo su caso; y, en segunda instancia, el caso del consejero Murayama.
Señoras y señores consejeros electorales, someto a su consideración si resulta procedente o improcedente la solicitud de recusa que se presenta en relación al Consejero Presidente, el doctor Lorenzo Córdova.
Consejera Norma De La Cruz.
Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: Perdón, Secretario.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Norma De La Cruz, procedente o improcedente la solicitud de recusa para el caso del Consejero Presidente.
Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: Sí, le iba sugerir, Secretario.
Que hiciera muy explícita…
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Perdón, perdón, déjame conducir la sesión, si me permiten.
Hay una moción, entiendo estamos en votación, hay una moción del consejero Rivera.
Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: Sí, en el sentido de que antes de la votación se haga muy clara, muy expresa sobre qué se va a votar, es, se trata de la solicitud de recusación que puede ser a favor o en contra.
Gracias, Consejero Presidente, y disculpe la interrupción.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Adelante, gracias por la precisión, consejero Rivera.
Proceda en esos términos, se está a favor o se está en contra de la recusación, lo que está planteando es la recusación.
Adelante, Secretario.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Norma De la Cruz, a favor o en contra de la recusación para el caso del Consejero Presidente, en primera instancia.
Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Uuc-kib Espadas.
Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: Improcedente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Adriana Favela.
Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: Improcedente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Martín Faz.
Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Carla Humphrey.
Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Ciro Murayama.
Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Dania Ravel.
Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Jaime Rivera.
Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero José Roberto Ruiz.
Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Claudia Zavala.
Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Improcedente la solicitud.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Muchas gracias.
En el caso del Consejero Presidente hay 10 votos que manifiestan improcedente la propuesta de recusa.
Ahora, para el caso del consejero Murayama.
Consejera Norma De La Cruz.
Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña: Improcedente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Uuc-kib Espadas.
Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: Improcedente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Adriana Favela.
Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: Improcedente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Martín Faz.
Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: Improcedente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Carla Humphrey.
Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Dania Ravel.
Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: En contra de la procedencia.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Jaime Rivera.
Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: Improcedente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero José Roberto Ruiz.
Consejero Ruiz.
Consejero Ruiz, lo perdimos, vuelvo con él en un momento.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Claudia Zavala.
Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Improcedente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Lorenzo Córdova, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Improcedente.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero José Roberto Ruiz.
Sigo sin tener el voto del consejero Ruiz, al parecer perdimos la conexión con él.
Serían de cualquier manera, Presidente, nueve votos por la improcedencia y también en el caso del consejero Ciro Murayama.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor Secretario.
En virtud de la improcedencia por unanimidad de los integrantes del Consejo, de quienes nos hemos pronunciado, procede ahora dar cuenta o entrar a la discusión del punto único del orden del día de esta sesión.
Le ruego, señor Secretario, que dé cuenta del mismo.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Con gusto, Presidente.
El punto único del orden del día es el relativo al Proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, respecto de la solicitud de medidas cautelares formulada por el Partido de la Revolución Democrática, por la presunta violación a lo establecido en los artículos 41 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, atribuible al Presidente de México dentro del Procedimiento Especial Sancionador UT/SCG/PE/PRD/CG/106/PEF/13/2020, en acatamiento a lo establecido por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la sentencia dictada en el recurso de revisión del Procedimiento Especial Sancionador SUB-REC-3/2021.
Y aprovecho, Presidente, para motivos del acta, dar fe que están presentes también en la sesión, el diputado Silvano Garay, el diputado Marco Gómez, el senador Juan Antonio Martín de Campo, la diputada Claudia Pastor, ya la había mencionado, los señores representantes Luis Antonio González Roldán, el maestro Pedro Vázquez y el doctor Miguel Ángel Jiménez.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor Secretario.
Colegas, está a su consideración el proyecto de acuerdo mencionado.
En primera instancia tenemos anotados ya algunos integrantes, en primera instancia le voy a dar la palabra al consejero Ciro Murayama, después al licenciado Clemente Ávila, representante del PRD; al maestro Víctor Hugo Sondón, representante del PAN; después al diputado Alejandro Viedma, consejero del Poder Legislativo de MORENA, en este orden, hasta ahora la diputada Almaguer se acaba de sumar.
Por favor, consejero Murayama.
Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: Conviene empezar delimitando la materia del proyecto de acatamiento que está a consideración de este Consejo.
La sentencia de la Sala Superior del Tribunal que nos tiene se refirió a la medida cautelar en su vertiente inhibitoria, que emitió la Comisión de Quejas y Denuncias el 30 de diciembre pasado.
A la vez, hay otro debate público sobre los alcances del artículo 41 constitucional, en lo que toca a la suspensión de toda propaganda gubernamental, durante las campañas electorales, pero ese tema, si debe haber o deben transmitirse íntegras las mañaneras durante abril y mayo de 2021, no es parte de nuestro debate de hoy, no nos confundamos, el objeto del proyecto de hoy, se circunscribe al contenido de las mañaneras, por orden del Tribunal, más no de su transmisión, eso es harina de otro costal.
Sentémonos entonces en este proyecto, permítanme, centrándonos en este proyecto, permítanme exponer los antecedentes cercanos de las cautelares que la Comisión de Quejas y Denuncias, ha emitido sobre dichos en las conferencias matutinas del titular del ejecutivo.
En junio de 2020, el PAN presentó una queja y solicitó que dictáramos medidas cautelares contra el Presidente de la República y su vocero, por declaraciones realizadas sobre un supuesto Bloque Opositor Amplio (BOA).
“En junio, la comisión no consideró oportuno emitir dichas medidas, pero acordó, cito, dadas las características y contexto del caso, el hecho de que actualmente están en curso dos procesos electorales locales, Coahuila e Hidalgo, y que a partir de septiembre próximo dan inicios los procesos electorales y federal y 32 locales en todo el país, ha lugar a reiterar las obligaciones y prohibiciones apuntadas, y particularmente señalar que si se realizan conductas posiblemente antijurídicas como la vertida en este asunto, continúan o se repiten en el futuro, entonces, esta comisión estará en condiciones de dictar medidas preventivas que correspondan”.
Fin de la cita.
Subrayo, “si se llegaban a repetir o continuaban declaraciones sobre los actores político-electorales, vendrían entonces las medidas preventivas, ese criterio expreso de la Comisión de Quejas fue validado por la Sala Superior del Tribunal, después en diciembre, tras una gira por Baja California y una conferencia mañanera donde el mandatario se refirió críticamente a la alianza de distintos partidos de oposición, estos presentaron una queja a partir de la cual la comisión determinó con base en lo que había advertido previamente.
Emitir una medida cautelar contra el Presidente de la República, lo que ocurrió el 4 de diciembre, el día 14 la Sala Superior revocó tal medida, pero ojo, a la vez vinculó a los titulares de los poderes ejecutivos, federal, estatal y municipal a fin de que se apeguen a los principios constitucionales que rigen los procesos electorales y observen de manera estricta las disposiciones previstas en la normativa correspondiente”.
Fin de cita.
Es decir, mandató a los servidores públicos inhibirse de actos distantes de la neutralidad electoral a que están obligados, hacia el final de 2020, después de que la conferencia del 23 de diciembre del mandatario volviese a hacer referencia en términos negativos a una eventual alianza entre distintos partidos de oposición, recibimos una nueva queja y con base en la determinación del Tribunal del 14 de diciembre, donde vinculó a los gobernantes a respetar el 134 constitucional, la comisión dictó la medida cautelar en su vertiente inhibitoria, esa decisión fue revocada por la Sala Superior del Tribunal en una votación dividida de solo cinco magistrado en la que demás mandata a que sea este Consejo General quien se pronuncie sobre los parámetros a los que deberá ajustarse el titular del ejecutivo en sus conferencias.
En concreto el Tribunal considero que cito: “…dada la naturaleza extraordinaria de “Las Mañaneras”, a la luz del modelo tradicional de comunicación gubernamental, resulta insuficiente el análisis aislado de las manifestaciones que se controvierten en el presente Procedimiento Especial Sancionador para justificar la medida inhibitoria…”.
Y nos ordenó que, vuelvo a citar: “…las dediciones relacionadas con justar el actuar del ejecutivo federal a los principios que tradicionalmente influyen en la comunicación política y con ello evitar una afectación de la equidad e imparcialidad, deben generarse por el máximo órgano de dirección de la autoridad electoral nacional con base en parámetros objetivo, que arrojen claridad para que en el futuro el mencionad funcionario pueda ejercitar el mecanismo de comunicación analizado sin caer en posibles violaciones al sistema normativo constitucional y electoral…”.
Fin de la cita.
El Tribunal nos pide pues fijar parámetros para evitar una afectación a la equidad e imparcialidad desde “Las Mañaneras”, cabe recordar aquí que si se vela por la equidad y la imparcialidad es porque esos valores están incluidos en la constitución, precisamente para evitar que quien esté en el gobierno sea quien sea dañe las condiciones de la competencia electoral, uno de los acuerdos amplios, luego de la crisis postelectoral de 2006 que se reflejó en la reforma constitucional de 2007, fue precisamente la reforma de los artículos 41 y 134 de la Carta Marga.
Los gobernantes deben conducirse con neutralidad, su responsabilidad e investidura les impiden ser actores electorales, no les compete a quienes gobiernan, tratar de dañar o favorecer a opción política alguna, quizá en otros países sea usual que mandatarios nacionales o locales fustiguen a las oposiciones y alaguen a sus partidos, pero en nuestro caso, no es mientras la constitución vigente diga lo que dice.
Ahora bien, dado que el Tribunal nos mandata delinear los parámetros objetivos para que el Presidente pueda comunicarse en sus conferencias, cito: “…sin caer en posibles violaciones al sistema normativo constitucional electoral, el proyecto a nuestra consideración propone que el Presidente y en extensión al conjunto de servidores públicos que tienen el deber de neutralidad, eviten formular posicionamientos, expresiones o valoraciones que puedan ser favorables o adversas respecto a cualquier actor político-electoral, tanto en el ámbito Federal como Local.
“En concreto, dice el proyecto que han de abstenerse de abordar temas relacionados con el ejercicio de las prerrogativas de los partidos políticos, financiamiento público y acceso a radio y televisión, vida interna de los partidos políticos nacionales y locales, candidaturas de partidos políticos e independientes, registro o postulación, entre otros, cargos de elección federal y local, etapas del proceso electoral, frentes, coaliciones, fusiones, alianzas nacionales o locales, plataformas electorales, campañas, estrategias electorales de cualquier fuerza política nacional o local, así como encuestas de intención de voto o preferencias electorales”, fin de la cita.
Como pueden apreciar, se trata de parámetros claros, objetivos, fácilmente cumplidos.
Quiero dar un ejemplo de cómo el Presidente de la República de manera atinada y en apego a la Constitución, mostró en una mañanera cómo ejercer la neutralidad electoral.
El 29 de diciembre le cuestionaron sobre la coherencia de que se forme una coalición entre Morena y el Partido Verde, a lo que el mandatario respondió, cito: “No me quiero meter en eso, no me corresponde”, fin de la cita.
Esa respuesta breve, clara es el mejor ejemplo de lo que se propone aquí.
No corresponde a los gobernantes hablar de los actores políticos ni hacer valoraciones de las opciones electorales.
Esa acertada respuesta de “no me corresponde”, que sea para todos sin distingos.
Sin equidad electoral se pone en riesgo la integridad de las elecciones.
Por ello hay que observar el deber de neutralidad de los gobernantes, de todos, hayan llegado al poder por el partido que sea.
Muchas gracias.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejero Murayama.
Tiene la palabra el licenciado Clemente Ávila, representante del PRD.
Discúlpeme, señor representante.
A través del Chat el consejero Murayama, el diputado Gutiérrez Luna, perdóneme, quiere hacer una pregunta, ¿la acepta?
Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: Sí, sí, sí.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Adelante, señor representante.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias, consejero Murayama.
En el proyecto de resolución viene una tabla, foja 37 en adelante, donde ustedes se refieren a expedientes de la Comisión de Quejas, donde señalizaron temas vinculados en la mañanera.
A partir de esto, ustedes pretenden construir una relación causa-efecto. Algo que llaman acción reiterada y sistemática para determinar la medida cautelar inhibitoria.
¿Está usted consciente, consejero Murayama, que todos esos casos que citan ahí fueron resueltos por la Sala Regional o por la Sala Superior en favor del Presidente de la República?
Y que, por lo tanto, no podrían sustentar esa causa-efecto ni a partir de esos casos que fueron en favor del Presidente que podría concluir en una ilegalidad como una acción reiterada y sistemática, ¿está usted consciente de eso?
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Para responder el consejero Murayama.
Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: Gracias.
Yo estoy al tanto de todas las resoluciones que ha tomado el Tribunal Electoral y precisamente en esta materia lo que nos dijo es que no debemos de tomar hechos aislados que son los que se consideran con las cautelares que, de manera ordinaria, ha venido emitiendo la Comisión de Quejas.
Entonces, dado que se trata de una tutela inhibitoria, que además se basa en lo que el Tribunal dijo al 14 de diciembre cuando vinculó a los gobernantes y en particular al Presidente de la República a no vulnerar el marco constitucional y legal, es que nos dice delimiten el terreno de la tutela inhibitoria para que el Presidente pueda en sus Mañaneras apegarse al marco constitucional.
Y es lo que estamos haciendo, precisamente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejero.
Tiene ahora sí la palabra el señor representante del PRD, el licenciado Ávila.
Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Muchas gracias, Presidente.
En el Partido de la Revolución Democrática nos congratulamos con la emisión del acuerdo que en esta Sesión Extraordinaria se analiza no solo porque deviene del impulso procesal que desde esta representación hemos incentivado, sino también porque con él se establece un precedente trascendental, el cual servirá de base para el presente proceso electoral y para los futuros, ya que lo que hoy se discute no es cosa menor, sino el cumplimiento de la debida observancia de lo dispuesto en nuestra Constitución Política.
La democracia en nuestro país es consecuencia de un proceso de transición, donde han intervenido muchos actores, siendo pieza fundamental los partidos políticos en los que recae la responsabilidad de representar los intereses de la sociedad y de los ciudadanos, en particular frente al ejercicio del poder.
Como consecuencia de la crisis que suscitó la elección presidencial del 2006, en el año 2007 tuvimos una reforma reactiva que logró la adición de los tres párrafos del artículo 134 constitucional, en los que se regulan la utilización de los recursos públicos a manos de servidores públicos, a fin de evitar su utilización con fines político-electorales.
Entre las tres principales vertientes son, uno, evitar que los servidores públicos atenten contra la equidad de la contienda electoral; dos, que la comunicación del gobierno se convierta en propaganda política o electoral; tres, que los servidores públicos promuevan su imagen con el dinero de todos.
Sin embargo, fue una reforma inacaba que faltó regular leyes secundarias para establecer con mayor claridad alcances de la misma, y sin embargo y en razón de ello, el INE se ha erigido como una autoridad de la materia buscando regular lo que constituye la propaganda gubernamental.
En el PRD, siempre hemos sido una izquierda activa, progresista, y lo seguiremos siendo.
Somos un partido que, como le he venido manifestando, vamos a estar velando porque se respeten las reglas de la democracia por la que tanto hemos luchado juntos con las y los ciudadanos en los últimos 31 años; porque se respete el marco constitucional; porque exista un piso parejo entre los distintos actores políticos; porque el que se deje de disfrazar un discurso gubernamental con propaganda político electoral del más bajo nivel, violentando, incluso, lo que recientemente se ha aprobado con este Consejo General al establecer dos criterios tendientes a garantizar los principios de imparcialidad y equidad de los procesos electorales federal y locales 2021.
Además, la Sala Superior ha considerado de manera reiterada que los objetivos de la regulación constitucional y legal de la propaganda gubernamental y del acceso a los medios de comunicación social consiste en evitar, principalmente, que los sujetos ajenos al proceso electoral incidan en las campañas electorales y sus resultados, así como que el poder público en todos los órdenes observen en todo tiempo una conducta de imparcialidad respecto de la competencia electoral, impidiendo la injerencia de dicho poder a favor o en contra de cualquier partido político por la persona que usted dio una candidatura a cargo de elección popular, e incluso la utilización del poder para promover ambiciones personales de índole política, con las excepciones expresamente estipuladas por el poder revisor de la Constitución.
Entre otras, puede consultarse las sentencias dictadas en los expedientes del SUP-RAP-307/2009, SUP-RAP-57/2010, SUP-RAP-11/2010 y acumulados.
Por ello, en el PRD actuamos con total congruencia, tan es así que desde el año 2015 en el juicio SUP-REP-25/2014, se creó el primer precedente relativo a la aplicación de medidas cautelares de carácter inhibitorio, en ese entonces contra el gobernador de Veracruz, y logramos crear precedente.
Ahora, en el caso concreto, buscamos evitar que la conducta violatoria y reiterada, se concrete, continúe o se repita. Estamos frente a la posibilidad de una vez por todas, de poner un límite a la conducta contumaz que viene realizando el Presidente de la República en el tema del uso indebido de recursos públicos, a fin de crear propaganda personalizada a favor del mismo y del partido que representan.
Si bien se han creado precedentes jurisdiccionales, tal como es la determinada por la Sala Regional Especializada en el expediente SREPSC-70/2009, a saber, me permito leer un fragmento y cito:
“…la realización, contenido y difusión de las mañaneras, puede considerarse propaganda gubernamental, cuya vía es un ejercicio inédito y sin precedentes de transparencia y rendición de cuentas, en voz del Presidente de México y de personas titulares de las dependencias gubernamentales.
Las mañaneras que se analizan en este procedimiento, son una nueva forma de propaganda gubernamental, cuyo límite de difusión es cuando a la par de su transmisión transcurren las frases de campaña y veda de los procesos electorales…”. Termino la cita.
Sin embargo, en sentencias emitidas por la Sala Superior, retoman de manera sesgada y al momento en que se trata del ejercicio de la libertad de expresión e información a cargo del Presidente de la República, y que en principio no Constituye propaganda gubernamental.
Sin embargo, con el presente proyecto de acuerdo que confiamos se apruebe a cargo de este pleno de este Consejo, alzamos la voz para que se deje de disfrazar, un ejercicio de comunicación con propaganda político electoral, para que se deje de confundir a la ciudadanía, para que se dejen de utilizar los medios de comunicación, a fin de ganar una ventaja de adeptos.
Lo único que estamos pidiendo es que la persona que tendría que ser el garante del respeto intrínseco a la Constitución Política, lo sea en todas sus letras, que respete, que haga memoria, que no olvide su historia, que no se traicione a sí mismo y que no se aun participante más en esta contienda electoral.
De los hechos denunciados ya se ha pronunciado la propia Sala Superior, mediante la resolución del juicio SUP-REP-156/2020 y su acumulado SUP-REP-157/2020, en el que se vinculó a las personas titulares de los poderes ejecutivo, federal, estatal y municipal, a fin de que se apegaran a los principios constitucionales que rigen los procesos electorales, como lo es el no intervenir en la competencia entre partidos políticos.
Sin embargo y a pesar de dicho mandato, el Presidente sigue pronunciándose, dando su opinión personal en pleno proceso electoral, hablando de alianzas electorales, criticando a los partidos opositores, hablando del partido del que es fundador, no como titular del ejecutivo, sino como un líder político en plena campaña electoral, con la que una vez más trasgrede ahora no solo el mandato constitucional, sino también lo ordenado por la propia Sala Superior.
Así que nosotros seguimos afirmando que las mañaneras constituyen un ejercicio abusivo del poder y un uso indebido de recursos públicos, ya que en ella se ventilan temas electorales, constituyendo un grave retroceso para las reformas electorales en la prohibición de intervención que el titular del Ejecutivo pueda tener en las contiendas electorales, así como de otros titulares u otros representantes populares, o en este caso gente de los tres niveles de gobierno.
