Número: 018
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente la solicitud de medidas cautelares formulada por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del promocional pautado por Morena, denominado “PASADO DE BC”, en sus versiones de radio y televisión RA00063-21 y RV00033-21, ya que, a decir del quejoso, constituye uso indebido de la pauta, actos anticipados de campaña y calumnia al PAN.
En la discusión del asunto, los integrantes señalaron que el día de hoy la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió la revisión del procedimiento especial sancionador relacionado con el promocional denominado “TUMOR”, en el que determinó revocar la decisión de la Sala Regional Especializada, la cual había considerado que el contenido de ese promocional era propaganda electoral cuya difusión no puede realizarse previo al inicio de las campañas electorales.
Bajo esta premisa y dado que el contenido del promocional “PASADO DE BC” era muy similar al del spot denominado “TUMOR”, se consideró declarar improcedente la medida y retomar el primer criterio de la Comisión de Quejas y Denuncias, que consideró que es un promocional de contenido genérico y, por tanto, valida su difusión en la etapa que ahora está en curso, que corresponde a las precampañas.
La Comisión hizo un recuento del andamiaje impugnativo del promocional “TUMOR” y de los vaivenes de criterios, haciendo hincapié que regresan a su criterio original, que fue decantarse por la improcedencia.
El asunto fue resuelto por unanimidad de votos de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del Consejero Ciro Murayama, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias.
–o0o-