Acata INE sentencia del TEPJF sobre suspensión de conferencias matutinas de AMLO

Escrito por: INE
Tema: Comunicados de Prensa

Número: 234

  • El Consejero Presidente recordó que la prohibición para transmitir las conferencias durante el periodo de campañas sigue vigente

 

En acatamiento a la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Instituto Nacional Electoral (INE) modificó el acuerdo aprobado el pasado 26 de agosto en el que se da respuesta a una consulta sobre la suspensión de propaganda gubernamental en los estados de Coahuila e Hidalgo donde habrá elecciones el 18 de octubre.

El Consejo General del INE aprobó las modificaciones mandatadas y eliminó la consideración que establecía que los concesionarios de radio y televisión no debían transmitir las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador en dichos estados.

El Consejero Presidente, Lorenzo Córdova Vianello, recordó que esta decisión responde a que el Tribunal consideró que la autoridad electoral se excedió al emitir el acuerdo, ya que dicho tema nunca fue objeto de la consulta que realizó la Secretaría de Gobernación.

No obstante, recordó que hasta el momento se mantiene en firme la prohibición de transmitir dichas conferencias de prensa, las cuales han sido consideradas por la Sala Regional Especializada como propaganda gubernamental, por lo que no pueden ser transmitida durante el periodo de campañas que arrancan este 5 de septiembre.

“La sentencia no fue muy bien interpretada y dado que están arrancando las campañas electorales en los dos estados de Coahuila e Hidalgo me parece pertinente resaltar lo que en días pasados el magistrado José Luis Vargas resaltó en una entrevista, en el sentido de que no es correcto asumir que la sentencia que estamos acatando pudiera emitir un pronunciamiento de fondo respecto del pronunciamiento de la posibilidad o no de transmitir íntegramente las conferencia mañaneras del presidente de la República”, sentenció.

Recordó que dicho criterio fue emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias y, posteriormente, fue validado por la Sala Regional Especializada, en cuanto a medidas cautelares, por lo que la Sala Superior tendrá que pronunciarse sobre la vigencia en su momento.

“El criterio de la Comisión está inalterado por el momento y, en consecuencia, las prohibiciones que el mismo supone siguen vigentes. Justamente lo digo porque estamos ya en esta etapa de campañas en Coahuila e Hidalgo y es importante no contribuir a la mala lectura de la sentencia del Tribunal que hoy estamos acatando”, dijo.

 

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