Hoy lo que queda claro es que en este acuerdo del Instituto Nacional Electoral se establece claramente que hay una conducta reiterada y contumaz del Presidente, que hay una estrategia echada a andar desde la Presidencia de la República de manera coordinada, principalmente en “Las Mañaneras”, para que los propios empleados del Gobierno Federal sean propuestos como reporteros y puedan sembrar preguntas a modo en las cuales el Presidente de la República puede intervenir en los procesos electorales violando el artículo 41 y 134 Constitucional.
Esperamos que este Consejo General del INE siente un precedente democrático de piso parejo, y que vele porque se respeten los principios fundamentales de la democracia mexicana que tiene que ver con el tema de la equidad y de la imparcialidad y de la neutralidad que deben tener todos los funcionarios públicos en los procesos electorales.
Muchísimas gracias.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.
Antes de continuar dando la palabra, quiero pedirle al señor Secretario Ejecutivo que me auxilie con el señalamiento del cronometro, porque mi señal implica que van y vienen los, por problemas de conexión seguramente, los recuadros de la transmisión incluido el propio cronometro.
En caso, le voy a pedir señor Secretario, que en caso de las intervenciones por venir cuando llegue a ceros me lo haga saber si no he interrumpido, como lo establece el Reglamento, al orador.
Tiene la palabra ahora, el señor representante… sí, el señor representante del Partido Acción Nacional, el maestro Víctor Hugo Sondón.
Representante del PAN, Víctor Hugo Sondón Saavedra: Gracias, Presidente.
La primera violencia es la de la palabra sin hechos, la violencia de la autoridad que habla sin cumplir genera la violencia de respuesta de los hechos sin palabra, la violencia original, la violencia primera es la que ha practicado una autoridad que optó por decir lo que no hacía y por hacer lo que no decía.
Carlos Castillo Peraza.
Estimados integrantes de este Consejo, el tema que nos ocupa entraña una situación relevante que solo un transgresor de la ley y un personaje antidemocrático puede provocar, siendo incongruente con sus propias banderas políticas del pasado e incluso con su propia frustración que a pesar de ser hoy el Presidente de la República todavía no supera, pues cada que tiene oportunidad refiere y recrimina lo que en su cabeza concibió como un fraude electoral, derivado de la elección del 2006.
Nos preguntamos por qué en estricto sentido si tan convencido está de ese hecho, debería encausar y cuidar que nuestra democracia siga madurando y prosperando a través del diálogo y el consenso con los diferentes actores políticos, permitiendo el sano desarrollo de los procesos electorales.
Ya lo señalaba el poeta Antonio Machado: “Todo necio confunde valor y precio”.
Por lo que hace al titular del Poder Ejecutivo Federal en esta necedad de no asumir su papel institucional e imparcial, da un valor supremo a su malentendida libertad de expresión, pretendiendo de vista que al manifestarse sobre el presente Proceso Electoral nuestra democracia pagará caro el precio de sus islates y de sus palabras poco calibradas que se encuentran cargadas de cizaña y desprecio para los que no lo adulan, es el traje del emperador.
Lamentablemente una vez más tenemos que tratar este punto que nos exhibe en el concierto internacional, mostrando a todas luces la intención del Presidente para difundir el Proceso Electoral de forma violenta que lejos de construirse como un verdadero estadista, se dedica a atacar y denostar a todos los que no aceptan ser sometidos a sus ocurrencias y malas decisiones.
Atendiendo el llamado que se hace en este punto, exigimos se haga efectivo el cumplimiento de la ley, se respete el sistema democrático electoral, que se evite destinar recursos de cualquier tipo a favor del partido del Presidente o partidos coaligados, respeto a la voluntad ciudadana que se exprese en las urnas, no propiciar ni encauzar cualquier tipo de violencia.
Esto lo decimos en razón de que como queda expreso en el cuerpo del presente acuerdo, el Presidente se ha metido entrometiendo en el presente Proceso Electoral vulnerando los artículos 41 y 134 constitucionales, rompiendo con el principio de equidad electoral.
Ya hemos denunciado esta arbitrariedad y lo seguiremos haciendo ante las instancias competentes, al tiempo que acompañando las decisiones que emita este órgano electoral mientras estén apegadas a derecho, busquen el buen tránsito de esta elección.
Del mismo modo, esperamos una actuación digna y con independencia de acción de la instancia jurisdiccional para que se logre evitar cualquier alteración al proceso y la intromisión de diversos actores, provocando un completo desaseo electoral.
Tengamos en cuenta que los criterios que se fijen para un ente son efectivos y aplicables para todos los actores del proceso. Pongamos orden y limitemos la elección al marco de la ley.
La austeridad jurisdiccional en su vida institucional ha emitido diversos criterios y precedentes jurídicos, muchos de estos referidos en el proyecto en comento, en los cuales, como se refiere, buscan poner orden por lo que establece los siguientes postulados para el actuar de los servidores públicos dentro de los procesos electorales.
Observar en todo momento una conducta imparcial y no hacer uso del poder público a favor o en contra de cualquier partido político o candidato.
Con este acuerdo nos queda claro que el Instituto Electoral da una clara definición y el alcance de la figura denominada “tutela inhibitoria” como una medida preventiva que constituye una restricción proporcional y justificada a la libertad de expresión, lo que nos lleva a señalar que al existir una colisión de derechos en este caso como es la libertad de expresión contra los derechos políticos electorales y libertad del sufragio, imparcialidad, neutralidad y equidad, es un ejercicio de ponderación que se concluye que es el mayor daño que puede propiciar o proporcionar la intromisión del Ejecutivo en la elección, por lo que en el ánimo de no afectar la equidad en la contienda, el Ejecutivo deberá de abstenerse de abordar temas mismos que están delimitados en este acuerdo, por lo que solicitamos a este órgano que en pleno ejercicio de su autoridad haga efectivo el cumplimiento del mismo una vez que sea aprobado, publicado y notificado a las partes pertinentes.
El cuidar a la democracia nos corresponde a todos, sin importar la responsabilidad y el cargo que se ocupe, porque de no hacerlo, estaremos sentenciándola a una muerte lenta y poco digna a través de elecciones contaminadas con la parcialidad y el capricho del poder público, personificado por un gobierno que asume las fijaciones de un caudillo al que le resulta muy cómodo al tocar y trastocar el estado de derecho atacando a los árbitros, compraban los actores neutrales y alterar las reglas electorales.
Acción Nacional ha sido un propulsor de la democracia, hemos luchado y logrado cambios al sistema electoral, fuimos los primero en exigir reglas electorales justas.
Es un legado que nadie puede quitarnos ni desconocernos, es por ello que seguiremos velando y defendiendo las elecciones libres, no permitiremos retrocesos y lucharemos por hacer de este México una patria ordenada y generosa.
Es cuanto, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.
Tiene ahora la palabra el diputado Alejandro Viedma, consejero del poder legislativo de MORENA.
Consejero del Poder Legislativo de MORENA, Alejandro Viedma Velázquez: Gracias, Consejero Presidente.
Hoy llega un asunto de una importante trascendencia en donde desde nuestro punto de vista se decidirán los parámetros de censura a los que se está dispuesto llegar en nombre de la democracia, ignorando a todas luces la legalidad que a capa y espadas se dice depender en esta herradura de la democracia.
Esto porque el pasado 28 de diciembre del 2020 se presentó una queja por parte del PRD, al denunciar una supuesta intromisión del Presidente de la República en asuntos electorales, circunstancia que dio pauta a que el INE el 30 de diciembre pasado impusiera una medida cautelar, consiste en una tutela inhibitoria para que no se repitiera el acto señalado.
No obstante, ante la irregularidad de la medida cautelar, la Sala Superior determinó la falta de competencia de la Comisión de Quejas para imponer dicha medida cautelar, y estipuló que por competencia originaria correspondía a este Consejo General pronunciarse al respecto.
En este sentido, el presente proyecto retoma lo aprobado por la Comisión de Quejas y lo hace suyo cuando en realidad en el asunto planteado se está resolviendo el fondo del mismo, por lo que en nuestra consideración no debe pasarse por alto diversas consideraciones por los efectos que se busca.
En primera instancia, este proyecto de acuerdo no nos parece exhaustivo respecto de la materia de la medida cautelar, porque la autoridad electoral está fundada su determinación a partir de una falacia de generalización de dichos, supuestamente atribuibles al Presidente de la República, donde presuntamente influye en la contienda electoral.
Esta falacia se constituye a partir de un análisis aislado de un número limitado de conferencias matutinas que brinda nuestro Presidente, sin embargo, el análisis se hizo respecto de unas cuantas conferencias y respecto de ciertos momentos de las mismas, no así de todos los contenidos que se abordan.
En segunda instancia, este proyecto plantea un catálogo de situaciones y temas respecto de los cuales una persona, en este caso, el Presidente de la República no podría hablar.
Hay que decirlo con todas sus letras, censura previa.
Lo cual es inédito y para algunos, impensable.
Imagínense ustedes si esta medida fuera pareja para algunos servidores públicos aquí mismo, algunos consejeros electorales tendrían que dar de baja algunos videos recientes y publicaciones en revistas donde hacen una profunda defensa de la ley y diversas publicaciones en redes sociales, donde a nuestro parecer, sus folias y sus fobias a MORENA salen a relucir.
Sostenemos que esta autoridad no puede ni tiene facultades para generar actos y parámetros para una persona en específico, y menos puede fijar los temas por los cuales alguien puede o no hablar, porque esto es un atropello no solo a los derechos humanos, sino a los principios básicos de la democracia.
En el caso del Presidente y las mañaneras, irían contra algo muy importante, el derecho a la información de la ciudadanía, lo que no es cosa menor.
Que quede claro, el INE por medio de este acuerdo está buscando censurar y establecer de qué sí y de qué no puede hablar el Presidente de la República.
En tercera instancia y reiterado en días recientes por la Sala Superior, las mañaneras no pueden tener el mismo tratamiento que se les da a aquello que se denuncia como propaganda gubernamental, las mañaneras son un ejercicio de transparencia de gobierno abierto y buscar encuadrar un hecho que no está contemplado en la ley.
En cuarta instancia, el INE está yendo más allá de lo mandatado por la Sala Superior, porque por medio de este acuerdo está delegando su facultad originaria a la Comisión de Quejas y Denuncias, la pregunta es: ¿por qué?
Si el Tribunal Electoral dejó en claro que corresponde al INE pronunciarse respecto de la medida cautelar y de hechos insólitos futuros como el que hoy se somete a nuestra consideración, no así mandató el posicionarse en torno a ceder facultades originarias a los órganos de este Instituto.
También hay que precisar en torno a las mañaneras, el acuerdo que se está sometiendo a consideración quiere homologar el contenido de las mismas y reducirlo a que el Presidente únicamente habla de temas electorales, hecho que es notoriamente falso, ello en virtud de que si se analiza el contenido de las mismas, encontraremos temas que son abordados desde aspectos de telecomunicaciones, radiodifusión, economía, seguridad, obras públicas, asuntos internacionales, entre otros, no siendo la materia electoral el objeto que se aborda necesariamente en estos espacios.
Y particularmente en esta etapa de pandemia, se viene dando información importante sobre la estrategia nacional de vacunación.
Y, por último, en nuestra consideración, hoy por medio de este proyecto de acuerdo, el INE puede dejar un mensaje muy claro a la ciudadanía, que en nombre de la democracia y de los intereses particulares, todo se puede, incluso censurar sin limitantes a quien busca informar al pueblo, a quienes realmente se les debe rendir cuentas.
No a la censura, sí a las mañaneras.
Es cuanto, Consejero Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor representante.
Tiene ahora la palabra, la diputada Guadalupe Almaguer, consejera del Poder Legislativo del PRD.
Consejera del Poder Legislativo del PRD, María Guadalupe Almaguer Pardo: Gracias, Presidente.
Buenas tardes, nuevamente.
Garantizar la equidad de las contiendas es una de las mayores responsabilidades de las autoridades electorales en un sistema democrático, más en un entorno competitivo como lo es actualmente el sistema electoral mexicano, tanto en el ámbito federal como local.
El principio de equidad en la contienda electoral encuentra sustento en nuestra Constitución, dicha normativa tiende a garantizar expresamente el principio de igualdad de oportunidades en las contiendas electorales.
Ante ello, el pasado 28 de diciembre, mi partido, el PRD, presentó una queja en contra del Presidente López Obrador, por la indebida intromisión en el proceso electoral actualmente en curso, por promoción personalizada y la violación de los principios de equidad, imparcialidad, neutralidad, plasmados en los artículos 41 y 134 de la Constitución, derivado de las manifestaciones que realiza López Obrador en las conferencias propagandísticas mañaneras.
En este caso, la del 23 de diciembre, pero dicha violación la comete sistemáticamente en sus Mañaneras.
Me congratulo por la decisión de este Consejo General que considera por el buen derecho que resulta procedente el dictado de una medida cautelar de tipo ilicitoria por advertirse una situación fáctica, objetiva, que revela la comisión de posibles conductas antijurídicas, cuya continuación o repetición deben evitarse en el futuro, a fin de que no se sigan violando de modo irreparable los derechos y principios constitucionales que deben garantizarse y observarse en todo el tiempo y en mayor razón durante el proceso electoral.
No deben perderse de vista los argumentos y fundamentos jurídicos analizados.
Las obligaciones constitucionales y legales a cargo de las personas del Servicio Público en relación con los principios de equidad, imparcialidad y neutralidad.
El mandato de la Sala Superior, la naturaleza y características principales de las conferencias matutinas, y el estudio individual y valoración sistemática y contextual de dichas conductas, ya que estamos ante un hombre que se siente que él es el estado, que él es pueblo, que él puede impartir justicia, y que las instituciones solo las representa él.
Estamos ante un gobierno populista centralizador y que desprecia a las instituciones democráticas, por lo que no es de asombrarse que reincida la violación de la Constitución.
Ante las justificaciones de que las Mañaneras son un espacio para rendir cuentas, hay que recordar que la Sala Superior ha sostenido que se entiende por propaganda gubernamental los actos, cito, “los actos escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que llevan a cabo los servidores públicos o entidades públicas, para hacer del conocimiento de la ciudadanía la existencia de logros, programas, acciones, obras o medidas de gobierno para conseguir su aceptación”.
Por lo que estas conferencias matutinas están en esa definición.
Asimismo, la Sala Superior ha establecido en torno al principio de imparcialidad que las y los servidores públicos tienen la obligación constitucional de observarlo permanentemente y con especial atención durante las contiendas electorales.
Por lo que los hechos denunciados tuvieron verificativo el 23 de diciembre del año pasado, esto es durante la fase de precampañas del Proceso Electoral Federal 2020-2021, y en la temporalidad en la que había iniciado ya el proceso electoral local en 24 entidades federativas del país.
Por ello, celebro estas medidas cautelares y que se establezca que es necesario que el ejecutivo federal prescinda de referencias y tópicos relacionados con la materia electoral que afectan la equidad en la contienda entre los partidos políticos o influir en las preferencias electorales de la ciudadanía.
Y bajo esta directriz y perspectiva, abstenerse de abordar temas relacionados con ejercicio de las prerrogativas de los partidos políticos, su vida interna, partidos políticos nacionales y locales, candidaturas de partidos políticos e independientes, cargos de elección federal y local, etapas del proceso electoral Federal y Locales, frentes, coaliciones electorales, fusiones, alianzas nacionales o locales, plataformas electorales, campañas electorales, estrategias electorales de cualquier fuerza política nacional o local, así como encuestas de intención de voto o preferencias electorales.
Concluyendo, acompaño este acuerdo y me congratulo de él y recalco que López Obrador no actúa y no debe actuar como hombre de partido, sino de Estado al refrendar en todo el tiempo su preferencia al partido político Morena.
La sociedad mexicana no se ve representada en él ya que se ha polarizado entre liberales y conservadores, no es factor de concordia ni de unidad nacional, sino de encono social.
Utiliza las instituciones de manera facciosa, lo que tanto criticó se ha vuelto la peor versión de ese viejo régimen, se ha vuelto también repetitivo y ese viejo régimen que por años dijo combatir y se la pasa hoy generando distracciones absurdas y vergonzosas para ocultar su incapacidad de gobierno, su fracaso gubernamental.
Por lo que, aunque me vea insistente, seguiré insistiendo de manera respetuosa pero firme en este tema que hoy nos ocupa, seguir conminando al INE a seguir representándonos a toda la sociedad y a la ciudadanía que siga comportándose como lo ha venido haciendo, garante de la democracia, con imparcialidad y garantía de equidad.
Para cumplir y hacer cumplir estas medidas cautelares y garantizar, como ya lo dije, la equidad en las contiendas electorales.
Es cuanto, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, diputada Almaguer.
Tiene ahora la palabra el señor representante de Morena, el diputado Sergio Gutiérrez.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias, Presidente, muchas gracias.
El activismo político de oposición que durante algunos años han emprendido los árbitros Lorenzo Córdova y Ciro Murayama en contra de Morena y del Presidente Andrés Manuel López Obrador, hoy se ha vuelto más burdo, ilegal y faccioso.
Esa cofradía pretende censurar al Presidente de la República. Hoy les decimos: Ustedes no son la democracia. La democracia es a pesar de ustedes.
Y hoy lo que pretender hacer, viola la Constitución, la ley, los precedentes del Tribunal Electoral y, además, pretender arrobarse la cualidad de evidentes y censurar previamente las mañaneras bajo el invento de una medida cautelar inhibitoria que en realidad es una herramienta para violar los derechos fundamentales de libertad de expresión del Presidente de la República, el derecho de información de la ciudadanía y, además, pretenden inhibir y prohibir el ejercicio periodístico de los medios de comunicación.
En primer lugar, la Sala Superior les ordenó que se pronunciaran sobre un caso específico, uno, lo que sucedió en la mañanera el 23 de diciembre de 2020, y ustedes de manera ilegal se pretenden pronunciar sobre todas las mañaneras del futuro, censurándolas porque es claro que les molesta y no comprenden que el ejercicio de comunicación del Presidente de la República es un método novedoso, innovador e inédito en la historia del país.
Ustedes pretenden aplicar criterios del pasado con una intención dolosa para analizar algo completamente diferente.
En la sentencia que hoy pretenden cumplir, el Tribunal Electoral les dijo que la mañanera es un método de comunicación sui generis, que permite abordar temáticas diferentes, diarias, relevantes, que es un ejercicio de información presencial, con interlocución, que posibilita que los medios de comunicación generen cuestionamientos.
Y el Tribunal también les aclaró la diferencia entre el modelo de comunicación del Presidente López Obrador y la forma en que el antiguo régimen pontificaba.
Eso no lo tomaron en cuenta en el proyecto de resolución que hoy se analiza, porque les desmonta por completo su argumento de que las mañaneras son propaganda gubernamental, eso es lo que ustedes dicen, porque la diferencia con el antiguo régimen es que en aquella época la propaganda se compraba con dinero, ahora la comunicación, que no propaganda, que realiza el Presidente López Obrador en las mañaneras, es algo inédito que no encuadra en esos parámetros.
Incluso en su proyecto de acuerdo ustedes mismos señalan que las conferencias mañaneras podrían enmarcarse dentro de un esquema de comunicación pública y oficial que puede equipararse a propaganda gubernamental. Ni siquiera ustedes mismos son categoría.
Y justamente ese hecho indefinido, futuro e incierto, y que además ustedes mismos califican como posibles, les impide dictar una medida inhibitoria. Eso es un despropósito, porque el Consejo General, a través de una medida cautelar inhibitoria, pretende privar al Presidente López Obrador, de su derecho de libre manifestación de ideas a priori.
En su afán persecutorio, propio de la inquisición medieval, incluso variaron la litis del asunto, variaron la litis del asunto, porque se dieron a la tarea de analizar diversos contenidos de mañaneras pasadas que no son objeto del asunto bajo análisis, lo que le decía hace un rato consejero Murayama, a efecto de a partir de eso pretender construir una relación de causa-efecto, y convertirse en Madame Sassu, porque ahora ustedes adivinan el futuro.
Además, otra gran deficiencia y dolo que contiene su proyecto es que invocan diversos precedentes del Tribunal, que son inaplicables al caso; por ejemplo, a lo que en materia de comunicación sucedió en la época de Calderón y no son aplicables por dos razones: primero, porque existe otro marco constitucional; y segundo, porque como ya les dijo el propio Tribunal, no yo, lo dijo el Tribunal, el modelo de comunicación de las mañaneras, eso es algo inédito.
En ese sentido, todos los precedentes que invocan son inaplicables.
Pero ahora les voy a recetar una serie de precedentes que sí son aplicables y que ustedes se les olvidaron, ¿no?, no son un árbitro, un tribunal de inquisición, y son los siguientes precedentes:
Uno, SREPSC70 del 19, la Sala Especializada les dijo que no existió promoción personalizada, que si el Presidente realiza manifestaciones de acciones de gobierno, en ningún momento se le atribuyen a título personal.
Dos, SREPSC4 del 20, la Sala Especializada resolvió que, al difundirse noticias, notas informativas, programas de opinión, o en general cualquier género periodístico sobre el Presidente López Obrador no constituye, en principio, propaganda electoral.
3. SUP-REP- 109 del 20. Cuando se expuso en “La Mañanera” el documento “rescatemos México” que hizo el BOA, la Sala Superior resolvió que existió la presunción de un auténtico ejercicio periodístico porque las temáticas no encuadraron dentro del concepto de propaganda gubernamental, dijo la Sala que del análisis integral del contenido no se desprende que estuviera dirigido a influir en las preferencias electorales.
4. SRE-PSC-30 del 20. La Sala Regional declaró que no hay promoción personalizada ni vulneración al principio de imparcialidad ni uso indebido de recursos públicos en “Las Mañaneras” del Presidente.
5. SUP-REP-183 del 20. La Sala confirmó lo que dijo el Presidente de la República, que se tratan de opiniones personales cuando se refirió a la alianza entre el PRI y el PAN, “ese famoso “Tumor” que hoy nació y que vamos a extirpar”, donde se señaló que el Presidente que realiza expresiones relacionadas con procesos electorales o posibles alianzas entre partidos políticos, no está prohibido, y que esas expresiones no implican un posicionamiento para influir en las preferencias electorales.
6. La Sala revocó una vez más las medidas cautelares que ustedes habían dictado porque, como les hemos argumentado, no existen elementos objetivos sobre la posible repetición de las conductas denunciadas.
Dijo la Sala que ha sido un criterio reiterado, que no se pueden dictar medidas sobre actos futuros inciertos, ya se los dijo la Sala.
Así de claro está el panorama para el caso específico de “Las Mañaneras” pero ustedes están cerrando los ojos, buscan precedentes de otra época, asuntos inaplicables para construir una retórica de censura, una prohibición, tienen una actitud retrograda, están violando el artículo 233 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, porque, aunque no les guste están obligados a observar los criterios del Tribunal, pero se creen soberanos, excelsos, supremos, absolutos.
En toda esta polémica, además ustedes si han abusado de sus cuentas institucionales del INE, las han utilizado sin pudor, han utilizado sin pudor su órgano de Comunicación Social para difundir su parcialidad.
Ustedes consejeros, Ciro y Lorenzo, Lorenzo y Ciro, sí están violando la Constitución, les imponen la obligación de imparcialidad que como árbitros deben tener.
Está claro que para todo México ustedes se han decantado para hacer el trabajo sucio a la ultraderecha.
Hoy se quitan las máscaras, yo estoy de acuerdo con eso, es bueno que se quiten las máscaras, que sean congruentes y que tengan el valor de definirse ya. Su destino está con Claudio X González, no tiene el INE, fingiendo ser demócratas.
Es cuanto, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Señor representante, el Diputado Viedma desea hacerle una pregunta, ¿la acepta?
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Con gusto.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Diputado Viedma, por favor.
Consejero del Poder Legislativo de MORENA, Alejandro Viedma Velázquez: Gracias.
Representante, usted recuerda algún otro momento de otros consejeros electorales o de miembros del Consejo General en donde hayan tenido un activismo intenso a través de sus cuentas, a través de publicaciones y a través de distintos posicionamientos públicos contra determinadas acciones o contra determinados personajes o partidos de la vida pública, o estamos ante una situación inédita.
Gracias.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Para responderle al diputado de Morena, el representante de Morena.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias.
No Consejero del Poder Legislativo Viedma, es una situación que ha venido creciendo, encabezada por el Consejero Lorenzo Córdova y por el consejero Ciro Murayama, que se han dedicado a tender una campaña utilizando medios institucionales para fijar su posición, muchas veces en contra de Morena, particularmente el consejero Ciro Murayama, por ejemplo, ha traído una estrategia política para decir que el reparto o la asignación de diputados de representación proporcional no debe ser como está en la ley, bueno, pues tendrá que ser diputado.
Podría ser a lo mejor diputado por esta alianza que encabeza Claudio X González y proponer en su momento una reforma a la ley electoral para que la distribución se haga como él considera.
Pero como árbitros tienen la obligación de conducirse con imparcialidad. Como árbitros tienen la obligación de utilizar los canales institucionales del INE de manera objetiva y no como una agenda personal. Nunca se había dado esta situación, consejero Viedma.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor representante.
Ahora tiene la palabra el senador Juan Antonio.
Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Presidente, perdón.
Si me aceptaba una pregunta el representante de Morena.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Ah, le ofrezco una disculpa.
Señor representante, ¿acepta la pregunta, la moción?
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: No vi quién era, pero sí, adelante.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: El señor representante del PRD.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Adelante, adelante.
Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Gracias.
Para sembrar también una pregunta como la de hace rato del consejero Viedma.
Siembro la pregunta, voy a transcribir lo que dice el Presidente de la República para ver si usted considera que eso es intervenir en los procesos electorales, página 10 del acuerdo que nos presenta el INE, minuto 12 con 13: ¿López Obrador qué opinión merece los comentarios que hicieron ayer los líderes de la alianza?
López Obrador dice: “Es algo natural, obvio. Ellos se están agrupando porque ellos representan el antiguo régimen, ellos mandaron, ellos dominaron los últimos 40 años y lo hicieron asociados simulando que eran distintos. Ahora ya como están llevando a cabo una transformación en el país, se quitan las máscaras y abrazan formalmente para defender el antiguo régimen, defender los privilegios, lo que significó la política neoliberal, el ejercicio para las minorías, la corrupción, el empobrecimiento del pueblo, la inseguridad”.
En la página 11 habla de que espera que tengan una representación mayoritaria en la Cámara de Diputados.
¿Usted cree que estas afirmaciones no son intervenir en el Proceso Electoral por parte del Presidente López Obrador?
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Señor representante, por favor.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Yo creo que le hace falta ver más box, mi querido representante del PRD. Y le recomiendo que lea una sentencia, la sentencia SUP-REP-183/2020, donde la Sala confirmó lo que dijo el Presidente de la República que se trataban de opiniones personales, cuando se refirió a la alianza entre el PRI y el PAN, el famoso tumor, que señaló que el Presidente realice expresiones relacionadas con procesos electorales y posibles alianzas entre partidos políticos no está prohibido y que esas expresiones no implican un posicionamiento para influir en las preferencias electorales.
Yo sé que esto no les gusta a muchos consejeros, pero esto es lo vigente. Esto es lo que ustedes deben resolver. Esto es lo que tienen que observar. No les gusta, les molesta, eso es otra cosa, pero aquí está su obligación por ley de los criterios que ha sostenido el Tribunal y que son los mismos que se señalan en el proyecto nada más que no concluyeron ahí con las sentencias que le dieron la razón al Presidente…
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.
Tiene ahora la palabra, sí, ah, la diputada Almaguer quiere hacer una moción.
Consejera del Poder Legislativo del PRD, María Guadalupe Almaguer Pardo: Presidente, preguntarle al señor Gutiérrez Luna, si me permite.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Si la acepta el señor representante de MORENA.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Sí, todas Presidente, adelante.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, diputada.
Consejera del Poder Legislativo del PRD, María Guadalupe Almaguer Pardo: A razón de lo que usted me responde diputado, a mi compañero Ángel Ávila, puede decirme entonces usted, cuál es el horario del Presidente de la República y en qué horas deja de ser Presidente de la República.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Para responder, el señor representante de MORENA.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Evidentemente diputada, el Presidente de la República trabaja en todo momento, en todo momento está preocupado, él empieza a trabajar mucho antes que muchos consejeros electorales de aquí, a las 6:00 de la mañana ya está, como usted sabe, en la reunión de gabinete de seguridad, trabajando, pero también es una persona, pero también tiene derecho a libertad de expresión y no se lo pueden censurar ustedes y de ninguna manera pueden variar los criterios que ya se han establecido para darle otro matiz a lo que ya (falla de transmisión) como se ha venido juzgando.
La mañanera es un ejercicio periodístico inédito, que no se puede juzgar o reprimir bajo los criterios del calderonato, como ustedes lo pretenden hacer.
Aquellos momentos que no queremos recordar, no son aplicables para este novedoso sistema de comunicación directo que por primera vez en la historia se tiene.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.
Bien, ahora tiene la palabra el senador Juan Antonio Martín del Campo, consejero del Poder Legislativo del Partido Acción Nacional.
Consejero del Poder Legislativo del PAN, Juan Antonio Martín del Campo: Gracias a todos y todas, consejeros representantes de los partidos, primero qué bueno que sabíamos que no era procedente la lectura de acusación, eso es, por un lado, qué bueno.
Y segundo, bueno, ese dictamen que existe este acompañamiento es una resolución, pues, por parte del Tribunal, que, por lo tanto, bueno, el Instituto tiene que hacer este dictamen y en la cual estamos de acuerdo.
Y segundo, he escuchado con atención desde el inicio de esta sesión, el representante sobre todo de MORENA, el que el hacer, el lanzarse en contra de dos consejeros en donde supuestamente están prejuzgando, en donde no se tuvo que dar a conocer parte de este dictamen.
Qué lástima que es legislador porque, bueno, pues todo mundo sabemos que, en comisiones, precisamente, pues es en donde se hace el trabajo y una vez teniendo ese dictamen se pasa al pleno que es lo que estamos haciendo ahorita.
No se va a hacer nada en lo obscurito como pretende, precisamente, hacer MORENA y como siempre lo ha hecho en la Cámara de Diputados y lo quiere hacer en la Cámara de Senadores.
Usted dice que el prejuzgar, nadie yo creo que estaba prejuzgando, estamos en discusión precisamente, de este punto, y en un momento más se estará tomando lo que es la votación.
El que sí juzga el Presidente, es el Presidente de la República, y realmente hace hasta linchamientos, ¿y a qué me refiero? A todos sus adversarios políticos, simple y sencillamente, bueno, pues los acusa de una cosa y de otra, y muchas de ellas ni siquiera sin fundamentos.
Yo creo que para MORENA nos queda claro, que no es lo mismo ser borracho que ser cantinero, definitivamente.
Y antes cómo decía Presidente: ¡benditas redes sociales! Y hoy simple y sencillamente quiere censurar parte de esas redes sociales.
¿Por qué? Porque anteriormente era muy fácil el poder criticar, el poder decir muchas veces sin argumentos, estar desde la oposición y hoy que es gobierno, hoy que debe de dar resultados, hoy que se le dio la confianza de los ciudadanos simple y sencillamente no ha hecho absolutamente nada. Así, nada, simple y sencillamente se le va en puros discursos.
Bueno, pues, eso nos demuestra esa piel sensible tanto al Presidente y, por supuesto, también a cada uno de los representantes de ese partido, que es Morena.
Por otro lado, yo creo que tenemos que ir también igual, cuál es el trasfondo de lo que pretende el Presidente.
El Presidente yo creo que lo ha dicho en una forma velada, por un lado y en otra forma, reiterada, el que de una de u otra forma quiere quitar al INE, lo quiere eliminar y así como al INE quiere eliminar a varios organismos autónomos y ya lo comentó en estos días, el INAI y otras instituciones, porque, supuestamente, va a tener ahorros.
No, ¡Hombre! Hay otros ahorros en otras licitaciones de este gobierno que no es nada transparente, en este gobierno que más del 70 por ciento de todas las licitaciones las da por adjudicación directa. Eso sí es corrupción, ahí está ahí es donde deben de realmente ver y analizar y no en organismos que por muchos años y por mucho tiempo se ha trabajado, precisamente, para el fortalecimiento de lo que son esas instituciones.
Entonces, pues, por un lado, también el poder quitar el padrón y no nos extrañaría, que al final de cuentas por dizque tener ahorros, pues, al final de cuentas quiera que la Secretaría de Gobernación realice lo que son las elecciones.
Y por el otro lado, las mañaneras, las famosas mañaneras, pues vemos como descalifica ahí sí a todo lo que es la oposición, una tras otra y tras otras y en este caso, él sí ve como esa gran inquisición.
Por lo tanto, bueno, tenemos un gobierno que ha sido ineficaz, ineficiente, corrupto, opaco y creo que tenemos el peor gobierno de toda la historia.
Y una vez más, bueno, pues quiere terminar con lo que son los organismos autónomos y ya lo ha demostrado.
Y qué es lo que él quiere, pues ser un gobierno autoritario y cien por ciento populista.
Por otro lado, hoy lo que se está discutiendo es simple y sencillamente acatar con la ley, así de fácil y de acatar con la ley con el artículo 134 Constitucional.
No hay en ningún momento no hay censura, simple y sencillamente es lo que marca nuestra Constitución.
Téngalo por seguro que, en este caso, Acción Nacional siempre vamos a estar a favor de lo que es la democracia, que durante muchos años ha costado a muchos hombres y mujeres el poderla construir a una gran institución como es el INE y, por supuesto, el poder fortalecer esas instituciones autónomas que dan vida, precisamente y dan los contrapesos a nuestro querido país.
Independientemente de quien esté gobernando, por supuesto, que siempre tenemos que apostarle a un bien mayor y ese bien mayor se llama México y con todo respeto les digo a los de MORENA, ya déjense de estar criticando y viendo moros con tranchetes, ya pónganse a gobernador, que lo que quiere la gente es resultados.
Es cuanto, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, senador.
Tiene ahora la palabra el doctor Miguel Ángel, perdón, no, el maestro Pedro Vázquez, representante del Partido del Trabajo.
Representante del PT, Pedro Vázquez González: Gracias, Presidente.
Dice la Carta Democrática Interamericana en su artículo 4° que son componentes fundamentales del ejercicio de la democracia la transparencia de las actividades gubernamentales, la probidad, la responsabilidad de los gobiernos en la gestión pública, el respeto por los derechos sociales y la libertad de expresión y de prensa.
Por tanto, la libertad de expresión y el derecho de información de los mexicanos no requiere de tutela alguna como ahora propone o sugiere este Consejo General aplicando una medida cautelar de tipo inhibitoria al Presidente de la República.
En la capacidad de expresar una voluntad propia, distinta de las de otros entes, a di que en buena medida uno de los criterios de la personalidad en el derecho.
La libertad de expresión y de información son derechos fundamentales, cuyo ejercicio no deben encontrar límites y restricciones en aras de salvaguardar intereses que no nos quedan claramente establecidos.
Las personas tienen opinión, y de ellas hacen expresión, nadie tiene el derecho de prohibir o limitar la libertad de expresión, como lo consagra nuestra Carta Magna en sus artículos 6° y 7°, al considerar que la libertad de expresión es el derecho que tenemos de a pensar y a compartir con otros nuestras ideas, reflexiones y opiniones, es decir, el derecho que tenemos a razonar y dar a conocer lo que se piensa y lo que se conoce.
Este derecho incluye también la libertad de buscar, recibir y difundir ideas, opiniones e informaciones por cualquier medio y con personas de cualquier otro país.
La declaración universal de los derechos humanos determina en su artículo 19 que todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones y el de investigar y recibir informaciones y opiniones, el de difundirlas sin limitación de fronteras por cualquier medio de expresión.
Por otra parte, la declaración americana de los derechos y deberes del hombre establece en su artículo 11, toda persona tiene derecho a la libertad de investigación y opinión y de expresión y de difusión del pensamiento por cualquier medio.
Si bien en todas las épocas hubo quienes pudieron expresar sus opiniones, difundir ideas propias y ajenas y recabarlas solo con el advenimiento de las políticas que hicieron de la persona del ciudadano el depositario del poder político y, por lo tanto, su capacidad para expresar tales ideas devino un patrimonio político.
Por ello, todo el movimiento del constitucionalismo clásico o liberal consagro a la libertad de expresión como una de las libertades públicas.
Algo por lo que muchos de nosotros y de los que estamos en esta sesión, hemos luchado y lo seguiremos haciendo y es porque se elimine por completo la llamada “censura previa en los medios de comunicación de masas”, que pareciera es lo que se pretende aplicar por parte de este organismo a ese sistema novedoso de conferencias matutinas coloquialmente llamadas “mañaneras”.
La censura previa ha sido ampliamente reconocida como una medida draconiana, propia de los estados autoritarios o dictatoriales.
Se dice que esta medida es un atentado directo a las condiciones básicas de una sociedad democrática.
A través de la revisión de las ideas o información previo a su circulación a todas las sociedades, las autoridades pueden identificar aquellos que son contrarios a régimen y, por tanto, exigir que sean modificadas o eliminadas.
Con ello, el debate libre de ideas o de exigencias de transparencia y de rendición de cuentas en los asuntos públicos, quedarían subsumidos en una oscuridad total.
Las y los ciudadanos de estos países, se verían impedidos de evaluar el funcionamiento de sus autoridades y las políticas que enarbolan.
Las autoridades podrían evitar cualquier debate sobre las políticas existentes y más grave aún sería la imposibilidad de que las y los ciudadanos ampliamente persuadidos a partir de ideas e información, contrasten las diversas políticas que se implementan.
Eso no queremos para México, que sean ellos los que decidan, sobre todo ahora que son cada vez menos los países cuyos sistemas de gobierno restringen las libertades de los individuos y son más las naciones que se administran con base en la democracia y en la libertad de elección.
El desarrollo de estos modelos se sustenta en esquemas de libertad y responsabilidad. Las sociedades más avanzadas vislumbraron que el ser humano cuenta con habilidades y talentos que pueden y deben ser desarrollados para convertirlos en una mejor persona, procurarse a sí mismo una mejor calidad de vida.
Si algo tiene que sancionar esta autoridad, pues que lo haga, pero que no se pretenda callar y establecer límites y contornos a la libertad de expresión del Ejecutivo Federal, así como a la información que difunda con esa calidad en las conferencias de prensa matutinas.
Por su atención gracias, es cuánto, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.
Tiene ahora la palabra el doctor Miguel Ángel Jiménez, representante de Redes Sociales Progresistas.
Representante del Partido Redes Sociales Progresistas, Miguel Ángel Jiménez Godínez: Gracias, Consejero Presidente.
Muy breve, puntualizando el punto que estamos discutiendo.
Yo creo que es muy importante centrar la discusión en torno a qué es lo que realmente estamos discutiendo.
Pareciera que nos quieren llevar algunos a una discusión sobre libertad de expresión y es muy legítimo y es muy válido, desde luego. Hay que defender las libertades sobre las que hemos construido la democracia mexicana, nos ha costado mucho tiempo, muchos años, muchas reformas.
El consejero Murayama hizo un recuento muy puntual de cómo es que llegamos a este régimen de regulación democrática en materia de restricciones, de lo que se puede y no se puede decir respecto a los procesos electorales por parte de las autoridades, los ejecutivos federales, estatal, municipales, quienes tengan a su cargo recursos públicos.
Y es así que pues nosotros, es de todos conocido que venimos de un régimen basado en la desconfianza pero, sobre todo, en el abuso por parte de las autoridades en el ejercicio de poder, en donde las elecciones no contaban, los votos no contaban, y en donde había una maquinaria apabullante en todos los sentidos, se utilizaba la propaganda gubernamental, los recursos, la misma organización de las elecciones y que nos costó muchos años, muchas luchas, mucho trabajo de muchos honorables mexicanos y partidos políticos para construir lo que hoy tenemos y que tenemos que defender; efectivamente, un régimen de libertades.
Sin embargo, no estamos discutiendo un régimen de libertades, estamos discutiendo un régimen de equidad en la competencia, en donde desafortunadamente en México todavía no hemos logrado consolidar este régimen democrático en donde esté perfectamente regulado, y los actores tengan esta autoconciencia de saber en dónde participar y no participar para garantizar la equidad de la competencia.
Brevemente, el consejero Murayama nombró las reformas que tuvimos al 134, justamente, en esta materia, para impedir el abuso por parte de las autoridades en el ejercicio del poder y de los recursos públicos a su disposición, para influir de alguna manera en los procesos electorales.
Me voy a permitir dar lectura a la exposición de motivos del 134 de la reforma del 2007, en donde dice:
“El tercer objetivo que se persigue con la reforma propuesta, es de importancia destacada impedir que actores ajenos a los procesos electorales incidan en éstas a través de los medios de comunicación, así como elevar a rango de norma constitucional la regulación a que debe sujetarse la propaganda gubernamental de todo tipo, tanto durante las campañas como en periodos no electorales.
En México es urgente armonizar con un nuevo esquema las relaciones entre política y medios de comunicación; para lograrlo, es necesario que los poderes públicos en todos los órdenes observen en todo tiempo una conducta de imparcialidad, recalco, imparcialidad respecto de la competencia electoral”.
Es por ello que proponemos llevar al texto de nuestra Carta Magna las normas que impidan el uso del poder público a favor o en contra de cualquier partido político o candidato a cargo de dirección popular; y también el uso del mismo poder para promover ambiciones personales y de índole política.
¿Y cómo se tradujo esto en la reforma constitucional en el 134? En el penúltimo párrafo dice:
“La propaganda bajo cualquier modalidad, bajo cualquier modalidad de comunicación social que difundan como tales los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberán tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social, en ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”.
Es así que tenemos que centrar esta discusión, yo creo que no estamos ante una situación de libertad de expresión, hay mucha confusión en los medios de comunicación, y sí es muy importante centrar este debate en que estamos discutiendo una resolución que habla sobre equidad de la competencia y no sobre libertad de expresión, y que tampoco estamos discutiendo hoy la cancelación de “Las Mañaneras”, como las conocemos.
Estamos hablando de un régimen que requiere el ejercicio democrático de los liderazgos institucionales en los tres órdenes de gobierno y de todas aquellas personas que tengan acceso a recursos públicos, para abstenerse de cualquier manera, en influir de una u otra manera en el proceso electoral.
Sería cuanto, señor Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias.
Señor representante.
Tiene la palabra la, sí, la consejera Dania Ravel, después tengo anotado al diputado Silvano Garay, y si alguien más desea solicitar la palabra, le ruego me lo haga saber.
Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Gracias, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Adelante.
Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: El acuerdo que se pone a consideración de este Consejo General, tiene su origen en una queja presentada por el PRD en contra del titular del ejecutivo federal, por expresiones emitidas durante su conferencia matutina del 23 de diciembre.
El PRD consideró que los pronunciamientos del Presidente implicaban una intromisión en los procesos electorales en curso y violaban los principios de imparcialidad y equidad en la contienda.
Por ello solicitó el dictado de medidas cautelares, con el objeto de que el titular del ejecutivo federal se abstuviera de realizar pronunciamientos político-electorales, que pudieran generar inequidad en la contienda.
Reconozco que este tema no es sencillo jurídicamente hablando, tan no lo es que la Comisión de Quejas y Denuncias conoció, primero, un proyecto en donde se razonaba que, aunque los hechos denunciados pudieran ser contrarios a las disposiciones constitucionales y legales, a tratarse de declaraciones del ejecutivo que pueden ser de índole electoral, la solicitud de medidas cautelares era improcedente, porque se carecía de elementos para determinar que continuaría haciendo esas declaraciones.
Sin embargo, considerando que la Sala Superior en el REC-156/2020, dictó una tutela preventiva al Presidente, para que se abstuviera a realizar expresiones de carácter político-electoral, y previó una tutela inhibitoria de esas conductas al vincular a las y los titulares del Poder Ejecutivo Federal., Estatal y Municipal, para que se apegaran a los principios constitucionales que rigen los procesos electorales y observaron de manera estricta las disposiciones previstas en la normativa electoral, la Comisión de Quejas y Denuncias adecuó el proyecto en esos términos.
En ese sentido, siguiendo la línea argumentativa que ya había trazado la propia Sala Superior, la Comisión de Quejas y Denuncias decidió conceder una medida preventiva en su vertiente inhibitoria, para que el Presidente de México se abstuviera de continuar realizando actos que implican la posible transgresión a los principios de imparcialidad y neutralidad contenidos en el artículo 134 constitucional.
No obstante, a través de un criterio bastante audaz y sin precedentes, la Sala Superior revocó ese acuerdo y consideró que era este Consejo General y no la Comisión de Quejas, el órgano facultado para pronunciarse respecto a la tutela inhibitoria, por tratarse, cito “de una situación insólita y especial, tanto por el emisor de las conductas, el medio comisivo de las mismas, lo novedoso de las conferencias matutinas y por el tipo de tutela que se imponía”.
Es una falacia que haya temas que únicamente corresponden a la competencia de la Comisión de Quejas y Denuncias, y otros al Consejo General en cuanto a medidas cautelares se refiere, ni la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, ni el Reglamento de Quejas, en esos dos ordenamientos no existe una diferenciación respecto de la competencia del Consejo General y la Comisión de Quejas y Denuncias en materia de medidas cautelares, mucho menos existe una distribución de competencias que entienda el nivel técnico de la persona denunciada o los medios comisivos de los hechos que se denuncien.
Incluso, debe señalarse que, desde la implementación del nuevo modelo de comunicación política, hace ya más de 10 años, jamás han existido conflictos de competencia entre la Comisión de Quejas y Denuncias y el Consejo General.
El único caso que se ha conocido en el seno del Consejo General no tenía que ver con la difusión en algún medio de comunicación de algún tipo de propaganda, sino con una instrucción que dio el Consejo General para suspender temporalmente la entrega de las bases de datos del padrón electoral y de la lista nominal de electores hasta la conclusión de la investigación respectiva.
Lo que implicaba la implementación de una medida sui generis dirigida a los partidos políticos, pero aún en aquel caso, si hubiera habido un pronunciamiento por parte de la Comisión de Quejas y Denuncias, no hubiera podido haber después un pronunciamiento por parte de este Consejo General, porque una autoridad competente de este Instituto ya había emitido una determinación.
La Comisión de Quejas y Denuncias no sólo es el órgano legalmente facultado para conocer de todas las solicitudes de medidas cautelares, sino que es el órgano idóneo para hacerlo por la expedites que requiere la toma de esas decisiones a fin de no generar daños irreparables.
La determinación de la Sala Superior lo que realmente entraña es una desautorización del funcionamiento y operatividad de la Comisión de Quejas y Denuncias, lo que ipso facto genera un detrimento a la función expedita necesaria en la atención de medidas cautelares.
De facto, aunque no de jure, porque hubo una revocación, lo que se propicia es que este Consejo General se erija en órgano revisor de la Comisión de Quejas sin considerar que esa Comisión por expresa disposición legal y reglamentaria, es la autoridad competente para pronunciarse respecto a una solicitud de medidas cautelares sin distinción de ninguna índole.
Cuando se vincula a este Consejo General a que se pronuncie por un tema que ya se pronunció un órgano competente para hacerlo del propio Instituto, nos coloca en la disyuntiva de revisar y hasta modificar nuestras propias actuaciones.
Este Consejo General no es la Sala Superior, la autoridad jurisdiccional hace una analogía francamente desafortunada entre la facultad de atracción del Consejo General que busca evitar criterios contradictorios sobre un mismo tema o fijar criterios en temas trascendentales que rijan la actuación de diversas autoridades administrativas electorales con la atribución que tiene y siempre ha tenido la Comisión de Quejas y Denuncias para pronunciarse sobre cualquier solicitud de medidas cautelares sin importar quién sea el sujeto denunciado.
Basta con recordar que, desde diciembre de 2018 a la fecha, se han recibido un total de 60 quejas en contra del titular del Ejecutivo Federal, de ellas, 17 fueron por manifestaciones realizadas durante las conferencias de prensa matutinas.
En éstas se solicitó el dictado de medidas cautelares y la Comisión se ha pronunciado en cada una de ellas sin que la Sala Superior haya determinado que la Comisión era incompetente para pronunciarse.
Debemos recordar que una de las principales motivaciones de la reforma electoral que dio origen al modelo de comunicación política que tenemos, fue la intervención constante del entonces presidente Vicente Fox, en el proceso electoral 2005-2006.
Sus expresiones en buena medida propiciaron que se previeran disposiciones legales tendientes a evitar que funcionarios públicos de cualquier nivel dañaran la equidad y la neutralidad en la contienda electoral.
Desde luego que acompaño el proyecto que se presenta, pues, aunque no comparto los razonamientos de la autoridad jurisdiccional para revocar la determinación de la Comisión, en estricto apego al marco normativo debemos acatar sus determinaciones.
Reitero, además, mi convencimiento de la expresa facultad que tiene la Comisión de Quejas y Denuncias para pronunciarse, respecto de todas las medidas cautelares que se pongan a su consideración, de acuerdo a lo que establece la ley y el propio Reglamento en la materia.
Por ese motivo, solamente me aparto del proyecto de acuerdo en la parte considerativa tercera, donde habla de la competencia de la Comisión de Quejas y Denuncias para dictar cautelares, entre otras, la bajo la modalidad de tutela inhibitoria y el punto de acuerdo quinto, ya que me parece que las determinaciones de ese considerando y punto de acuerdo son innecesarias.
Gracias, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias a usted, consejera Ravel.
Tiene ahora la palabra el diputado Silvano Garay, Consejero del Poder Legislativo del Partido del Trabajo.
Representante del PT, Silvano Garay Ulloa: Gracias, señor Presidente.
Compañeras consejeros, compañeros consejeros, representantes de los partidos políticos:
Creo que el tema es muy sencillo.
El hecho que pasó el día 23 de diciembre que fue recorrido, pues nada más se deben de avocar nada más a ese hecho. No a hechos anteriores de ese punto, porque ya este dictamen viene viciado de origen. Creo que lo correcto es nada más avocarse a los hechos que el representante del PRD tocó, que fueron los hechos del 23 de diciembre.
Si se aplican lo que manifestó el representante de Morena, los seis criterios que ha dado la Sala Superior, la Sala Especializada creo que esto sería importante, aplicar esos criterios que ya han estado en la Sala Especializada, en la Sala Superior. Creo que ese es el tema por el cual estamos aquí.
Si el esfuerzo es el mismo para hacer las cosas mal, para hacer las cosas bien, hacer un esfuerzo por hacer las cosas bien.
Creo que el señor Presidente, creo que ha dado una apreciación de derecho, ha sido una situación para que él sea sometido a una consulta popular, se ha sometido a temas para el desafuero.
Creo que el licenciado Obrador, hoy Presidente de la República creo que hasta el día de hoy ha dado lo que el pueblo está pidiendo, o sea, el pueblo da y el pueblo quita.
Creo que ha sido una democracia ejemplar. No es como antes.
Anteriormente una iniciativa que mandaba el Presidente a la Cámara de Diputados no se le quitaba ni una coma ni nada.
Hoy una iniciativa del Presidente en el Congreso ha sido modificada, o sea, sí hemos insistido en eso, no es como antes.
Hay una nueva realidad política, una democracia de a de veras, revocación de mandato (Falla de Transmisión)
La consulta le toca al INE organizarla, y ya está el próximo año.
Creo que hay que corregir ese dictamen, creo que no tiene tanto sentido nada más avocarse al tema del día 23, o sea, no hay que dar feria, además.
Es cuanto, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor diputado.
Tiene ahora la palabra la consejera Claudia Zavala.
Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Muchas gracias, Presidente.
En los últimos días, los medios de comunicación y las redes sociales han registrado puntualmente una importante discusión y un fuerte debate a propósito de ciertas declaraciones en el sentido de que el INE quiere censurar las conferencias de prensa matutinas del Presidente de la República.
Pues bien, como se ha expresado con anterioridad, no hay nada de esto, éste no es un tema de libertad de expresión.
En este país, a ninguna persona, a ningún grupo, a nadie se le puede censurar. La libertad de expresión es un derecho constitucional, tan es así que como podemos ver, pues muchas personas se han expresado libremente su opinión sobre este caso.
No obstante, yo creo que aquí en buena lid, creo que esta polémica ha llegado ya a una situación límite, y que si no hacemos uso de la prudencia, del equilibrio y de la razón por encima de las pasiones, podemos llegar a un escenario sumamente riesgoso para el país y la sociedad, porque para decirlo claro, la única forma de salir bien librados de esta terrible situación que está sacudiendo a la humanidad y a los países es mediante el buen funcionamiento de las instituciones nacionales de la mayor armonía y solidaridad que seamos capaces de crear entre todas y todos, a pesar, y por fortuna, de nuestras diferencias y del buen uso que hagamos del método democrático para que la representación y las autoridades políticas que surjan de las próximas elecciones gocen de la mayor confianza y apoyo ciudadano para construir entre todas y todos el camino hacia las nuevas formas de convivir en sociedad.
Si lo vemos sin exaltaciones, el tema que hoy nos ocupa no es uno que deba llamarnos al encono.
El caso es el siguiente: el 14 de diciembre de 2020, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al resolver el asunto sobre medidas cautelares relacionadas con declaraciones del Presidente estableció un mandato expreso dirigido a todas y todos los servidores públicos de todos los niveles de gobierno para que ajustaran su actuar al marco constitucional, y dijo en los términos siguientes:
Se vincula a las personas titulares de los poderes ejecutivos, federal, estatal y municipal, a fin de que se apeguen a los principios constitucionales que rigen los procesos electorales y observen de manera estricta las disposiciones previstas en la normativa correspondiente.
Lo anterior, en razón de que todas las autoridades deben velar por el respeto y el cumplimiento a los principios rectores de la materia electoral y los bienes jurídicos tutelados por el artículo 134 de la constitución y la legislación electoral aplicable.
Pues bien, el 28 de diciembre de 2020, el PRD presentó una queja ante este Instituto, al considerar que el Presidente de la República hizo declaraciones en una de sus conferencias de prensa matutina, que a su parecer afectan la equidad del proceso electoral en curso, toda vez que, en ella, además de difundir algunas acciones y logros de sus gobiernos, descalificó públicamente a una coalición en esos momentos información que no apoya a su gobierno.
Frente a esta situación, la Comisión de Quejas, tomando en como referencia la resolución de la Sala Superior, y que ya mencioné con anterioridad, estudió el caso y consideró que era aplicable la tutela cautelar en su vertiente inhibitoria.
Y esto cabe señalar que no se dictó una tutela preventiva porque la tutela inhibitoria, lo que pretende es impedir la práctica, continuación o repetición de un posible ilícito, tomando como presupuesto la simple probabilidad de ésta.
Como se ha dicho, dicha resolución de la comisión fue impugnada ante el Tribunal y este Tribunal consideró que, dadas las características del caso, lo novedoso del tema, la relevancia del mismo, debería ser este Consejo General y no la comisión, el órgano competente para conocer y resolver sobre el tema; y además dio a este Consejo General, la encomienda de definir los parámetros normativos y de tipicidad, derivado de las prohibiciones normadas que vinculaban con la tutela inhibitoria.
En ese sentido, cabe recordar que, en uno, incluso en los precedentes comentados por el representante del MORENA, el 70 del 2019, la Sala Regional Especializada, en el fondo del asunto, definió que, en este modelo de comunicación actual, una de la parte corresponde y tiene cualidades de ser propaganda gubernamental.
En esa virtud, esa decisión fue impugnada, existen varios recursos que están pendientes de resolverse hoy en la Sala Superior, pero que van a ser significativos para que pueda tomarse una definición desde la interpretación constitucional de la norma.
Y aquí me refiero a esto, precisamente, fijar estos parámetros que la propia Sala nos dijo que tenía que hacerlo el Consejo General, pues es lo que hoy nos ocupa, qué es a partir del concepto judicial de que este tipo de conferencias matutinas tienen la cualidad o tienen características de propaganda gubernamental, en atención al principio de equidad y con relación a la definición del 134 constitucional respecto de las cualidades de la propaganda electoral, debemos de decir cuáles son los posibles y las posibles contenidos que pueden tipificar algún probable ilícito.
Y reitero, esto va a ser hasta en tanto se resuelvan los recursos de revisión que están en el Tribunal Electoral, donde evidentemente se tendrá que definir con claridad el significado de este nuevo modelo de comunicación que se ha elegido desde la Presidencia de la República.
Reitero, este Consejo General solo está cumpliendo lo determinado por una resolución. Y está actuando también en la medida de los precedentes jurisdiccionales.
Se ha dicho aquí que se traen a colación otros precedentes, no. Es que fijar los parámetros como ha sido establecido por la Sala Superior, tiene que ver con los análisis contextuales y precisamente la prevención de posibles actos ilícitos.
Ese es el único ánimo que se tiene al resolver este asunto:
Uno. – Dar concreción a un mandato judicial; y,
Dos. – Fijar los parámetros de las posibilidades de ilicitud para que ningún servidor público incurra en ellos hasta en tanto tenemos la definición normativa, interpretativa de la Constitución en relación con este tipo de modelo de comunicación que se ha implementado a través de este gobierno.
La equidad en la contienda electoral tuvo un resguardo en la reforma de 2007 y creo que en esos contenidos es muy importante que todas y todos los servidores públicos, demócratas que vivimos en una democracia lo tengamos como bandera, porque la ciudadanía de verdad está esperando un comportamiento y un compromiso democrático de todos y cada uno de nosotros.
Gracias, presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera Zavala.
Tiene ahora la palabra el consejero José Roberto Ruiz Saldaña.
Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: Gracias, Presidente.
Con el permiso de todas y todos ustedes.
Quiero manifestar que no acompaño el proyecto ahora a discusión.
En primer lugar, me parece inaceptable que se desacate la sentencia que origina este proyecto.
La sentencia del Tribunal Electoral fue clara, es clara en sostener que a partir de ahora debe este Consejo General conocer y resolver asuntos de posible dictado de medidas cautelares con temáticas como la que nos ocupa.
Sin embargo, al final del proyecto se ordena que sea nuevamente la Comisión de Quejas la que vuelva a conocer este tipo de asuntos.
En efecto, la sentencia del Tribunal fue clara y contundente en colmar la laguna sobre la competencia del Consejo General en materia de medidas cautelares a tal grado que en las páginas 16 y 17, establece como Tribunal Constitucional que lo es las atribuciones que le corresponden, por una parte, a la Comisión de Quejas, a los órganos desconcentrados y al Consejo General, concluyendo que éste, cito, abro cita: “…tiene competencia para emitir medidas cautelares, tratándose de criterios novedosos de importancia y trascendencia”, fin de la cita.
Como son todos aquellos que se presentarán con las mismas características del asunto ahora a discusión.
No obstante, esa claridad y decisión constitucional ahora se pretende que renunciemos como consejeras y consejeros no integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias a conocer de estos asuntos en este Consejo General.
Preocupa que se proponga desconocer la literalidad de la sentencia y que se sostenga en el proyecto ahora a discusión que, inicio una cita, “por congruencia y apego a derecho”, fin de la frase será la referida Comisión de Quejas la que deberá atender y resolver las denuncias que se presenten contra, como es el caso ahora, el Presidente de la República, reitero, cuando la Sala Superior ha ordenado que sea este Consejo General.
Por otra parte, tampoco comparto el proyecto porque considero que los pretendidos parámetros de aplicación de la medida inhibitoria en algunos casos son desproporcionados y reitera, de hecho, algo que no tenía que volver a ser, un ejercicio de aplicación llano sustentado en parámetros previamente definidos, cuando el mismo Tribunal Electoral, reitero, dejo claro que estamos ante un nuevo de comunicación gubernamental que requiere un análisis, cito el fraseo de la Sala, “a la luz de modelos de conducta distintos”, fin de la frase.
Ejemplo de esa aplicación desproporcionada, lo que es que en el proyecto se establecen a manera enunciativa y no limitativa, se lee en el mismo, tópicos relacionados con la materia electoral que el Presidente de la República tendría prohibido abordar. Esto es, temas que debe abstenerse a abordar dentro de los cuales se incluyen las etapas del proceso electoral.
En la lógica del proyecto no sería permitido lo que también sostuvo el Presidente de la República en la misma conferencia de prensa objeto de denuncia a saber y comienzo una cita:
“Ahora vienen las elecciones”, dijo el Presidente, “todos tenemos que ayudar para que las elecciones sean limpias, libres, que no se utilice dinero del presupuesto y no sólo del presupuesto federal. No se debe de utilizar dinero de los presupuestos estatales, de los presupuestos municipales, no se debe de repartir despensas, no se debe de traficar con la pobreza de la gente, desde luego, no puede haber trampas, voto libre, secreto y que el pueblo decida lo que considere”, fin de la cita del Presidente.
Y si no es desproporcionada la aplicación de pretendidos parámetros de aquello que ha de considerarse digno de inhibir o no, por lo menos el proyecto como evidencia del ejemplo que acabo de poner en esta parte es insuficiente. No nos da cuenta, entonces, si a ese grado, incluso, ese tipo de menciones también estarían prohibidas.
Por otra parte, ejemplo de un ejercicio de aplicación llano y sustentado en parámetros previamente definidos, es lo que el proyecto ofrece como naturaleza y características principales de las conferencias matutinas, que es un acto público, que novedad y que está a cargo del Presidente, que novedad y que implica el uso y ejercicio de recursos públicos y el trabajo del personal de esa dependencia gubernamental, por lo menos así se basó una versión del proyecto y que subyace a la lógica de la decisión.
En vez de abordar la especificidad de esa modalidad de comunicación, es mi convicción, entre otras cosas, que incluya más elementos como la rendición de cuentas y la obligación de informar a la ciudadanía sólo dogmáticamente se sostiene que no obstante su forma particular debe estar sujeta, es decir, las conferencias matutinas, al respeto del marco constitucional y legal en materia electoral.
En otros términos, el proyecto debería de dar más cuenta del método de comunicación sui generis, y solo después de ello y en ese marco, poner a competir derechos, principios y valores en juego.
Sin embargo, en vez de ello el proyecto opta por insistir que dicho esquema de comunicación pública y oficial puede equipararse a propaganda gubernamental y, por lo tanto, sujeta está a las restricciones y límites constitucionales y legales para su validez.
En síntesis, toda vez que el proyecto no acata en sus términos la sentencia del Tribunal Electoral, es que no la acompaño.
Muchas gracias.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejero Ruiz.
Tiene ahora la palabra la consejera Carla Humphrey.
Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: Gracias, Presidente.
Quiero manifestar diversas consideraciones y preocupaciones en torno al tema que nos ocupa.
En primer lugar, en cuanto a la sentencia en acatamiento, si bien es cierto que las sentencias se cumplen, también debe decirse que las sentencias no solo resuelven controversias, sino de manera destacada dan certeza, y en este caso particular me preocupa porque la determinación que estamos acatando, justamente no atiende este importante deber.
Se trata de una determinación ambigua que no solo no otorga certezas, sino que genera confusión en cuanto a sus alcances, como respecto del tema que la motivó y que tiene que ver con los casos en los que este Instituto debe pronunciarse sobre la procedencia de medidas cautelares, en cualquiera de sus vertientes, cautelares, preventivas o como se planea en el proyecto de carácter inhibitoria.
Al respecto, a mi juicio se trata de una sentencia que no analizó de manera integral el asunto planteado y, por lo tanto, presenta un estudio sesgado e incompleto de la cuestión.
Si bien es cierto que el gobierno de la República ha establecido un modelo novedoso de comunicación e información ante la ciudadanía, es importante precisar que ello no fue la causa fundamental o determinante de que la Comisión de Quejas y Denuncias adoptara las medidas de tutela inhibitoria.
Como puntualmente lo establece el proyecto y se discutió en las sesiones de la comisión, la causa determinante de esa decisión fue, por una parte, el tratamiento diferenciado que el titular del ejecutivo federal dio a la pregunta semejantes acerca de las coaliciones, que en esta misma sesión se han aprobado; y por otra parte, pues en diversas sesiones se ha emitido diversas expresiones que podrían llegar a considerarse de naturaleza proselitista, y por ende, de acreditarse en una resolución de fondo podrían constituir infracciones a la normatividad electoral.
La sentencia también me resulta preocupante porque desde mi óptica, desvirtúa la naturaleza del Procedimiento Especial Sancionador.
Desde su origen en 2007, se le concibió como un mecanismo de resolución sobre presuntas irregularidades de naturaleza expedita y ágil.
Más tarde se incorporó a la posibilidad de dictado de medidas cautelares y preservación de indicios, y se otorgó la competencia de resoluciones de fondo a la Sala Regional Especializada, a partir de la sustanciación que hubiera llevado a cabo esta autoridad.
Ahora bien, por disposición constitucional y legal, este Consejo General en su carácter de órgano superior, cuenta para su adecuado desarrollo de atribuciones, con órganos auxiliares como las comisiones que desahogan determinadas funciones, sin que ello implique que no tengan fuerza jurídica o no puedan surtir plenos efectos.
En el caso concreto, la sentencia que nos ocupa descalifica la competencia de la Comisión de Quejas y Denuncias, para dictar medidas de tutela inhibitoria, sin más argumento que el carácter novedoso del modelo de comunicación gubernamental vigente, y que dicha vertiente de tutela no tiene antecedentes hasta ahora, argumentos en todo caso jurídicamente endebles que no se sostienen y que han permitido que el caso que ahora nos ocupa se prolongue indefinidamente sin dar certeza a las partes de dicho procedimiento.
Por lo que se refiere al proyecto de acuerdo, me preocupa el tratamiento que se dé en el análisis de los hechos y el contexto.
Es un hecho incontrovertible que el Partido de la Revolución Democrática presentó esta queja, denunciando diversas expresiones del Presidente de la República.
En este punto, es importante no perder de vista que nos encontramos en la etapa de tutela cautelar, es decir, no se está calificando el fondo del asunto, nos encontramos en una etapa previa en la que únicamente se analiza si existen indicios de la falta que ameriten suspender o hacer cesar, dependiendo su naturaleza, los hechos que se denuncien.
No es la primera vez que estamos frente a la interferencia de funcionarios públicos en los comicios. El proyecto nos recuerda varios casos de exfuncionarios que incumplieron con dicho deber, incluso recuerdo un caso en donde se llegó a tener como consecuencia la nulidad de una elección.
Ahora bien, el proyecto que se encuentra a discusión establece la urgencia del dictado de medidas inhibitorias, sin embargo, desde mi óptica, la misma no tiene asidero jurídico ni fáctico porque los hechos denunciados, las conferencias del Presidente de la República en que habría hecho diversas manifestaciones, ya surtieron sus efectos; más aún, el proyecto da cuenta de diversas fechas que comprenden de junio a diciembre de 2020, en las que se han detectado expresiones que podría tener algún tipo de incidencia en el proceso electoral; es decir, la determinación de la tutela inhibitoria sobre la que se pronunciará este Consejo General en unos momentos, ya no se circunscribe a la queja presentada por el PRD sino que comete un análisis integral de otros hechos análogos, y en suma, de acuerdo con el proyecto, sustenta la determinación de adoptar medidas para prevenir una posible infracción a futuro que pudiera llegar a afectar el adecuado desarrollo del proceso electoral en curso.
En este sentido, es indispensable que las medidas preventivas inhibitorias que ahora se adopten, se hagan extensivas a las entidades federativas por ser personas titulares de poderes ejecutivos estatales que también realizan ejercicios como de las denominadas “Mañaneras” o conferencias de prensa, máxime si no se pierde de vista que la propia Sala Superior al dictar sentencia en el recurso de revisión del Procedimiento Especial Sancionador identificado con el número SUP-REP-156-2020, señaló que las personas servidoras públicas deben apegarse a los principios constitucionales que rigen los procesos electorales; es decir, la determinación no se circunscribió a servidores públicos o a un ámbito de gobierno determinado.
En el sentido, no acompaño el punto de acuerdo segundo, pues el mismo no ordena a conducirse con estricto apego a los principios que rigen los procesos electorales a las personas titulares de los poderes ejecutivos de las entidades federativas y, en general, a las y los servidores públicos de todo órgano y nivel de gobierno, a pesar de que ya existe un antecedente vigente.
Tampoco comparto el argumento en el sentido de que dicho señalamiento implicaría exceder los alcances de la sentencia que por esta vía se acata.
Además, dicho señalamiento constituye ya un precedente vigente que esta autoridad además se encuentra imposibilitada y no cuenta con ningún elemento para conocer las determinaciones que adoptarán las salas del Tribunal Electoral de manera anticipada a que ocurra, y si es el objetivo de las medidas que ahora se propone, es delinear una serie de reglas para que estos ejercicios de comunicación, como las conferencias “Mañaneras” y otras similares, garanticen los principios de equidad, imparcialidad y neutralidad, me parece adecuado hacer extensivo, en este punto de acuerdo segundo, tanto a las y los titulares de poderes ejecutivos de las entidades federativas como a cualquier servidor público que haga este tipo de ejercicios.
Ahora bien, en cuanto a la limitación sobre pronunciamientos acerca de distinta temática que pudiera tener incidencia en el Proceso Electoral, me preocupa el sentido del proyecto cuando afirma que se reconoce la labor informativa del Gobierno de la República, pero se afirma que dicha libertad no es absoluta y se establece una serie de restricciones que podrían trastocar el derecho de acceso a la información que le asiste a la ciudadanía y el deber de rendición de cuentas.
Por ello, también propuse que se hicieran las adecuaciones atinentes, a efecto de que las restricciones se circunscriban a los precedentes emitidos por el propio Tribunal a manera de ejemplo en la tesis de jurisprudencia 4 de 2018 y los precedentes que le dieron origen en lo que establece una relación de expresiones y términos de cuyo empleo deberán abstenerse las y los servidores públicos durante los procesos electorales, específicamente en las campañas que en este caso iniciarán en abril del siguiente año.
Ese el momento adecuado, además, para señalar que con esta determinación no se está prohibiendo la realización de las conferencias matutinas ni mucho menos se está limitando su transmisión.
Se está solicitando al ciudadano Presidente y también a las y los titulares de los Poderes Ejecutivos y a cualquier perdón a servidora pública que se abstengan de hacer señalamientos relacionados con determinados temas, debido al alcance e impacto que pueden llegar a tener en los procesos comiciales.
También haría un llamado a ver estos asuntos con prudencia, a no polarizar los debates ni en el Consejo General ni en los medios de comunicación, porque me parece muy respetuosamente que esa no es nuestra función.
Muchas gracias, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias a usted, consejera Humphrey.
Tiene ahora la palabra el consejero Martín Faz.
Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: Buenas noches.
Quisiera iniciar mi intervención comentando que entiendo las razones de la Sala Superior a partir de las cuales ordena a este Consejo General, pronunciarse respecto de la medida cautelar solicitada por considerar que estamos ante un tema novedoso y trascendental en el que se debe explorar la aplicación de un nuevo tipo de medida precautoria en su vertiente de tutela preventiva de carácter inhibitorio.
Sin embargo, también soy consciente de la lógica de premura e inmediatez que debe regir en la tramitación de las medidas cautelares, por lo que considero que el ejercicio aquí realizado en virtud del mandato del Tribunal debe ser de orden extraordinario y que una vez que este Consejo se haya pronunciado respecto de este tipo de tutela preventiva, deberá ser la Comisión de Quejas y Denuncias el órgano encargado de resolver este tipo de asuntos no solo porque la Comisión es el órgano legal y originariamente facultado para ello, sino porque es capaz de atender con la celeridad debida las diversas solicitudes de medidas cautelares presentadas en mayor medida durante el desarrollo de los procesos electorales.
En segundo lugar, expondré las razones que sustentan el sentido de mi votación respecto al dictado de la medida solicitada.
Efectivamente, nos encontramos ante un modelo de comunicación gubernamental novedoso y complejo en el que confluyen diversos elementos y se ejercitan distintos derechos.
De manera genérica, se observa que, en las conferencias de prensa realizadas por el titular del Poder Ejecutivo, se aborda una diversidad de elementos informativos de interés público, se comunican y exponen acciones de gobierno, se rinden cuentas, además de que en ella se responde a preguntas de los medios de comunicación que asisten a las mismas y que como interlocutores consideran relevantes para el interés y la opinión pública.
Eso significa que es imposible catalogar este formato de comunicación conocido coloquialmente como “la mañanera”, pues ni todo su contenido es propaganda gubernamental ni toda la conferencia es un ejercicio exclusivamente periodístico o de rendición de cuentas.
Así, lo único que se puede afirmar de dicho modelo es que mediante éste se difunde información de todo tipo, que es de interés general para los medios de comunicación y la sociedad.
Por lo que hace al derecho de la libertad de expresión, coincido plenamente en que éste constituye el pilar esencial sobre el cual se erige todo estado democrático, dado que en su dimensión individual o colectiva garantice el libre intercambio, debate y confrontación de las ideas en el caso particular sobre la conducción del país y el interés general que permite la construcción de la opinión pública.
La importancia de este derecho lo ha llegado a colocar en una posición de primus inter pares, o de preferencia respecto a otras libertades. No obstante, dicha posición no vuelve a este derecho absoluto o ilimitado, sino que le da una protección especial para que únicamente pueda ser restringido, en condiciones muy exigentes y para ello será necesario que tal restricción este prevista en la ley, persiga un fin constitucionalmente válido, sea idónea necesaria y proporcional.
Así, en el sistema jurídico mexicano, encontramos que una de las restricciones que limitan el ejercicio de la libertad de expresión de las y los servidores públicos de todos los órdenes de gobierno está prevista en el párrafo séptimo del artículo 134 de la Constitución en el que se les impone la obligación de imparcialidad con la que deben actuar, con el fin de impedir que esto se aprovechen de los recursos públicos para incurrir en la equidad de la contienda.
Esta obligación de imparcialidad elevada al rango constitucional en el 2007 es el fruto de una lucha histórica para salvaguardar la equidad de las contiendas electorales que buscaba impedir que la intervención de factores externos a los competidores electorales pudiera difundir en el resultado de la elección.
En el caso concreto, la queja y solicitud presentada por el PRD nos encontramos ante una conducta que pudiera afectar la equidad en la contienda y remarco el factor de que es posible, porque hasta el momento, ninguna autoridad jurisdiccional ha determinado que algunas de las declaraciones de naturaleza electoral que el titular del ejecutivo ha manifestado durante el desarrollo de las conferencias mañaneras sea ilícita o provoque algún grado de inequidad.
En este sentido, coincido con el proyecto de acatamiento a la necesidad de dictar una medida precautoria en la modalidad de tutela preventiva inhibitoria, pues las razones históricas me hacen concluir que cualquier posible afectación al principio de equidad debe ser evitado, porque el daño puede trascender a toda la población y menoscabar el sistema democrático mexicano, mientras que la tutela preventiva propuesta representa una restricción no grave a la libertad de expresión del titular del ejecutivo federal, pues ésta será brevísima en tiempo, debido a que la propia naturaleza del procedimiento especial sancionador obligue a las autoridades electorales a resolver el fondo del asunto en cuestión de días, además de que se limita a temas de carácter electoral con la intención de intervenir en el equilibrio de la competencia.
Dicho esto, cabe aclarar que no soy partidario de declarar catálogos de temas o palabras que especifiquen lo que se puede decir y lo que no.
A pesar de mi postura personal, la Sala Superior nos ordenó que estableciéramos parámetros objetivos que arrojen claridad para que en el futuro el ejecutivo federal pueda continuar con el ejercicio de continuación que realicen sus conferencias diarias, razón por la cual y solamente por ello acompaño el proyecto en esta parte.
Sobre este punto, vale la pena destacar que como lo indica el propio acuerdo a hablar de temas relacionados con la materia electoral se debe evitar que estos influyan en la equidad de la competencia, lo que significa que con la mera mención de estos tópicos no se entenderá de forma automática como una violación a la equidad, pues para ello es necesario que la expresión de estos tópicos tenga la intención de beneficiar o perjudicar alguna opción política electoral, generando un efecto que pudiera afectar la equidad de la contienda, o bien, influir en las preferencias electorales de la ciudadanía.
No obstante, lo ya previsto en el acuerdo a discusión, para dar mayor claridad a este contenido quisiera sugerir la incorporación de un párrafo dentro de la parte final del apartado de Efectos unos siguientes términos.
El estudio de este tipo de expresiones en todo momento será analizado por los órganos de este Instituto a la luz del párrafo séptimo del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Esto es, que los temas antes referidos no podrán ser manifestados con la intención de beneficiar a perjudicar alguna opción política electoral, es decir, tutelando que dichas expresiones se realicen en el marco de la imparcialidad y sin influir en la equidad de la contienda. De lo contrario, se podría advertir una vulneración a este precepto constitucional”, hasta ahí lo que sugiero se incorpore.
Considero que esta redacción se precia la forma en que se deberá analizar las expresiones que se emitan en un contexto similar y acota el alcance de la medida dictada, haciéndolo más puntual, pero sin gritar.
No quisiera dejar de agradecer todo el trabajo de la Unidad Técnica de lo Contencioso y la incorporación de las observaciones que les hice llegar.
Finalmente, comento que envíe observaciones por escrito que han sido circuladas a los integrantes del Consejo. Gracias.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejero Faz.
Tiene ahora la palabra la consejera Adriana Favela.
Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: Gracias, Presidente y buenas noches.
Yo anunció que estoy a favor del sentido del proyecto que se está sometiendo a nuestra consideración, porque yo también soy integrante de la Comisión de Quejas y Denuncias, ya vimos este asunto en ese ámbito y, bueno, pues yo voté en ese momento también para a favor de la tutela inhibitoria que se reitera en este proyecto que está a nuestra consideración.
Y primero quiero hacer algunas precisiones, o sea, no estamos viendo el fondo del asunto, el fondo del asunto como ya lo dijeron algunos de mis compañeros y compañeras, le corresponde a la Sala Regional Especializada, nosotros solamente estamos haciendo un estudio preliminar bajo la apariencia del buen derecho en relación con una conducta que fue denunciada por un partido político y que, desde su punto de vista, puede ser una posible conducta antijurídica.
Entonces, no estamos definiendo absolutamente nada, simplemente, estamos haciendo un análisis previo en estos términos que yo les estoy diciendo.
Aquí se han dicho varias circunstancias, que el INE quiere censurar al Presidente de la República, les digo que no.
El INE le quiere decir que sí puede o no puede hablar en las mañaneras, tampoco.
Que si se quiere… (Falla de Transmisión) las mañaneras, tampoco.
Que, si se quiere restringir la libertad de expresión, no.
Que, si se quiere hacer una censura previa, tampoco.
No estamos haciendo ninguna de estas cuestiones que se están señalando.
Primero, partimos de la base de que el Presidente de la República, obviamente, tiene la libertad de expresión y de información y que, obviamente, la puede ejercer a plenitud, pero también como funcionario público y como servidor público de primer nivel, como el Presidente de la República, pues, tiene un espacial deber de… (Falla de Transmisión) cuidado en relación, ciertas expresiones que puede realizar.
Sobre todo, ahorita en este momento donde estamos en elecciones en todo el país para renovar las diputaciones a nivel federal y para renovar 15 gubernaturas, la mayoría de los congresos locales, la mayoría de los ayuntamientos en nuestro país.
Y ahorita en todo el país estamos, precisamente, en la etapa de precampaña electoral.
Entonces, sí hay un deber de sumo cuidado, de especial cuidado, con el que se tienen que comportar, pues todos los servidores públicos, incluyendo obviamente al Presidente de la República.
Que tiene el derecho de informar, claro que tiene el derecho de informar y eso es un ejercicio de comunicación que él ha estado realizando desde que asumió el cargo de Presidente de la República, pero también tiene el deber de actuar con neutralidad, también tiene el deber de velar por la equidad en la contienda electoral y también tiene el deber de actuar con imparcialidad, ese deber lo tienen todos los servidores públicos de este país.
Ahora, ¿cuál fue la conducta que se denunció? Lo que se denunció fue lo que se dijo en una de las conferencias mañaneras, el 23 de diciembre de 2020, donde el Presidente de la República hizo una serie de expresiones relacionadas con las posibles alianzas electorales, que por cierto hoy se acaban de aprobar, e hizo una serie de manifestaciones en ese sentido, que van a buscar el regreso de un régimen antipopular, que se dio un retroceso, que se unen los conservadores, entre otras circunstancias, eso a juicio del PRD que presentó en la denuncia, pues puede ser una posible conducta antijurídica.
Ahora, nosotros en el proyecto, estamos haciendo, bueno, pues un estudio de estas expresiones y, obviamente, bueno, están acreditadas.
Y también traemos a colación, lo que ha dicho el Presidente de la República, en otras conferencias mañaneras, no porque estemos sancionando o buscando frenar algunas, lo que dijo en esa ocasión, simplemente lo tenemos como una explicación del contexto en el que se está analizando el caso concreto que se nos está planteando.
Y entonces vemos que el 9 de junio de 2020, también hizo expresiones en relación con las alianzas electorales, el 27, 28 y 29 de noviembre, también hizo un tipo de expresiones en el mismo sentido; el 30 de noviembre, el 7 de diciembre de este año.
Entonces, esto lo traemos a colación, precisamente para ubicarnos en un contexto de lo que se está dando en relación con un tema, entonces, por eso se está haciendo esa referencia para que no haya esa equivocación de que estamos juzgando estas circunstancias, que tal vez en este momento no fueron denunciadas.
Ahora, obviamente en este ejercicio de comunicación que se da por parte del Presidente de la República, es un intercambio, bueno, obviamente de preguntas y respuestas, y podríamos pensar que, bueno, no hay un control en relación con las preguntas porque los periodistas pues pueden preguntar sobre el tema, que tengan algún interés, y eso es cierto; pero en donde sí hay un control por parte del servidor público, es en relación con las respuestas que da a esas preguntas, ¿sí?
Entonces, cuando ha sido cuestionado en relación con estas alianzas electorales en relación con el PRI, con el PRD y con el Partido Acción Nacional, es expresado y ha dicho todo lo que piensa en relación con estas alianzas y por qué desde su punto de vista podría ser un retroceso para México.
Pero fíjense, el 29 de diciembre de 2020 le preguntan en relación con la alianza o coalición, que podría llevarse a cabo entre MORENA, el Partido del Trabajo y el Partido Verde Ecologista de México, y en esa ocasión adivinen en qué. Él dijo que no se podía pronunciar porque era un tema que no le correspondía y era un tema de carácter electoral.
Entonces, esto nada más lo traigo a colación porque no estamos privando de la libertad de expresión ni al Presidente de la República ni a ningún servidor público.
Tampoco estamos privando la libertad y el derecho a la información que se tiene por parte de la ciudadanía, no estamos haciendo eso. Simplemente estamos poniendo atención en temas que eventualmente pueden tener una incidencia en el Proceso Electoral.
Y nosotros como autoridad electoral lo que debemos estar velando, es porque haya una equidad en la contienda. Y cualquier acto que pueda poner en duda esta circunstancia o que pueda desequilibrar esta competencia, pues obviamente pues podemos actuar en consecuencia, máximo que en este caso hay una denuncia al respecto.
Entonces, con esto se evidencia que se pueden traer varias preguntas al servidor público y de él dependerá lo que contesta y que claro que puede evitar pronunciarse sobre temas que tengan injerencia en el Proceso Electoral y máxime que, vuelvo a repetir, en este año tenemos elecciones en todo el país. Por eso son las elecciones más importantes que hemos tenido durante la historia de México.
Ahora, obviamente pues falta que la Sala Superior se pronuncie en relación con la naturaleza de las conferencias mañaneras o como se le quiera denominar. Ojalá que pronto también haya ya un pronunciamiento por parte de la Sala Superior; y, sobre todo, pues nada más hacer un llamado a que todas las personas, los servidores públicos y todas las personas que estamos involucradas en la materia electoral, pues tenemos que actuar con muchísima responsabilidad.
De nosotros también depende de que estas elecciones pues sean las más equitativas, donde haya mayor participación y donde realmente no se pongan en duda la validez de ninguna de las elecciones.
Gracias, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, consejera Favela.
Tiene ahora la palabra el consejero Uuc-kib Espadas.
Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: Gracias.
Voy a hablar otra vez por una conexión alternativa, porque mi conexión principal no funciona bien.
A ver, yo quiero decididamente secundare la propuesta que nos hace la consejera Carla Humphrey.
Me parece que su principal virtud es que rompe el innecesario foco de este acuerdo sobre el Presidente de la República para con la legitimidad de los argumentos que ha dado, establecer medidas cautelares y previsiones para los 33 titulares del Poder Ejecutivo que tenemos en este país, el Presidente de la República y 32 gobernadores.
Miren, creo que más allá de este descubrimiento histórico que hace la Sala de que las conferencias de prensa son un invento de los últimos dos años, yo hubiera, mi sentido común me hubiera dicho que existían desde que me presenté a la primera hace 40 años, pero bueno, quién soy yo para afirmar algo si ya la Sala afirmó lo contrario.
Lo cierto del caso es que es un instrumento complejo de valorar desde la perspectiva de las prescripciones del artículo 134 y del 41, pero que además la decisión de establecer medidas cautelares ya no corresponde a este Consejo. Este Consejo se le ha dado la orden de establecer las medidas cautelares, no hay para dónde hacerse.
Miren, la prohibición de que los funcionarios opinen sobre los contendientes electorales es una vieja demanda de la oposición democrática de hace décadas, en la que yo en mis tiempos de militante participé intensamente.
Ahora bien, me parece que esto, si bien se consagró institucionalmente, legalmente, y constitucionalmente en la reforma de 2007, esta reforma se excedió para, digamos, la reforma Jarrito de Tlaquepaque, que entre otras cosas dice que los partidos no se deben de andar diciendo cosas feas durante las campañas y que los últimos golpes que vale darse tienen que son con almohadas, si no con pétalos, pues lo cierto del caso es que esa disposición que no me gusta, que además a estas alturas habiéndose roto hace algunas temporadas el régimen de partido de estado, merecería ser discutido sobre la base de un debate más amplio que permitiera a los actores políticos, decirse de todo y darse hasta con la cubeta.
Pero bien, esto no es así y llegó la ley.
Y esto lo quiero decir con todo respeto y con toda claridad para los representantes de MORENA, esta prohibición fue asumida desde 2019, sin ningún tipo de protesta ni resquemor, por el gobierno federal, esto se plasmó en el documento “Lineamientos de suspensión de la propaganda electoral”, que en este momento pido se interrumpa mi cronómetro, para solicitar al Secretario, dé lectura a los títulos principales de este documento del gobierno federal, al párrafo con el que inicia la página 3 y a su página 6, por favor.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejero.
Señor Secretario, por favor, le instruyo para que atienda la petición del consejero Uuc-kib Espadas.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Con mucho gusto, Presidente, y con mucho gusto consejero Espadas.
Se trata de un documento del gobierno de México, de la Secretaría de Bienestar y la Secretaría de la Función Pública, y en la que se intitula “Lineamientos de suspensión de propaganda gubernamental”.
El primer párrafo de la página tercera, indica:
“La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ha conceptualizado la propaganda gubernamental difundida por los poderes federales, estatales y municipales, al conjunto de actos escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones, que lleven a cabo los servidores públicos e entidades públicas, que tenga como finalidad difundir para el conocimiento de la ciudadanía la existencia de logros, programas, acciones, obras o medidas de gobierno, para conseguir su aceptación”, y hace referencia al SUP-RAP-119 de 2020 en la página 269.
Para la página sexta del documento de referencia, se señala lo siguiente:
“Con base en el artículo 134 constitucional, la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social que difundan los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente público, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social, precisando que en ningún caso esta propagada incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público dentro y fuera de los procesos electorales la propaganda que difunda la administración pública deberá cumplir con las siguientes características: ser de carácter institucional, tener fines informativos o de orientación social.
No incluir nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de servidores públicos.
No contener mensajes destinados a influir en las preferencias electorales a favor o en contra de aspirantes, precandidatos, candidatos o partidos políticos.
No incluir menciones sobre el proceso electoral o expresiones vinculadas a éste como: voto, sufragio, comicios, elección, elegir, proceso electoral y cualquier otra expresión similar.
No presentar logotipos, lemas, frases o cualquier otro tipo de referencia al gobierno federal, algún otro gobierno o bien, a sus campañas institucionales, ni elementos de propaganda personalizada de servidor público alguna.
No sé si hasta ahí, señor…
Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: Ahí está bien, muchas gracias, Secretario.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Con mucho gusto.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias.
Si colocan el contador del consejero Espadas, por favor, de nueva cuenta, colegas del área técnica.
Gracias.
Consejero Espadas, por favor.
Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: Como se puede desprender de esta lectura en la concepción de la Secretaría de la Función Pública la propaganda gubernamental no es sólo el spot pagado para anunciar sino cualquier tipo de expresión encargada de dar a conocer no nada más de convencer, sí también de convencer sobre la obra de gobierno.
Entonces, me parece que sobre esta base si bien es muy difícil pedir moderación en medio de un proceso electoral, creo que lo sensato, al menos para esta autoridad electoral, es asumir lo que ha decidido social, política y legalmente a lo largo de décadas.
Insisto, me parece que las limitaciones que se ponen no nada más a la libertad de expresión de quienes ejercer la función pública sino a las características de lo que los actores mismos del proceso electoral pueden decir son un exceso.
Espero que eso se reforme, pero mientras ese exceso esté en las leyes y derive directamente de un mandato constitucional, esta autoridad no está autorizada, no tiene la capacidad jurídica para contravenirlo, incluso, si sólo estuviera en la ley se podría aducir una interpretación conforme a los derechos humanos establecidos en la Constitución o un control de convencionalidad, pero esto topa con la letra de la Constitución.
Entonces, en ese sentido creo que hay que aceptar, que dentro de los excesos de la reforma de 2007 está la imposición cierta inequívoca, asumida por distintos gobiernos federales, incluido el actual, según se muestra en el documento al que se ha dado lectura, que sí establecen prohibiciones estrictas a los funcionarios públicos, incluyendo, particularmente y expresamente el uso de ciertos términos.
¿Esto es excesivo? Sí.
¿Es obligatorio? También.
En este sentido, me parece que lo que nos presenta la consejera Carla Humphrey, no solo es una solución para este debate, que me parece que equivocadamente se ha centrado en una figura política, sino que nos permite potenciar un acuerdo del Consejo, sacarlo de este foco de confrontación con el Presidente de la República, y establecer norma que ahora puede parecer que son ociosas.
Pero créanme que en los procesos locales establecer de una vez limitaciones a lo que los gobernadores deben evitar decir, porque podrían incurrir en falta, esos son los términos que nos ordena el Tribunal, es muy importante.
Pensemos en la experiencia que estamos teniendo en esta fricción, o para decirlo con todas sus letras, hombre, yo no tengo que consentir a nadie, este choque con el Presidente de la República, me parece que no se trata de meterse a un “pulso” y ganarlo, sino asumir una actitud más general, establecer reglas para todo mundo basándose en los fallos jurisdiccionales, en las leyes, en la experiencia de este Instituto, y sí, cómo no, en la posición del propio Gobierno Federal en relación con este tema que, reitero, se manifiesta formalmente ni más ni menos que por la Secretaría de la Función Pública.
Yo no acepto ir a un documento enfocado en imponer limitaciones a Andrés Manuel López Obrador, pero con mucho gusto me sumaré a una disposición que refleje las taxativas que ya están en nuestro marco jurídico y que, explícitamente, pida aplicarlas a todos los depositarios del Poder Ejecutivo, sea a nivel federal, sea a nivel de las entidades federativas.
Muchas gracias.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejero Espadas.
¿Alguna otra intervención, en primera ronda?
Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: Yo, Presidente, había solicitado la palabra.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Consejero Rivera, tiene toda la razón.
Es suyo el micrófono, gracias.
Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: Gracias, Consejero Presidente.
Comprendo además que omita a veces esta lectura porque a estas alturas ya empiezan a fallarnos algunos monitores.
Yo apoyo el proyecto, este proyecto de acuerdo en acatamiento de la sentencia del Tribunal.
Viéndola positivamente, la sentencia del Tribunal la entiendo como la necesidad de que el Consejo General establezca criterios generales que guíen a este Instituto en la resolución de este tipo de problemas o de este tipo de hechos, cuando se denuncien o cuando en sí mismos puedan constituir una probable infracción a las normas constitucionales y legales.
Lo entiendo así, además, porque el Tribunal considera que se trata de una modalidad de comunicación muy novedosa, y dada su trascendencia el Consejo General deberá establecer criterios, criterios que deben aplicar sus órganos.
Y aquí quiero referirme que quien deberá aplicar de manera regular a partir de criterios generales establecidos por el Consejo General para casos semejantes, es la Comisión de Quejas. Porque en ninguna parte de la sentencia el Tribunal, veo yo, que pretenda eliminar el carácter expedito que deben tener los procesos especiales sancionadores.
No pretende cancelar la función de la Comisión de Quejas ni mucho menos quitarle al Instituto la capacidad de intervenir oportunamente para evitar daños irreparables a cualquiera de los actores o de los valores que este Instituto debe tutelar.
Ahora bien, lo que da origen a la resolución de la Comisión de Quejas y a la sentencia del Tribunal, es un hecho. Un hecho en el que el autor principal fue el Presidente de la República, por eso fue la queja del PRD, un derecho que ocurrió el 23 de diciembre cuando el Presidente de la República se manifestó muy abiertamente, yo diría que muy prolijamente contra la coalición formada por tres partidos, porque descalificó con argumentos eminentemente políticos y con implicaciones electorales. De hecho, se refirió expresamente a las elecciones.
Tales expresiones sí configuran actos prohibidos expresamente por el artículo 134 constitucional. Y hay que recordar que este artículo se reformó en 2007, precisamente atendiendo reclamos de quienes consideraron que el activismo presidencial en una campaña electoral desequilibraba la contienda electoral.
Ahora bien, son criterios aplicables a todos los servidores públicos y sí me parece pertinente subrayarlo así y deberán aplicarse a todos, y al INE le tocará resolver los casos que le competan conforme a la división de competencias.
Y en esa medida creo que son medidas, son procedentes las medidas cautelares en este caso con la modalidad de tutela inhibitoria, siguiendo el criterio del propio Tribunal.
¿Qué se quiere decir con esto?
Bueno, la tutela preventiva se refiere a actos futuros pero que parezcan inminentes y que, si se dejan correr o repetirse, aceptarán con daños irreparables.
Y la tutela inhibitoria se ha de entender como una prevención frente a actos o hechos probables.
Y para sustentar la probabilidad de que algo ocurra, una de las fuentes de la probabilidad es cuando la frecuencia de los hechos, de un hecho semejante se ha dado en el pasado. Y en esa medida, me parece procedente, pertinente que sí se mencionen algunos de los precedentes, porque no es un hecho totalmente aislado, sino que ha tenido precedentes y, por lo tanto, puede tenerse la expectativa de que se repita.
Ahora bien, aunque, si bien aunque el caso que nos ocupa no es propiamente el de la propaganda gubernamental, ha habido muchas alusiones a ella, y creo que con buena razón, porque se ha dicho, por ejemplo, que la conferencia de prensa del Presidente, generalmente por las mañanas, no son propaganda gubernamental, y creo que habría que precisar, no son solo propaganda gubernamental, tienen una variedad de elementos, por ejemplo, información de interés público, orientación a la sociedad, por ejemplo, para protegerse de la pandemia, el Presidente ha dado consejos para ello, también hay propaganda gubernamental tal como lo define el Tribunal, es decir, información que busca la aceptación de los actos de gobierno, y hay eso también.
Y hay otras cosas que no son propaganda gubernamental, a veces se habla de deportes, de canciones, de cantantes, de actores, de caricaturas, la verdad es que, en la conferencia, en las conferencias matutinas del Presidente ha habido de todo.
No sé cómo se deberían de clasificar estos últimos objetos de la conferencia que he mencionado, pero bueno, no es relevante para el caso porque no le compete regularla al INE.
Sin embargo, sí le compete al IN ver aquellas expresiones en las conferencias de prensa del Presidente, o en otros espacios públicos, que en el ejercicio de su cargo emita cuando estos puedan afectar la competencia entre los partidos y rompan la imparcialidad que deben guardar todos los servidores públicos.
Por lo tanto, no se trata de censura, hay algunas restricciones en la Constitución, que efectivamente, pueden parecernos a algunos algo excesivas, pero si son de la Constitución y hay que cumplirlas.
No sé si a alguien le gustaría que tuvieran la libertad que ha tenido el Presidente Trump, para hacer campaña o para hablar de todo, pero a mí no me gustaría, pero afortunadamente también está prohibido en la Constitución.
En fin, no se trata de censura y tampoco se trata de decisiones discrecionales del Instituto, ni de este Consejo ni de su Comisión de Quejas, se trata de aplicar la Constitución tal como hoy está vigente.
Gracias.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejero Rivera.
¿Alguna otra intervención en primera ronda?
Si no hay más intervenciones en primera ronda, permítanme intervenir, pero también para evitar…
Déjenme cambiar de fuente.
Permítanme intervenir en esta primera ronda.
No voy a entrar en la lógica de personalización del debate que algunos pretenden, porque implicaría dejar de lado el papel de árbitro de la contienda electoral, que demanda el colocarnos en una postura súper partes.
El debate político electoral debe darse entre las partes en contienda y el árbitro no debe caer en la provocación que como decía Eduardo Galeano, natural y frecuentemente le tienden los jugadores.
Este proyecto que respaldo es congruente con lo que dice el artículo 134 constitucional, es congruente con los precedentes y es congruente con la actitud que este órgano electoral ha mantenido a lo largo del tiempo con independencia de qué partido esté en el gobierno.
Además, es congruente con la historia, con nuestra historia. Busca que lo que nos ocurrió en 2006 y que provocó una profunda reforma electoral en 2007, nunca más nos vuelva a pasar.
Es decir, que un funcionario público de primer nivel ponga en riesgo la equidad en la contienda electoral.
Entonces, el Presidente Vicente Fox con sus recurrentes intervenciones, buscando incidir en el sentido del voto ciudadano, puso en riesgo la elección.
Por eso se modificó la Constitución y se llevó al máximo rango normativo el principio de imparcialidad con el que deben comportarse todos los servidores públicos frente a los contendientes políticos durante las elecciones.
Esa norma ha estado vigente en los últimos 13 años, y ha regido durante cuatro procesos electorales federales desde entonces.
Se trata de reglas que han estado vigentes a lo largo de tres gobiernos emanados de tres fuerzas políticas diferentes, y que han llevado a la autoridad electoral, a esta autoridad electoral, a señalar en numerosas ocasiones que diversos funcionarios públicos habían violado el marco constitucional cuando la resolución de esos asuntos en el fondo era competencia del IFE, o bien, otorgan medidas cautelares en el ámbito de sus atribuciones ya siendo INE.
Y entre esos funcionarios, esos funcionarios públicos respecto de los que se determinaron violaciones constitucionales, o bien, la emisión de medidas cautelares, hay que incluir, vale la pena recordarlo, a quienes fueron en su momento presidentes de la República: Felipe Calderón primero, Enrique Peña Nieto después.
Esta autoridad no puede (Falla de Transmisión)
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Se perdió, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello:…de prensa.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Se perdió…
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello:…si no si puede o no intervenir con sus comentarios o dichos a favor o en contra de alguno de los contendientes en la elección, con el propósito de incidir el voto ciudadano.
Son dos cosas radicalmente distintas, y esto último, por cierto, lo prohíbe no el INE, lo prohíbe la Constitución al establecer que todos los funcionarios públicos debemos ajustarnos al principio de imparcialidad.
¿Alguna otra intervención?
Bien, si no hay más intervenciones en la primera ronda, en segunda ronda tiene la palabra el maestro Víctor Hugo Sondón, representante del Partido Acción Nacional.
Representante del PAN, Víctor Hugo Sondón Saavedra: Muchas gracias, Presidente.
Veo que el tono de la discusión es el apropiado, está en el nivel indicado, está entorno del tema a discusión, por ende y por economía de tiempo solamente quiero referir esto, evitaré mi participación en esta ronda.
Es cuanto, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.
Tiene ahora la palabra la consejera Carla Humphrey.
Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: Gracias Presidente.
Solamente para dar mayor claridad a mi primera intervención, respecto que no estaba de acuerdo con el punto de acuerdo segundo y que sugería hacer extensivo los efectos a diversos o a todas las personas servidoras públicas, me voy a permitir cómo estoy proponiendo la reforma, digamos, a este punto de acuerdo segundo, señalando que:
“En términos de lo expuesto en el presente acuerdo y de conformidad con lo establecido por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se ordena al Presidente de la República, a las y los titulares de los poderes ejecutivas de las entidades federativas se abstengan de realizar conductas que involucren manifestaciones cuyo contenido puede ser de naturaleza electoral señaladas de forma enunciativa más no limitativa en los efectos del presente acuerdo, toda vez que impliquen la posible trasgresión a los principios de imparcialidad y neutralidad contenidas en el artículo 134 Constitucional, con la finalidad de resguardar el principio de equidad en los procesos electorales y locales en curso.
Asimismo, se ordena a todas las personas servidoras públicas de cualquier nivel u orden de gobierno, se abstengan de realizar conductas que involucren manifestaciones cuyo contenido pueden ser de naturaleza electoral señaladas de forma enunciativa más no limitativa en el apartado Efectos del presente acuerdo”.
Gracias, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias a usted, consejera Humphrey.
Tiene ahora la palabra la consejera Dania Ravel.
Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Gracias, Presidente.
Coincido con lo que ha dicho el consejero Uuc-kib, en el sentido de que las conferencias de prensa se denominen como se denominen no son un mecanismo de comunicación novedoso y de hecho, justo en el SUP-RAP119/2020 y acumulados, se pronunció la Sala Superior por una conferencia de prensa que dio entonces el Presidente Felipe Calderón en donde informaba sobre los empleos que se habían generado en el país y dijo cosas muy interesantes la Sala Superior, porque señaló que el hecho de que esos mensajes no se transmitan por instrucción directa de un área de gobierno sino por la cobertura periodística, no es obstáculo para considerar que se trata de propaganda gubernamental.
Y mencionó que, en su caso, se tienen que valorar dos cuestiones particularmente, que considera que son elementos sustanciales respecto a la difusión de este tipo de mensajes.
Primero, a cuántas personas llega y segundo, el periodo en que se hace, y señala que a mayor número de personas a las que pueda llegar la comunicación, pues, hay una mayor posibilidad que esto se pueda catalogar como “propaganda gubernamental” y también que mientras haya más proximidad con la jornada electoral, pues esto se pueda catalogar como tal y debe, en su caso, de evitarse, y nada más tener comunicación que tiene que ver con las excepciones que se establecen en la propia Constitución.
Ahora, respecto al tema de modificar el punto de acuerdo segundo del proyecto de acuerdo que se nos ha circulado, yo no coincido porque desde mi perspectiva nos tenemos que pronunciar del caso concreto que se ha puesto a nuestra consideración, y ese caso concreto involucra a un servidor público en lo particular.
Creo que nos tenemos que pronunciar así.
Ahora, no veo mal que, en su caso, quizá, en otro punto de acuerdo, se haga un exhorto siguiendo la lógica de lo que ya en su momento dictó la propia Sala Superior, respecto a la tutela preventiva en su vertiente inhibitoria, para todos los servidores públicos.
Pero sí me parece indispensable que nosotros nos pronunciemos, en específico, sobre el caso concreto que se puso a nuestra consideración y que involucra un funcionario público en concreto.
A mayor abundamiento, si nosotros dejáramos nada más ese punto de acuerdo genérico para todos los servidores públicos, no tendría un asidero en la parte considerativa, habría que hacerse pues un análisis, una argumentación respecto de por qué se está haciendo un pronunciamiento genérico y no concreto.
Por ese motivo, yo acompaño el punto de acuerdo segundo, como se ha circulado en el proyecto, sin cerrarme a la posibilidad de que a lo mejor se haga un exhorto en otros puntos de acuerdo, pero que el segundo se quede en sus términos.
Ahora, yo insisto en que, desde mi punto de vista, a pesar de que la Sala Superior, en esta sentencia que nosotros estamos acatando, dijo que nos teníamos que pronunciar en este caso en Consejo General, porque había algunos tópicos que le correspondían al Consejo General, no existe un asidero reglamentario o legal que haga una diferenciación entre los temas sobre los cuales se tiene que pronunciar la Comisión de Quejas y Denuncias, y entre los cuales se puede o se tiene nada más que pronunciar el Consejo General, respecto a medidas cautelares.
Por ese motivo, desde mi perspectiva, nosotros trayendo este tema a consideración del Consejo General, solamente en esta ocasión, estamos cumpliendo con el acatamiento, no es necesario incluso que tengamos un rubro a través del cual se delegue la competencia que desde mi punto de vista ya tiene, a la Comisión de Quejas y Denuncias.
A mayor abundamiento, vamos, esto es un criterio aislado, ni siquiera es una jurisprudencia que puede establecer ya una actuación en todos los casos subsecuentes que se nos presenten.
Por eso yo insistiría, yo voy a votar en contra de la parte considerativa que delega la competencia de la comisión y del punto de acuerdo quinto.
Gracias, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera Ravel.
Permítanme hacer uso en la segunda ronda, de la palabra, simple y sencillamente porque fui notificado que hubo una interrupción en mi intervención, así que voy a provechar este espacio que me concede el Reglamento, para volver a leer la parte que no se pudo escuchar de mi mensaje.
Decía que la intervención indebida del Presidente Vicente Fox en las elecciones 2006, propiciaron que por eso se modificara la Constitución en 2007, y se llevó al máximo rango normativo, el principio de imparcialidad con el que deben comportarse los servidores públicos frente a los contendientes políticos en las elecciones.
Esa norma, decía, ha estado vigente en los últimos 13 años y ha regido durante cuatro procesos electorales federales desde entonces.
Se trata de reglas que han estado vigentes a lo largo de tres gobiernos emanados de tres fuerzas políticas diferentes, y que han llevado a esta autoridad, a señalar en numerosas ocasiones, que diversos funcionarios públicos habían violado el marco constitucional, cuando la resolución de esos asuntos era competencia del IFE quien resolvía el fondo de los mismos, o bien, otorgando medidas cautelares en el ámbito de las atribuciones que esta autoridad tiene ya como INE.
Y entre esos funcionarios, esos funcionarios públicos respecto a los que se determinaron violaciones constitucionales, o bien, respecto de los que se emitieron medidas cautelares hay que incluir a quienes fueron en su momento presidentes de la república: Felipe Calderón, primero, y Enrique Peña Nieto después.
Esta autoridad electoral no puede, en consecuencia, ni ir en contra de la Constitución ni ir en contra de su propia historia.
Quiero ser claro, aquí nadie está diciendo, como algunos sostienen, si el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos puede o no realizar sus conferencias de prensa o si puede o no expresarse o informar a la ciudadanía, sino si puede o no intervenir con sus comentarios o dichos a favor o en contra de alguno de los contendientes en la elección con el propósito de incidir el voto ciudadano.
Son dos cosas radicalmente distintas. Y esto último lo prohíbe la Constitución no lo prohíbe el INE, al establecer que todos los funcionarios públicos debemos ajustarnos al principio de imparcialidad.
Tiene ahora la palabra el licenciado Ángel Ávila, representante del Partido de la Revolución Democrática.
Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Muchas gracias, Presidente; consejeras, consejeros; compañeros y compañeras representantes:
Creo yo que hemos escuchado atentamente a las y los consejeros la reflexión sobre este asunto tan importante en la vida pública del país.
Evidentemente se tiene uno que pronunciar sobre lo que mandata la Sala, en el caso específico de la queja que nosotros presentamos; y, por ello, creo que es importante mantener el punto número dos, pero creo que también habría oportunidad y un espacio para en un nuevo punto si es que la consejera Humphrey, digamos, lo que redactó pudiera ir en el punto siguiente después del punto número dos.
Porque es evidente que las medidas inhibitorias deben de ser no solo para el Presidente de la República, hay muchos gobernadores como el de Baja California que está haciendo exactamente lo mismo que el Presidente de la República, utilizando esas conferencias para atacar y denostar a los opositores políticos en ese Estado.
Hoy quisiera hacer una comparación guardando toda proporción por supuesto, pero sobre la importancia que tienen los organismos autónomos y la independencia para resistir presiones de todo tipo.
Hace unos días en los Estados Unidos un líder irresponsable, Presidente de esa nación, llamó a llevar a cabo un asalto a la democracia. Llamó a sus huestes a violar las reglas electorales de ese país, a asaltar el Capitolio y a tratar de impedir procesos democráticos.
Afortunadamente las instituciones de aquel país, de Estados Unidos, resistieron los amagos, la amenaza, el golpeteo a la democracia de los Estados Unidos.
Hoy, guardando toda proporción, vemos a un líder autocrático igual, lanzando a sus huestes en contra del organismo autónomo independiente encargado de realizar los procesos electorales, donde este organismo, el Instituto Nacional Electoral, tiene la responsabilidad de hacer cumplir la Constitución y las reglas de la equidad, la imparcialidad y la igualdad.
Por ello hoy, después de escucharlos, consejeras y consejeros, creo que el Consejo General del INE, la institución sale fortalecido.
Creo que si se logran estas medidas cautelares que estamos solicitando será un gran mensaje de que ningún funcionario público, por más arriba que puede estar en términos de la Constitución, puede estar por encima de ésta, que todos los funcionarios públicos tienen que estar cumpliendo la Constitución.
Este golpe a la democracia que se quiso dar hoy, saboteando la sesión del Consejo General, queriendo sacar de la sesión a dos consejeros que han sido electos por el poder legislativo con todas las funciones, hoy ese golpe a la democracia no se concretó, al contrario.
Hoy creo que, si el Consejo General del INE vota esta resolución, estaremos generando preferentes muy importantes para la vida democrática del país.
Por supuesto que esperaremos la resolución a fondo de la Sala Regional sobre este tema, pero hoy quiero decirles, compañeras y compañeros consejeros del INE, que este ataque a la democracia por parte de las huestes del partido oficialista de querer socavar la independencia y la autonomía de un órgano como el Instituto Nacional Electoral ha sido detenido, y creo que eso habla de que esta democracia que se ha construido no del 2018, sino ya lo señalaba Uuc-kib, de hace más de 40 años, ha dado medianamente buenos resultados, y creo que hoy las y los ciudadanos, los partidos políticos vamos a dormir tranquilos de que el órgano electoral cumplió cabalmente su responsabilidad.
Muchas gracias.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.
Tiene la palabra el señor representante de MORENA, el diputado Sergio Gutiérrez.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias, Presidente.
Bueno, retomando un poco lo que se ha vertido, me quedo con lo último que señaló la consejera Dania, donde vuelve a invocar un precedente que se refiere a las conferencias de Felipe Calderón.
O sea, sí va a estar un poco difícil porque, justamente, el… que es la sentencia que les ordenó a ustedes dictar este acuerdo, señala que el modelo de comunicación del Presidente Andrés Manuel López Obrador es diferente, es inédito, y, por lo tanto, debe tener consecuencias diferentes y no se puede basar en lo que hacía Felipe Calderón y sus conferencias de prensa.
Pero bueno, regresemos al acuerdo.
Iniciaba yo cuando le pregunté al consejero Ciro Murayama qué razón de ser tenían las referencias a los asuntos que ha visto la Comisión de Quejas y que están de la página 37, 38, 39, 40 y 41.
Con base en esas referencias que ustedes pusieron ahí, están construyendo el argumento para señalar que a partir de lo que ha sucedido en esas Mañaneras que ahí refieren y que han sido objeto de análisis por la Comisión de Quejas que infiere que puede volver a suceder en el futuro, y a partir de eso construye esta tutela inhibitoria.
Eso estaría muy bien si esas referencias a las que ustedes hacen hubieran sido decretadas como ilegales, pero, al contrario, fueron validadas por la Sala Regional o por la Sala Superior, es decir, el argumento para construir la tutela inhibitoria no tiene asidero lógico.
Yo no estoy hablando de lo jurídico, estoy hablando de un razonamiento lógico. Si ustedes parten de decir que lo que ha pasado en otras mañaneras que han conocido implica que vuelva a suceder esto tendría razón si se hubiera decretado como algo ilegal y eso no sucedió. Al contrario, fue validado por el Tribunal y, por lo tanto, no sustenta su pretensión.
Vemos, entonces, bajo estas premisas, fueron dolosas y yo voy a insistir en eso, consejero Ciro Murayama, en el proyecto si es que lo van a aprobar… (falla de transmisión) … las impugnaciones de esos procedimientos de quejas, ponga las sentencias a que recayeron en esos procedimientos para que se vea la incongruencia tapada o parchada de este proceso construido con dolo.
Ahora bien, también me interesa mucho destacar es la violación que el proyecto contiene al derecho fundamental a la información.
Este proyecto está violando instrumentos internacionales: la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Resolución 59 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, la Resolución 104 adoptada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
No sólo vulnera esos derechos, también como ya se ha referido aquí, el tema de la construcción de actos futuros e inciertos deviene algo sin sustento. En lo jurídico se ha debatido, pero tampoco en lo lógico.
Dicen que esta medida se justifica por la presencia de hechos potencialmente reiterados y sistemáticos, sin embargo, encontramos que esto no se sucede ni encuentra un asidero, y cometen algo que se llama ustedes, “falacia de precipitación generalizada”, donde a partir de un caso pretenden aplicarlo a otros tantos casos que no han sucedido.
Es cuanto, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.
Que el consejero José Roberto Ruiz, entiendo, desea hacerle una pregunta, ¿la acepta?
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Sí, claro, Presidente.
Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: Gracias.
La pregunta representante es, ¿si coincidiría que otro ejemplo más de esas premisas que trae el proyecto erróneas es citar un precedente de Aguascalientes de 2015 en el capítulo de neutralidad que tuvo que ver con cuestiones fácticas como, por ejemplo, que el entonces gobernador de dicho estado, Aguascalientes, el día de la elección hizo un tour para acompañar a votar a sus candidatos a diputados o por lo menos, a uno, es decir, un marco teórico sobre la neutralidad, que no tiene que ver con el modelo de comunicación que se ha referido en el caso concreto.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias, gracias consejero.
Pues mire, el proyecto de resolución, en su interior, está plagado de precedentes inaplicables y los precedentes que se han resuelto sobre asuntos que tienen que ver con el Presidente López Obrador y las mañaneras, no lo citaron, o sea, es muy evidente y muy burdo lo tendencioso que está el proyecto, ni un solo Presidente de la mañanera que ya se han resuelto, están citados, mucho menos todos, citaron precedentes inaplicables y no leyeron que el REP 3 que es el que están cumpliendo, creo que 3 o 4, les dice a ustedes consejeros, que las mañaneras es un nuevo modelo de comunicación política, y por tanto, tiene que tener un pronunciamiento inédito, tan inédito que lo eleva a que este Consejo General lo resuelva.
Pero no han dimensionado eso porque siguen ciclados, siguen ciclados en esos precedentes, en esos precedentes inaplicables, y no vi por ningún lado los precedentes que tienen que ver con el caso de las mañaneras, es algo totalmente parcial.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.
¿Alguien más desea intervenir?
Sí, tiene la palabra, estamos en segunda ronda, tiene la palabra el señor representante del PRI, el diputado Rubén Moreira.
Consejera del Poder Legislativo del PRI, Rubén Ignacio Moreira Valdez: Gracias, Presidente.
Creo que ésta es una sesión importante por muchas cosas que han sucedido.
Y primero me felicito y felicito a todos porque la re-acusación no haya prosperado porque hubiera sido un muy mal signo para la democracia mexicana.
Por otro lado, está esta práctica que se llama “Mañaneras”, que es una secuencia de información, es cierto, que se presenta por el señor Presidente de la República, pero que puede ser imitada por los gobernadores, si aquí no se norma específicamente lo que se quiere y también por los alcaldes que son, digamos, que la parte ejecutiva de los ayuntamientos.
De tal manera que, si no tenemos normada esta práctica, podemos llegar al extremo de tener la repetición de esto en todas partes, con expresiones de todo tipo, y, por lo tanto, con la interferencia en el proceso electoral, y, por lo tanto, violando la equidad que debe de haber en la contienda.
Claro que esto se tiene que poner sobre la mesa.
Por otro lado, he escuchado y todos hemos escuchado, expresiones sobre la libertad.
Recordemos cosas básicas, los ciudadanos pueden hacer todo aquellos que no esté prohibido por la ley, pero las autoridades solamente lo que les está permitido.
He escuchado también el tema del derecho a la información. Creo que acá no se viola nada, se tiene el acceso a través del Sistema Nacional de Información, a través del INAI, se pueden hacer boletines de prensa, pero hay restricciones porque la ley así lo dice, para generar la equidad en la contienda.
Si no, este Instituto, si no precisa exactamente en qué consiste este tipo de prácticas, podemos tener extremos en los estados y en los municipios, incluso en los tiempos de reflexión.
Creo que es muy importante que se resuelva esto. Creo que es muy importante que no se personalice en una autoridad, en este caso, en el señor Presidente de la República, sino en todos aquellos que después de esta resolución tomen determinaciones que puedan afectar a la contienda electoral.
Muchas gracias.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.
Tiene la palabra ahora la consejera Claudia Zavala.
Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Gracias, Presidente.
Creo que es importante explicar un precedente en torno al cumplimiento del 134.
El problema del 134 es que no tiene una materialización legislativa y a partir de ahí, recuerden ustedes en el Proceso Electoral, en donde justo se utilizaron una serie de informes que aislados por sí mismos eran y se consideraban lícitos, pero que con posterioridad al final se vieron y se llegó a la conclusión, el propio Tribunal Electoral de que eran ilícitos porque significaba una estrategia.
Ese punto parece que es lo que se retoma con estos criterios y ahí encuentra sentido la tutela inhibitoria.
Esta tutela inhibitoria pretende justo para la concreción de algún posible ilícito en su conjunto. Y esa es la forma como se está viendo y por eso viene en el caso estos temas que se han resuelto aislada de una forma singular, se ha llegado a ciertas resoluciones, pero cuando se analizan en su conjunto pueden tener otra compresión. Eso es un punto muy importante que debemos de tomar en consideración.
Y luego la falacia de generalización normalmente es que se toma una decisión a partir de un solo elemento. Aquí creo que el proyecto se hace cargo de dar una explicación más amplia de todos los precedentes, no es. Yo no lo advierto así, entiendo y respeto las opiniones y las lecturas argumentativas que se puedan tener, pero no lo advierto así.
Ahora, es importante también reconocer que los parámetros que nos pide que fijen, que el Tribunal nos pide que fijemos desde este Consejo General, tienen que verse en un sentido de conjunto para evitar con posterioridad que cualquier servidor público, porque así lo dijo la Sala.
Y de esta forma entiendo la propuesta que nos está formulando la consejera Dania.
Sí tenemos que resolver si resuelve en el punto resolutivo que propone respecto del caso concreto, pero también se le da ese vínculo a partir de esta tutela inhibitoria a todos los servidores públicos replicando un tanto el concepto con base ya en los conceptos que se concretaron, respecto de cómo se va a interpretar y cómo se va a ver esta tutela inhibitoria en un futuro no solo para un servidor público, reiteramos, es para todas y todos, porque esa es la exigencia del 134 constitucional.
En esa medida, encuentran un sentido. Y lo que podríamos hacer y sugiero, es en la primer parte dejar al titular, pero en la segunda sí yo creo que es importante que todos los gobernadores, que todos quienes ejerzan el cargo público y tengan esta comunicación y rendición de cuentas, sepan cuáles son las reglas para que no vayan a incurrir en un ilícito.
Se inhibe una conducta que a la postre por sí o en conjunto podrá resultar ilícita. Y lo último es, la conexión de ese precedente que se cita respecto de Aguascalientes con que lo que se está diciendo es: Hay una posible afectación y vean qué relevante es esto que cuando se cometen ese tipo de ilícitos, pegan a las elecciones y, verdaderamente, lo que aquí se quiere evitar es cualquier supuesto que pueda, una vez concretada una elección a través de la jornada electoral, que pueda llevar a declararla nula.
Es en esa lógica argumentativa como yo entiendo la construcción del proyecto, y por eso reitero, yo estoy por acompañarlo, también soy de la Comisión de Quejas, convencida estoy de que el principio de equidad es uno de los principales y rectores en nuestros procesos electorales.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera Zavala.
Consejera, el señor representante de MORENA, el Diputado Gutiérrez Luna, desea hacerle una pregunta, ¿la acepta?
Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Con gusto, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Adelante, señor representante.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Muchas gracias, muchas gracias consejera Zavala.
Usted ha hecho referencia a muchos temas jurídicos y a precedentes, yo le preguntaría, ¿podría usted proponer que se incorporaran al proyecto los siguientes precedentes? SRE-PSC-70/2019; SRE-PSC-4/2020; SUP-REP-109/2020; SRE-PSC-30/2020; SUP-REP-183/2020; SUP-REP-156/2020.
Porque son muy interesantes todos esos precedentes de Aguascalientes y los de Calderón, pero yo creo que también son importantes los precedentes justamente de “Las Mañaneras”.
Yo le pediría y le propondría, como jurista que usted es, ¿puede usted proponer que se incorporen estos precedentes, que son aplicables a “Las Mañaneras” y al Presidente López Obrador, al proyecto?
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Va a responder la consejera Zavala.
Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Gracias, diputado.
Pues mire, fíjese que el 70 que usted dice es de la parte estructural donde partimos, precisamente en ese 70 es en el cual se está diciendo, en la Sala Regional Especializada en el fondo, que este tipo de información es la que constituye que se pueda calificar de propaganda gubernamental.
Así que ya está ahí incorporada, a mí me parece que la dinámica argumentativa que tenemos es sólida y ése, por ejemplo, lo tengo clarito, no me sé los números, pero ése sí me lo sé porque efectivamente es el que hemos manejado siempre para el dictado de las medidas cautelares.
Entonces, me parece que la concreción y la forma argumentativa como está el proyecto, se hace cargo de traer los razonamientos acordes con el análisis contextual que se está proponiendo y que están integrados algunos de los que usted menciona.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera Zavala.
¿Alguna otra intervención, en segunda ronda?
¿Alguna intervención en tercera ronda?
La consejera Carla Humphrey
Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: Gracias, Presidente.
Solamente, y atendiendo lo señalado por la consejera Ravel, me gustaría proponer un cambio a la observación que hice llegar a la propuesta, para dejar en el primer párrafo del punto segundo solo la referencia al Presidente de la República, y trasladar a las personas titulares de los poderes ejecutivos de las entidades federativas al segundo párrafo junto con todas las personas servidoras públicas, en el que también se ordena se abstengan de realizar conductas que involucran manifestaciones, cuyo contenido puedan ser de naturaleza electoral de acuerdo a lo señalado en el apartado de efectos de este acuerdo.
Gracias, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera Humphrey.
El licenciado Ángel Ávila, representante del PRD tiene la palabra.
Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Gracias, Presidente.
Solamente para exponer lo peligroso que puede ser que el Presidente de la República traiga una sistemática campaña de comunicación utilizando recursos públicos y voy a poner de ejemplo el show que hace un momento protagonizaron los dos representantes de Morena.
El primer representante preguntándole al segundo representante, es decir, poniéndole una pregunta a modo para que, entonces, el otro pudiera contestar.
No, no se había visto que en ningún otro consejo hubiera tanto activismo político, este es el peligro que está generando Andrés Manuel López Obrador, cuando un empleado del gobierno federal, hay que decirlo, pasado por reportero, pero que cobra por parte de la Presidencia de la República en la oficina de vocería se presenta en las mañaneras y le hace una pregunta de corte electoral al Presidente Andrés López Obrador y éste la contesta.
Ojalá que a esa pregunta mandada a sembrar hubiera contestado como en algún momento lo hizo con la coalición de Morena, de que, él no se puede meter en eso. Hoy lo que pudiéramos estar advirtiendo, entonces, que se está utilizando un recurso público porque ese personaje que le hizo la pregunta es un empleado del gobierno federal.
Entonces, el gobierno federal se pregunta, asimismo, a través de un empleado que viene de la oficina del vocero de la Presidencia. Eso es parte del riesgo de estar utilizando recursos públicos para intervenir en los procesos electorales.
Es decir, montar un show de que yo te pregunto esto y tú sabes que me vas a contestar lo otro.
No quería dejar de pasarlo, porque hoy Moreno nos expuso claramente cómo es que funcionan las cosas en Palacio Nacional, uno le hace una pregunta al otro cuando son exactamente lo mismo.
El otro era empleado del gobierno federal y le hace la pregunta al que es, en última instancia, su patrón.
Muchísimas gracias.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.
Tiene la palabra en tercera ronda el consejero Ruiz Saldaña.
Adelante, consejero.
Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: Gracias, Presidente.
Tengo la impresión de que en la primera parte de su intervención del representante del PRD hizo alusión a la moción que le hice al representante de Morena, yo esperaría que tuviera el valor para poner nombre y apellido.
Yo hice una moción jurídica, si valía que se citen precedentes no aplicables y me parece totalmente legítimo dar el debate en sede jurídico, no incursioné a ningún debate política en toda esta tarde y noche.
Y sí creo que dice la Constitución lo que dice y dice la ley lo que dice, para mí parte de este debate, pues, tiene que ver con que el Tribunal Electoral, que es tribunal constitucional dijo, todo eso que dice la Constitución y dice la ley véase, analícese desde otra óptica y yo lo que sostengo es que no se está acatando ese mandato del Tribunal y tengo más ejemplos, pero puse dos.
Y me parece que la cuestión de argumentar sistematicidad de asuntos que no están firmes, pues por mucho que se quiera tomar una decisión y posicionar un mensaje de que el INE está supra de las actuaciones del Presidente en cosas como las que hoy se han discutido, pues se respeta y se entiende que ese mensaje se quiera mandar, pero yo también acudo a lo que se establece en la ley, en la Constitución y en el mandato de la Sala Superior y veo que no se atendió mucho mandato ni ese análisis se emprendió de forma distinta.
Es cuanto.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejero.
¿Alguien más?
Ah, el señor representante de MORENA me pide hacer una moción para hacerle una pregunta al consejero Ruiz, lamentablemente en tercera ronda no hay preguntas, entonces, no puedo conceder.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Es intervención.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Tiene la palabra ahora sí, exacto, pero quien sí tiene la palabra es el diputado Viedma, no, es que la pregunta me la pedía el representante de partido en el chat y no procede.
La que sí procede es la intervención, por supuesto, del diputado Viedma.
Consejero del Poder Legislativo de MORENA, Alejandro Viedma Velázquez: Gracias, consejero.
Una disculpa, no escuché de manera correcta.
Nada más para responder al representante del PRD y rechazar el comentario que hizo, en esta sesión no se está sembrando nada ni tampoco se hace en Palacio Nacional.
Además, lo que se hizo en esta sesión de mi parte al preguntarle, no es tampoco equiparable con los ejercicios que se hacen entre un reportero y otra persona a quien se le pregunta aquí, somos pares, y son ejercicios que son comunes también en este Consejo General.
Yo recuerdo muy bien cómo en la legislatura anterior, en este mismo Consejo General y con integrantes que ya no están aquí, el legislativo del PRI y el legislativo, el legislativo del PRI y el representante del PRI, lo hacían como práctica común, no está prohibido en el reglamento, no es una mala práctica, en todo caso es una manera de coordinación, y es algo que también me parece cuando sea oportuno, se puede realizar, a menos que usted también considere que no puedo hacer preguntas de ningún tipo a ningún compañero o a ningún consejero, eso ya sería otro tema, si usted quisiera censurarse o decirme qué puedo o no decir, pues también sería un tema distinto, pero no es el caso representante.
Muchas gracias, Consejero Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias a usted, señor consejero.
Tiene ahora la palabra el diputado Sergio Gutiérrez, representante de MORENA.
Adelante, señor representante.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias, Presidente.
Quiero usar esta partición para pedir que se someta a la consideración, en su momento, oportuno, a este Consejo, una propuesta de modificación al acuerdo.
Yo les pediría que puedan agregar los precedentes, otra vez lo vuelvo a repetir, no solo los de Calderón que son los que ustedes han puesto, sino los presidentes de las mañaneras y del Presidente López Obrador, y que son el SREPSC-70/2019, el SREPSC-4/2020, el SUP-REP-109/2020, el SREPSC-30/2020, el SUP-REP-183/2020, el SUP-REP-156/2020 mínimamente, porque esos precedentes sí tienen que ver con las mañaneras y con Andrés Manuel López Obrador y se han omitido.
Quiero entender yo que se les olvidó esos precedentes. De ninguna manera lo voy a tomar como algo de mala fe o de dolo, no, no no, para nada.
Yo quiero creer que el consejero Ciro Murayama soslayó esos precedentes por alguna razón de olvido, tal vez.
Pero yo aquí propongo que se someta a consideración con fundamento en el artículo 17 del Reglamento de Sesiones, párrafo diez, once y doce.
Gracias, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.
Tiene la palabra el representante del Partido Acción Nacional, el maestro Víctor Hugo Sondón.
Representante del PAN, Víctor Hugo Sondón Saavedra: Gracias, Presidente.
Tengo que intervenir de nuevo porque bajó el debate de nuevo.
A ver, el 23 de diciembre de 2020 el Presidente de la República criticó la conformación de la coalición “Va por México”. La Unidad de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral preguntó a la oficina de Presidente datos relacionados con los reporteros que preguntaron al Presidente sobre la coalición “Va por México” en la conferencia mañanera del 23 de diciembre.
A la fecha no se ha dado respuesta alguna de la Presidencia.
Investigaciones realizadas, aclaro, investigaciones realizadas por el Portal La Silla Rota, dan cuenta que el periodista que preguntó el Presidente del empleado, es un empleado público.
El periodista que hizo la pregunta se llama Miguel Ángel Alzate Ramírez, que es Director de la Mesa de Relaciones del Sistema Público de Radio y fusión del Estado Mexicano conocido como canal 14 que es un canal de la televisión pública mexicana, perteneciendo al sistema público de radiodifusión del Estado Mexicano, cuya transmisión es iniciado el 22 de marzo del 2012.
El Sistema Público de Radiodifusión lo dirige Genero Villamil. Dicho periodista, en consecuencia, cobra en el gobierno, tiene un salario de 26 mil 400 pesos.
Es evidente que hay una estrategia diseñada desde el gobierno para que sus empleados sean quienes realicen preguntas a modo al Presidente, a fin de que den las respuestas a las mismas del Presidente abusando de su cargo y ataque a la oposición.
Están utilizando recursos públicos y personal pagado por los impuestos. A esto se refería Ángel Ávila, representante del PRD y solamente para aclarar, lo que yo entendí al consejero José Roberto no se refería a usted, consejero, la intervención. Se refería a la pregunta que formuló el diputado Viedma al representante de Morena.
Es cuanto, Presidente.
Gracias.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.
Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Perdón, señor Presidente. Es así como lo dice el representante del PAN.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante, pero ya intervino en tercera ronda.
Señor representante ya intervino en tercera ronda. Le voy a pedir, le voy a conminar con mucho respeto a que nos ciñamos al Reglamento, por favor.
¿Alguna otra intervención?
Le ruego si es así, si alguien desea intervenir me lo señalen en el chat.
Entiendo que no hay más intervenciones.
Bien, señor Secretario, proceda con la votación.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Con gusto, Presidente.
En este momento, estoy incluso enviándoles a todos los consejeros la propuesta del señor representante de MORENA.
Dada la deliberación desde mis notas, les propongo una votación en lo general, en la cual se podría incluir, porque no escuché objeciones, las observaciones que nos hicieron llegar previamente la consejera Dania Ravel, al igual que el consejero Faz y la adenda propuesta por la consejera Favela, esos llegaron antes de que iniciara la actual la sesión.
Pero también en lo general se podría incluir la modificación al punto de acuerdo segundo, según lo definió en su última intervención en la tercera ronda la consejera Carla Humphrey.
Y, además, la propuesta que hizo el consejero Martín Faz, a fin de incluir en el apartado de efectos en la consideración de efectos un último párrafo tal y como él lo señaló.
Tengo anotado todas las razones en lo particular, una derivada de la intervención de la consejera Dania Ravel, por lo que hace al punto de acuerdo quinto, que ya considera que debería eliminarse, y esta última que hizo el señor representante de MORENA, a fin de agregar los precedentes por él señalados y que envié ahorita al chat de consejeros para su consideración.
Si no tengo mal mis notas, sometería a su consideración la votación en estos términos, si les parece bien.
Bien, señoras y señores consejeros electorales, se consulta si se aprueba en lo general el proyecto de acuerdo del Consejo General el proyecto de acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, identificado en el orden del día como punto único, tomando en consideración en esta votación en lo general las observaciones de forma que nos hicieron llegar la consejera Dania Ravel y el consejero Martín Faz y la adenda propuesta por la consejera Favela.
Y, asimismo, la modificación al punto de acuerdo segundo, tal y como lo propuso la consejera Carla Humphrey en su última intervención y la propuesta del consejero Martín Faz, a fin de incluir un párrafo final en el apartado de efectos.
Quienes estén a favor de esta propuesta en lo general, sírvanse a manifestarlo.
Consejera Irene De La Cruz.
No veo a Irene De La Cruz, ¿perdón?
Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: En contra.
Consejero Uuc-kib Espadas.
Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Adriana Favela.
Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Martín Faz.
Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Carla Humphrey.
Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Ciro Murayama.
Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Dania Ravel.
Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Jaime Rivera.
Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero José Roberto Ruiz.
Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Claudia Zavala.
Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Lorenzo Córdova, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: El proyecto es aprobado en lo general por nueve votos a favor y dos votos en contra.
Ahora someto a su consideración en lo particular el punto de acuerdo quinto, primero en los términos en que viene en el proyecto.
Consejera De La Cruz.
Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Uuc-kib Espadas.
Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Adriana Favela.
Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Martín Faz.
Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Carla Humphrey.
Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Ciro Murayama.
Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Dania Ravel.
Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Jaime Rivera.
Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero José Roberto Ruiz.
Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Claudia Zavala.
Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Presidente, Lorenzo Córdova.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: En lo particular el punto de acuerdo quinto es aprobado por 8 votos a favor, 3 votos en contra.
Ahora someto a su consideración la propuesta del señor representante del Partido Morena.
Los que estén a favor de esa propuesta…
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Secretario.
Secretario, le pido, por favor, que lea mi propuesta.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: La propuesta es un poco extensa, pero la leo.
Representante de MORENA, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Es una cuartilla, Secretario.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Me da un segundo, por favor.
Punto 1, SRE-PSC-…. Perdonen ustedes….70/2019, la Sala Especializada lo dijo que no existió promoción personalizada que si el Presidente realiza manifestaciones de acciones de gobierno en ningún momento se le atribuye a título personal.
2.- SER-PSC-4/2020. La Sala Especializada resolvió que al difundirse noticias, notas informáticas, programas de opinión o en general, cualquier género periodístico sobre el Presidente López Obrador no constituye el principio de propaganda gubernamental.
3.- SUP-REP109/2020. Cuando se expuso en la mañana el documento Rescatemos a México que hizo el BOA la Sala Superior resolvió que existió la represunción de que un auténtico ejercicio periodístico porque las temáticas no encuadraban dentro del concepto de propaganda gubernamental.
Dijo la Sala Superior, que el análisis integral del contenido no se desprende que estuviera dirigido a influir en las preferencias electorales.
4.- SER-PSC-30/2021. La Sala Regional declaro que no hay promoción personalizada ni vulneración al principio de imparcialidad ni uso indebido de recursos públicos en las mañaneras del Presidente de la República.
5.- SUP-REP183/2021. La Sala Superior confirmó que lo que lo que dijo el Presidente de la República se tratan de opiniones personales cuando se refirió a la alianza entre el PRI y el PAN, este famoso tumor de México se señaló que el Presidente realiza expresiones realizadas con procesos electorales o posibles alianzas entre partidos políticos no está prohibido y que estas expresiones no implican un posicionamiento para influir en las preferencias electorales.
Finalmente.
6.- SUP-REP156/2020. La Sala Superior una vez más, las medidas cautelares que ustedes habían dictado porque como lo hemos estado argumentando en el caso que hoy va a resolver este Consejo General, no existen elementos objetivos sobre la posible repetición de las conductas denunciadas.
Dijo la Sala que ha sido un criterio reiterado que no se puede dictar medidas sobre actos futuros e inciertos.
Es cuanto.
Quienes estén a favor de esa propuesta, manifiéstense a favor o en contra de esa propuesta.
Consejera Norma De La Cruz.
Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña: A favor.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Uuc-kib Espadas.
Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Adriana Favela.
Consejera Electoral del INE, Adriana Margarita Favela Herrera: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Martín Faz.
Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Carla Humphrey.
Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Ciro Murayama.
Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Dania Ravel.
Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Jaime Rivera.
Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero José Roberto Ruiz.
Consejera Claudia Zavala.
Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: En contra.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Presidente Lorenzo Córdova.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: En contra, Secretario.
Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: No procede la propuesta por nueve votos en contra, dos votos a favor, Presidente.
Y tal como lo establece el Reglamento de Sesiones de este órgano colegiado, procederé a realizar el engrose de conformidad con los argumentos expuestos, Presidente.
Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, Secretario.
Colegas, integrantes del Consejo, se agotó el punto único del orden del día, razón por la cual se levanta esta sesión.
Muy buenas noches tengan todas y todos ustedes.
Gracias.
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